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Presentation Transcript


    1. Informe y/o Opinión y/o Visita “in loco”- Comisión Interamericana de DDHH- Justicia Anticorrupción Lima, enero 15 de 2004

    2. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 2 ABOGADOS PARTICIPANTES Comité de coordinación: Presidente de Mesa : Dr. Luis Roy Freyre Coordinador : Dr. José Gabriel Del Castillo Asesor en procedimientos en DD.HH.: Dr. Aníbal Quiroga León Abogados asistentes a exposición en Audiencia ante CIDDHH: Dr. Luis Roy Freyre Dr. José Gabriel del Castillo Dr. Aníbal Quiroga León Abogados participantes del proyecto: Dr. Javier Valle Riestra Dr. Luis Bramont Arias Torres Dr. Arsenio Oré Guardia Dr. César Nakazaki S. Dr. Róger Yon Ruesta Dr. Mario Rodríguez Dr. Javier Bedoya Escurra Dr. José Vidal Hermoza Dr. Luis Alberto Bramont-Arias Torres

    3. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 3 FUNDAMENTACIÓN PRELIMINAR.- Bajo el actual esquema legal, jurisdiccional y político, resulta penosamente claro que existe una evidente utilización e injerencia política en estos temas, a la par que una indefensión que determina el flagrante incumplimiento de las reglas del debido proceso legal en los términos en que han sido definidos por la jurisprudencia de la Comisión Interamericana de DDHH y de la Corte Interamericana de DDHH. Hay varios ejemplos que determinan que esto, lamentablemente, sea así. El esquema jurídico y judicial que al efecto se ha implementado no reúne las condiciones de idoneidad, probidad y, sobre todo, de independencia política. La Política cotidiana se apoya de uno u otro modo en estos procesos judiciales, en una suerte de judicialización de la sociedad.

    4. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 4 FUNDAMENTACIÓN PRELIMINAR.- Ello, se demuestra además, con graves inconductas judiciales, que llenan los diarios de escándalos y abusos judiciales, sin apego a los principios constitucionales y a las más elementales normas procesales, como son los casos de detención preventiva en juicio, órdenes de detención corporal, impedimentos de salida del país, negatorias injustificadas de autorizaciones de viaje fuera del país, detenciones domiciliarias, beneficios penitenciarios y, en general, el tratamiento a los procesados por los denominados procesos anticorrupción (condenas irrazonables). Así, no es inusual que por los mismos hechos, diversas personas estén siendo procesados con tipicidad y rigor diferente, o que estén en prisiones diversas, atentando contra la seguridad jurídica, la predictibilidad de los procesos judiciales y el principio de igualdad de las partes.

    5. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 5 FUNDAMENTACIÓN PRELIMINAR.- No pasa lo mismo con los agentes del Gobierno actual acusados públicamente de graves inconductas funcionales o de presunciones evidentes de actos de corrupción, los que son prontamente ocultados por el propio sistema. Así, en el caso de los directivos de la Empresa Lucchetti, en el caso de Jacqueline Beltrán, en el caso Bedoya de Vivanco, en el caso del exCongresista Ernesto Gamarra Olivares, el caso flagrante del ex ministro Camet, el caso del funcionario del Banco Wiese Eugenio Bertini, etc. y el caso del Dr. Jorge Picasso, fuera de los supuestos anticorrupción, en que se pueden apreciar una grave interferencia política en desmedro de los derechos fundamentales en juicio de estos procesados.

    6. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 6 FUNDAMENTACIÓN PRELIMINAR.- Además de la manipulación e inobservancia de las reglas procesales mínimas, pasando por el procesamiento penal por hechos atípicos, hasta llegar a la interpretación analógica de la ley penal y de grosería de su aplicación retroactiva. Esto amerita un pronunciamiento de la Comisión Interamericana de DDHH (a donde sí están legitimados los ciudadanos particulares miembros de la Convención Interamericana de DDHH a acudir, a la luz de su reglamento, sea para pedir un informe interpretativo de los hechos y de la Convención Americana de DDHH o, si lo juzga urgente y necesario, para pedir una visita “in-loco” en el país de que se trate, a fin de constatar las graves amenazas a los derechos fundamentales de los ciudadanos y flagrantes violaciones contra el Debido Proceso Legal asi como el incumplimiento de la Convención por el Estado de que se trate. (Tal como el Ministerio de Justicia del Perú lo hizo y obtuvo entre finales del año pasado e inicios del presente respecto de la sede y condiciones de juzgamiento del procesado Montesinos Torres.)

