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COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN EN LA EMPRESA

COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN EN LA EMPRESA. TEMA 4: VALORIZACIÓN DE LA INNOVACIÓN. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción. Partes de la patente: Fechas presentación, publicación, inventor, solicitante, agente, etc. Título: Resumen: Descripción: se compone de las siguientes partes.

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COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN EN LA EMPRESA

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Presentation Transcript


  1. COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN EN LA EMPRESA TEMA 4: VALORIZACIÓN DE LA INNOVACIÓN

  2. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción Partes de la patente: Fechas presentación, publicación, inventor, solicitante, agente, etc. Título: Resumen: Descripción: se compone de las siguientes partes. • Campo técnico de la invención • Estado de la técnica anterior a la invención • Descripción detallada de la invención • Modos de realización de la invención Reivindicaciones: es lo que deseo proteger Dibujos: no obligatorio. Facilitan el entendimiento y complementa con la descripción. Informe sobre el estado de la técnica: Emitido por la OEPM  información muy relevante. 2

  3. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción Notificación continuación del procedimiento Solicitud de la patente Petición IET Petición IET Mes 15+X+1 Mes 15+X Mes 15 Mes 0 Retraso en la tramitación de algunos expedientes 1 mes máximo desde la publicación en el BOPI ¡La OEPM lleva retraso en la tramitación de expedientes! 3

  4. Gastos mínimos totales patente por el PGC Importes de anualidades 3ª anualidad 22,20 € 4ª anualidad 27,70 € 5 anualidad 52,90 € 6ª anualidad 78,21 € 7ª anualidad 103,29 € 8ª anualidad 128,58 € 9ª anualidad 153,77 € 10ª anualidad 179,01 € 11ª anualidad 216,89 € 12ª anualidad 254,67 € 13ª anualidad 292,37 € 14ª anualidad 330,42 € 15ª anualidad 368,21 € 16ª anualidad 419,72 € 17ª anualidad 469,09 € 18ª anualidad 519,58 € 19ª anualidad 569,97 € 20ª anualidad 620,44 € Suma total de gastos Tasa de solicitud: 89,89 € Solicitud IET: 498,38 € Derechos concesión: 27,70 € Coste procedimiento Gral.: 615, 97 € Tasas de mantenimiento (años 3 a 20): 4.807,02 € Coste total: 5.422,99 € Es habitual tener además un suspenso en la tramitación que cuesta en tasas 55’35 € Es conveniente contar con el asesoramiento profesionalizado de una agencia de la propiedad industrial (representante) que tiene un coste superior a las tasas de la OEPM 4

  5. Proceso de concesión de patentes Admisión a trámite Examen formal y técnico Continuación del procedimiento Informe del Estado de la Técnica Publicación solicitud + IET Publicación reanudación procedimiento general Publicación reanudación examen previo Admisión oposiciones de terceros Traslado al solicitante de examen previo y oposiciones Traslado de observaciones de terceros Resolución motivada y traslado al solicitante Examen modificaciones y concesión solicitud Denegación o concesión Procedimiento General de concesión Procedimiento con examen previo 5

  6. Resumen de gastos mínimos solicitud del PGC Admisión a trámite Depósito 89’89 € Examen formal y técnico Continuación del procedimiento Solicitud del Informe del Estado de la Técnica 498’38 € Informe del Estado de la Técnica Publicación solicitud + IET Total tasas de solicitud 615’97 € Publicación reanudación procedimiento general Publicación reanudación examen previo Admisión oposiciones de terceros Es habitual tener además un suspenso en la tramitación que cuesta en tasas 55’35 € Traslado de observaciones de terceros Traslado al solicitante de examen previo y oposiciones Resolución motivada y traslado al solicitante Examen modificaciones y concesión solicitud Denegación o concesión Concesión 27’70 € 6

  7. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción Concepto de patente • La patente es un título mediante el cual se otorga al titular, por un tiempo limitado, el derecho de impedir los actos de fabricación, oferta, introducción en el comercio o la utilización del producto objeto de la patente. • “ius prohibendi”  Obligación universal de que nadie explote o utilice la invención patentada sin el consentimiento del titular. 7

