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EL PROYECTO EDUCATIVO

SU ELABORACIÓN DEBE SENTAR LAS BASES DEL DISEÑO CURRICULAR Y DE LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS EN EL MARCO DE SU AUTONOMÍA PEDAGÓGICA Y DE GESTIÓN. EL PROYECTO EDUCATIVO.

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EL PROYECTO EDUCATIVO

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  1. SU ELABORACIÓN DEBE SENTAR LAS BASES DEL DISEÑO CURRICULAR Y DE LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA EN LOS CENTROS EDUCATIVOS EN EL MARCO DE SU AUTONOMÍA PEDAGÓGICA Y DE GESTIÓN EL PROYECTO EDUCATIVO

  2. El Proyecto Educativo es el documento que materializa el proceso de toma de decisiones que definen la identidad de un centro y de las etapas o enseñanzas que en él se desarrollan. • En el Proyecto educativo, el profesorado de una etapa o modalidad de enseñanza, a través de diferentes cauces de coordinación docente, determina las concreciones del currículo oficial para las diferentes materias; es decir, los acuerdos sobre de los propósitos, las estrategias, los medios y los contenidos de intervención didáctica que va a utilizar. • Tales medidas responderán a las características y necesidades del contexto y asegurarán la coherencia y la calidad de su práctica docente

  3. EL PROYECTO EDUCATIVO EN LAS LEYES ORGÁNICAS DE EDUCACIÓN La autonomía pedagógica y organizativa de los Centros ha sido uno de los aspectos a los que ha prestado una especial atención las distintas Leyes Educativas.

  4. EL PROYECTO EDUCATIVO EN LAS LEYES ORGÁNICAS DE EDUCACIÓN Las medidas que incluye suponen un avance y un incremento real de la autonomía de los Centros, pero también de su responsabilidad ante la Administración y ante la Comunidad Educativa a la que sirven

  5. TÍTULO V: PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y GOBIERNO DE LOS CENTROS (LOE) CAPÍTULO II: AUTONOMÍA DE LOS CENTROS (Art. 120-125) DISPOSICIONES GENERALES: • Los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión. • Los centros elaborarán un proyecto educativo y otro de gestión. • En el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones, formas de organización o ampliación del horario escolar, sin que éstas puedan suponer aportaciones a las familias. PROYECTO EDUCATIVO • Los proyectos educativos recogerán la atención a la diversidad del alumnado, la acción tutorial y el plan de convivencia. • Los proyectos de los centros públicos y concertados serán públicos. • Las Administraciones educativas favorecerán la coordinación entre los proyectos educativos de los centros de educación primaria y secundaria. • Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias y el propio centro.

  6. RECURSOS • Los centros podrán recibir mayores dotaciones de recursos en función de los proyectos que realicen. • Los centros públicos podrán obtener recursos complementarios y no podrán provenir de las actividades de las asociaciones de padres y de alumnos. PROYECTO DE GESTIÓN • Las Administraciones educativas podrán delegar en los órganos de gobierno de los centros la adquisición de bienes, contratación de obras y servicios. • Los centros públicos expresarán la ordenación y utilización de sus recursos a través de su proyecto de gestión. • Los centros podrán formular requisitos de titulación y capacitación profesional respecto a determinados puestos de trabajo del mismo. NORMAS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO • Los centros docentes elaborarán sus normas de organización y funcionamiento, que deberán incluir las que garanticen el cumplimiento del plan de convivencia.

  7. EL PROYECTO EDUCATIVO EN LA LOE • El proyecto educativo del centro recogerá los valores, los objetivos y las prioridades de actuación y deberá respetar el principio de no discriminación y de inclusión educativa como valores fundamentales. • Deberá tener en cuenta las características del entorno social y cultural del centro. • Corresponde a las Administraciones educativas establecer el marco general que permita a los centros públicos y privados concertados elaborar sus proyectos educativos, que deberán hacerse públicos con objeto de facilitar su conocimiento por el conjunto de la comunidad educativa. • Incorporará la concreción de los currículos que corresponde fijar y aprobar al Claustro, así como el tratamiento transversal en las áreas, materias o módulos de la educación en valores y otras enseñanzas. • Recogerá la forma de atención a la diversidad del alumnado y la acción tutorial • Formará parte de él, el plan de convivencia del Centro. • las Administraciones educativas contribuirán al desarrollo del currículo • favoreciendo la elaboración de modelos abiertos de programación docente y de materiales didácticos que atiendan a las distintas necesidades de los alumnos y del profesorado.

