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TEORIA DEL ESTADO Elementos del Estado- Poder y Soberanía

TEORIA DEL ESTADO Elementos del Estado- Poder y Soberanía. Lucciola Trajtman Robles. EL PODER En términos generales el poder supone, la capacidad de dirigir o transformar las conductas de los otros, incluso en contra de su voluntad. .

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TEORIA DEL ESTADO Elementos del Estado- Poder y Soberanía

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  1. TEORIA DEL ESTADOElementos del Estado- Poder y Soberanía LucciolaTrajtman Robles

  2. EL PODER En términos generales el poder supone, la capacidad de dirigir o transformar las conductas de los otros, incluso en contra de su voluntad.

  3. Weber define el poder como “la probabilidad de imponer la propia voluntad, dentro de una relación social, aun contra toda resistencia y cualquiera que sea el fundamento de esa probabilidad”.

  4. La realidad social es un entramado de relaciones asimétricas de poder de diferente carácter: político, religioso, ideológico, económico, jurídico, de genero, etc. • De manera simultánea y superpuesta se verifican en la vida cotidiana distintas clases y grados de dominación. Se esta sujeto al poder de otros para ordenar nuestro comportamiento al interior de la familia, la escuela, el empleador, etc.

  5. Weber conceptualiza como autoridad el ejercicio legítimo del poder. Los motivos sin embargo por los que los dominados obedecen pueden ser de diversa índole • Sin embargo, para Weber, el poder no se reduce al poder legítimo, no habría por qué suponer “que la obediencia primariamente por la creencia en su legitimidad” Así la dominación puede ser aceptada con prescindencia de su legitimidad, en la medida en que el interés que los agentes tengan en obedecerla supere al que tengan en desobedecerla.

  6. La adhesión puede fingirse por individuos y grupos enteros por razones de oportunidad, practicarse efectivamente por causa de intereses materiales propios, o aceptarse como algo irremediable en virtud de debilidades individuales y de desvalimiento

  7. Cuando priman las circunstancias ideológicas, es decir cuando se acepta la imposición de la voluntad del otro considerándola valida se habla de “autoridad”. • En cambio, cuando lo que motiva la obediencia son los medios materiales (fuerza física, económica, etc.) que sustentan el poder hablamos de “poderío”.

  8. Hay que tener en cuenta que la fuerza por si sola, por potente que resulte, nunca acaba de ser suficiente para alcanzar el objetivo último del poder, la obediencia de un modo duradero e institucionalizado. Sin embargo, es necesario el mantenimiento de unos mínimos de coacción material si se quiere asegurar la vigencia real de un poder capaz de dar cumplimiento a los fines que le han sido encomendados.

  9. PODER DEL ESTADO • El poder publico o poder del estado es el que se ejerce por parte de los gobernantes ya se a de facto o sea con base en una normativa jurídica preestablecida, sobre el conglomerado social.

  10. Andre Hauriou define al poder como " una energía de la voluntad que se manifiesta en quienes asumen la empresa del gobierno de un grupo humano y que les permite imponerse gracias al doble juego de la fuerza y la competencia. Cuando no esta sostenido mas que por la fuerza tiene el carácter de poder de hecho y se convierte en poder de derecho por el consentimiento de los gobernados"

  11. Cuando los elementos propios de la dominación (capacidad material de hacer cumplir las decisiones) ceden espacio a los de la competencia - que no es otra cosa, que la capacidad de encontrar soluciones satisfactorias y justas para el grupo – en los gobernados existe la idea de aceptación del gobernante, entonces ya no es necesaria la fuerza para imponer la decisión o voluntad del gobernante, sino que lo que se impone es la autoridad previamente establecida y aceptada.

  12. TIPOS DE PODER POLITICO • Poder de Hecho: Los gobiernos no siempre han sido producto de la aceptación de los gobernados. Cuando un grupo minoritario, se impone frente a los demás por su audacia, por su fuerza o por su organización, no estamos frente a un caso en el cual la autoridad se imponga por su competencia, sino por el contrario, por la voluntad de dominación del grupo que es el que se impone como autoridad.

