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GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO EN SEGUROS

GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO EN SEGUROS. SEGURO DE MANEJO. Por: Sandra P. Mejía R. VAMOS A VER UN VIDEO….

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GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO EN SEGUROS

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Presentation Transcript


  1. GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO EN SEGUROS SEGURO DE MANEJO Por: Sandra P. Mejía R.

  2. VAMOS A VER UN VIDEO…

  3. El seguro de manejo es un seguro diseñado para proteger al estado, la banca y a los comerciantes de los posibles perjuicios que puedan sufrir a consecuencia de las malas decisiones administrativas y /o financieras incluido el fraude por parte de sus empleados de confianza.

  4. OBJETO DEL SEGURO DE MANEJO "Garantizar la correcta administración de las finanzas que se entregan en manos de los empleados públicos o de los particulares, a favor de las personas jurídicas ante las cuales sean responsables” .

  5. A QUIENES VA DIRIGIDO:

  6. CONDICIONES GENERALES COMUNES A LOS TRES SECTORES Tomador Asegurado Beneficiario Cargos asegurables Vigencia de la póliza Fecha de expedición Valor a asegurar Amparo Básico Firma de la compañía de seguros Firma del tomador.

  7. AMPARO BÁSICO GENERAL Ampara al tomador contra los riesgos a los que está expuesto a causa de la infidelidad de sus empleados.

  8. CLAUSULADO COMÚN A LOS TRES SECTORES • Actualización de la información para suprimir el riesgo: • Mínimo una vez al año o cada vez que haya cambios (reemplazos temporales “vacaciones o licencias” o reemplazos definitivos). • Garantías o compromisos de la entidad asegurada para suprimir el riesgo: • Verificar los datos contenidos en la solicitud de empleo. • Ejercer vigilancia y control a los empleados en el ejercicio de sus funciones. • Los empleados deben tomar vacaciones de manera anual. • Debe llevar registros contables del dinero y bienes. • Las transacciones deber ser bajo un control dual y de custodia conjunta. • Derecho de Inspección: • La aseguradora podrá ejercer el derecho de vigilancia y control sobre los empleados objeto del seguro. Fuente: Previsora Seguros – ACE Seguros – Suramericana.

  9. CLAUSULADO COMÚN A LOS TRES SECTORES • Mantener el estado del riesgo: • En caso de cambios en el estado del riesgo se deben reportar con 10 días de anticipación a dicho cambio. Ej.: Cambio de la dirección de las instalaciones. • Términos para ejercer la reclamación: • Dentro de los 3 días siguientes a la fecha del siniestro, máximo hasta los dos años siguientes “prescripción ordinaria” y hasta los cinco años “prescripción extraordinaria”. (C.Co. Art. 1081). • Subrogación: • Válida contra el empleado investigado, la entidad asegurada hará una relación de las prestaciones sociales o de cualquier otro concepto que se le adeude y que pueda serle legalmente retenido, se consignará en el juzgado que adelante el caso de investigación en donde determinarán si tiene o no derecho a ellas, en caso negativo, se disminuirá el pago de la indemnización con estas sumas. Fuente: Liberty Seguros - Allianz seguros S.A. - Chubb de Colombia – Suramericana – Seguros del Estado.

  10. CLAUSULADO COMÚN A LOS TRES SECTORES • Deducible: Ej: Pérdida Total del bien : • Valor Asegurado: $100 • Valor del Siniestro: $100 • Deducible Pactado: 10% del valor del siniestro, • Fórmula para la Liquidación de la Indemnización: $100 * 10% = $10 • Valor a Indemnizar • Valor siniestro $100 • Deducible $ 10 • Valor a Pagar $100 - $10 = 90. • El deducible para el sector bancario: El deducible se tomará en cuenta para toda y cada pérdida y será aplicado antes y después de haberse agotado el límite de responsabilidad agregado establecido según la negociación entre el tomador y la empresa aseguradora.

  11. CLAUSULADO COMÚN A LOS TRES SECTORES • La compensación: Cuando la Aseguradora debe al funcionario investigado. • Exoneración de responsabilidad: Funcionario exonerado = devolución de la indemnización. • Cesación del amparo: • Proceso penal contra el funcionario investigado. • Cese de actividades en el cargo consignado en resolución. • No habrá indemnización cuando el asegurado asuma cualquier responsabilidad legal o liberación de responsabilidad de un tercero.