  8. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción • Duración de la protección de la Propiedad Industrial e Intelectual • Propiedad Industrial - Patentes • Objeto: Realizaciones o creaciones materiales de la mente humana. • Duración: 20 años. • Propiedad Intelectual - Derechos de autor • Objeto: La expresión de las ideas de sus autores. La forma de expresión de estas ideas siempre que impliquen una creación original. • Duración: Vida del autor + 70 años SIEMPRE QUE PAGUES LAS TASAS ANUALES 8

  9. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción ¿SE PUEDE PATENTAR TODO? 9

  10. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción Requisitos de patentabilidad de una invención (Art. 4.1. LP) • La invención debe ser nueva • La invención debe implicar actividad inventiva • La invención debe tener aplicación industrial 10

  11. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción La invención debe ser nueva: • No existe en la Ley una definición concreta de invención: NOVEDAD • Es una ventaja porque no limita el progreso técnico. • Una definición de invención dejaría fuera nuevas tecnologías. • Invenciones biotecnológicas • Invenciones implementadas en ordenador • Desarrollo de nuevos materiales con nanotecnología 11

  12. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción La invención debe implicar actividad inventiva: Una invención tiene actividad inventiva si no resulta evidente del estado de la técnica para un experto en la materia. Evidente: • Algo que no va más allá del progreso normal de la tecnología. • Que se deduce de simple o lógicamente del estado de la técnica. Es decir, que no supone más capacidad o habilidad de la que se le supone a un experto en la materia. 12

  13. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción La invención debe tener aplicación industrial: cuando su objeto puede ser fabricado o utilizado en cualquier clase de industria, incluida la agrícola. 13

  14. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción 14

  15. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción Invenciones no patentables: Las invenciones cuya explotación comercial sea contraria al orden público o a las buenas costumbres, en particular: • Los procedimientos de clonación de seres humanos. • Los procedimientos de modificación de la identidad genética germinal del ser humano. • Las utilizaciones de embriones humanos con fines industriales o comerciales. • Los procedimientos de modificación de la identidad genética de los animales que supongan para éstos sufrimientos sin utilidad médica o veterinaria sustancial para el hombre o el animal, y los animales resultantes de tales procedimientos. 15

  16. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción • Las variedades vegetales y las razas animales. • Los procedimientos esencialmente biológicos de obtención de vegetales o de animales. • El cuerpo humano, en los diferentes estadios de su constitución y desarrollo: • Los genes se pueden patentar indicando su aplicación (proteína que codifica o propiedades de la misma) • Los descubrimientos, las teorías científicas y los métodos matemáticos. • Las obras literarias o artísticas o cualquier creación estética, así como las obras científicas. 16

  17. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción • Los planes, reglas y métodos para el ejercicio de actividades intelectuales, para juegos o para actividades económico-comerciales, así como los programas de ordenador. • La forma de presentar información. 17

  18. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción Motivaciones para patentar: • Curriculum: El solicitante no valora la calidad de la patente, probablemente sólo la solicita por motivos curriculares. Las tasas las suele pagar otro. • Imagen: Muchas empresas solicitan patentes aún sabiendo que no las defenderan, únicamente por imagen. • Desconocimiento: Falsa creencia Patentar = Riqueza. Al final abandonan. • Proteger resultados Investigación: Patentes fuertes y defendibles. Van a ser copiadas casi con toda seguridad. 18

  19. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción Cuando hacer efectivos los derechos de P.I. • Si el producto es verdaderamente innovador te van a copiar. • Si la patente es realmente fuerte se debe hacer efectiva. • Las empresas/universidades deben prever recursos suficientes para contratar abogados y detectives. • De esta forma podrán hacer buenas demandas en tribunales. Cuando no hacer efectivos los derechos de P.I. • Si el producto no es verdaderamente innovador mejor no patentar. • Se evitará perder dinero. • No se contribuirá a colapsar los juzgados. • Las demandas en tribunales no prosperarán. • Pérdida de tiempo y dinero. 19

