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MAESTRIA EN FINANZAS SEMESTRE III FUSIONES, ADQUISICIONES Y VALUACION DE EMPRESAS M.F. JAVIER BLANCO BARAJAS Jblanco_bar

UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA C.U.C.E.A. MAESTRIA EN FINANZAS SEMESTRE III FUSIONES, ADQUISICIONES Y VALUACION DE EMPRESAS M.F. JAVIER BLANCO BARAJAS Jblanco_barajas@hotmail.com. 1. 1. LAS ALIANZAS ESTRATEGICAS VIA, COINVERSIONES, ASOCIACIONES, ESCISIONES, FUSIONES, ADQUISICIONES.

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MAESTRIA EN FINANZAS SEMESTRE III FUSIONES, ADQUISICIONES Y VALUACION DE EMPRESAS M.F. JAVIER BLANCO BARAJAS Jblanco_bar

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  1. UNIVERSIDAD DE GUADALAJARA C.U.C.E.A. MAESTRIA EN FINANZAS SEMESTRE III FUSIONES, ADQUISICIONES Y VALUACION DE EMPRESAS M.F. JAVIER BLANCO BARAJAS Jblanco_barajas@hotmail.com 1 1

  2. LAS ALIANZAS ESTRATEGICAS VIA, COINVERSIONES, ASOCIACIONES, ESCISIONES, FUSIONES, ADQUISICIONES. • Alianza Estratégica: Unión de dos o mas empresas que por ese solo hecho resulta de alta importancia para la operación futura de las partes. • Propósitos Fundamentales de las Alianzas Estratégicas: • Aprovechar oportunidades conjuntas. • Aprovechar las fortalezas individuales. • Corregir debilidades corporativas. • Mejorar los niveles de eficiencia y efectividad. • Mejorar los márgenes de productividad y rentabilidad. • Atenuar riesgos corporativos. 2 2

  3. LAS ALIANZAS MEDIO PARA LOGRAR UNA CONSOLIDACION, EXPANSION, INTEGRACION Y DIVERSIFICACION CORPORATIVA • Para alcanzar dichos propositos se requiere la asignación de recursos financieros, los cuales se tornan muy escasos por el bajo nivel de ahorro existente en nuestro país. Existe una alternativa para llevar a cabo estos planes, la formalización de alianzas estratégicas sobre todo en su modalidad de Fusión, Asociación y Adquisicion, el empleo de estas figuras se refleja en: • Un mejor perfil financiero. • Un mayor fortalecimiento corporativo. • Una mayor capacidad competitiva. • Una menor sensibilidad a eventos adversos. • Una mayor productividad institucional. 3 3

  4. VARIANTES CLAVES AL PLANEAR UNA ALIANZA El Momento: Referido a la determinación de los tiempos idóneos para formalizar la alianza. La Figura: Indispensable estudiar, analizar y evaluar las diversas opciones existentes. Efectos de la Alianza Estratégica vía una: 4 4

  5. VARIANTES CLAVES La Secuencia: Se involucra cuando se ha decidido realizar la alianza mediante el empleo de dos o más figuras técnicas, por lo cual resulta importante identificar las conveniencias relativas al orden secuencial a seguir. Casa Cuervo decide una alianza, con las conclusiones siguientes: El momento indicado: Primer trimestre del año 2008 Figuras técnicas seleccionadas: Fusión – Asociación – Adquisición. Secuencia: 1.- se Asocia con Superior. 2.- Se Fusiona con Pacifico. 3.Adquiere a Modelo y Corona. La selección secuencial de las figuras se hace, desarrollando una simulación de efectos en las variables estratégicas de la empresa. 5 5

  6. LA MEXICANIZACION DE EMPRESAS Consiste en el acto mediante el cual, un grupo de inversionistas mexicanos adquiera la mayoría o la totalidad de las acciones representativas de capital social de una empresa extranjera domiciliada en territorio nacional. Principales Motivos: Para capitalizar las oportunidades derivadas de las trasferencias. Para el cobro de primas en venta de capital.

  7. LA MEXICANIZACION DE EMPRESAS Factores claves a evaluar: El precio por el capital objeto de mexicanizacion. La rentabilidad esperada de la inversion realizada. El financiamiento inherente relacionado. Los efectos corporativos derivados. Los riesgos implicitos al proyecto. La rentabilidad de la inversion realizada dependera de: El precio pagado por el capital. Las utilidades proyectadas. La revaluacion de los intangibles de la empresa.