  8. EL PROYECTO EDUCATIVO EN LA LOE Se pretende impulsar, incrementar y asegurar una mayor coordinación y conexión entre los Centros, especialmente en el tránsito entre etapas, pero también en el ámbito de los propios centros entre sus estructuras de coordinación didáctica (ETCP, Departamentos y Equipos Educativos) También se intenta mejorar la participación de las familias en el proceso educativo • Corresponde a las Administraciones educativas favorecer la coordinación entre los proyectos educativos de los centros de educación primaria y los de educación secundaria obligatoria con objeto de que la incorporación de los alumnos a la educación secundaria sea gradual y positiva. • Los centros promoverán compromisos educativos entre las familias o tutores legales y el propio centro en los que se consignen las actividades que padres, profesores y alumnos se comprometen a desarrollar para mejorar el rendimiento académico del alumnado

  9. EL PROYECTO EDUCATIVO EN LA LEA

  10. TÍTULO IV: CENTROS DOCENTES CAPÍTULO I: AUTONOMÍA PEDAGÓGICA, ORGANIZATIVA Y DE GESTIÓN DISPOSICIONES GENERALES: • Los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión. • Los centros concretarán sus modelos mediante los proyectos educativos, sus reglamentos de organización y funcionamiento y, en su caso, proyectos de gestión. • Podrán contemplar planes de trabajo, formas de organización, agrupamiento del alumnado, ampliación del horario escolar o proyectos de innovación e investigación. PLAN DE CENTRO • Lo constituirán el proyecto educativo, el reglamento de organización y funcionamiento y el proyecto de gestión. • Tendrá carácter plurianual, obligará a todo el personal del centro y vinculará a la comunidad educativa del mismo. • Será público y se facilitará su conocimiento por la comunidad educativa y la ciudadanía, en general.

  11. NUEVOS ELEMENTOS DE PLANIFICACIÓN DE LOS CENTROS EN DESARROLLO DE SU AUTONOMÍA PROYECTO EDUCATIVO PLAN DE CENTRO PROYECTO DE GESTIÓN CARÁCTER PLURIANUAL R.O.F.

  12. CONCEPTO DE PROYECTO EDUCATIVO COMO ELEMENTO DE PLANIFICACIÓN EN LA LEY DE EDUCACIÓN DE ANDALUCÍA • Definirá los objetivos particulares que pretende alcanzar, partiendo de la realidad y tomando como referencia la regulación normativa. • Constituye las señas de identidad del centro docente y expresa la educación que desea y va a desarrollar, debiendo contemplar los valores, los objetivos y las prioridades de actuación, no sólo en sus aspectos curriculares, sino también a aquellos otros que, desde un punto de vista cultural, hacen del centro un elementos dinamizador de la zona donde está ubicado.

  13. ELEMENTOS DEL PROYECTO EDUCATIVO DE ACUERDO CON LA LEA • Líneas generales de actuación pedagógica. Coordinación y concreción de los contenidos curriculares, así como el tratamiento transversal de la educación en valores Forma de atención a la diversidad del alumnado • El plan de orientación y acción tutorial. • El plan de convivencia. • Objetivos para la mejora del rendimiento escolar y la continuidad del alumnado en el sistema educativo. • El plan de formación del profesorado. • Los criterios para organizar y distribuir el tiempo escolar, así como los objetivos y programas de intervención en el tiempo extraescolar. • Los procedimientos de evaluación interna. • Otros que le sean atribuidos por la Administración educativa.

