1 / 1

Artículo 9, fracción V, del PEF 2007, Ingresos excedentes

tiara
Download Presentation

Artículo 9, fracción V, del PEF 2007, Ingresos excedentes

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Criterios establecidos en el PEF 2007, LIF 2007 y en la Ley Federal de Derechos, para la distribución de recursos a las entidades federativas, derivados del Derecho Extraordinario sobre la Exportación de Petróleo Crudo (DEEP), y de los remanentes de los ingresos excedentes considerados en el artículo 19 de la LFPRH, a través del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas (FEIEF) y del Fideicomiso para la Infraestructura en los Estados (FIES) Artículo 257 LFD Derecho Extraordinario sobre la Exportación de Petróleo Crudo y Artículo Décimo Primero Transitorio de la LIF 2007 Derecho Extraordinario sobre la Exportación de Petróleo Crudo (DEEP) (Art. 257 LFD) que se genere entre 42.80 y 50.0 dólares (Art. Décimo Primero Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2007 (LIF 2007). FEIEF Artículo 9, fracción V, del PEF 2007, Ingresos excedentes Ingresos excedentes que se generen de acuerdo al artículo 19, fracción IV, inciso d), de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (LFPRH). FIES Gasto en programas y proyectos de inversión en infraestructura y equipamiento de las entidades federativas. Su distribución será conforme a la estructura porcentual del Fondo General de Participaciones (FGP) que se publicará en la Cuenta Pública más reciente (2006). Destino 2007 Acumular en la reserva del FEIEF y compensar disminuciones en la RFP (excedentes de la reserva acumulada, según las disposiciones aplicables). DEEP que se genere a partir de 50.0 dólares (Art. Décimo Primero Transitorio de la LIF 2007). Destino 2007 El pago de los anticipos será trimestral y se efectuará a los 10 días hábiles posteriores al entero que realice PEMEX Exploración y Producción, así como en los 10 días posteriores a la entrega de los informes trimestrales: Entrega de Anticipos Ajuste de diferencias: el Ejecutivo Federal, por conducto de la SHCP, establecerá un convenio con cada entidad federativa (Artículo 9, fracción V, del PEF 2007, Décimo Primero Transitorio de la LIF 2007, y Artículo 9 de la LCF). Trimestre de entero FEIEF % a entregar FIES % a entregar Entrega a Entidades abril julio octubre enero marzo (declaración / cálculo anual) mayo agosto noviembre febrero, dic * abril 1 2 3 4 100 100 100 100 75 75 75 100 Se compensa vía el Ramo 28 a la entidad federativa. (+) T1+T2+T3+T4 = Total entregado Total entregado – declaración anual o cálculo anual = ajuste de diferencias marzo 2008 FEIEF y FIES La SHCP entrega recursos a la entidad federativa. (-) El monto a entregar se definirá en relación con el resultado total del derecho extraordinario sobre la exportación de petróleo crudo y los ingresos excedentes en cada trimestre, así como respecto de las diferencias que resulten de la declaración anual, y por otra parte del cálculo anual de los remanentes de ingresos excedentes. * En el caso del FIES corresponde al cierre estimado anual, el cual se pagará a más tardar el último día hábil del año.

More Related