1 / 7

O B J E T I V O

nguyet
Download Presentation

O B J E T I V O

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Norma Oficial Mexicana NOM-034-FITO-1995, por la que se establecen los requisitos y especificaciones fitosanitarias para el aviso de inicio de funcionamiento que deberán cumplir las personas físicas o morales interesadas en la fabricación, formulación, formulación por maquila, formulación y/o maquila e importación de plaguicidas agrícolas.D.O.F. 24 DE junio de 1996

  2. O B J E T I V O • Establecer los requisitos que deben cumplir las empresas para presentar el aviso de inicio de funcionamiento y obtener la certificación del cumplimiento de la norma, para ser inscritas en el directorio fitosanitario correspondiente, así como las obligaciones que se deriven de la misma.

  3. Procedimiento para la certificaciónNOM-034-FITO-1995Obligaciones a cumplir por lasempresas3.1 - Aviso de inicio de funcionamiento- Verificación- Certificación3.5- Disposiciones a cumplir

  4. AVISO DE INICIO DE FUNCIONAMIENTO • Razón social, domicilio, teléfono, fax y giro. • Acta constitutiva de la empresa. • RFC, con cédula de identificación fiscal. • Lista de plaguicidas que pretende manejar. • Nombre y domicilio particular del propietario o apoderado legal. • Domicilio y croquis de localización de oficinas y bodegas. • Presentar relación de empresas a las que se presta servicio de maquila. • Presentar relación de empresas a las que se envía a maquilar. • Responsable técnico de control de calidad. • Profesional en el área química. • Copia integra de la cédula profesional. • Curriculum Vitae actualizado. • Comprobante de pago de derechos. (NO APLICA)

  5. ESPECIFICACIONES • 3.1 • Procedimiento para presentar el aviso de inicio de funcionamiento. • Certificación • Verificación • 3.2 Obligación de la empresa de solicitar una verificación y certificación para mantener vigente su inscripción en el directorio fitosanitario. • 3.3 Cualquier modificación a las condiciones iniciales bajo las cuales se presentó el aviso de inicio de funcionamiento o certificación, requerirá de una nueva verificación y certificación. • 3.4 Obligación de la empresa de notificar a la Secretaría, la terminación de actividades de la empresa. • 3.5 Obligaciones.

  6. OBLIGACIONES • Manejar plaguicidas previamente registrados. • Responsabilizarse de la información contenida en la etiqueta. • Prestar asesoría técnica a distribuidores y comercializadores. • Contar con planos que indiquen la ubicación de la maquinaria y equipo, diagrama de flujo del proceso. • Asegurar que los plaguicidas disponibles en el mercado cumplan con las especificaciones del producto registrado. • Llevar un control de los plaguicidas fabricados y formulados, cantidades, fecha de elaboración y distribución. • Las EMIM y las EFXM deben llevar un control de los productos importados y formulados por maquila, cantidades, fecha de distribución o elaboración y distribuidores de sus productos.

  7. PROCEDIMIENTO PARA LA CERTIFICACIÓN DE EMPRESAS DE PLAGUICIDAS EMPRESA DE PLAGUICIDAS PRESENTA AVISO DE INICIO DE FUNCIONAMIENTO ANTE LA DGIAAP O UN TEF (60 días de iniciadas sus actividades) - R E N O V A C I O N - LA EMPRESA PRESENTA A LOS 2 AÑOS ANTE LA SAGARPA LA SOLICITUD PARA LA CERTIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DE NORMA LA EMPRESA SOLICITA LOS SERVICIOS DE UN TEF RECONOCIDO EL TEF REALIZA LA VERIFICACION DEL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA Y EMITE UN DICTAMEN (60 días de presentado el aviso) SE OTORGAN 20 DIAS PARA REGULARIZAR ANOMALIAS NO CUMPLE SI CUMPLE SAGARPA EXPIDE EL CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE NORMA SI CUMPLE EL TEF REALIZA LA SEGUNDA VERIFICACION Y EMITE UN DICTAMEN LA EMPRESA SOLICITA UNA 2da VERIFICACION NO CUMPLE LA SAGARPA REALIZA INSPECCION FITOSANITARIA (SE SANCIONA A LA EMPRESA)

More Related