  14. El Proyecto Educativo: Definición y Fuentes • Se concibe como una propuesta integral que contextualizada en la realidad concreta y definiendo las metas de identidad, permite llevar a cabo, de forma coherente y eficaz, los procesos educativos del centro. • Es un instrumento que posibilita encontrar justificación o respuesta a las decisiones que se toman, tanto en el Proyecto Curricular y los programas específicos de las áreas, materias y módulos (programaciones didácticas), como las relativas a la organización y gestión. • Su función básica es la de proporcionar un marco global de referencia a la institución escolar, que permita la actuación coordinada y eficaz del equipo docente y de toda la comunidad educativa general.

  15. Instrumento con proyección de futuro, pensado y elaborado colectivamente por la comunidad escolar a partir del análisis de su propia realidad, que actúa de modo coherente sobre la práctica docente con la intención de mejorarla, dotando a los centros de la eficacia necesaria para alcanzar los objetivos pretendidos. No debe quedar en un documento burocrático formal, sino que debe ser un vehículo que sirva para conformar y perfeccionar la realidad educativa del Centro, en la convicción de que los mayores beneficios se obtienen mientras se dialoga, se interioriza y se proyecta.

  16. Su elaboración se justifica desde la necesidad sentida por la Comunidad Educativa de tener un marco de referencia para las actuaciones de cada uno, porque: • Al ser el resultado del consenso de toda la Comunidad Educativa, compromete y vincula a todos los miembros en una finalidad común. • Al proporcionar unas metas y unos criterios comunes, garantiza una actuación coherente y eficaz de todos los sectores de la Comunidad Educativa. • Favorece una mayor participación e implicación de todas las personas que conviven en el centro, al tiempo que posibilita la cohesión de los equipos educativos y la confluencia de intereses diversos. • Permite racionalizar el trabajo, evitando la improvisación y la rutina. • Ayuda a configurar y hacer explícita la personalidad propia de cada centro, recogiendo por escrito tanto los planteamientos institucionales como las directrices formales del mismo. Proporciona una referencia base para la toma de decisiones

  17. Elaboración de proyectos educativos y sus concreciones curriculares. LA ELABORACIÓN DE LOS PROYECTOS EDUCATIVOS SE ENTIENDE COMO UN PROCESO COMPLEJO, SIEMPRE INACABADO YA QUE PARA QUE SEA REALISTA Y RESPONDA A LAS NECESIDADES EDUCATIVAS DEL CONTEXTO, HA DE SER REVISADO PERIÓDICAMENTE Y PERMANENTEMENTE MEJORADO ESTRATEGIAS Y PLAN DE ACTUACIÓN PARA SU ELABORACIÓN EQUIPO DIRECTIVO ETCP UTILIZACIÓN PLANIFICADA DE LOS RECURSOS DISPONIBLES EN EL CENTRO DEPARTAMENTOS CLAUSTRO Recursos Personales y Órganos de Gobierno y Coordinación Recursos Materiales CONSEJO ESCOLAR

  18. El Claustro de profesoresestablece los criterios, aprueba y evalúa las concreciones del currículo y todos los aspectos educativos de los Proyectos. Decide las posibles modificaciones posteriores. El equipo técnico de coordinación pedagógicasupervisa la elaboración y revisión las concreciones del currículo, genera las estrategias necesarias , unifica procedimientos y prevé la temporalización del proceso. Los Departamentos de Coordinación Didáctica elaboran las propuestas al ETCP relativas a la elaboración o modificación de las concreciones del currículo Recursos materiales. La determinación de la estrategia o plan de trabajo también debe definir los recursos materiales que se pueden utilizar para elaborar las concreciones del currículo. Entre ellos: - Materiales normativos, como el Currículo oficial y el Reglamento Orgánico de Centros para identificar los elementos concretos que debe contener un Proyecto Educativo y los responsables de su proceso de elaboración, aprobación y revisión.

