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Abg. Marcela León Directora Relaciones Internacionales ASI Presidenta ASI-Táchira

Autonomía, Solidaridad, Independencia. CSA / CSI. Seguridad Social en América Latina. Elementos de Análisis para una Plataforma Sindical Regional ante el Reto de la Inclusión Social. Abg. Marcela León Directora Relaciones Internacionales ASI Presidenta ASI-Táchira. Lima- Perú, Marzo 2.010.

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  1. Autonomía, Solidaridad, Independencia CSA / CSI Seguridad Social en América Latina Elementos de Análisis para una Plataforma Sindical Regional ante el Reto de la Inclusión Social Abg. Marcela León Directora Relaciones Internacionales ASI Presidenta ASI-Táchira Lima- Perú, Marzo 2.010

  2. LA SEGURIDAD SOCIAL Se define como un conjunto de medidas preventivas y de protección, creadas por la sociedad junto con el Estado, para asegurarle a todos los habitantes de una Nación los medios económicos, sociales y ambientales para procurarles una comodidad, elevación de la calidad de vida, bienestar y en momentos de contingencias proteger, esta situación es la que en general enmarca el principio de la seguridad social, sin embargo, para brindarla cada país asume un enfoque en particular. Miguel Zúñiga .

  3. La seguridad social es un derecho humano y social fundamental, razón por la cual es reconocido universalmente. Esta consagrado en la Declaración de los Derechos Humanos y en otros instrumentos internacionales sobre “Derechos Humanos”, por ser un derecho especialísimo de la humanidad. El derecho a la seguridad social es un derecho de toda persona y el Estado es el garante de dicho derecho. En fin, es un derecho humano pues es inmanente de la persona humana y social porque es producto de los estados de necesidad, que como ser humano y social tiene la persona.

  4. La Política Social, en tanto proyecto o modelo de desarrollo de una sociedad, encuentra en la seguridad social, el principal instrumento de concreción y realización práctica. Por consiguiente la Seguridad Social es necesario concebirla como: “Un sistema de protección social, fundado legalmente, orientado a garantizar los habitantes de un país un mínimo de condiciones favorecedoras de una existencia humana y digna”. Absalón Méndez Cegarra

  5. Seguridad Social y Protección • Protección al Trabajo: antes, durante y después del trabajo. • Protección a la Familia: vivienda, sostenimiento y educación de los hijos, atención a los miembros de la familia con necesidades especiales, alimentación, recreación y uso del tiempo libre. • Protección a la Salud: atención médica integral (promoción o fomento, prevención, curación y rehabilitación). • Protección a la Vejez: antes y después de la desincorporación laboral.

  6. Principios Doctrinarios que rigen a la Seguridad Social Universalidad: al definirse como un instrumento de protección para todas la sociedad, requiere que su campo de aplicación que no presente fronteras, en consecuencia todos los miembros de la sociedad tiene derechos y deberes. Solidaridad:Independientemente de la filosofía de vida que cada quien sostenga, resolver los escenarios y condiciones de conflictividad social se asumen como meta de todos los sectores.

  7. Principios Doctrinarios que rigen a la Seguridad Social (Continuación...) Integralidad:Siendo el fin de la seguridad social colocar al humano en condiciones para labrarse su bienestar o, cuando sus fuerzas no le permitan incorporarse a los procesos productivos, obtener lo suficiente para vivir en forma digna y decorosa, resulta obvio apreciarlo en forma integral más que atender su cuadro de necesidades.

  8. Principios Doctrinarios que rigen a la Seguridad Social (Continuación...) Unidad: Se refiere al órgano gestor, es decir, la entidad que tiene bajo su responsabilidad administrar los programas de la seguridad social. Participación:Los sistemas de seguridad social resultan herramientas de la población para atender sus estados de necesidad. La seguridad social es un deber y un derecho de todos los ciudadanos.

  9. Principios Doctrinarios que rigen a la Seguridad Social (Continuación...) Eficiencia:Los resultados administrativos, técnicos y financieros propios del sistema de seguridad social, deben ser utilizados adecuadamente, para que los beneficiarios reciban servicios de calidad, oportunos y eficientes.

