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I. Visión de conjunto del C 102 II. El C 102 como herramienta jurídica

I. Visión de conjunto del C 102 II. El C 102 como herramienta jurídica. CONVENIOS (31) núm. 2, 3, 8, 12, 17, 18, 19, 24, 25, 35-40, 42, 48, 55, 56, 70, 71, 102, 103, 118, 121, 128, 130, 157, 165, 168, 183 . RECOMENDACIONES (24)

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  1. I. Visión de conjunto del C 102II. El C 102 como herramienta jurídica

  2. CONVENIOS (31) núm. 2, 3, 8, 12, 17, 18, 19, 24, 25, 35-40, 42, 48, 55, 56, 70, 71, 102, 103, 118, 121, 128, 130, 157, 165, 168, 183 RECOMENDACIONES (24) núm. 1, 10, 11, 12, 17, 22, 23, 24, 25, 29, 43, 44, 67, 69, 75, 76, 95, 121, 131, 134, 162, 167, 176, 194 NIT-SEGURIDAD SOCIAL

  3. Nit – seguridad social • Normas actualizadas: • Convenios: 8 • Recomendaciones: 7

  4. Acción Normativa seguridad socialFases • I. 1919 – 1939 • Normas inspiradas en la noción de seguro social • II. 1944… • Evolución hacia la seguridad social moderna: ingreso de base, asistencia medica plena III Normas de tercera generación más protectoras (C 121, 128, 130, 168, 183…)

  5. I. Visión de conjunto del Convenio sobre la seguridad social (norma minima), 1952 (núm. 102) C 102 Norma general sobre seguridad social • Cubre nueve contingencias « clásicas » seguridad social: II asistencia médica, III prestaciones monetarias de enfermedad, IV desempleo, V vejez, VI accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, VII prestaciones familiares, VIII prestaciones de maternidad, IX prestaciones de invalidez, X prestaciones de supervivencia

  6. Convenio 102: Norma mínimaNorma mínima respecto a:- campo de aplicación personal - nivel prestaciones- duración y condiciones de atribución

  7. Convenio 102: Norma flexible- Posibilidad de aceptar sólo3 de las 9 contingencias- Flexibilidad en cuanto a población cubierta- Flexibilidad en cuanto a los métodos utilizados para alcanzar objetivos del convenio

  8. El Perú y el C 102- 5 contingenciasaceptadas (salud en sus dos vertientes, vejez, maternidad e invalidez)- Se acogió a derogación sobre población cubierta (mitad de asalariados de empresas industriales de más de 20 trabajadores)

  9. C 102 define principios generales aplicables a todos sistemas de Seg Soc • Responsabilidad general del Estado • Participación de los asegurados en la gestión • Financiación colectiva • Prestaciones definidas • Derecho de apelación de los beneficiarios • Revalorización de prestaciones a largo plazo • Igualdad de trato • Condiciones para suspension de prestaciones

  10. Sistemas de seg soc compatibles con el C 102 • Sistemas de seguridad social (vinculados a las ganancias • prestaciones uniformes • Regímenes universales • Asisitencia social • Regímenes públicos – regímenes privados

  11. Normas « superiores » mas exigentes:Convenios núm. 103, 121, 128, 168, 183

  12. II El C 102 como herramienta jurídica • Un instrumento jurídicamente vinculante • Parámetro de constitucionalidad de las leyes nacionales (cuarta disposición transitoria) • Varias disposiciones reconocen derechos autoejecutables directamente aplicables por los tribunales

  13. II El C 102 como herramienta jurídica: el uso de los mecanismos de control de la OIT • Envío de comentarios a la Comisión de expertos (a. 23 Constitución de la OIT) • Uso del Convenio 144 para debatir con el gobierno sobre la aplicación del C 102 • Uso de las observaciones de la Comisión de expertos y de la Comisión de aplicación de normas de la Conferencia

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