  19. FUENTES DEL PROYECTO EDUCATIVO EN SU ELABORACIÓN INCIDEN MÚLTIPLES VARIABLES, PERO DESTACAN

  20. I. EL SISTEMA EDUCATIVO NO ES SÓLO UN ORDENAMIENTO LEGAL, ES TAMBIÉN UNA CONCEPCIÓN DE ENSEÑANZA QUE CONLLEVA DETERMINADAS ESTRATEGIAS EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA - APRENDIZAJE Principios fundamentales de nuestro Sistema Educativo: Es, desde su propia concepción constitucional, universal, afectando en sus niveles obligatorios a la totalidad de la población y con una clara vocación de servicio público. Su objetivo es ofrecer una educación de calidad a todos los ciudadanos de ambos sexos. Exige la implicación en ese ambicioso objetivo, de todos los elementos de la Comunidad Educativa. Requiere un esfuerzo compartido por todos: Administraciones, familias, centros, profesorado, alumnos..). Requiere y persigue una escolarización equitativa. Se compromete claramente con los objetivos educativos planteados por la Unión Europea para los próximos años.

  21. Pedagógicamente nuestro sistema educativo sigue la línea iniciada en la LOGSE del aprendizaje significativo y la educación permanente. Esta manera de entender el proceso de enseñanza-aprendizaje necesita de una marco, precisamente el Proyecto Educativo, para poder desarrollar un tipo de formación personalizada, una metodología activa y unos hábitos intelectuales y técnicas de trabajo que procuren al alumnado la adquisición de aprendizajes significativos. Para ello, es necesario adecuarlo al entorno y a las características de los alumnos.

  22. II. IDENTIDAD DEL CENTRO Conocido por el ideario del Centro, a través de los signos de identidad que se van a extraer de las características del propio contexto. III. CONTEXTO SOCIO CULTURAL Es el marco donde se desenvuelve la acción educativa que está muy mediatizada por: el tipo de padres: características socio-económicas, ambiente cultural, preocupación por el estudio, relación con el centro Profesores: concepción educativa, manera de coordinarse, interés por la renovación pedagógica, etc.., Alumnos que atiende: actitud ante el estudio, orientación, relaciones etc Medios: características del edificio, dependencias y recursos con que cuenta 

  23. Estas fuentes son las que reflejan los rasgos que permiten identificar al centro como realidad educativa organizada, posibilitando que se conozca desde fuera; es decir el tipo de educación que ofrece y las características básicas de la Comunidad educativa. En definitiva “quiénes somos”.

  24. El carácter propio define la identidad del centro y transmite al entorno su forma de educar; es decir, quiénes somos. Se estructura a través de diversos indicadores que representan su identidad referida a aspectos sociales, individuales y académicos; su opción en cuanto a lo pedagógico, tutorial o paraescolar y su formación prevista para los padres y profesores. Son las variables que orientan Finalidades Educativas

  25. Las Finalidades Educativas Constituyen la opción que realiza la comunidad educativa, concretando y priorizando los principios, los valores y las normas legitimadas por el ordenamiento legal vigente, que dotan de identidad y estilo propio a cada Centro. “qué queremos alcanzar” como educadores con los alumnos, tanto desde el punto de vista intelectual como personal y social, con las familias y, en general, con toda la Comunidad educativa. tienen que hacer referencia a a) Los Alumnos, para los que se formulan objetivos que desarrollen sus capacidades (opción pedagógica, tutorial y paraescolar), sus estrategias de aprendizaje (identidad académica) y sus actitudes y valores (identidad individual). b) Los Profesores, para los que se formulan objetivos para perfeccionar sus estrategias de enseñanza, mediante la potenciación de la formación permanente. c) Los Padres, para los que se formulan objetivos para favorecer su colaboración. d) La Convivencia para la que se formulan objetivos tendentes a potenciar las interrelaciones con el entorno. Todo ello exige una adecuada Organización, que se va a concretar en el Reglamento de Organización y Funcionamiento que es el tercer documento del proyecto educativo.

  26. El Reglamento de organización y Funcionamiento El reglamento de organización y funcionamiento recogerá las normas organizativas y funcionales que faciliten la consecución del clima adecuado para alcanzar los objetivos que el centro se haya propuesto y permitan mantener un ambiente de respeto, confianza y colaboración entre todos los sectores de la comunidad educativa (SE EXTRAE DE ÉL, TODO LO RELATIVO A LA CONVIVENCIA QUE PASA A FORMAR PARTE DEL PROYECTO EDUCATIVO) Deberá incluir a) Los cauces de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa. b) Los criterios y procedimientos que garanticen el rigor y la transparencia en la toma de decisiones por los distintos órganos de gobierno y de coordinación docente, especialmente en los procesos relacionados con la escolarización y la evaluación del alumnado. c) La organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro, con especial referencia al uso de la biblioteca escolar, así como las normas para su uso correcto. d) La organización de la vigilancia, en su caso, de los tiempos de recreo y de los períodos de entrada y salida de clase. Tanto en la elaboración del reglamento de organización y funcionamiento, como en su desarrollo posterior, se fomentará la implicación de toda la comunidad educativa.