  10. Origen de la Seguridad Social Bismark y la república de Weimar: Seguridad laborista.1883 Alemania. Beberidge y nacimiento inglés de la seguridad universal:Presencia de la sociedad civil. 1914 Segunda Guerra Mundial.

  11. La Seguridad Social como tal nace en Alemania como producto del proceso de industrialización, las fuertes luchas de los trabajadores, la presión de las iglesias, de algunos grupos políticos y sectores académicos de la época. Primeramente los trabajadores se organizaron en asociaciones de auto-ayuda solidaria, destacando las mutuales de socorro mutuo, las cooperativas de consumo y los sindicatos. Eran los tiempos en que Alemania era gobernada por el Káiser Guillermo II, como primer gran documento de compromiso social del Estado, se caracteriza el Mensaje Imperial, de 17 de Noviembre de 1821, anunciando protección al trabajador, en caso de perder su base existencial por enfermedad, accidente, vejez o invalidez total o parcial. • Impulsadas por el Canciller Alemán Otto Von Bismarck (el Canciller de Hierro) son refrendadas tres leyes sociales, que representan hasta hoy, la base del Sistema de Seguridad Social Universal: • Seguro contra Enfermedad. 1883 • Seguro contra Accidentes de Trabajo. 1884 • Seguro contra la Invalidez y la Vejez.1889 • El sistema de seguridad social fue principalmente un instrumento para alejar a los trabajadores de los sistemas privados y comunitarios, y de atraerlos a los brazos del Estado. La seguridad social fue diseñada solamente para la nueva clase de trabajadores industriales.

  12. En 1919, mediante el Tratado de Versalles, los líderes políticos del plante ponen fin a la Primera Guerra Mundial. Como producto de este histórico Tratado nace la Organización Internacional del Trabajo (OIT). El Preámbulo de la Constitución de la OIT es muy rico en contenidos de protección social y sirve como pilar doctrinal y de política de la Seguridad Social. Un segundo gran componente de la Seguridad Social es introducido desde Inglaterra por Sir W. Beberidge en 1942. Se conoce como el "Plan Beberidge", este contiene una concepción mucho más amplia de la seguridad social. Tiende a contemplar las situaciones de necesidad producidas por cualquier contingencia y trata de remediarlas cualquiera que fuera su origen. el concepto es ampliado por Sir William Beveridge en el llamado "Informe Beveridge" (el llamado "Social Insurance and Allied Services Report") de 1942 con las prestaciones de salud y la constitución del National Health Service (Servicio Nacional de Salud, en español) británico en 1948.

  13. ANTECEDENTES Y ALGUNAS RESEÑAS SIGNIFICATIVAS: 15-02-1819: Simón Bolívar en el Discurso de Angostura 1909 La Ley de Minas 1917 La Ley de Talleres • 1.936 Ley del Trabajo (creación de los seguros sociales y el Ministerio de Sanidad • 1.940 Ley del Seguro Social y creación, propiamente dicha de los seguros sociales, en el año 1944. • Sin embargo, en 1925 el señor César Zumeta, envía misiva General Juan Vicente Gómez, propuesta para la creación del “Seguro Obrero Obligatorio”. La seguridad social en Venezuela ha sido fruto de un pensamiento de vanguardia social no exclusivamente obrerista, aunque si motivado por la conflictividad obrero-patronal mundial y la amenaza que constituye la misma para los intereses de la dominación social. Absalón Méndez

  14. ALGUNAS RESEÑAS SIGNIFICATIVAS: Continuación • En 1947 en e art. 52 de la Constitución • 1.961 Sistema progresivo plasmado en la Constitución Nacional (el legislador previó y ordenó, en términos operativos, la definición de una política social materializable a plenitud de la seguridad social. Y denomino un sistema de seguridad social). • El artículo 94 de la Constitución del 61 crea las bases para avanzar en la solución de problemas sociales, mediante la creación de un Sistema de Seguridad Social Integral. • 1.990 Ley Orgánica del Trabajo (LOT) • 1997 Se promulga la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Integral (Gaceta Nº 5.199, extraordinaria, del 30-12-97). • 1999 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

  15. ALGUNAS RESEÑAS SIGNIFICATIVAS: Continuación • Reformas ala Ley Orgánica de Seguridad Social en 2002, 2007 y 2009 • Reforma a la Ley del Seguro Social • Esta en Discusión el Proyecto de Reforma de la Ley Orgánica de Seguridad Social.