    7. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 7 FUNDAMENTACIÓN PRELIMINAR.- Así, parece ser la oportunidad de que se pida esto cuanto antes. Del 1 al 5 de marzo próximos la CIDDHH va a tener su Periodo de Sesiones ordinario, y es posible que un colectivo de personas (en este caso un grupo connotado de penalistas, presididos por uno de los juristas más importantes del derecho penal peruano, e integrado hasta por exfuncionarios de la procuraduría pública ad-hoc, hoy con visión crítica de este sistema, presenten dicha solicitud. (Hay que tener en cuenta que alguno de los propios jueces y fiscales anticorrupción se han manifestado, en privado y en sendos pronunciamientos judiciales contrarios a los excesos que, a veces, se presenta en estos casos por evidente interés y presión política, en un claro remedo del régimen pasado y de sus métodos de manipulación judicial). El Reglamento de la CIDDHH permite pedir la visita “in-loco” en casos graves y urgentes. Y para sensibilizar a la CIDDHH se sugiere solicitar, lograr y asistir, con presencia del Estado peruano, al periodo de sesiones de marzo del 2004 a exponer estas circunstancias y lograr esta decisión. Para ello, debe presentarse la solicitud con 40 días de anticipación, cuyo plazo vence el 14 de enero venidero. De no hacerse así, se perdería la posibilidad hasta julio del 2004 con el costo de oportunidad que esto conlleva.

    8. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 8 FUNDAMENTACIÓN PRELIMINAR.- Debe introducirse la solicitud en la semana que viene a más tardar, con un anexo de los casos más ejemplicativos de exceso judicial. Para ello, se debería solicitar una cita con el Relator de la carpeta del Perú, con el Secretario Ejecutivo de la CIDDHH y con el Comisionado responsable de la carpeta del Perú, a fin de exponer preliminarmente el sentido de esta petición y de su urgencia y características, y volver a hacer las gestiones y el lobby del caso, sea en Washington o en los países sede de los nacionales de los diversos comisionados de que se trate. Esta primera delegación debería estar compuesta por el Dr. Luis Roy Freyre, Presidente de la Mesa de abogados penalistas, el Dr. José Gabriel Del Castillo como coordinador y gestor de este grupo, y el Dr. Aníbal Quiroga León como asesor especialista del mismo.

    9. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 9 CARACTERÍSTICAS DE LA PETICIÓN ANTE LA CIDDHH Legitimación (cualquier persona o grupo de personas). Grupo de connotados abogados penalistas. Lo ideal sería lograr apoyo del CAL o en su defecto constituir una Asociación sin fines de lucro que tenga por objetivo la defensa de los derechos de los justiciables. Presupuesto. Honorarios y gastos. De considerarse que este es un procedimiento que requiere un presupuesto alto, pero que al ser varios lo convocados, puede hacerse una participación “a prorrata”. Además de los informes que se puedan pedir a los especialistas de la materia, debe considerarse los de uno o más “Amicus Curiae” que para el efecto se puedan conseguir. Deben ser juristas de prestigio americanos y europeos. Asesoría y cobertura de Prensa. Necesario e imprescindible. Cobertura y asesoría de imagen para este grupo de abogados y de su asesoría; y cobertura de sus gestiones y en la legitimidad de su resultado. Esto es fundamental.

    10. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 10 CARACTERÍSTICAS DE LA PETICIÓN ANTE LA CIDDHH Delegados. Dr. Luis Roy Freyre, por su prestigio, debe presidir este grupo, el Dr. José Gabriel del Castillo, por su experiencia en el campo penal, debe ser el coordinador, y el Dr. Aníbal Quiroga León es el asesor no penalista, reconocido especialista en procedimientos en Derechos Humanos y de debido proceso legal ante la Comisión Interamericana de DDHH y de la Corte Interamericana de DDHH. A éllos, por su prestigio académico, podría unírseles el Dr. Luis Bramont Arias Torres. Para un adecuado desarrollo del trabajo a implementarse con el objetivo de obtener el resultado esperado, debe respetarse lo que se decida en la presidencia y en la coordinación del Grupo de trabajo.

    11. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 11 CARACTERÍSTICAS DE LA PETICIÓN ANTE LA CIDDHH Posición de los propios jueces anticorrupción. Debe rescatarse esto y buscar su testimonio en reserva. Posición de los Procuradores Públicos. Lo mismo. El caso del exprocurador César Azabache Caracciolo es de suma importancia, puesto que ha manifestado públicamente su desazón respecto de la actual situación del sistema anticorrupción. Se ha excusado. No puede participar. Explicar por qué. Leer en voz alta su nota. Estudio norteamericano. Explorar la posibilidad de buscar apoyo subcontratando (que garantizaría un resultado positivo) de un prestigioso Estudio de Abogados en Washington que apoye las labores y trámites del grupo de abogados penalistas y del experto en DD.HH.