  8. LAS COINVERSIONES Coinversión, es el acto mediante el cual dos o mas personas físicas o morales unen esfuerzos para llevar a cabo un proyecto en forma conjunta. Coinversiones Operativas: Son aquellas que se realizan cuando se participa en un proyecto especifico. Coinversiones Corporativas: Se presentan cuando se participa en el capital social de la empresa a través del aporte de recursos financieros nuevos o frescos. Pueden ser a Plazo Definido; Se define específicamente la vida del proyecto de coinversión, sobre todo en coinversiones operativas. O a Plazo Indefinido; Se utiliza esta modalidad en las coinversiones corporativas. 8 8

  9. LAS COINVERSIONES • Los propósitos mas comunes de un proyecto de coinversión: • Allegarse recursos financieros. • Allegarse tecnología de punta. • Reducir pasivos. • Crecer corporativamente. • Aprovechar oportunidades. • Atenuar riesgos. • Corregir debilidades. • Reforzar fortalezas. • Mejorar competitividad 9 9

  10. LAS COINVERSIONES • La constitución formal de una Coinversión se realiza mediante Aportaciones iniciales de los coinversores, (cuando inicia el proyecto). O puede ser mediante Suscripciones de Capital, cuando el proyecto se formaliza entre empresas que se encuentran operando normalmente. • El marco normativo de la coinversión contiene el conjunto de reglas bajo las cuales se desarrollará el convenio y debe determinar: • El tipo y plazo de coinversión. • Los derechos y obligaciones de los coinversores. • La administración del proyecto de coinversión. • La participación en los resultados del proyecto de coinversión. 10 10

  11. LAS ASOCIACIONES Es el acto mediante el cual dos o mas empresas formalizan su unión vía aportaciones tecnológicas o de capital para efectos de cumplir con fines específicos premeditados. 1.- Asociación Corporativa: Unión de dos empresas que se formaliza constituyendo una nueva empresa de fines específicos. Ejemplo: Coca Cola se asocia con Jumex constituyendo Femsa. 2.- Asociación Institucional: Unión operativa entre dos empresas mediante el intercambio reciproco del capital accionario. E: Jumex cede el 35% de su capital social a Coca Cola recibiendo de ésta un 25% de su capital accionario. 3.- Asociación de Capital: Cuando se efectúa una operación de compra-venta parcial de capital. E: Jumex se asocia con Coca Cola para participar conjuntamente en el mismo mercado, cediendo el 35% de su capital social. 11 11

  12. LAS ASOCIACIONES 4.- Asociación Operativa: Cuando dos empresas se asocian para llevar a cabo un proyecto operativo especifico o cuando dos empresas se asocian en lo referente a determinadas divisiones operativas constituyendo una nueva empresa que reúne a las dos áreas operativas que originaron la asociación, lo que hace necesario constituir una nueva empresa. Se participa en los resultados según acuerdo preestablecido. Ejemplo: La división Colorantes de Industrial Química Tapatía, S.A. se asocia con la división Colorantes de Textilera Tonalteca, S.A. constituyendo como consecuencia, Colorantes, S.A. de C.V. 12 12

  13. LAS ASOCIACIONES • PROPOSITOS: • Capitalizar oportunidades conjuntas. • Aprovechar las infraestructuras establecidas. • Obtener una mayor sinergia corporativa. • Incrementar las economías de escala. • MODALIDADES: • A.- ESPECIFICAS: • B.- RECIPROCAS: • C.- MULTIPLES: 13 13

  14. LAS ASOCIONES ESPECIFICAS • Se realizan, entre dos Asociadas constituyendo una nueva empresa, repartiéndose el capital de ésta de acuerdo al valor de las aportaciones realizadas. Ejemplo: • Soriana y Gigante acuerdan asociarse constituyendo Tendejón. • Los activos aportados por Soriana tienen un valor de $10’000. • Los activos aportados por Gigante tienen un valor de $8’000. • El reparto de capital de Tendejón se hace la forma siguiente: • % del capital de Tendejón para asociados Soriana 56% • % del capital de Tendejón para asociados Gigante 44% 14 14