  16. CONTEXTO Mercado Actores RELACIONES DE TRABAJO Marco Regulatorio Adm. Del Trabajo. - Org. Adm. -Org. Jud. Sistemas Productivos Sistema de Gobierno La Acción Internacional

  17. El Derecho a la Seguridad Social como un Derecho Humano y Social en Venezuela. El derecho a la seguridad social tiene rango constitucional, ya que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) consagra de igual forma en su artículo 86 que: “Toda persona tiene derecho a la seguridad social como servicio público de carácter no lucrativo (...) asegure protección en contingencias de maternidad, paternidad, enfermedad, invalidez, enfermedades catastróficas, discapacidad, necesidades especiales, riesgos laborales, pérdida de empleo, desempleo, vejez, viudedad, orfandad, vivienda, cargas derivadas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia de la vida.

  18. Tipos de Sistemas

  19. LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL 31/07/2008 G.O.Nº 5.891)

  20. Art. 86 Política social Art. 87 y 89 Obligación del patrono Control y Promoción del Estado Marco Regulatorio Constitución Nacional Convenio 155, sobre Seguridad y Salud en el trabajo de la OIT Recomendación 164, sobre Seguridad y Salud en el Trabajo de la OIT Declaración de Principios de la OIT-1998 Declaración de la OIT sobre la Justicia Social-junio 2008-Trabajo Decente Convenio 102 OIT Decisión 583 CAN IASS Decisión 584 CAN IAS Decisión 116 CAN IAM Convenios Internacionales

  21. Leyes Orgánicas; 1.- Ley Orgánica del Trabajo 1997 2.- LOPCYMAT 2005 3.- LOSS 2002-2008 Leyes Ordinarias: Ley del Seguro Social y su Reglamento

  22. LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ART.86 TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL QUE PROTECCIÓN EN CONTINGENCIAS DE MATERNIDAD, PATERNIDAD, INVALIDEZ, DISCAPACIDAD, VEJEZ, VIVIENDA....Y OTRA CIRCUNSTANCIA DE PREVISIÓN SOCIAL GARANTICE LA SALUD REGULADO POR UNA LEY ORGÁNICA ESPECIAL

  23. SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL COMPRENDE SISTEMA PRESTACIONAL RÉGIMEN PRESTACIONAL ES EL CONJUNTO DE NORMAS QUE REGULAN LAS PRESTACIONES CON LAS CUALES SE ATENDERÁN LAS CONTINGENCIAS, CARÁCTER, CUANTÍA, DURACIÓN Y REQUISITOS DE ACCESO; LAS INSTITUCIONES QUE LAS OTORGARÁN; ASI COMO SU FINANCIAMIENTO Y FUNCIONAMIENTO. (ART. 7) ES EL COMPONENTE DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL QUE AGRUPA UNO O MÁS RÉGIMENES PRESTACIONALES. (ART. 6)

  24. SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL MINISTERIO DE FINANZAS ÓRGANO RECTOR MINISTERIO DEL TRABAJO SISTEMA PRESTACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL MIINISTERIO DE VIVIENDA Y HÁBITAT SISTEMA PRESTACIONAL DE SALUD SISTEMA PRESTACIONAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT TESORERÍA DE SEGURIDAD SOCIAL Art. 36 SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL Art. 27 CONTRALORÍA SOCIAL

