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XVI CONGRESO NEUMOSUR ENFERMERÍA JEREZ DE LA FRONTERA, 18,19 Y 20 DE MARZO

XVI CONGRESO NEUMOSUR ENFERMERÍA JEREZ DE LA FRONTERA, 18,19 Y 20 DE MARZO. N E U M O S U R. CONSTRUYENDO LA NUEVA ENFERMERÍA DEL SIGLO XXI: ENFOQUE PROFESIONAL Y ACADÉMICO. Jerez, 19 de marzo de 2004 . Máximo A. González Jurado.

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XVI CONGRESO NEUMOSUR ENFERMERÍA JEREZ DE LA FRONTERA, 18,19 Y 20 DE MARZO

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Presentation Transcript


  1. XVI CONGRESO NEUMOSUR ENFERMERÍA JEREZ DE LA FRONTERA, 18,19 Y 20 DE MARZO N E U M O S U R

  2. CONSTRUYENDO LA NUEVA ENFERMERÍA DEL SIGLO XXI: ENFOQUE PROFESIONAL Y ACADÉMICO Jerez, 19 de marzo de 2004 Máximo A. González Jurado Presidente del Consejo General de Enfermería

  3. ÍNDICE • PRESENTE Enfermería: ¿oficio o profesión? • Estatuto de la Profesión.(Noviembre 1960) • Nuevo Estatuto General de la Profesión.(Noviembre 2001) • Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. LOPS.(Noviembre 2003) • FUTURO • La Nueva Enfermería del Siglo XXI • Desarrollo Formativo • Desarrollo Profesional • CONCLUSION • Un Nuevo Paradigma Enfermero

  4. ÍNDICE • PRESENTE Enfermería: ¿oficio o profesión? • Estatuto de la Profesión.(Noviembre 1960) • Nuevo Estatuto General de la Profesión. (Noviembre 2001) • Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. LOPS. (Noviembre 2003) • FUTURO • La Nueva Enfermería del Siglo XXI • Desarrollo Formativo • Desarrollo Profesional • CONCLUSION • Un Nuevo Paradigma Enfermero

  5. Enfermería:¿Oficio o Profesión? • Sin definición • Sin autonomía • Sin responsabilidades • Sin cuerpo de doctrina • Sin funciones propias Subordinación al Médico Habilitación para tareas Auxiliares supervisadas ESTATUTO DE LA PROFESIÓN (Decreto 1960) Oficio Subordinado

  6. Enfermería:¿Oficio o Profesión? Decreto 1960 Artículo 1 “Los Ayudantes Técnicos Sanitarios, así como los Auxiliares Sanitarios con títulos de Practicante, Matrona o Enfermera, obtenidos con arreglo a la legislación anterior al Decreto 4 de diciembre de 1953 podrán ejercer sus funciones tanto en centros oficiales, instituciones sanitarias, sanatorios y clínicas públicas o privadas como en trabajo profesional libre,siempre que su actuación se realice bajo la dirección o indicación de un médicoy que se hallen inscritos en los respectivos Colegios Oficiales”

  7. Enfermería:¿Oficio o Profesión? Decreto 1960 Artículo 2 “Los Ayudantes Técnicos Sanitarios, serán habilitados para realizar las siguientes funciones: • Aplicar medicamentos, inyecciones o vacunas y tratamientos curativos • Auxiliar al personal médico en las intervenciones de cirugía general y de lasdistintas especialidades. • Practicar las curas de los operados ... / ...

  8. Enfermería:¿Oficio o Profesión? Decreto 1960 ... / ... Artículo 2 • Prestar asistencia inmediata en casos urgentes, hasta la llegada del médico o titular de superior categoría, a quien habrán de llamar perentoriamente. • Asistir a los partos normales cuando en la localidadno existan titulares especialmente capacitados para ello. • Desempeñar todos los cargos y puestos para los que en la actualidad se exigen los títulos de Practicante o Enfermera, con la sola distinción que en cada caso corresponda a los Ayudantes masculinos o a los femeninos.”