  13. En estos casos es un Poder de Hecho o gobierno de Facto, este está basado en los actos propios de la dominación, actos de Fuerza.

  14. Poder de Derecho: Por el contrario, cuando los elementos propios de la dominación ceden espacio a los de la competencia - que no es otra cosa, como hemos visto, que la capacidad de encontrar soluciones satisfactorias y justas para el grupo – en los gobernados existe la idea de aceptación del gobernante, entonces ya no es necesaria la fuerza para imponer la decisión o voluntad del gobernante, sino que lo que se impone es la autoridad previamente establecida y aceptada.

  15. ELEMENTOS DE LA DOMINACION DEL ESTADO • El más visible de los elementos es, sin duda, la coacción física. Un conjunto de instrumentos administrativos del Estado (policía, judicatura, prisiones, ejército) nos recuerdan en todo momento la posibilidad del recurso a esta coacción. Quizás lo más significativo es que su eficacia no está ligada al despliegue de su fuerza, sino que basta su existencia, su potencial utilización, para que la gran mayoría de las personas deduzca lo conveniente de la obediencia.

  16. La coacción física no es el único material del poder. Los recursos económicos, la administración de los bienes y servicios, es un elemento de presión no menos eficaz cara al logro de los objetivos de ese poder: no solamente las recompensas o castigos económicos, sino también la pérdida de prestigio social.

  17. ELEMENTOS DE LA COMPETENCIA DEL ESTADO • La legitimidad y el consentimiento son los componentes fundamentales del elemento competencia

  18. LA LEGITIMIDAD • La legitimidad es entendida como la justificación de estar investido de poderes de mando. El monopolio de la fuerza no es suficiente para caracterizar un poder como político, en la medida que también es necesario que el poder sea legitimado, reconocido válido bajo algún título.

  19. Weber conceptualiza la autoridad como el ejercicio legítimo del poder, donde la legitimidad de la relación de dominación radica en el hecho de que quien obedece una orden lo hace como si esta viniese de una disposición interior, o si como si el obedecer fuese algo de su propio interés.

  20. Los motivos para fundar esa obediencia de los dominados pueden ser de diversa índole, distinguiendo tres tipos fundamentales autoridad: • Autoridad tradicional: Se considera que la aceptación de la autoridad se basa en que siempre se ha procedido de esa forma, la habitualidad de los usos y costumbres le confiere legitimidad. Se centra en el principio de la costumbre y suele reflejarse en instituciones políticas con cargos hereditarios. Quienes ostentan la autoridad están legitimados por la fuerza de la costumbre y gozan desde un tiempo inmemorial de un status especial.

  21. El señor o los señores están determinados en virtud de reglas tradicionalmente recibidas. El soberano no es un "superior", sino un señor personal, su cuadro administrativo no está constituido por "funcionarios" sino por "servidores", los dominados no son "miembros" de la asociación sino: "compañeros tradicionales" o "súbditos".

  22. No se obedece a disposiciones estatuidas, sino a la persona llamada por la tradición o por el soberano tradicionalmente determinado: y los mandatos de esta persona son legítimos de dos maneras:

  23. En parte por la fuerza de la tradición que señala inequívocamente el contenido de los ordenamientos, así como su amplitud y sentido tal como son creídos, y cuya conmoción por causa de una trasgresión de los límites tradicionales podría ser peligrosa para la propia situación tradicional del imperante;

  24. En parte por arbitrio libre del señor, al cual la tradición le demarca el ámbito correspondiente.

  25. Autoridad carismática: La aceptación de la autoridad proviene de la influencia personal del superior. Se basa en las condiciones personales de quien ejerce la autoridad. Esta es la propia del líder: el jefe es reconocido como tal por sus cualidades personales excepcionales, tales como el heroísmo, la santidad, el genio.

  26. La autoridad carismática, con el tiempo, tiende a convertirse en autoridad tradicional. El Vaticano, el papa, los cardenales y los obispos son ejemplos de carisma rutinario de la sucesión apostólica.

  27. Autoridad legal- racional: Los individuos aceptan la autoridad por que creen racionalmente en la legitimidad de las normas que conceden el ejercicio del poder. Esas normas regulan el derecho de los individuos que son sujetos activos de la autoridad a ejercer ésta en el contexto de aquéllas (normas) Está basada en el derecho positivo, en el principio de legalidad.

