1 / 113

De la fiscalización superior de la federación

De la fiscalización superior de la federación. MARCO JURÍDICO. autonomía.

wendi
Download Presentation

De la fiscalización superior de la federación

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. De la fiscalización superior de la federación

  2. MARCO JURÍDICO

  3. autonomía La entidad de fiscalización superior de la Federación, de la Cámara de Diputados, tendrá autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones.

  4. autonomía • El principio que legitima el comportamiento de cada individuo o comunidad. • El derecho de someterse al orden jurídico sólo cuando lo disponga la voluntad propia. • Existe sin importar lo que disponga la norma que establece la autoridad política en un territorio.

  5. Estado constitucional de derecho Supone la existencia de esta esfera de derechos a cualquier persona, individual o colectiva, como fundamento ideológico de las instituciones políticas.

  6. Leyes-autonomía • Estas reglas son históricas y relativas, lo que implica que no existe una causalidad identificable, ni repetible. • El grado de autonomía se determina políticamente.

  7. Dimensiones de la autonomía 1.- La individualista que surge de la esencia del hombre, se manifiesta como la libertad negativa y positiva. 2.- La colectiva que es la aspiración a la independencia, que busca la no subordinación absoluta, y a un buen gobierno, que implica el disfrute de la libertad en condiciones de distribución igualitaria de la dominación política.

  8. Concepto jurídico de la autonomía Una técnica en la que a un individuo se le reconocen derechos (Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Art. 1º, párrafo 3º.), a un colectivo se le otorgan facultades (Art. 41 y 49.) y a un órgano del Estado se le otorgan atribuciones (CPM Arts. 6,26,28,41,79,100 y 102).

  9. Tipos de autonomía • Constitucional • Orgánica • Presupuestal • Gestión • Técnica • Funcional • Resolutiva

  10. AUTONOMÍA DE GESTIÓN La forma jurídica básica por medio de la cual los colectivos obtienen un mínimo de diferenciación con respecto a otros y modifican las relaciones de jerarquía y coordinación, con base en criterios regionales, funcionales, materiales, profesionales o técnicos.

  11. Autonomía- gobernanza El reconocimiento de autonomías intermedias, tanto a colectividades integradas desde el orden jurídico, como aquellas provenientes de los procesos sociales e identificación histórica, favorece el surgimiento de redes de entes públicos gubernamentales y no gubernamentales que integran al individuo con el poder social.

  12. Autonomía- gobernanza La constante interacción entre órganos que pretenden una autonomía absoluta y las colectividades que exigen para sí y, en su caso, se les reconoce una autonomía relativa tendiente a crear espacios de libertad a los individuos.

  13. autonomía- estado constitucional de derecho El Estado constitucional de derecho propone un modelo intermedio con base en el reconocimiento de autonomías a colectividades, en el que se otorgue por lo menos la autonomía de gestión a órganos de la administración pública y se conceda facultades públicas a entes no gubernamentales.

  14. Autonomía y gestión pública La autonomía constitucional de los poderes del Estado, que se equilibran entre sí en un plano de igualdad, se complementa con otro tipo de autonomías de menor grado, como la de gestión, la financiera, la técnica, la académica, la regional y la orgánica, entre otras.

  15. Autonomía y gestión pública Incluso algunas autonomías de gestión se conceden ex-profesamente para limitar o revisar la autonomía de otros entes u órganos autónomos.(Comisión de Vigilancia de la Cámara de diputados y Unidad de Evaluación y Control)

  16. Corrillo El intercambio tiene que hacerse de tal manera que un subgrupo tenga las facultades de los órganos relacionados con la ASF.. El subgrupo da lectura individualizada de las facultades de la Comisión de Vigilancia, de la Unidad de Evaluación y Control y de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública. Discutir las afirmaciones que proyectaran. El subgrupo tendrá 15 minutos para llegar a conclusiones compartidas, las lecturas enviadas con anticipación y los lecturas de Astudillo y Mijangos.

  17. Corrillo Terminada la discusión, el secretario expondrá las conclusiones. Una de ellas deberá ser si la afirmación es correcta o no y las razones para sostener la respuesta. Utilizar los conceptos de transparencia, rendición de cuentas y evaluación del desempeño. Al finalizar la exposición, un integrante de subgrupo seleccionará a un integrante del otro y preguntará sobre las conclusiones expuestas. Habrá dos rondas de preguntas.

  18. Corrillo El ejercicio se repetirá tres veces. Al finalizar el ejercicio, se revisarán algunos conceptos y con posterioridad se repetirá otra vez el ejercicio.

  19. Primera afirmación 1.- La ausencia de autonomía presupuestal y la inexistencia de un porcentaje fijo del Presupuesto de Egresos para el funcionamiento adecuado de la Auditoría, genera que año con año, la Comisión de Vigilancia y la Cámara de Diputados, bajo criterios políticos, amplíen o restrinjan su presupuesto, de acuerdo a criterios no técnicos e invadan la autonomía de la ASF.

  20. Segunda Afirmación 2.- La existencia de la Comisión de Vigilancia, supervisa las tareas fundamentales de la Auditoría. Estas intromisiones pueden afectar el carácter técnico de las labores de la misma.

  21. Tercera afirmación 3.- La Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Cámara de Diputados, es en los hechos un ámbito igual de politizado que la Comisión de Vigilancia.