  27. El PROYECTO DE GESTIÓN El proyecto de gestión de los centros públicos recogerá la ordenación y utilización de los recursos del centro, tanto materiales como humanos.

  28. El PROYECTO CURRICULAR DEBE SER RESULTADO DE UN TRABAJO EN EQUIPO SERIO Y REFLEXIVO • Consta de los Proyectos Curriculares de las distintas etapas y/o modalidades de enseñanza que se cursen en el Centro. (Proyecto Curricular de Ciclo Formativo, PC de Bachillerato, PC de ESO) • Es el elemento más laborioso del Proyecto educativo • Su elaboración pretende mejorar la calidad de la educación a través de las siguientes estrategias básicas: • Formar y consolidar equipos docentes que eliminen las estructuras de funcionamiento individual y permitan una mayor coherencia inter e intraniveles. (Trabajo en Equipo) • Tomar decisiones a partir de la reflexión y consideración de la propia práctica educativa. • Hacer programaciones realistas. • Para abordarse ha de hacerse desde la perspectiva de los diferentes niveles de Concreción Curricular.

  29. AUTONOMÍA PEDAGÓGICA Y NECESIDAD DE LOS NIVELES DE CONCRECIÓN CURRICULAR • En una sociedad como la nuestra, existen responsables, en distintos niveles del sistema educativo. Estos deben tomar una serie de decisiones, deben decidir qué conocimientos se transmiten, de qué manera, en qué lugares y momentos, quiénes están preparados para comunicarlos, etc. etc. Deben decidir también cómo se acredita la adquisición de esos conocimientos y cómo se atiende a las diferencias entre los sujetos objeto de la educación. • Todo ello en su ámbito de actuación: El gobierno del Estado, las Comunidades Autónomas en sus • competencias, los centros educativos y el profesorado. • En los distintos niveles se toman distintas decisiones referidas a cómo se tiene que producir esa transmisión. Esas decisiones se plasman en documentos que tienen su ámbito de aplicación y obligan a su cumplimiento, pero dejan un espacio de autonomía para el siguiente nivel. • De esta manera se produce una serie de planificaciones en cascada que cumplen con la necesidad social de organizar el proceso de enseñanza y aprendizaje. • Esto es: • Gobierno del Estado: Leyes Orgánicas, Reales Decretos, Órdenes Ministeriales… • Gobierno Autonómico : Leyes Autonómicas, Decretos, Órdenes, Resoluciones… • Centros Educativos: PLAN DE CENTRO: Proyecto Educativo, Proyecto Curricular, ROF.. • Departamentos de Coordinación Didáctica: Programaciones Didácticas • Los últimos 35 años en España han sido en general y en Educación en particular, de • auténtica convulsión. En el ámbito educativo hemos pasado durante ese periodo por 4 leyes • orgánicas: LGE, LODE, LOGSE, LOCE,… y tantos decretos, tantas órdenes, tanto desarrollo • normativo que, si los profesionales no supieran lo que han de hacer, sería una auténtica proeza • cumplir lo reglamentado.

  30. SENTIDO Y FUNCIONES DE LAS CONCRECIONES DEL CURRÍCULO El trabajo en equipo aumenta de forma considerable la riqueza de la acción educadora. El intercambio de opiniones, estudios y experiencias; la reflexión sobre la práctica individual y colectiva derivada de ese trabajo conjunto son factores que contribuyen de forma decisiva a la calidad de la enseñanza. De todo ello se desprenden el sentido y las funcionesde las concreciones del currículo: -Contextualizaro adecuar al entorno del centro las prescripciones y orientaciones de la Administración Educativa. -Garantizar acuerdosque aseguren la coherencia de la prácti­ca educativa. Ello será factible a través de la toma de decisiones que expresen soluciones conjuntas para establecer la continuidad y el equilibrio en los elementos del currículo para los distintos cursos. -Formar.El desarrollo y concreción del currículo contribuye al aumento de las competencias docentes del profesorado, que reflexiona sobre sus conocimientos y sobre su práctica para justificar las decisiones que se plasmarán en el documento. -Orientar el trabajo del aula. Las concreciones curriculares, a través de uno de sus elementos, las Programaciones de los Departamentos.