  28. Debe entenderse por "carisma" la cualidad, que pasa por extraordinaria (condicionada mágicamente en su origen, lo mismo si se trata de profetas que de hechiceros, árbitros, jefes de cacería o caudillos militares), de una personalidad, por cuya virtud se la considera en posesión de fuerzas sobrenaturales o sobre humanas -o por lo menos específicamente extracotidianas y no asequibles a cualquier otro-, o como enviados del dios, o como ejemplar y, en consecuencia, como jefe, caudillo, guía o líder.

  29. La creencia en la justicia de la ley es fundamento de la legitimación. El pueblo obedece las leyes porque cree que son decretadas por un procedimiento escogido, por los gobernantes y los gobernados. El gobernante es visto como una persona que alcanzó tal posición, por procedimientos legales y en virtud de su posición alcanzada ejerce el poder dentro de los limites fijados por las normas y reglamentos sancionados legalmente.

  30. El aparato administrativo es la burocracia, y su fundamento son las leyes y el orden legal. La posición de los funcionarios y sus relaciones con el gobernante, los gobernados y sus pares son definidas por reglas impersonales y escritas, que delinean, la jerarquía del aparato administrativo, los derechos y deberes inherentes a cada posición.

  31. Entre estos tres tipos no hay secuencias lógico-histórico necesarias ni se dan en estado puro. La autoridad tradicional tiene algo de carismática y algo de legal; la autoridad legal-racional posee también elementos propios de la autoridad tradicional y de la carismática. Solo el carisma genuino se da en estado puro pero se trata de un caso límite.

  32. EL CONSENTIMIENTO • El otro componente del elemento competencia es el Consentimiento, que está más bien ligado a la actitud individual de cada uno, para aceptar dicho Poder, con la mínima resistencia. • Sostiene Karl Destch "...Los hábitos de obediencia son el socio invisible del gobierno, pero realizan más del 90 % del trabajo".

  33. El Poder está siempre en manos de una minoría de individuos aislados o de pequeños grupos, pero siempre bien organizados. • Es por esta razón que se impone sin demasiadas dificultades, dado que el grueso de la población presta una obediencia espontánea a sus decisiones.

  34. Como es una actitud individual, se reconocen tres tipos bien definidos de Consentimiento: • Consentimiento Activo: Dado por el grupo de personas que están comprometidas con el Poder y que impulsan la obediencia a sus dictados, buscando influir en la población para que respalde al mismo. • Es el caso de aquellos funcionarios del gobierno y de quienes están cerca por interés, convicción, simpatía, etc.

  35. Consentimiento Pasivo o Presunto: Consiste en la "Conformidad forzosa que, con su inacción, otorgan prácticamente todas aquellas personas que en su fuero interno desean otras instituciones de gobierno, o que repudian a las concretas personas que en un determinado momento las rigen", pero que no hacen nada material ni expresan de forma activa ese repudio. • Es también el caso de quienes no se preocupan por el Poder y sus decisiones, simplemente acatan porque tienen que hacerlo.

  36. Consentimiento Negativo: Se reconocen dos tipos de actitudes: • La de aquellos que tolerando el sistema, rechazan al gobernante en concreto o los actos o disposiciones que el gobernante toma. (Oposición) • La de aquellos que no solo no consienten al gobernante, sino que rechazan al sistema, y rechazaran a cualquiera que gobierne bajo dichos supuestos de legitimidad. (Rebeldes.)

  37. Burdeau, precisa que siendo el consentimiento una actitud individual de cada miembro de la sociedad, esto deviene en excepcional cuando no utópico, ya que estamos siempre condicionados por: la Costumbre, el simple temor al castigo, la Incapacidad para concebir otro sistema de gobierno distinto y por instrumentos de persuasión como los medios de propaganda y divulgación que orientan a volunta la percepción individual hacia el Poder apelando a los resortes emocionales y afectivos.