  22. Cuarta afirmación 4.- La designación del Auditor Superior es política, que no obedece a criterios técnicos.

  23. Quinta afirmación 5.- La Comisión de Vigilancia ordena comparecencias de los Auditores Especiales para conocer sobre sus tareas e inducir sus criterios de fiscalización.

  24. Sexta afirmación 6.- La Ley vigente de Fiscalización y Rendición de cuentas de la Federación, muestra muchas inconveniencias que no satisfacen la autonomía técnica y de gestión.

  25. Autonomía y equilibrio de poderes Ninguna autonomía debiera crecer tanto como para anular a las demás u obtener ventajas indebidas sobre el resto, ya sea que la autonomía proceda de la ley o del mercado.

  26. Autonomía y técnica jurídica La tipología y la graduación de la autonomía con base en lo que dispongan las leyes, los precedentes judiciales y la técnica, permiten que haya un acercamiento a este punto exacto, sin que sea posible alcanzarlo.

  27. Autonomía de gestión- limites • La interna relacionada con la existencia y la actuación de una colectividad autónoma que sólo se legítima a partir de normas relacionadas lógicamente, es decir, del principio de legalidad y su relación con la interpretación jurídica. • La relacionada con el argumento a favor o en contra de la creación o extinción de una autonomía en lo particular.

  28. Legitimación de la autonomía de gestión Elementos: • Que haya un convencimiento de que el fin general de una sociedad se beneficia. • Que haya un convencimiento de que el fin específico de la autonomía se cumple lo suficiente por ese medio.

  29. Graduación de la autonomía de gestión Depende del instrumento jurídico que otorgue y el que la limite.

  30. Límites de la autonomía de gestión • El propio otorgamiento. • Las personas jurídicas con las que interactúa. • La materia que contengan las facultades otorgadas. • La voluntad del titular o titulares del órgano.

  31. Complejidad de la autonomía de gestión Esta circunstancia genera relaciones complejas en la que se generan criterios diversos de subordinación jerárquica y de coordinación, que no necesariamente se expresan en normas, sino en reglas de reconocimiento, que identifican dichos criterios y los ordenan.

  32. premisa La autonomía de gestión es válida, existe jurídicamente, sólo por el hecho de estar enunciada en el ordenamiento jurídico superior.

  33. Fin de la autonomía La neutralización en beneficio del respeto de los derechos de las personas jurídicas sometidas a un ordenamiento político y la creación de bienes temporales específicos de grupos sociales oponibles a colectividades más amplias o diferentes.

  34. Fin de la autonomía de gestión Elemento ideológico fundamental que se opone a los poderes arbitrarios o a quienes afectan la dignidad propia del ser humano.

  35. principios La función de fiscalización será ejercida conforme a los principios de: • Posterioridad • Anualidad • Legalidad • Definitividad • Imparcialidad • Confiabilidad.

  36. CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN • Principios y personas. • Moralidad profesional. • Código de Ética del servidor público.

  37. Valores El mandato de la Auditoría Superior de la Federación (ASF) consiste en verificar que los recursos federales de la Nación se administren conforme a la legislación aplicable y con eficacia, eficiencia y economía.

  38. Valores Esta función de control externo -conferida al Poder Legislativo- convierte a la institución en una pieza clave del proceso de rendición de cuentas, y por ende, de la vida democrática del país.

  39. Legalidad- técnica • Conforme al marco de las normas jurídicas que lo rigen. • Con apego a las reglas y criterios propios de la auditoría. • Con base en los valores éticos de las personas que realizan la actividad fiscalizadora.

  40. Valores del auditor • El profesionalismo competente. • La integridad. • La objetividad. • La imparcialidad. • La independencia Que presuponen valores éticos generalmente aceptados.

  41. Institución-personas. La autoridad moral de la ASF se sustenta en la conducta intachable de sus auditores. Respeto a los principios constitucionales. Capital social-confianza. Énfasis en los principios rectores de la actuación de la ASF y de su personal, como fundamentos de la credibilidad institucional

  42. Primer compromisos Ejercer su autonomía técnica y de gestión con responsabilidad, profesionalismo, visión estratégica y capacidad auditora.

  43. Segundo compromiso Impulsar la cultura de la rendición de cuentas para lograr la mayor transparencia en el uso de los recursos públicos, sin incurrir en actitudes prepotentes u hostiles hacia los auditados.

  44. Tercer compromiso Predicar con el ejemplo, mediante la utilización honrada, racional y clara de los recursos presupuestales que le sean asignados.

  45. PRINCIPIOS ÉTICOS Y REGLAS DE CONDUCTA I. Profesionalismo competente

  46. Legalidad-Técnica El personal responsable de la revisión de la Cuenta Pública Federal y la fiscalización a cargo de la ASF debe proceder conforme a las normas, los criterios y el rigor profesional más estrictos en la realización de sus tareas, con objeto de alcanzar la excelencia.

  47. Garantía de legalidad No admite improvisaciones y ha de ejercerse como un proceso ordenado, sistemático y riguroso.

  48. Calidad técnica Tienen derecho a exigir que sus operaciones sean auditadas por profesionales competentes.

  49. Conocimiento Los profesionales adscritos deben poseer el entrenamiento técnico, los conocimientos, la capacidad y la experiencia necesarios para realizar las tareas de fiscalización.

  50. Reglas de la profesión Las que regulan el ejercicio de las distintas profesiones y las normas de auditoría de la institución.

More Related