  15. LAS ASOCIONES RECIPROCAS • Se realizan, cuando las partes asociadas desean mantener la mayoría del capital social, sobretodo, este caso se presenta cuando la asociación se hace entre empresas mexicanas y extranjeras. Ejemplo: • Industrial México se asocia con Philips Company. • Ambas empresas desean tener el control operativo de la asociación. • Para cumplir con la premisa anterior se constituyen dos empresas. • Empresa (1) Industrial México Philips, su capital social se reparte: 51% para Industrial México y 49% para Philips Company. • Empresa (2) Philips Company Industrial, su capital social se reparte: 51% para Philips Company y 49% para Industrial México. 15 15

  16. LAS ASOCIONES MULTIPLES • Participan más de dos entidades, las cuales se unen constituyendo una nueva empresa que formaliza la asociación. • Ejemplo: • Maquinas Mexicanas, S.A. empresa líder en el mercado de bienes de capital se Asocia con United Machine Co. con la finalidad de obtener de ésta tecnología de punta. • Se Asocia con Grupo Constructor de México para realizar de manera conjunta atractivos proyectos de infraestructura. • Se Asocia con Aceites y Lubricantes, S.A. para consumir en exclusiva los productos que produce esta aceitera. • Para formalizar la asociación se constituye la empresa MGA, S.A. de C.V. 16 16

  17. ESCISION La Ley General de Sociedades Mercantiles en el artículo 228-Bis señala el concepto de escisión: “Se da la escisión cuando una Sociedad denominada escindente decide extinguirse y divide la totalidad o parte de su Activo, Pasivo y Capital Social en dos ó más partes, que son aportadas en bloque a otras Sociedades de nueva creación denominadas escindidas; o cuando la escindente, sin extinguirse, aporta en bloque parte de su Activo, Pasivo y Capital Social a otra u otras Sociedades de nueva creación”. FIGURAS DE LA ESCISION: Escindente.- Entidad que transmite total o parcialmente su Activo, Pasivo y Capital a entidades escindidas. (otorga derechos y obs.) Escindida.- Entidad de nueva creación que recibe de la entidad escindente total o parcialmente Activo, Pasivo y Capital. 17

  18. ESCISION CLASIFICACION: Al igual que con las fusiones, la escisión de Sociedades Mercantiles puede tener diversas modalidades, Desde el punto de vista legal, la escisión puede ser Parcial O Total. Escisión Parcial: Se produce cuando una o varias partes del patrimonio de una sociedad se separan de la misma, traspasando en bloque la parte separada a otras sociedades de nueva creación o siendo absorbidas por otras sociedades existentes (beneficiarias). Escisión Total: Es la extinción de la sociedad, con división de todo su patrimonio en dos o mas partes, cada una de las cuales se traspasa en bloque a sociedades de nueva creación o son absorbidas por sociedades ya existentes. 18

  19. ESCISION 1).- Escisión Simple: Es cuando la Sociedad escindente se divide en varias Sociedades escindidas que se constituyen y nacen jurídicamente e incorporan el patrimonio de la primera que desaparece. 19

  20. ESCISION 2).- Escisión por Absorción: Es cuando el patrimonio de la Sociedad escindente, se aporta a Sociedades preexistentes que incrementan su Capital Social con la parte que se les asigna del Capital Social de la Entidad escindente. 20

  21. ESCISION 3).- Escisión combinada simple: Este tipo de escisión se define con base en las dos formas de escisión anteriores, en el que una o más partes del Patrimonio de la Sociedad escindente se transfiere a una o más Sociedades de nueva creación y otra u otras partes del mismo patrimonio a Sociedades preexistentes. 21

  22. ESCISION 4).- Escisión Pura Perfecta: Cuando los socios o accionistas participan en el Capital Social de las Sociedades escindidas, en la misma proporción en que participaban en la Sociedad escindente. 5).- Escisión Pura Imperfecta: Cuando los socios o accionistas participan en el Capital Social de las Sociedades escindidas, en proporción diferente a las que participaban en la Sociedad escindente. 22