  25. Sistema de Seguridad SocialEstructura organizativa y funcional ÓRGANO RECTOR: Min. PP Trabajo y Seguridad Social OFICINAS DE: ESTUDIOS ACTUARIALES Y ECONÓMICOS. Y ASUNTOS EDUC. Y COMUN. MIN. PP ECONOMÍA Y FINANZAS TESORERÍA SEGURIDAD SOCIAL SUPERINTENDENCIA SEGURIDAD SOCIAL MIN. PP OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA MIN. PP. SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL SISTEMA PRESTACIONAL SALUD SISTEMA PRESTACIONAL. PREVISIÓN SOCIAL SISTEMA PRESTACIONAL. VIVIENDA Y HÁBITAT Régimen Prestacional Salud Régimen Prestacional Servicios Sociales al Adulto Mayor Regimenes Prestacionales • EMPLEO • PENSIONES Y OTRAS ASIGNACIONES ECONÓMICAS • SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Régimen Prestacional Vivienda y Hábitat SISTEMA PÚBLICO NACIONAL DE SALUD BANCO NACIONAL VIVIENDA Y HÁBITAT

  26. Sistema de Seguridad SocialEstructura organizativa y funcional Ministerio Poder Popular Trabajo y Seguridad Social TESORERÍA DE SEGURIDAD SOCIAL INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y RECREACIÓN DE LOS TRABAJADORES INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN SALUD Y SEGURIDAD LABORALES

  27. SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL E S T R U C T U R A (ART.19) SISTEMAS PRESTACIONALES VIVIENDA Y HABITAT SALUD PREVISIÓN SOCIAL

  28. 1.- SISTEMA PRESTACIONAL DE SALUD RÉGIMEN PRESTACIONAL DE SALUD. (ART.20) GARANTIZA EL DERECHO A LA SALUD EN FUNCIÓN DEL INTERÉS PÚBLICO DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL. (ART. 52 Y 53) LEY EN 1ERA DISCUSIÓN GESTIÓN SISTEMA PÚBLICO NACIONAL DE SALUD. (ART.20)

  29. 2.- SISTEMA PRESTACIONAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT RÉGIMEN PRESTACIONAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT (ART. 22) LEY APROBADA 12/09/2005 ...GARANTIZAR EL DERECHO A LA VIVIENDA Y HÁBITAT, Y ESTARÁ ORIENTADO A LA SATISFACCIÓN PROGRESIVA DEL DERECHO HUMANO A LA VIVIENDA... (ART. 100) GESTIÓN BANCO NACIONAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT (ART.51) ...GARANTIZA EL DERECHO A LAS PERSONAS, DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL, A ACCEDER A LAS POLÍTICAS, PLANES, PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACCIONES QUE EL ESTADO DESARROLLE EN MATERIA DE VIVIENDA Y HÁBITAT, DANDO PRIORIDAD A LAS FAMILIAS DE ESCASOS RECURSOS Y OTROS SUJETOS DE ATENCIÓN ESPECIAL... (ART.101)

  30. 3.- SISTEMA PRESTACIONAL DE PREVISIÓN SOCIAL REGÍMENES (ART. 21) SERVICIOS SOCIALES AL ADULTO MAYOR Y OTRAS CATEGORÍAS DE PERSONAS PENSIONES Y OTRAS ASIGNACIONES ECONÓMICAS SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO EMPLEO

  31. SERVICIOS SOCIALES AL ADULTO MAYOR Y OTRAS CATEGORÍAS DE PERSONAS OBJETO GESTIÓN GARANTIZARLES ATENCIÓN INTEGRAL, A FIN DE MEJORAR Y MANTENER SU CALIDAD DE VIDA Y BIENESTAR SOCIAL BAJO EL PRINCIPIO DE RESPETO A SU DIGNIDAD HUMANA. (ART.58) SU GESTIÓN SE REALIZARÁ A TRAVÉS DEL INSTITUTO NACIONAL DE GERIATRÍA Y GERONTOLOGÍA (INAGER) (ART. 62) LEY DE SERVISIOS SOCIALES(6-07-2005)