    12. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 12 CASOS EMBLEMÁTICOS

    13. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 13 PROCEDIMIENTO ANTE LA CIDDHH El Reglamento de la CIDDHH prevé en su Art. 59 la posibilidad de que cualquier ciudadano o grupo de ciudadanos de un Estado miembro pueda solicitar una Audiencia durante el período ordinario de sesiones a fin de “informar sobre hechos de carácter general o particular en relación a los derechos humanos”. El Art. 59 del Reglamento de la CIDDHH señala lo siguiente: “Art. 59.- Iniciativa.- La Comisión podrá celebrar audiencias por iniciativa propia o a solicitud de parte interesada. La decisión de convocar a las audiencias será adoptada por el Presidente de la Comisión, a propuesta del Secretario Ejecutivo.” Asimismo, el Art. 60 del referido Reglamento señala expresamente: “Art. 60.- Objeto.-Las audiencias podrán tener por objeto recibir información de las partes con relación a alguna petición, caso en trámite ante la Comisión, seguimiento de recomendaciones, medidas cautelares, o información de carácter general o particular relacionada con los derechos humanos en uno o más Estados miembros de la OEA.”

    14. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 14 PROCEDIMIENTO ANTE LA CIDDHH En el presente caso la información que se va a presentar en la Audiencia que estamos solicitando a la CIDDHH está relacionada con diversos de los solicitantes respecto al respeto y vigencia de los derechos fundamentales en el Perú como Estado miembro de la OEA, básicamente relativos al Debido Proceso Legal. El Art. 64 del Reglamento de la CIDDHH regula el caso específico de las audiencias de carácter general que deban realizarse respecto de la situación de los Derechos humanos en un determinado país. Dicha norma expresa: “Art. 64.- Audiencias de carácter general.- 1. Los interesados en presentar a la Comisión testimonios o informaciones sobre la situación de los derechos humanos en uno o más Estados deberán solicitar una audiencia a la Secretaría Ejecutiva, con la debida antelación al respectivo período de sesiones. 2. El solicitante deberá expresar el objeto de la comparecencia, una síntesis de las materias que serán expuestas, el tiempo aproximado que consideran necesario para tal efecto, y la identidad de los participantes.”

    15. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 15 PROCEDIMIENTO ANTE LA CIDDHH El trámite para la concesión de esta Audiencia conlleva lo siguiente: Presentación de una solicitud simple, que contenga desarrollo de hechos, no necesariamente un desarrollo jurídico amplio de las violaciones a derechos fundamentales. En dicha solicitud se debe resaltar la preocupación de los ciudadanos ante la CIDDHH por las violaciones generales en materia de Derechos Humanos (en este caso Debido Proceso Legal).

    16. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 16 PROCEDIMIENTO ANTE LA CIDDHH La solicitud deberá ser presentada con 40 días de anticipación a la fecha de inicio del periodo ordinario de sesiones. La fecha límite de presentación para este caso es el 14 de enero próximo, habida cuenta que el periodo de cesiones de la CIDDHH inicia el 23 de febrero próximo. Ya se hemos realizado las coordinaciones correspondientes a fin de poner en conocimiento de los funcionarios competentes que se está planteando la posibilidad de presentar este pedido, y se nos ha dado una respuesta afirmativa en el sentido de que se espera que lo presentemos.

    17. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 17 PROCEDIMIENTO ANTE LA CIDDHH Asimismo, se nos ha manifestado que de modo previo a la Audiencia formal existiría la posibilidad de una reunión informal con los funcionarios a cargo de la carpeta Peruana, a fin de explicarles los alcances del pedido. Por todo ello es que creemos, que existe disposición por parte de la CIDDHH de darle trámite a un pedido de esta naturaleza, que no supone una solicitud particular donde se pida la impunidad ante hechos que configuren ilicitos penales, sino una solicitud destinada a que dichos ilícitos penales sean juzgados adecuadamente, bajo las reglas del Debido Proceso Legal.