  9. ÍNDICE • PRESENTE Enfermería: ¿oficio o profesión? • Estatuto de la Profesión. (Noviembre 1960) • Nuevo Estatuto General de la Profesión.(Noviembre 2001) • Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. LOPS. (Noviembre 2003) • FUTURO • La Nueva Enfermería del Siglo XXI • Desarrollo Formativo • Desarrollo Profesional • CONCLUSION • Un Nuevo Paradigma Enfermero

  10. Enfermería:¿Oficio o Profesión? • Con definición • Con autonomía • Con responsabilidades • Con cuerpo de doctrina • Con funciones propias • Sin subordinación • Práctica interdisciplinar Aplica la Constitución Española y la Ley de Colegios Profesionales ESTATUTO DE LA PROFESIÓN (Real Decreto 2001) Profesión autónoma

  11. Enfermería:¿Oficio o Profesión? Real Decreto. Noviembre 2001 PRINCIPIOS BÁSICOS DEL EJERCICIO PROFESIONAL T í t u l o I I I MISIÓN DEFINICIÓN FUNCIONES CUIDADOS Práctica basada en: RESPONSABILIDAD Y AUTONOMÍA EVIDENCIA CIENTÍFICA PRINCIPIOS DEONTOLÓGICOS

  12. Enfermería:¿Oficio o Profesión? Real Decreto. Noviembre 2001 PRINCIPIOS BÁSICOS DEL EJERCICIO PROFESIONAL T í t u l o I I I MISIÓN DEFINICIÓN FUNCIONES CUIDADOS Práctica basada en: RESPONSABILIDAD Y AUTONOMÍA EVIDENCIA CIENTÍFICA PRINCIPIOS DEONTOLÓGICOS

  13. Misión dela Enfermería Art. 53.1. Estatuto Prestar atención de salud a los individuos, las familias y las comunidades en todas las etapas del ciclo vital y en sus procesos de desarrollo • Valorando y EvaluandoCientíficamente: Diagnóstico Enfermero • El estado de bienestar / enfermedad • Basando las Intervenciones en: Intervenciones (Cuidados) • Principios científicos, humanísticos y éticos • Obteniendo los Resultados: Resultados • Mediante la evidencia científica • Auxiliándose de medios y recursos clínicos y tecnológicos adecuados

  14. Enfermería:¿Oficio o Profesión? Real Decreto. Noviembre 2001 PRINCIPIOS BÁSICOS DEL EJERCICIO PROFESIONAL T í t u l o I I I MISIÓN DEFINICIÓN FUNCIONES CUIDADOS Práctica basada en: RESPONSABILIDAD Y AUTONOMÍA EVIDENCIA CIENTÍFICA PRINCIPIOS DEONTOLÓGICOS

  15. Definición de Enfermero/a Art. 53.2. Estatuto • Profesional legalmente habilitado • Responsable de sus actos profesionales de enfermero • Con conocimientos y aptitudes suficientes sobresupropio cuerpo de doctrina • Basando la práctica en la evidencia científica

  16. Enfermería:¿Oficio o Profesión? Real Decreto. Noviembre 2001 PRINCIPIOS BÁSICOS DEL EJERCICIO PROFESIONAL T í t u l o I I I MISIÓN DEFINICIÓN FUNCIONES CUIDADOS Práctica basada en: RESPONSABILIDAD Y AUTONOMÍA EVIDENCIA CIENTÍFICA PRINCIPIOS DEONTOLÓGICOS

  17. Funciones del Enfermero Art. 52.1. Estatuto Asistenciales Investigadoras Docentes Gestoras Plenitud de atribuciones y facultades en el ejercicio

  18. Enfermería:¿Oficio o Profesión? Real Decreto. Noviembre 2001 PRINCIPIOS BÁSICOS DEL EJERCICIO PROFESIONAL T í t u l o I I I MISIÓN DEFINICIÓN FUNCIONES CUIDADOS Práctica basada en: RESPONSABILIDAD Y AUTONOMÍA EVIDENCIA CIENTÍFICA PRINCIPIOS DEONTOLÓGICOS

  19. Cuidados de Enfermería Art. 54.2. Estatuto Responsabilidad de la profesión de enfermería • Proporcionar cuidadospropios de su competencia,de forma individual ocoordinada en un equipo de salud, de modo directo, continuo,integral o individualizado. Formación Práctica Principios Equidad Accesibilidad Cobertura Sostenibilidad

  20. Cuidados de Enfermería Art. 54.3. Estatuto Responsabilidad del profesional “Los cuidados de enfermería comprenden la ayuda prestada por el enfermero en el ámbito de su competencia profesional a personas, enfermas o sanas, y a comunidades, en la ejecución de cuantas actividades contribuyan al mantenimiento, promoción y restablecimiento de la salud, prevención de las enfermedades y accidentes, así como asistencia, rehabilitación y reinserción social en dichos supuestos y/o ayuda a una muerte digna.”