  23. ESCISION • OBJETIVOS: • Permite el crecimiento, diversificación y reorganización de las Empresas. • Construir nuevas Sociedades sin tener que recurrir a la liquidación. • Desconcentrar las actividades secundarias de la Sociedad, hacia Compañías más pequeñas y más productivas, así como abarcar otras actividades complementarias al giro 23

  24. ESCISION • ASPECTO LEGAL • Solo podrá acordarse por resolución de asambleas de accionistas o socios u órgano equivalente, por la mayoría exigida para la modificación del contrato social. • Las acciones o partes sociales de la Sociedad que se escinda deberán estar totalmente pagadas. • La resolución de escisión deberá protocolizarse ante notario e inscribirse en el registro público de comercio. Publicarse en uno de los periódicos de mayor circulación durante un plazo de 45 días naturales a partir de que se hubiera efectuado la inscripción y ambas publicaciones. 24

  25. ESCISION • Durante el plazo señalado, cualquier socio o grupo de socios que representen por lo menos el veinte por ciento del capital social o acreedor que tenga interés jurídico, podrá oponerse judicialmente a la escisión, siempre y cuando quien se oponga diere fianza bastante para responder de los daños y perjuicios que pudieren causarse a la Sociedad con la suspensión. • Cumplidos los requisitos transcurrido el plazo a que se refiere la fracción V, sin que se haya presentado oposición, la escisión surtirá efectos, para la constitución de las nuevas Sociedades, bastará la protocolización de sus estatutos y su inscripción en el registro publico de comercio. 25

  26. ESCISION • Los accionistas o socios que voten en contra de la resolución de escisión gozarán del derecho de separarse de la Sociedad, aplicándose en lo conducente lo previsto en el articulo 206 de esta ley; • Cuando la escisión traiga aparejada la extinción de la escindente, una vez que surta efectos la escisión se deberá solicitar del Registro Publico de Comercio la cancelación de la inscripción del contrato social. 26

  27. Pasos a Seguir Para Registrar una Escisión: Preparar un Estado de Situación Financiera de la Sociedad escindente a la fecha de la Escisión. Preparar un listado que muestre los saldos del Estado de Situación Financiera de la Sociedad escindente, la parte, porción o porciento que se escinde, los saldos de la Sociedad escindente, después de la escisión; y los saldos de la Sociedad o Sociedades escindidas. Registrar los asientos de contabilidad en la Sociedad escindente. Registrar los asientos de contabilidad en la Sociedad o Sociedades escindidas. Presentar el Estado de Situación Financiera de la Sociedad escindente y el de la Sociedad escindida después de la escisión 27

  28. RAZONES PARA LA ESCISIÓN • La Sucesión de Empresas generalmente familiares no constituidas como Sociedad Anónima o con acciones nominativas. • Las Discordias Personales o de intereses entre los herederos. • El Desacuerdo entre los Socios Fundadores. • Las Barreras Institucionales • El Aprovechamiento de Incentivos a la Creación de Empresas. • La Creación de Filiales. • Diversificación de Riesgos y Limitación de Responsabilidad • El Apalancamiento en Capital. 28

  29. REQUISITOS PARA UNA ESCISION SEGÚN LA SHCP: • Copia certificada y fotocopia del documento notarial donde conste la escisión (copia certificada para cotejo). •  Escrito libre que deberá contener la denominación o razón social de las sociedades escindente y escindidas y la fecha en que se realizó dicho acto (duplicado). • En caso de representación legal, copia certificada y fotocopia del poder notarial para acreditar la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público (copia certificada para cotejo). 29

  30. REQUISITOS PARA UNA ESCISION SEGÚN LA SHCP: • Original y fotocopia simple de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por el Gobierno Federal, Estatal o Municipal del contribuyente o Representante Legal, sin que sea necesariamente alguna de las señaladas en el apartado “Definiciones”. • Tratándose de Residentes en el Extranjero o de extranjeros residentes en México, deberán acompañar fotocopia del documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales. 30

  31. AVISO DE ESCISIÓN DE SOCIEDADES, S.R.E: De conformidad con lo que establece el artículo 18 tercer párrafo del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras, el interesado deberá dar los avisos relativos a la constitución o cambio de denominación o razón social, dentro de los seis meses siguientes a la expedición del permiso respectivo, a la Secretaría de Relaciones Exteriores y los avisos de la liquidación, fusión o escisión de la sociedad de que se trate, deberán presentarse a la Secretaría de Relaciones Exteriores, dentro del mes siguiente a la fecha en que el acto se haya llevado a cabo, debiendo presentar para tal efecto, escrito libre que contenga los requisitos que a continuación se listan, en caso de falta de aviso, la sociedad de que se trata se hará acreedora a las sanciones correspondientes. 31

