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Comisión Especial de exoneraciones, exenciones y franquicias fiscales 4 de marzo de 2013

Comisión Especial de exoneraciones, exenciones y franquicias fiscales 4 de marzo de 2013. Golfo de Fonseca. Asociación Nacional de Acuicultores de Honduras

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Comisión Especial de exoneraciones, exenciones y franquicias fiscales 4 de marzo de 2013

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Presentation Transcript


  1. Comisión Especial de exoneraciones, exenciones y franquicias fiscales 4 de marzo de 2013

  2. Golfo de Fonseca.

  3. Asociación Nacional de Acuicultores de Honduras • La ANDAH, fundada en 1986, en beneficio de la Acuicultura de Honduras y específicamente los cultivadores y procesadores de camarón, cuenta con 347 miembros, conformada la cadena productiva por: • 11 Laboratorios de producción larvarios. (RIT) • 328 Granjas de cultivo. (RIT) • 8 Plantas de procesamiento industrial, valor agregado, comercialización. (ZOLI) • La inversión de la industria camaronera de Honduras es de 7,000 millones de US $

  4. Actualmente la • Honduras los 347 proyectos de camarón generan: • 30,000 empleos de los cuales un 40% son mano de obra femenina y de estas el 55% son madres solteras. • 17,600 hectáreas se encuentran en producción. • La exportación en 2012 fue de 57.2 millones de libras. • Generando 167 millones de US $ en divisas (BCH). • La camaricultura representa el 12% del producto interno bruto (PIB), industria que mas aporta al país desde la Región del Golfo de Fonseca. • 98% de las producción es exportado al mundo. Acceso a Mercados: USA, Canadá, EUROPA (Alemania, España, Francia, Inglaterra, Bélgica), Taiwán, Vietnam, México, Guatemala, El Salvador y Costa Rica.

  5. Actualmente • Población beneficiada 170,000 personas, representa el 30% de los habitantes de los departamentos de Valle y Choluteca. • Las empresas camaroneras en impuestos a las municipalidades anualmente se pagan L. 50 millones. • Salarios devengados al Año es de L. 200 millones

  6. Programas y proyectos de ANDAH en GF • Sostenibilidad Socio Ambiental y Productividad - Competitividad de la Industria: Convenio Técnico Financiero ANDAH con SENASA, Inocuidad en los productos que se exportan, Programa de Monitoreo y Vigilancia epidemiológica, Buenas Practicas Acuícolas, Programa Nacional de Residuos, Guía de Embarque que garantiza la inocuidad del transporte de productos de acuacultura. • Gestiones y ejecución en la aplicación de medidas de mitigación y convenio de Licenciamiento de la Industria a través de convenio con ANDAH con SERNA, Asegurar concesiones, normativas, licencias y permisos de operación. • Gestiones y ejecución en el manejo de las áreas protegidas del Golfo de Fonseca en convenio ANDAH con ICF. • Proyecto de reforestación Escudo Verde, mitigación contra el cambio climático y generación de medios de vida. • Proyecto Protección y Anidamiento Artificial de la Tortuga Golfina, como miembro activo, técnico y financiero con Comisión de Verificación y Control de Gestión Ambiental del Golfo de Fonseca (CVC-Golf).

  7. Programas y proyectos de ANDAH en GF • Responsabilidad Social Empresarial. Gestión y Apoyo en Educación, Salud, Instalación de Servicios saneamiento básico, energía, agua potable en las comunidades vecinas a las unidades de producción de camarón. • Promoción, capacitación y aplicación de Buenas Prácticas de Acuícolas, Bioseguridad, Legislación. • Investigación.Laboratorio Calidad de Agua (LCA) (20 años), Laboratorio de Patología Acuática (LPA) (20 años) y Centro de Investigación Acuícola y Pesquero (CIAP) (2 Años). • Monto Total anual invertido al año es de L. 12,000.000

  8. Exportaciones Rubros Honduras • Exportaciones de Honduras: Los principales productos de exportación Hondureños incluyen productos de agricultura, café, textiles, camarones, bananos, aceite de palma africana, oro, fruta y madera.

  9. “Incentivos Fiscales a las Exportaciones a través de la Ley de Admisión Temporal, Ley de Equidad Fiscal y Ley de Pesca y Acuicultura”Beneficios e incentivos que Nicaragua ha dado a la camaricultura • LEY DE ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO Y DE FACILITACIÓN DE LAS EXPORTACIONES – LEY 382 • Este marco jurídico es creado como parte de una estrategia de crecimiento económico y de creación de empleos y como una respuesta a la necesidad de fortalecer la actividad exportadora del país y por ende la posición de Nicaragua en los mercados internacionales. • El Principio Fundamental de la nueva Ley es la confianza en el Exportador, como base del sistema, para el buen uso y destino de las mercancías sujetas a la suspensión de pago de los derechos e impuestos, que serán incorporadas en el producto de exportación. Modalidades del Régimen de Admisión Temporal: Este sistema otorga beneficios que favorecen la competitividad de las exportaciones nicaragüenses a través de dos modalidades: • Suspensión Previa de Derechos e Impuestos: La suspensión previa exonera a la empresa exportadora del pago de los Derechos Arancelarios de Importación (DAI), del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Selectivo de Consumo (ISC). • Devolución de Derechos e Impuestos: Esta modalidad permite la devolución de las sumas efectivamente pagadas a favor del fisco por concepto de derechos e impuestos, como consecuencia de la importación definitiva o compra local de insumos, productos semielaborados, envases, empaques y productos terminados, incorporados a los productos para exportación.