  31. PRIMER NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR: EL DISEÑO CURRICULAR BASE (DCB) Tiene carácter normativo, siendo competencias de las Administraciones Educativas. Su finalidad es determinar las experiencias educativas que han de garantizarse a todos los alumnos de una determinada Etapa o modalidad de enseñanza, Ciclo o Nivel Educativo, sin distinción. Refleja las intenciones educativas del Sistema así como sus principios psicopedagógicos • Es un documento abierto y flexible, ya que deja gran parte de las decisiones curriculares en manos de los profesores al incluir únicamente objetivos generales, grandes bloques de contenidos y orientaciones sobre la metodología, la orientación y la evaluación. • Es orientador, ya que no se considera como un producto acabado sino que serán los profesores quienes se encarguen de concretarlo para la realidad educativa en que trabajan. • Es prescriptivo, está destinado no sólo a orientar a los profesores y centros sino que hay que asegurar su cumplimiento.

  32. Así tendríamos: por ejemplo, • ORDEN de 24 de septiembre de 1997, por la que se establecen orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios formativos de los títulos de Formación Profesional específica que se integran en la Familia Profesional de Sanidad. • ORDEN de 24 de junio de 1997, por la que se establecen orientaciones y criterios para la elaboración de proyectos curriculares, así como la distribución horaria y los itinerarios formativos de los títulos de Formación Profesional Específica, que se integran en la Familia Profesional de Electricidad y Electrónica • R.D. 542/1995 (BOE 15/06/95) POR EL QUE SE ESTABLECE EL TÍTULO DE TÉCNICO SUPERIOR EN ORTOPROTÉSICA Y LAS CORRESPONDIENTES ENSEÑANZAS MÍNIMAS • DECRETO 474/1996, de 22 de octubre, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al título de Formación Profesional de Técnico Superior en Ortoprotésica. • REAL DECRETO 1394/2007, de 29 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Educación infantil y se fijan sus enseñanzas mínimas.

  33. El DCB está compuesto, para cada TÍTULO de los siguientes elementos Identificación del Título: denominación, nivel, duración, familia a la que pertenece y su referente europeo. Perfil Profesional del Título: determinado por su competencia general, sus competencias profesionales, personales y sociales, por la relación de cualificaciones y, en su caso, unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título. Definición de las diferentes Competencias. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título Entorno Profesional y prospectiva del Título en el Sector correspondiente. Objetivos Generales Módulos Acceso y Equipamientos. Profesorado. Convalidaciones y Exenciones. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia. Referencia Europea y Oferta a Distancia

  34. PARA CADA MÓDULO: Objetivos expresados en resultados de aprendizaje. Criterios de Evaluación. Organización de espacios, tiempos y recursos Orientaciones pedagógicas metodológicas. Objetivos Generales Acceso y Equipamientos. Profesorado. Convalidaciones y Exenciones. Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia.

  35. SEGUNDO NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR: EL PROYECTO CURRICULAR Constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula a medio y largo plazo el conjunto de actuaciones del equipo docente de un Centro educativo. Tiene como finalidad alcanzar las capacidades previstas en los objetivos de cada una de los Títulos y Ciclos Formativos, en coherencia con las Finalidades Educativas del mismo. Es un conjunto de decisiones articuladas que permitan concretar el D.C.B. en proyectos de intervención didáctica adecuadas a un contexto específico. Con su elaboración se pretende garantizar la adecuada progresión y coherencia en la enseñanza de los contenidos educativos a lo largo de la escolaridad. • Su diseño y elaboración es competencia de los equipos docentes siendo coordinados por el ETCP debiendo ser aprobado por el Claustro de Profesores. El Proyecto Curricular de Centro está integrado por los Proyectos Curriculares de cada Etapa y/o Modalidad Educativa que se imparta en él y debe dar respuesta a ¿Qué enseñar? ¿Cuándo enseñar? ¿Cómo enseñar? ¿Qué, cuándo y cómo evaluar?. .