  21. Calidad y Excelencia de la Práctica Enfermera Art. 54.3. Estatuto Ordenación de la Profesión Organización Colegial Normas Estándares Acreditación Profesionales

  22. ÍNDICE • PRESENTE Enfermería: ¿oficio o profesión? • Estatuto de la Profesión. (Noviembre 1960) • Nuevo Estatuto General de la Profesión. (Noviembre 2001) • Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. LOPS. (Noviembre 2003) • FUTURO • La Nueva Enfermería del Siglo XXI • Desarrollo Formativo • Desarrollo Profesional • CONCLUSION • Un Nuevo Paradigma Enfermero

  23. Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias Finalidad básica de esta Ley Garantizar que los profesionales sanitarios cumplen con los niveles de competencia necesarios para tratar de seguir salvaguardando el derecho a la protección de la salud.

  24. LICENCIADOS ENFERMEROS L O P S PROFESIONES SANITARIAS DIPLOMADOS EVIDENCIA CIENTÍFICA FORMACIÓN CONTINUADA COMPETENCIA PROFESIONAL AUTONOMÍA REGISTROS DE PROFESIONALES DESARROLLO PROFESIONAL PRINCIPIOS DEONTOLÓGICOS SEGURIDAD DE LOS PACIENTES

  25. PROFESIONES SANITARIAS Concepto Sociológico • Formación superior • Autonomía profesional • Capacidad autoformativa • Código deontológico • Espíritu de servicio • Ciencia • Conciencia • Compromiso (Exposición de motivos. LOPS)

  26. PROFESIONES SANITARIAS Concepto Jurídico “Se reconocen como profesiones sanitarias aquellas que la normativa universitaria reconoce como titulaciones del ámbito de la salud, y que en la actualidad gozan de una Organización Colegial reconocida por los poderes públicos.” • C • C • C Licenciados Diplomados (Exposición de motivos. LOPS)

  27. LICENCIADOS Definición “Corresponde, en general, a los Licenciados sanitarios, dentro del ámbito de actuación para el que les faculta su correspondiente título, la prestación personal directa que sea necesaria en las diferentes fases del proceso integral de salud y, en su caso, la dirección, y evaluación del desarrollo global de dicho proceso, sin menoscabo de la competencia profesional, responsabilidad y autonomía propias de los diferentes profesionales que intervienen en el mismo.” (Artículo 6. LOPS)

  28. Concepto de “Facultad” • Facultad: Poder, derecho para hacer algo. Licencia o permiso. • Facultativo: Perteneciente a una facultad. Dícese del que procesa una facultad. Médico o cirujano.

  29. DIPLOMADOS Definición “Corresponde, en general, a losDiplomados Sanitarios, dentro del ámbito de actuación para que les faculta su correspondiente título, la prestación personal de los cuidados o los servicios propios de su competencia profesional en las distintas fases del proceso de atención de salud, sin menoscabo de la competencia, responsabilidad y autonomía propias de los distintos profesionales que intervienen en tal proceso.” (Artículo 7. LOPS)

  30. ENFERMEROS Definición “ Corresponde a los Diplomados Universitarios en Enfermería la dirección, evaluación y prestación de los cuidados de enfermería orientados a la promoción, mantenimiento y recuperación de la salud así como a la prevención de enfermedades y discapacidades.” (Artículo 7. LOPS)

  31. CUIDADOS DE ENFERMERÍA Definición “Los cuidados de enfermería comprenden la ayuda prestada por el enfermero en el ámbito de su competencia profesional a personas, enfermas o sanas, y a comunidades, en la ejecución de cuantas actividades contribuyan al mantenimiento, promoción y restablecimiento de la salud, prevención de las enfermedades y accidentes, así como asistencia, rehabilitación y reinserción social en dichos supuestos y/o ayuda a una muerte digna.” (Art. 54.3. R.D. 1231/2001) Justifican la estancia hospitalaria

  32. AUTONOMÍA “El ejercicio de las profesiones sanitarias se llevará a cabo con plena autonomía técnica y científica, sin más limitaciones que las establecidas en esta ley y por los demás principios y valores contenidos en el ordenamiento jurídico y deontológico” (Artículo 4. LOPS)

  33. EVIDENCIA CIENTÍFICA “Se tenderá a la unificación de los criterios de actuación que estarán basados en la evidencia científica” (Artículo 4. LOPS)

  34. COMPETENCIA PROFESIONAL Definición “ Es la aptitud del profesional sanitario para integrar y aplicar los conocimientos, habilidades y actitudes asociadas a las buenas prácticas de su profesión para resolver los problemas que se le plantean.” (Artículo 42. Ley de Cohesión y Calidad del S.N.S.)