    18. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 18 PROCEDIMIENTO ANTE LA CIDDHH No requerimos presentar con esta solicitud un detalle exhaustivo de cada caso, lo que se puede realizar entre la fecha de presentación de la solicitud de Audiencia y la concesión de esta, en calidad de información adicional, y que puede ser además llevado a la misma Audiencia en calidad de documentos probatorios. La idea central de este pedido es pedir el respeto del debido proceso legal, bajo la premisa original de que no se deberá dar condiciones especiales de juzgamiento ni impunidad para cualquiera de los inculpados ante los Juzgados Anticorrupción.

    19. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 19 PROCEDIMIENTO ANTE LA CIDDHH Contenido de la solicitud: Designación de los ciudadanos solicitantes. (Abogados peruanos, sin necesidad de precisar nombre de sus defendidos) Determinación las materias que serán expuestas. Tiempo de exposición. Participantes en la exposición (en este rubro, creemos conveniente que se cite al Estado peruano a fin que manifieste lo que tenga a bien respecto de los puntos sobre los cuales versa la petición de Audiencia).

    20. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 20 PROCEDIMIENTO ANTE LA CIDDHH Determinación del objeto de la comparecencia. Descripción de la cronología de los hechos que motivan la petición de Audiencia. Descripción de la base legal penal y procesal penal peruana. Desarrollo de cómo es que se viene vulnerando la legislación penal y procesal penal peruana, y con ello la preocupación sobre una vulneración general del Debido Proceso en el Perú. (No se haría un recuento preciso de cada uno de los casos ejemplificativos de violaciones a derechos fundamentales, sino un análisis genérico de estas) Descripción de las modificaciones legales que han motivado una serie de decisiones judiciales contrarias al debido proceso así como detenciones arbitrarias. Descripción de cómo se aprecia una vulneración directa tanto a nivel procesal (Debido proceso procesal) como a nivel sustantivo (Debido Proceso sustantivo – principio de proporcionalidad), de los Arts. 8 y 25 del Pacto Interamericano de San José, y por ende sustento principal de la petición de Audiencia ante la CIDDHH.

    21. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 21 PROCEDIMIENTO ANTE LA CIDDHH Comparación entre la justicia antiterrorista de la década del 90 y la justicia anticorrupción actual. (Análisis de las consecuencias) Descripción de los notorios hechos extraprocesales que interfieren en una adecuada, recta e imparcial administración de justicia: Intervención del Parlamento Nacional en los juzgamientos ante el Poder Judicial. Tema de la manipulación probatoria. Presión del Poder Ejecutivo, tanto directa como indirectamente, respecto de los juzgamientos ante el Poder Judicial y las investigaciones ante el Ministerio Público.

    22. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 22 PROCEDIMIENTO ANTE LA CIDDHH Presión política expresada en la manipulación de los medios de comunicación respecto de los magistrados, cuando sus fallos no coinciden con la petición del Ministerio Público o de los Procuradores Públicos. Rol de la Procuraduría Pública Ad-Hoc encargada de los casos anticorrupción. Manifestaciones diversas y presiones del control interno del Poder Judicial respecto de los Magistrados y Fiscales a cargo de juzgamientos anticorrupción. Rol de la Policía Anticorrupción, seguimiento e investigaciones continuas tanto a inculpados como a sus familiares y allegados.

    23. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 23 OBJETIVO DE LA SOLICITUD En primer lugar resaltar que no se están solicitando condiciones de impunidad para ninguno de los procesados.

    24. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 24 OBJETIVO DE LA SOLICITUD Se pretende con esta solicitud que la CIDDHH envíe a una comisión al Perú a fin que realicen una visita in loco, y como consecuencia de ello emitan un informe sobre las condiciones de juzgamiento en general. No necesariamente nuestra solicitud deberá ceñirse a temas estrictamente anticorrupción, para darle un matiz más generalizado podríamos incluir otros temas sobre el grave problema de la administración de justicia en el Perú.

    25. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 25 OBJETIVO DE LA SOLICITUD El informe que la CIDDHH emita a pedido nuestro determinaría los límites de un juzgamiento debido, por ejemplo: Cuál es el plazo máximo de una detención. Qué se considera detención para la OEA y para la ONU. Los criterios de tipificación de delitos, puede aplicarse la interpretación analógica en el derecho penal.

    26. ESTUDIO ANÍBAL QUIROGA LEÓN - ABOGADOS 26 OBJETIVO DE LA SOLICITUD Podría incluso obtenerse como recomendación la urgencia de la modificación-unificación de la ley procesal penal. La finalidad de este pedido no es otra que la de obtener de la CIDDHH una suerte de monitoreo o seguimiento, básicamente de los procesos anticorrupción, así como lo ha venido realizando en el caso

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