  10. Ventajas del Régimen de Admisión Temporal en Nicaragua • Las empresas exportadoras pueden realizar importaciones y compras locales con suspensión de los derechos e impuestos arancelarios de: • Bienes intermedios, materias primas, envases, empaques, productos semi-elaborados y productos terminados que se incorporen al producto de exportación; • Bienes de capital que intervengan directamente en el proceso productivo de exportación, sus repuestos y accesorios; • Materiales y equipos que forman parte integral de las instalaciones necesarias para el proceso productivo. • Las ventas de productos a empresas bajo el Régimen de Zonas Francas se consideran como exportaciones y podrán beneficiarse de la Ley de Admisión Temporal. • El Sector Industrial Exportador, podrá adquirir con suspensión de pago del Impuesto Selectivo de Consumo (ISC) la compra de Kerosene, Fuel oil (Bunker) y Gas. • Se creó la figura de exportador indirectoque favorece a las empresas o productores locales proveedores de materias primas, insumos, envases, empaques o productos terminados que se incorporen a bienes exportados. • El Régimen de Admisión Temporal está diseñado en función de facilitar el proceso exportador y a la vez asegurar una mayor transparencia para otorgar de manera ordenada los beneficios a los exportadores. • En la Ley de Equidad Fiscal se modifican algunos artículos de la Ley de Admisión Temporal y como incentivo se establece la acreditación contra el Impuesto sobre la Renta, del Impuesto Selectivo de Consumo pagado en adquisición nacional del combustible usado como insumo. • Depreciación Acelerada

  11. INCENTIVOS A LA EXPORTACIÓN BAJO LA LEY 453, LEY DE EQUIDAD FISCAL Y SU REGLAMENTO: • Además de la Ley 382, el Gobierno de Nicaragua ha impulsado la Ley de Equidad Fiscal, Ley No.453, la que amplía y modifica los incentivos a la exportación. • El Arto. 101 de la ley establece un crédito contra el IR anual, (Anticipos mensuales o el Pago Mínimo por IR Arto. 162 del Reglamento) del monto pagado en la adquisición nacional del combustible usado como insumo en la producción exportable y de únicamente el 25% del ISC pagado. Ello es válido para todos los exportadores acogidos a la Ley Nº 382, Ley de Admisión Temporal para el Perfeccionamiento Activo y Facilitación de las Exportaciones. • El Arto. 162 del Reglamento indica que para la aplicación del artículo 101 de la Ley, la acreditación del Impuesto Selectivo de Consumo (ISC) se realizará sobre el combustible usado como insumo directo en el proceso productivo de exportación. En ningún caso se incluyen los medios de transporte. • Igualmente el Arto.102 de la Ley, establece un crédito tributario del 1.5 por ciento del valor FOB de las exportaciones para incentivar a los exportadores de bienes de origen nicaragüense y a los productores o fabricantes. Dicho beneficio estará vigente por un periodo de siete años a partir de la entrada en vigencia de esta Ley. • Tasas IVA: El Impuesto Valor Agregado (IVA) se liquidará aplicando a los valores determinados, conforme las disposiciones de la presente Ley, la tasa del 15 por ciento, salvo en el caso de las exportaciones que se establece la tasa cero por ciento. • Ley Nº 489, Ley de Pesca y Acuicultura. Arto. 111 Suspensión Previa de Tributos que grava el diesel.

  12. Impactos Negativos a la Industria camaronera por eliminación de incentivos fiscales • Reducción o perdida de la capacidad de competir a nivel internacional con otras empresas del extranjero. • Pérdida de competitividad y posible cierre de empresas • Aumento del Costo de producción. • Reducción de las inversiones en equipo e infraestructura que hace eficiente los procesos productivos. • Retiro de la inversión nacional y extranjera a países que ofrecen mejores incentivos a la producción exportación. • Reducción y perdida de empleo en la región del Golfo de Fonseca con pocos rubros con actividad económica . • Reducción de generación de divisas al país. • Impacto negativo en la economía local. • Causaría mayor endeudamiento en al operatividad. • Relevancia de la eliminación de las exoneraciones y lo desastroso que seria para la región sur Golfo de Fonseca que las camaroneras dejen de invertir.

  13. Comisión Especial: • ANDAH esta muy de acuerdo que el estado controle las exenciones, exoneraciones y franquicias aduaneras para que el beneficio vaya directamente a promover la inversión y mantener la competitividad. • Estamos abiertos a trabajar para establecer los rubros y los mecanismos de control a exonerar.

  14. Contactos • Jacobo Paz, Presidente de Junta Directiva • paz.jacobo@gmail.com • Ricardo Gómez Portillo, Director Ejecutivo • ricardo_gomez92@yahoo.com • Carlos Virgilio Umanzor, Director Ejecutivo Adjunto • cvumanzor@bufeteumanzor.com • Virgilio Umanzor, Asesor Legal • vumanzor@bufeteumanzor.com • Choluteca, Honduras • Teléfono Oficinas: (504) 95031973 • E-mail: andah_hn@yahoo.com • Pagina Web: www. acuicultoresdehonduras.com

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