  20. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción Titularidad de las Invenciones Laborales Invenciones de servicio: • Invenciones de servicio propiamente dichas o de encargo: • Invenciones fruto de una actividad de investigación que explícita o implícitamente constituye el objeto de su contrato. • La invención pertenece al empresario. • El trabajador sólo tiene derecho a una remuneración suplementaria si su aportación excede de manera evidente del contenido de su contrato o relación de trabajo. 20

  21. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción Invenciones relacionadas o vinculadas: • En su obtención influyen predominantemente conocimientos adquiridos dentro de la empresa o la utilización de medios proporcionados por ésta. • El empresario tiene derecho a asumir la titularidad de la invención o a reservarse un derecho de utilización. • El trabajador a una indemnización económica justa según la importancia industrial o comercial del invento y teniendo en cuenta el valor de los medios o conocimientos de la empresa y las aportaciones del trabajador. • Invenciones libres: • Pertenecen al trabajador que es el autor de las mismas. 21

  22. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción Patentes como objetos del derecho de propiedad: Las patentes y las solicitudes de patentes son una propiedad inmaterial. Son transmisibles por todos los medios que el derecho reconoce. Se pueden realizar los 3 negocios jurídicos siguientes: • USUFRUCTO: se otorga el derecho a disfrutar la patente pero no se transfiere la titularidad. El usufructuario de una patente tiene el derecho de utilización o explotación de la invención, haciendo suyos los rendimientos que produzca, pero no tiene la propiedad. • HIPOTECA MOBILIARIA: se da en forma de garantía del cumplimiento de una obligación económica. Se rige por las disposiciones de la Ley sobre Hipoteca. 22

  23. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción • CESIÓN: se transfiere la titularidad. Es como un contrato de compraventa. • LICENCIA: se transfieren algunas o todas las facultades que otorga la patente. No se transfiere la titularidad. Es conveniente inscribir estas transmisiones en la OEPM. 23

  24. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción Nulidad y caducidad de patentes. Es necesario poner un sistema que revise la concesión de patentes. Puede haber errores en la concesión de la patentes. Las patentes españolas actualmente tan sólo tienen un examen substantivo que es voluntario. Las patentes se conceden “sin ‘perjuicio de tercero y sin garantía del Estado” en cuanto a la validez de la patente. La declaración de nulidad se obtiene en tribunales. El caso más frecuente es que se solicite la nulidad por vía de excepción o reconvención en los juicios por violación de patente. La nulidad de la patente tiene efectos “ex tunc”. Se considera que nunca ha tenido ningún efecto, que la patente nunca a ha existido. 24

  25. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción Causas de Nulidad de patentes: Falta de los requisitos de patentabilidad: la invención protegida por la patente carece de novedad o de actividad inventiva. Insuficiencia en la descripción: la invención debe ser descrita de forma suficientemente clara y completa para que un experto sea capaz de ejecutarla. Ampliación del objeto de la solicitud: a lo largo del proceso de concesión se pueden hacer modificaciones en el texto de la patente (descripción y reivindicaciones). Las modificaciones no deben ampliar el objeto protegido. Falta de legitimación del titular: el titular de la patente no tiene derecho a obtenerla . Se puede declarar la nulidad o bien, se puede transferir la titularidad de la patente. 25

  26. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción Caducidad de la patente: Expiración del plazo legal para el que han sido concedidas: • 20 años • Para el caso de medicamentos o productos fitosanitarios los Certificados Complementarios de Protección (CCPs) se puede aumentar este plazo legal 5 años más. Renuncia del titular: • Puede ser total o parcial. • En el caso de que la renuncia sea parcial, no se puede admitir esta renuncia sin la autorización de los titulares de derechos inscritos (licenciatarios). 26

  27. Propiedad Industrial e Intelectual: Introducción Caducidad de la patente: Falta de pago de una anualidad: • Existe un plazo con recargo (6 meses) y el de regularización (1 año). Caducidad por falta de explotación: • Se instruye, de oficio o a instancia de parte, un expediente administrativo en la OEPM para declarar la caducidad • El titular de la patente y los licenciatarios inscritos tendrán 2 meses para hacer alegaciones. 27

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