  38. LA SOBERANÍA “La autoridad, que no reconoce, naturalmente, poder alguno superior o concurrente en cuanto a las relaciones que regula, se llama soberanía. Esta soberanía presenta dos aspectos: la soberanía interior o el derecho de mandar sobre todos los ciudadanos que forman la nación, y además sobre todos cuantos residen en el territorio nacional; y la soberanía exterior, o el derecho de representar a la nación y comparecer por ella en sus relaciones y compromisos con las demás naciones” León Duguit.

  39. De esta concepción se desprende que “una colectividad es soberana únicamente, cuando dentro de sus límites, actúa determinada por su propia voluntad. • Resulta así, que la soberanía tiene un carácter positivo, el poder de mando, y otro excluyente, el de ser una voluntad que no puede ser mandada por ninguna otra.

  40. Para el poder puede haber límites de hecho, límites morales, límites políticos, pero nunca límites jurídicos en el sentido positivo, puesto que puede variarlos siguiendo unas normas constitucionales o abrogándolas. • Este derecho, la Soberanía, ha dado lugar a un Estado que se caracteriza como la forma política que no permite “que exista otros centros de poder político al margen de él, al detentar el monopolio del poder político.

  41. En tal sentido la soberanía del pueblo es única, indivisible, inalienable, indelegable, imprescriptible y sometida al derecho. • Única, porque la soberanía es el carácter supremo de una potestad y, por ello, esa potestad no puede pertenecer a dos o más sujetos. La unidad es el orden jurídico, como cualidad de un poder que no puede ser compartido. • Indivisible, porque el pueblo, único sujeto a titular de la soberanía, es una unidad indesintegrable, que se determina por sí misma.

  42. Inalienable, porque en ninguna forma el pueblo, titular de la soberanía, puede cederla, renunciar a ella o enajenarla. • Indelegable, porque aun cuando el pueblo encomienda su ejercicio al gobierno, los órganos de éste y los funcionarios no invisten su representación, sino que ejercitan su voluntad.

  43. Imprescriptible pues el transcurso del tiempo no convalida a los detentadores o usurpadores • Limitada al derecho, pues el pueblo al determinarse jurídicamente y obligarse a sí mismo, sin otro poder que pueda intervenir en la vida institucional que ha creado. Su voluntad es cauce, por donde esa voluntad debe circular, de tal manera que la voluntad política está condicionada a la voluntad jurídica que determina la legitimidad y la validez de sus manifestaciones.

  44. RECONOCIMIENTO DE LA SOBERANIA POR PARTE DE OTROS ESTADOS • Habíamos señalado que la soberanía se manifestaba de dos maneras una interna, en cuanto se ejerce dentro del ámbito del Estado y otra externa en cuanto que el Estado esta colocado en pie de igualdad jurídica frente a los demás Estados que conforman la comunidad internacional

  45. Hay países que se proclamaron así mismos como estados soberanos pero que no llegaron a serlo por no haber recibido el reconocimiento de su pretendida soberanía por parte de otros Estados. • De que le sirve a un estado declararse soberano si los demás no le reconocen esa calidad?.

  46. El reconocimiento del estado es el acto por el cual los demás estados declaran que trataran a un conglomerado social determinado como a un Estado y que le reconocerán la calidad de tal. • Es decir que es admitido en la sociedad internacional como sujeto de derecho internacional investido de plena capacidad jurídica.

  47. Esto supone que: • El nuevo Estado adquiere derechos frente a la comunidad internacional como son los de concluir tratados, hacerse representar diplomáticamente ante los otros Estados y ante los organismos internacionales • El eventual principio de su responsabilidad internacional

  48. En la actualidad los Estados no pueden sobrevivir como entes autárquicos y aislados. La interdependencia o globalización hace que cada día mas las decisiones que en un estado se toman sirvan de punto de referencia en las decisiones de los demás y que en cierta medida condicione las determinaciones de otro Estado.

  49. La supranacionalidad esto es la creación de entes internacionales ordenadores de las relaciones entre los estados en campos como el comercio exterior, alimentación, recursos energéticos, telecomunicaciones, programas ecológicos o de protección de derechos humanos hacen del reconocimiento de un Estado requisito indispensable para participar y beneficiarse de esta

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