  35. FORMACIÓN CONTINUADA Definición “Proceso de enseñanza y aprendizaje activo y permanente al que tienen derecho y obligación los profesionales sanitarios, que se inicia al finalizar los estudios de pregrado o de especialización y que está destinado a actualizar y mejorar los conocimientos, habilidades y actitudes de los profesionales sanitarios ante la evolución científica y tecnológica y las demandas y necesidades tanto sociales como del propio Sistema Sanitario (Artículo 34. LOPS)

  36. Cuidados de salud de calidad y basados en principios deontológicos Uso racional de recursos diagnósticos y terapéuticos Respeto a la personalidad, dignidad e intimidad Información suficiente y adecuada. Consentimiento informado Identificación del profesional SEGURIDAD DE LOS PACIENTES Principios generales de las relaciones entre los profesionales y las personas GARANTÍA DE CALIDAD REGISTROS DE PROFESIONALES LOPS

  37. PRINCIPIOS DEONTOLÓGICOS “Los profesionales tendrán como guía de su actuación el servicio a la sociedad, el interés y salud del ciudadano a quien se le presta el servicio, el cumplimiento riguroso de las obligaciones deontológicas, determinadas por las propias profesiones conforme a la legislación vigente” (Artículo 4. LOPS)

  38. DESARROLLO PROFESIONAL Definición Es el reconocimiento público, expreso y de forma individualizada, del desarrollo alcanzado por un profesional sanitario en cuanto a conocimientos, experiencia en lastareas asistenciales, docentes y de investigación, así como en cuanto al cumplimiento de los objetivos asistenciales e investigadores de la organización en la que prestan sus servicios (Artículo 37. LOPS)

  39. Características del Desarrollo Profesional Cuatro Grados Acceso Voluntario Válido en todo el Sistema Nacional de Salud

  40. Niveles para las enfermeras/os NIVEL 1 • GENERALISTA O ESPECIALISTA NIVEL 2 • GENERALISTA SENIOR • O • ESPECIALISTA SENIOR NIVEL 3 • CONSULTOR NIVEL 4 • CONSULTOR SENIOR

  41. ÍNDICE • PRESENTE Enfermería: ¿oficio o profesión? • Estatuto de la Profesión. (Noviembre 1960) • Nuevo Estatuto General de la Profesión. (Noviembre 2001) • Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. LOPS. (Noviembre 2003) • FUTURO • La Nueva Enfermería del Siglo XXI • Desarrollo Formativo • Desarrollo Profesional • CONCLUSION • Un Nuevo Paradigma Enfermero

  42. Desarrollo Formativo Enfermero UNIVERSITARIO PROFESIONAL Licenciatura Especialidades Máster Doctorado

  43. Desarrollo Formativo Enfermero UNIVERSITARIO PROFESIONAL Licenciatura Especialidades Máster Doctorado

  44. GRADO • LICENCIATURA Título Único Desarrollo Formativo Enfermero UNIVERSITARIO POSTGRADO ESPACIO EUROPEO EDUCACIÓN SUPERIOR • MASTER • DOCTORADO

  45. Espacio Europeo de Educación Superior Formación de Grado Perfil Profesional Rol Competencias

  46. Rol y Competencias Enfermeras • Estatuto General de la Profesión R.D. 1231/2001 de 9 noviembre • Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud Ley 16/2003 de 28 de mayo • Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias Ley 44 /2003 de 21 de noviembre

  47. Nuestra Propuesta de Grado Académico Duración: • 4 años y 240 créditos europeos Homologación del Título de Diplomado al de Licenciado • Méritos académicos, científicos y profesionales

  48. Desarrollo Formativo Enfermero UNIVERSITARIO PROFESIONAL Licenciatura Especialidades Master Doctorado

  49. MÁS ENFERMERAS ESPECIALISTAS, MÁS VIDAS SALVADAS Escuela de Salud Pública Harvard. - USA. 29 mayo 2002

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