  12. AMPAROS BÁSICOS Fuente: Liberty Seguros - Allianz seguros S.A. - Chubb de Colombia – AIG – Seguros Colpatria.

  13. AMPAROS ADICIONALES Fuente: Liberty Seguros - Allianz seguros S.A. - Chubb de Colombia – AIG – Seguros Colpatria.

  14. EXCLUSIONES ABSOLUTAS Fuente: Liberty Seguros - Allianz seguros S.A. - Chubb de Colombia – AIG – Seguros Colpatria.

  15. EXCLUSIONES RELATIVAS Fuente: Liberty Seguros - Allianz seguros S.A. - Chubb de Colombia – AIG – Seguros Colpatria.

  16. UN CASO DE LA VIDA REAL

  17. SUSCRIPCIÓN Fuente: Suramericana - Allianz seguros S.A. – Chubb de Colombia.

  18. INDEMNIZACIÓNBeneficiaros del pago de la indemnización Fuente: Seguros del Estado - Liberty Seguros - Allianz seguros S.A. – Chubb de Colombia – Mapfre.

  19. INDEMNIZACIÓN Fuente: Seguros del Estado - Liberty Seguros - Allianz seguros S.A. – Chubb de Colombia – Mapfre.

  20. 10 REGLAS PARA EVITAR EL FRAUDE EN LAS EMPRESAS

  21. CONCLUSIÓN Es indispensable que para la prevención y reducción del riesgo de delito cuello blanco, se implementen en las entidades del estado, en las empresas comerciales del sector privado y en el sector bancario, medidas de inspección, vigilancia y control. Estas medidas, disminuirán en gran proporción los delitos cometidos a consecuencia de la infidelidad de los empleados lo que beneficiará a las empresas, al sector asegurador y al empleado pues de este modo se evitará que la persona menoscabe además del patrimonio de su empleador, su propia vida.

  22. GLOSARIO • Arqueo: Reconocimiento de los caudales (dinero) y papeles (soportes de gastos) que existen en la caja de una casa, oficina o corporación. • Control dual: Cuando dos personas administran una empresa y cualquiera de los dos prepara determinada función/transacción y el otro la debe aprobar. • Custodia conjunta: Cuidado que se ejerce entre dos personas sobre un bien. • Dictamen: Opinión y juicio que se forma o emite sobre algo. • Exoneración: Aliviar, descargar de peso u obligación. • Extorsión: Amenaza de pública difamación o daño semejante que se hace contra alguien, a fin de obtener de él dinero u otro provecho. Presión que, mediante amenazas, se ejerce sobre alguien para obligarle a obrar en determinado sentido. • Fiscal: Relativo al tesoro público.

  23. GLOSARIO • Imputar: Atribuir a alguien la responsabilidad de un hecho reprobable. • Peculado: Corresponde al hurto de caudales del tesoro público, cometido por aquel a quien está confiada su administración. • Perjuicio: Efecto de perjudicar. • Prescripción extraordinaria: Es el máximo periodo de tiempo que tiene una persona para interponer una acción legal, so pena de perder el derecho que pretende invocar. • Prescripción ordinaria: Es aquel plazo de prescripción que rige de manera general para que termine la posibilidad de ejercer una acción jurídica. • Rendición de cuentas: Consiste en informar y explicar a los ciudadanos las acciones realizadas por el gobierno de manera transparente y clara para dar a conocer sus estructuras, funcionamiento y ejecución presupuestal y por consecuencia, ser sujeto de la opinión pública. • Requerir: Necesitar de algo para reconocer o examinar el estado en que se halla algo. • Vinculación: Unión o atadura de una persona o cosa con otra

  24. EVALUACIÓNDe las preguntas 1 a la 5 valen 0,5 la pregunta 5 vale 2,5.tienen 10 minutos para dar respuesta • Cuál es el amparo básico general? • A qué sectores va dirigido el seguro de manejo? • Nombre el principal delito contra la administración pública. • Defina control dual y custodia conjunta. • Nombre una característica diferenciadora en el proceso de suscripción para cada uno de los sectores. • Analice qué falló, estudie el siguiente caso:

  25. ACTIVIDAD LÚDICA Favor escoger un representante de cada columna y sucesores en caso de errar la respuesta. http://www.daypo.com/test-seguro-manejo-estatal-comercial-bancario-colombia.html

  26. MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN

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