  36. Qué enseñar • Significa plantearse primero los objetivos generales de cada etapa, o modalidad (Ciclos Formativos) para lo que se deberá determinar el grado de concordancia con los objetivos propuestos por la Administración y las Finalidades del Centro, reformular estos objetivos con el fin de especificar posibles matizaciones e incorporar nuevos objetivos necesarios para dar cumplimiento a las Finalidades del Centro. • Se deberán formular después los objetivos generales de cada uno de los módulos del Ciclo, partiendo de los objetivos generales que el DCB les asigna.

  37. Cuándo enseñar Significa secuenciar los aprendizajes que han de recibir los alumnos. Hablamos de una secuencia doble: la de los propios contenidos y la temporalización de los mismos. Cómo enseñar. Metodología Disponer de buenos principios pedagógicos suele ser la respuesta No sólo significa saberse posicionar delante de los alumnos en función de su edad, lleva implícito otros elementos como los materiales y recursos que se usan en la didáctica, los planteamientos que se hacen de las diversas actividades de evaluación y aprendizaje, etc ; y la organización de los espacios y tiempos.

  38. Qué, cuándo y cómo evaluar Significa que es necesario concretar los criterios para evaluar y, en su caso, elaborar las correspondientes propuestas de mejora en los procesos de enseñanza y en la práctica docente del profesorado y cuáles son los criterios, estrategias y procedimientos de evaluación de los aprendizajes y de promoción de los alumnos. Evaluación Formativa

  39. ORIENTACIONES PARA ELABORAR EL PROYECTO CURRICULAR DE LOS CICLOS FORMATIVOS QUE INTEGRAN LA FAMILIA PROFESIONAL CORRESPONDIENTE El Proyecto Curricular del ciclo formativo constituye el instrumento pedagógico-didáctico que articula a largo plazo el conjunto de actuaciones educativas del centro y tiene como objetivo alcanzar las finalidades educativas del mismo ELEMENTOS MÍNIMOS • Análisis del entorno socioeconómico y de sus posibilidades formativas : - • Conocimiento de las empresas e instituciones de la zona que están relacionadas con la formación a impartir. • Determinación de sus productos y servicios más característicos. • Conocimiento de las tecnologías y los sistemas organizativos que ofrecen. • Conocimiento, en la medida de lo posible, de la evolución tecnológica y laboral previsible en estas empresas e instituciones.

  40. Análisis de las características de los alumnos y de los recursos humanos y materiales del centro educativo. Adecuación de los objetivos generales del ciclo formativo al contexto profesional y socioeconómico del centro educativo y a las características del alumnado. Organización curricular del ciclo formativo que comprenderá, al menos, la secuenciación de los módulos profesionales dentro de cada curso, los criterios sobre la distribución del horario lectivo y la utilización de los espacios formativos que son requeridos. Establecer los criterios para la organización y secuenciación de los contenidos en cada uno de los de los módulos profesionales y proceder a su distribución en unidades didácticas. Pautas sobre la evaluación de los alumnos con referencia explícita al modo de realizarla. Orientaciones metodológicas adoptadas para el desarrollo del proceso de enseñanza y aprendizaje. Plan de recuperación para alumnos matriculados en segundo curso que tengan módulos profesionales pendientes de evaluación positiva en el curso anterior. Planificación y organización de los módulos profesionales de Formación en centros de trabajo y Proyecto integrado. Plan de orientación educativa, profesional y para la inserción laboral delos alumnos y alumnas Programaciones didácticas de los módulos profesionales. Necesidades de formación permanente para el profesorado que imparte elciclo formativo . Plan de evaluación del Proyecto Curricular del ciclo formativo

  41. TERCER NIVEL DE CONCRECIÓN CURRICULAR: LA PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA

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