  32. EMPLEO (PARO FORZOSO Y CAPACITACION PROFESIONAL) OBJETO GARANTIZAR LA ATENCIÓN INTEGRAL A LA FUERZA DE TRABAJO ANTE LAS CONTINGENCIAS DE LA PÉRDIDA INVOLUNTARIA DEL EMPLEO Y DE DESEMPLEO, MEDIANTE PRESTACIONES DINERARIAS...Y LA FACILITACIÓN DE LA CAPACITACIÓN PARA LA INSERCIÓN AL MERCADO DE TRABAJO (ART. 81) ÁMBITO DE APLICACIÓN LA FUERZA DE TRABAJO ANTE LA PÉRDIDA INVOLUNTARIA DEL EMPLEO, EN SITUACIÓN DE DESEMPLEO Y CON DISCAPACIDAD COMO CONSECUENCIA DE ACCIDENTE DE TRABAJO O ENFERMEDAD OCUPACIONAL (ART. 82) GESTIÓN INSTITUTO NACIONAL DE EMPLEO (ART.85) LEY DE EMPLEO (29/08/2005)

  33. PENSIONES Y OTRAS ASIGNACIONES ECÓNOMICAS PRESTACIONES • PENSIONES DE VEJEZ O JUBILACIÓN, DISCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE, DISCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE, GRAN DISCAPACIDAD, VIUDEDAD Y ORFANDAD. • INDEMNIZACIONES POR AUSENCIA LABORAL DEBIDO A ENFERMEDADES O ACCIDENTE DE ORIGEN COMÚN, MATERNIDAD Y PATERNIDAD. • ASIGNACIONES POR CARGAS DERIVADAS DE LA VIDA FAMILIAR • LOS SUBSIDIOS QUE ESTABLEZCA LA LEY QUE REGULA ESTE RÉGIMEN PRESTACIONAL. (ART.64) LEY NO APROBADA

  34. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO LEY APROBADA-LOPCYMAT(26/07/2005) OBJETO LA PROMOCIÓN DEL TRABAJO SEGURO Y SALUDABLE; CONTROL DE LAS CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO, DE LA PREVENCIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES E INCENTIVO DEL DESARROLLO DE PROGRAMAS DE RECREACIÓN. (ART. 94) ÁMBITO DE APLICACIÓN A LOS TRABAJADORES DEPENDIENTES AFILIADOS AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL. (ART.95) SU GESTIÓN SE REALIZARÁ A TRAVÉS DEL INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORAL (INPSASEL) Y EL INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y RECREACIÓN DE LOS TRABAJADORES (INCRET) (ART. 99)

  35. 0TRAS LEYES EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL 1.- Ley del Seguro Social: 31-09-1991 2.- Ley del Seguro Social: G:O: Nº 4322 Ext. 03-10-1991(Reforma 1,2,3,5 y 11) 3.- G:O: Nº 4322, Ext. 03-10-1991(Reforma (Derog.liquidación del IVSS) 4.- G:O: Nº 37600, 30-12-202( Vigencia, transición, adm. Y cotizaciones) 5.- Ley de Alimentación para los Trabajadores (27-12-2004) Reglamento-28-04-2006 Resolucion Mintra 28-05-2005

  36. OTRAS LEYES DE SEGURIDAD SOCIALJUBILACIONES Y PENSIONES 1.- Ley del Estatuto Sobre el Régimen de Jubilaciones y pensiones de los Funcionarios o Empleados de la administración Pública Nacional, de los estados y de los Municipios. G.O. Nº 38323 / 28-11-2005 REFORMA 26-04-2006 2.- Reglamento de la LEJP. 3. -Ley de Homologación de Pensiones del IVSS, de Jubilaciones y Pensiones de la Admón. Pública A salario Mínimo. 4.- Decreto Nº 2387, fijación del Monto Mínimo de Pensiones del IVSS. G.O. Nº 37681 /02-05-2003 5.-Decreto de Delegación de facultad de Jubilación Especial-15 años. G.O. Nº 37491 / 25-07-2002 6.- Instructivo para trámite de Jubilaciones Especiales, para Empleados y obreros de la Adm. Públ. G.O. Nº 38323 / 28-11-2005 7.-Decreto Nº 4269, 06-02-2006, G.O. Nº 38.377, 10-02-2006( Programa excepcional y temporal de Pensión de Vejez)