  32. REQUISITOS DE ESCISION • El órgano a quien se dirige el trámite, el lugar y fecha de emisión del escrito correspondiente, nombre de quien realice el trámite, domicilio para oír y recibir notificaciones, nombre de la persona o personas autorizadas para oír notificaciones y firma autógrafa. • Se deberá de especificar de que tipo de aviso se trata ya sea de constitución de sociedad o cambio de denominación o razón social o de liquidación o de fusión o escisión de sociedades. • Se deberá anotar la fecha en que se otorgó ante fedatario público el instrumento correspondiente a la fusión de las sociedades; así como el nombre y número de fedatario público ante quien se otorgó y el nombre de la empresa escindente y el nombre de la(s) empresa(s) escindidas. 32

  33. REQUISITOS DE ESCISION Si el aviso es presentado en tiempo, deberá cubrir el pago de derechos por la cantidad que establece el artículo 25, fracción IX de la Ley Federal de Derechos vigente, en cualquier institución bancaria o bien, mediante una transferencia electrónica de fondos en las instituciones de crédito certificadas. Si el aviso es presentado en forma extemporánea, deberá cubrir el pago de derechos por la cantidad que establece el artículo 25, fracción XI incisos a) y b), según sea el caso, de la Ley Federal de Derechos vigente, en cualquier institución bancaria o bien, mediante una transferencia electrónica de fondos en las instituciones de crédito certificadas. Anexar copia del instrumento, mediante el cual se llevó a cabo la constitución de sociedades o cambio de denominación o razón social y de la liquidación, fusión o escisión de la sociedad correspondiente. 33

  34. JOINT VENTURE

  35. Joint Venture Es un contrato entre dos o mas compañías o socios para contribuir con recursos (materia prima, capital, tecnología, conocimiento del mercado, ventas, canales de distribución, personal, financiamiento o productos) a un negocio en común. Los socios siguen operando sus propios negocios de manera independiente a la nueva empresa.

  36. Elementos de un Joint Venture Buena comunicación. Propósitos y expectativas. Cuestiones relativas al control y administración de la empresa. Aportación de capital. División de las utilidades. Manuales de operación. Contratos de dirección, licencias de tecnología, suministros de materia prima, distribución de productos.

  37. Cláusula de propósito y alcance del JV Los socios necesitan describir el propósito y las metas del JV, así como su alcance. La descripción debe ser lo suficientemente amplia para permitir el crecimiento y lo suficientemente clara y precisa para que los contratantes estén de acuerdo en los propósitos y metas para así poder distinguir entre el trabajo del JV y las actividades que los socios realizan en su empresa independiente.

  38. Condiciones del Contrato del Joint Venture Dentro de los acuerdos preliminares se especifican las cláusulas relativas al periodo de negociación, creación de diversos documentos colaterales, establecimiento de políticas de operación, las contribuciones de cada uno de los contratantes. Los acuerdos colaterales reglamentan la relación entre los contratantes.

  39. Documentos Auxiliares al Contrato del Joint Venture Convenio Administrativo de Dirección: Se establece todo lo relativo a la administración y dirección de la empresa, que socio va ha ser el responsable del consejo, gastos y la forma en que estos serán cubiertos Contrato de Transferencia de Tecnología: Se crea con la finalidad de regular las aportaciones en esta materia, el destino, así como el tiempo en que se entregara, si se va otorgar licencia o si se transfiere en propiedad con la finalidad de proteger la tecnología en caso de que el Joint Venture falle.

  40. Documentos Auxiliares al Contrato del Joint VentureConvenio Acerca del Mercado y Distribución: Se establece la forma en que serán distribuidos los productos o servicio si estos van a ser exclusivamente los que produzca el JV o si se van a incluir los productos o servicios que fabriquen las empresas contratantes.Acuerdo Acerca de las Marcas y Patentes:Se establecen claramente los derechos de cada uno de los contratantes por separado y del Joint Venture lo relativo al uso de marcas y patentes, para la comercialización de los productos y en caso de disolución, saber a quien correspondería las propiedad de la misma.

