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Primera Resolución 2004. Reglamento de Evaluación de Activos. Objeto. Establecer la metodología para evaluar, provisionar y castigar los riesgos de sus activos y contingentes. Se considera en forma independiente: Cartera de Crédito Cartera de Inversiones
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Primera Resolución 2004 Reglamento de Evaluación de Activos
Objeto • Establecer la metodología para evaluar, provisionar y castigar los riesgos de sus activos y contingentes. • Se considera en forma independiente: • Cartera de Crédito • Cartera de Inversiones • Activos fijos y bienes recibidos en recuperaciones • Otros Activos
CREDITOS cOMERCIALES Metodología de clasificación y poderación
Créditos Comerciales • Créditos a personas físicas o jurídicas cuyo objeto es promover algún sector de la economía • Agropecuaria • Industrial • Turismo • Comercio • Exportaciones • Minería • Construcción • Comunicaciones • Financiero
Créditos Comerciales MAYORES DEUDORES • Obligaciones consolidas iguales o superiores a • Más de RD$15.000.000,00 (Bancos Comerciales) • Más de RD$10.000.000,00 (Otras entidades financieras) • Deberán considerarse tarjetas de crédito empresariales. • Clasificación individual hasta alcanzar el 60% de la cartera de crédito comercial.
Factores de Evaluación 1. Capacidad de Pago * Faltante de Información
Factores de Evaluación2. Histórico de Pago • Evalúa el comportamiento de pago del deudor • con la institución y con otros acreedores del mercado • Considerar renovaciones • Histórico de 12 meses
Factores de Evaluación:3. Riesgo País • Para deudores domiciliados en el exterior o con operaciones concentradas en más del 50% en un mismo país del exterior
Capacidad + Histórico Capacidad + Histórico + Riesgo País Histórico de Pago Riesgo País A B C D E A B C D E A A B C D E A A B C D E Capacidad de Pago Capacidad e Histórico B B B C D E B B B C D E C C C C D E C C C C D E D D D D D E D D D D D E E E E E E E E E E E E E Clasificación Mayores deudores comerciales • Frecuencia: 3 meses • Información clientes 6 meses
Créditos Comerciales MENORES DEUDORES • Obligaciones consolidas iguales o superiores a • Menos RD$10.000.000,00 (Bancos Comerciales) • Menos RD$5.000.000,00 (Otras entidades financieras) • Calificación con base en la morosidad • Clasificación individual hasta alcanzar el 60% de la cartera de crédito comercial.
Créditos Comerciales CREDITOS MICROEMPRESAS • Obligaciones consolidas iguales o superiores a • Menos RD$5.000.000,00 (Bancos Comerciales) • Menos RD$1.000.000,00 (Otras entidades financieras) • Calificación con base en la morosidad
Clasificación menores deudores comerciales y Pymes • Aplicado sobre la base de la morosidad de sus cuotas
Creditos de consumo Metolodogía de clasificación y ponderación
Créditos Consumo • Otorgados a personas físicas con el objeto de adquirir bienes y/o servicios, incluyendo tarjetas de crédito personales • Clasificación sobre agregados para la asignación de una única calificación • Las tarjetas de crédito deben clasificarse de manera individual. • Operaciones reclasificadas = “D” (Revisión trimestral hasta “B”)
Clasificación Créditos de Consumo • Clasificación según morosidad
Créditos Hipotecarios para la vivienda • Préstamos concedidos a personas físicas para: • Adquisición • Remodelación • Ampliación • Construcción de vivienda • Los créditos amparados en su totalidad, con garantía del mismo inmueble. • Clasificación sobre agregados para la asignación de una única calificación • Operaciones reclasificadas = “D” (Revisión trimestral hasta “B”)
Clasificación Créditos Hipotecarios • Sobre la base de la morosidad
provisionamiento METODOLOGIA DE CÁLCULO
No Polivalentes Polivalentes Garantías • Consideración exclusiva para la determinación de la Probabilidad de perdida • Admisibilidad • Ejecutable • Enajenable • Valuable • Transferible • Estable en su valor • Aseguradas • Valoradas a Precio de Mercado
Provisiones • La institución financiera al cierre del mes deberá constituir las provisiones necesarias para cubrir el riesgo según la siguiente distribución • Clasificación A: Riesgo Normal 1% • Clasificación B: Riesgo Potencial 3% • Clasificación C: Riesgo Deficiente 20% • Clasificación D: Créditos Difícil de Cobro 60% • Clasificación E: Créditos Irrecuperables 100% • Si las inversiones son valoradas a precio de mercado no será necesaria la Provisión
Provisiones sobre bienes recibidos en recuperación • Plazo máximo de enajenación 3 años contados 120 días después de la adjudicación del bien, al término deberá estar debidamente provisionados iniciando linealmente a partir del primer año • Los bienes muebles serán provisionados en un plazo de 2 años iniciando a partir del sexto mes • Los bienes inmuebles serán provisionados en un plazo de 3 años
Otros activos METODOLOGÍA DE CLASIFICACIÓN Y PROVISIÓN
Clasificación del Riesgo de la Cartera de Inversión • Ajustes según cotización de mercado o... • Técnicas de valor presente • Introduce la posibilidad de utilizar las calificaciones otorgadas por las clasificadoras de riesgo • Inversiones a menos 1 año no podrán clasificarse ni A o B.
Clasificación de los activos fijos y activos recibidos en recuperación • La evaluación consistirá en determinar la porción contable y el valor comercial • En caso de existir diferencia negativa se deberá reconocer la perdida
Cuentas Contingentes • Operaciones en las que se han asumido compromisos: • Cartas de crédito • Documentos descontados • Líneas de crédito • A medida que se desembolsa deberán ser reclasificadas según corresponda. • Categoría de riesgo según la clasificación del deudor