  37. LEY ORGÁNICA DEL SISTEMA DE • SEGURIDAD SOCIAL • OBJETIVO: • Crear el Sistema de Seguridad Social, establecer y regular su rectoría, organización, funcionamiento y financiamiento, la gestión de sus regímenes prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social parte de las personas sujetas a su ámbito de aplicación, como de servicio público de carácter no lucrativo, de conformidad con lo dispuesto en la CRBV y en los tratados, pactos y convenciones sobre la materia, suscritos y ratificados por Venezuela. (Artículo 1).

  38. PRINCIPIOS Universal Financiamiento Solidario Integral Unitario PRINCIPIOS DEL SISTEMA Participativo Equilibrio financiero y actuarial Contribuciones directas e indirectas Eficaz Oportuna Eficiente

  39. Principios del Sistema: La Seguridad Social Integral se prestará, sin menoscabo de la asistencia social que el Estado debe garantizar a quienes carezcan de recursos, con sujeción a los siguientes principios: ·Universalidad: es la garantía de protección para todas las personas amparadas por esta ley, sin ninguna discriminación y en todas las etapas de la vida. ·Solidaridad: es la garantía de protección a los menos favorecidos en base a la participación de todos los contribuyentes al sistema. ·Integralidad: es la garantía de cobertura de todas las necesidades previsionales amparadas en esta ley. ·Unidad: es la articulación de políticas, instituciones, procedimientos a fin de alcanzar el objeto de esta ley. ·Participación : es el fortalecimiento del rol protagónico de todos los actores sociales, públicos y privados, involucrados en el Sistema de Seguridad Social Integral. ·Autofinanciamiento: es el funcionamiento del sistema en equilibrio financiero y actuarialmente sostenible. ·Eficiencia: es la mejor utilización de los recursos disponibles, para que los beneficios que esta ley asegura sean prestados en forma oportuna y suficiente.(Art.4)

  40. DEFINICIÓN DEL SISTEMA: Es el conjunto integrado de sistemas y regímenes prestacionales, complementarios entre sí e interdependientes, destinados a atender las contingencias objeto de la protección de dicho Sistemas. Régimen Prestacional: Conjunto de normas que regulan las prestaciones con las cuales se atenderán las contingencias, carácter, cuantía, duración, y requisitos de acceso; las instituciones que lo otorgarán y gestionarán; así como su financiamiento y funcionamiento. Sistema Prestacional: Se entiende como sistema prestacional el componente del Sistema de Seguridad Social que agrupa uno o más regímenes Prestacionales.

  41. ESTRUCTURA DEL SISTEMA • Sistema Prestacional de Salud:Tendrá a su cargo el régimen prestacional de salud mediante el desarrollo del Sistema Público Nacional de Salud. • Sistema Prestacional de Previsión Social:Tendrá a su cargo los regímenes prestacionales siguientes: Servicios Sociales al Adulto Mayor y Otras Categorías de Personas; Empleo; Pensiones y otras Asignaciones Económicas; Seguridad y Salud en el Trabajo. • Sistema Prestacional de Vivienda y Hábitat:Tendrá a su cargo el régimen prestacional de vivienda y hábitat.

  42. Órganos de consulta, participación ciudadana y control social Según el artículo 23 de la LOSSS: Le corresponde al Ejecutivo Nacional la creación de los órganos de consulta, seguimiento y control para la participación ciudadana en las instituciones del Sistema de Seguridad Social. Los cuales deberán estar integrados por los actores sociales vinculados a la seguridad social y por otros, cuya participación contribuya a hacer efectivo el derecho a las personas a la seguridad social.