  41. Aportación de Capital y Constitución de la Empresa La sociedad se puede constituir de cualquiera de las formas previstas en la legislación mercantil del país en el que se valla a constituir. Es muy importante que el Joint Venture cuente con capital suficiente para poder asegurar a los consumidores y terceros que están en condiciones de cumplir con sus obligaciones. Es muy importante mencionar en el acta constitutiva el monto de las aportaciones de los socios, ya sea en efectivo o en especie (tecnología, materia prima e inmuebles).

  42. Administración del Joint Venture Dentro del contrato Joint Venture se debe especificar lo referente a la empresa en tres formas. Perfecccionar los detalles administrativos del funcionamiento corporativo tales como auditorias, presupuestos, política de dividendos. Todo lo referente al manual operativo que regula la forma en que todas las operaciones se llevan a cabo. Lo que se refiere a la estructura interna de la empresa, el organigrama, descripción de puestos, funciones y autoridad.

  43. Requerimientos Legales Cada país tiene normas distintas y especificas en relación a los actos de comercio, la inversión extranjera y la constitución de las sociedades. Después de un minucioso estudio se tiene que establecer todos los preceptos aplicables al caso en concreto, para que todos los requisitos se cumplan y la constitución del Joint Venture sean validos.

  44. Derechos Sobre la Propiedad Intelectual e Industrial En caso de que uno de los socios sea quien aporte la tecnología, el será quien propondrá la forma en que ésta se va a utilizar es decir la forma en que se van a conceder licencias para permitir el uso de tecnología; este acuerdo se establecerá en documentos colaterales como el convenio de distribución.

  45. Cláusula Relativa a Impuestos y Tipo de Moneda. En esta cláusula se debe establecer a cargo de quien corre la obligación de cubrir los impuestos, y de que manera se hará. De la misma forma se establecerá si se harán deducciones de impuestos a las ganancias de los socios antes o después de haberlas entregado. Se deberá establecer que tipo de moneda se tomara como base para lo referente en esta sociedad, esto con la finalidad de brindar seguridad al inversionista.

  46. Factores de éxito de las Joint Venture Objetivos comunes compartidos. Gran interés y apoyo por parte de los socios. Contribuciones complementarias.

  47. Problemas que llevan al fracaso un Joint Venture La adaptación a una cultura distinta. Deficiente integración y comunicación entre los socios. Divergencia en cuanto a los objetivos estratégicos.

  48. FUSIONES Ley General de Sociedades Mercantiles; Artículo 222.- La fusión de varias sociedades deberá ser decidida por cada una de ellas, en la forma y términos que correspondan según su naturaleza. Articulo 223.- Los acuerdos sobre fusión se inscribirán en el Registro Publico de Comercio y se publicarán en el Periódico Oficial del domicilio de las sociedades que hayan de fusionarse. Cada sociedad deberá publicar su ultimo balance y aquella o aquellas que dejen de existir, deberá publicar, además el sistema establecido para el extinción de su pasivo. Articulo 224.- La fusión no podrá tener efecto sino tres meses después de haberse efectuado la inscripción en el Registro Publico de Comercio. Durante dicho plazo, cualquier acreedor de las sociedades que se fusionan, podrá oponerse judicialmente en la vía sumaria, a la fusión. 48 48

  49. FUSIONES Las Fusiones de empresas son el acto mediante el cual dos o mas empresas se unen desapareciendo una y sobreviviendo una de ellas: INCORPORACION o ABSORCION. En el caso en que dos o mas empresas se unen desapareciendo todas para integrar una nueva sociedad: INTEGRACION. 49 49

  50. FUSIONES TIPOS DE FUSION: Fusión Pura: Cuando dos empresas del mismo giro operativo. (Hotel Marriot, S.A. con Hotel Fénix, S.A.) Fusión Hibrida: Cuando dos empresas de giros operativos diferentes. (Guantes el Gallo, S.A. con Botones X, S.A.) Fusión Múltiple:Cuando una empresa se une con dos o mas. (Zapatos Zuecos, S.A. con Tenería Azteca, S.A. y con Moldes Zapateros, S.A. 50 50

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