  43. ÁMBITO DE APLICACIÓN: La seguridad social es un derecho humano y social fundamental e irrenunciable, garantizado por el Estado a todos lo venezolanos residentes en el territorio de la República, y a los extranjeros residenciados legalmente en él independientemente de su capacidad contributiva, condición social, actividad laboral, medio de desenvolvimiento, salarios, ingresos y renta, conforme al principio de progresividad y a los términos establecidos en la Constitución de la República y en las diferentes leyes nacionales, tratados, pactos y convenciones suscritos y ratificados por Venezuela.

  44. Art 113 LOSS • PRESTACIONES • Comprenderá las siguientes prestaciones: • Para la salud de toda la población de forma universal y equitativa, que incluye la protección y la educación para la salud y la calidad de vida, la prevención en enfermedades y accidentes, la restitución de la salud y la rehabilitación; oportuna, adecuada y de calidad. • Programas de recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social. Artículo:18

  45. PRESTACIONES • Promoción de la salud de los trabajadores y de un ambiente de trabajo seguro y saludable, la recreación, la prevención, atención integral, rehabilitación, reentrenamiento y reinserción de los trabajadores enfermos o accidentes por causas de trabajo, así como las prestaciones en dinero que de ellos se deriven. • Atención integral en caso de enfermedades catastróficas. • Atención y protección en caso de maternidad y paternidad. • Protección integral a la vejez. • Pensiones por vejez, sobrevivencia y discapacidad. • Indemnización por la pérdida involuntaria del empleo.

  46. CONTINGENCIAS AMPARADAS: • Maternidad • Paternidad, Enfermedades y accidentes cualquiera sea su origen, magnitud y duración. • Discapacidad. • Necesidades Especiales • Pérdida involuntaria del empleo. • Desempleo. • Vejez • Viudedad • Orfandad • Vivienda y Hábitat • Recreación • Cargas de la vida familiar y cualquier otra circunstancia susceptiblede previsión social que determine la Ley (Artículo 17).

  47. FINANCIAMIENTO DEL SISTEMA • Las cotizaciones de los afiliados. • Los aportes fiscales del Estado a la seguridad social. • Los remanentes netos de capital, destinados a la salud y la seguridad social,. • Las cantidades recaudadas por concepto de créditos originados por el retraso del pago de las cotizaciones. • Las cantidades recaudadas por naturaleza análoga. • Los intereses, rentas, derechos y cualquier otro producto proveniente de su patrimonio e inversiones. • Las contribuciones indirectas que se establezcan. • Cualquier otro ingreso o fuente de financiamiento.

  48. MODALIDADES DE FINANCIAMIENTO: Las leyes de los regímenes prestacionales del Sistema de Seguridad Social establecerán las modalidades de financiamiento, salvo las definidas en la Ley del Sistema de Seguridad Social, que mejor se adapten las particularidades de las prestaciones que concederán, basadas en lo que determinen los estudios demográficos, financieros y actuariales; asimismo, el monto y forma de las contribuciones, aportes y cotizaciones (Artículo 109). PROTECION DE RECURSOS ART 108 LOSS

  49. COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL: Toda persona, de acuerdo a sus ingresos está obligada a cotizar para el financiamiento del Sistema de Seguridad Social, según lo establecido en la Ley de Seguridad Social y las leyes de los regímenes prestacionales (Artículo 111). Aportes de empleadores, cotización de los trabajadores y base del cálculo de las cotizaciones: Según lo dispuesto en el artículo 113 de la LOSSS, serán sobre todo salario causado, el empleador deberá calcular, y estará obligado a retener y enterar a la Tesorería de la Seguridad Social, los porcentajes correspondientes a las cotizaciones al Sistema de Seguridad Social fijado en las leyes de los regímenes prestacionales.

  50. APORTES: 1.- IVSSS: PATRONAL: 5,7 % 4% SSO 1,7% Paro Forzoso LABORAL: 2,5% 2,0% SSO 0,5% Paro Forzoso Salario Integral hasta 5 salarios 750 Cotizaciones para pensiones 250 cotizaciones y 6 meses Continuación facultativa .-Protección de la paternidad

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