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Cambios en la Tributación en la Seguridad Social

Cambios en la Tributación en la Seguridad Social. Ley de presupuesto (ley 17296): Regularización y modificaciones en empresas transportistas (art. 270). Exoneración de aportes sobre los viáticos en el exterior para transportistas (art. 280).

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  1. Cambios en la Tributación en la Seguridad Social Ley de presupuesto (ley 17296): • Regularización y modificaciones en empresas transportistas (art. 270). • Exoneración de aportes sobre los viáticos en el exterior para transportistas (art. 280). Tope: monto que establezca el P.E.

  2. Cambios en la Tributación en la Seguridad Social • Exoneración de aporte unificado de la construcción para viviendas de interés social y ampliación de núcleos básicos existentes. • I.R.P. se reduce al 0% en la franja de hasta 3 SMN. (art. 583). - Vigencia: 1.1.2001R.D. 14-42/2001) - Acreditación de sumas abonadas por IRP de enero y febrero/2001, en boletas de pago en el sector Créditos (cod. 94)

  3. Cambios en la Tributación en la Seguridad Social - Debe reintegrarse al trabajador, las sumas descontadas por IRP en enero y febrero - Para los sueldos fictos de los afiliados activos a la CJPU, permanece en 1%. • Se crea un impuesto del 3% para las retribuciones superiores a los 29 SMN, derivadas de servicios personales prestados al Estado.

  4. Cambios en la Tributación en la Seguridad Social • Creación del Monotributo (arts.590 a 601 de la ley y Decreto 203/01). - Alcance subjetivo: titulares de empresas unipersonales que desarrollen actividad comercial en vía pública o espacios públicos, tanto ambulantes como estables Deben cumplir: Máximo 4 personas (titular incl.) Ingresos dentro límite de lit. E Ventas al contado Explotar un solo puesto

  5. Cambios en la Tributación en la Seguridad Social • El monotributo incluye todos los impuestos vigentes (excepto imp. de importación). • Los aportes se calculan sobre un ficto equivalente a un salario mínimo nacional • El complemento de cuota mutual es optativo. • El cónyuge colaborador aporta igual que el titular

  6. Cambios en la Tributación en la Seguridad Social Ley de Urgencia II: Fomento del empleo (ley 17.292, dec. 85/001) • Reducción de tasa patronal jubilatorio (a 0%) para dependientes contratados o reincorporados del seguro de desempleo, a partir de 1/1/01 y que supere el No. de trabajadores a agosto/2000. • Empresa debe tener actividad registrada al 31.8.00 • En esa fecha deben tomarse todos los trabajadores incluidos en la Historia Laboral (incl subsidio de enf.,maternidad, etc.

  7. Cambios en la Tributación en la Seguridad Social • Exoneración de aporte patronal jubilatorio, para empresas unipersonales, cuyo titular tenga entre 18 a 29 años (hasta 31/12/01). Art. 3° • Reducción de aporte patronal rural, por el año 2001. Art. 4°

  8. Cambios en la Tributación en la Seguridad Social Industria de la Construcción - Reducción de tasa de aportación a) Ambito de aplicación: Obras privadas b) Casos comprendidos: - Obras reactivadas - Obras iniciadas a partir del 8/2/01.-

  9. Cambios en la Tributación en la Seguridad Social C) Tasa de aportación: Tasa de AUC: 74,46% CJP 6,00% Total 80,46% Se mantiene el IRP, FRL y complemento de Cuota Mutual

  10. Cambios en la Tributación en la Seguridad Social D) Vigencia: • Obras reactivadas: desde 1/1/01 hasta 31/12/01 • Obras iniciadas en 2001: desde 8/2/01 hasta 31/12/01

  11. Cambios en la Tributación en la Seguridad Social Ley 17345 (COFIS y Rebajas de Aportes) • Reducción aporte patonal al agro.(art.17) Unidad Basica de Contribución: 0,66 o/oo Reducción de 56% del aporte mínimo. Vigencia: 1.6.01

  12. Cambios en la Tributación en la Seguridad Social • Aporte Patronal en la Industria Manufacturera Privada (art. 18): • Se fija en 0% el ap. jubilatorio patronal • Disminuye en 2,5% el aporte patronal del Seguro de Enfermedad. • A los efectos del cálculo de CCM, se tomará como efectivamente aportada la reducción antes mencionada.

  13. Cambios en la Tributación en la Seguridad Social • Aporte patronal en el transporte (art19 ,dec. regl): • Se reduce a 0% el aporte jub. Patronal, para el transporte de carga (art. 270 de la ley 17296) y las empresas de transporte colectivo de pasajeros de líneas urbanas y suburbanas (60 km.) • No se afecta la contribución por Servicio Bonificados • Se ajustan a los art. 4,5,6 y 7 del Dec. 245/000, en relación a la base imponible de act. directas, mixtas y no comprendidas en la reducción.

  14. Cambios en la Tributación en la Seguridad Social • Aporte patronal resto actividades: • Se faculta al P.E. A disminuir hasta un punto porcentual el aporte jubilatorio. • Excepto manufacturera, transporte y rural.

  15. Cambios en la Tributación en la Seguridad Social • AGUINALDO • Se establece en el decreto que determina las fechas de pago del año en curso, que a los efectos de la liquidación de los aportes jubilatorios sobre el aguinaldo a pagar en junio, deben tomarse las alicuotas vigentes al 31/5/01

  16. Seguro de Paro Rural • Se incorporan por el decreto 211/01 a los trabajadores rurales al Seguro de Paro • Condiciones: • para los mensuales un periodo de 12 meses registrados • para jornaleros y por hora: 250 jornales • para los trabajadores de remuneración variable: un mínimo de 12 salarios mínimos • En todos los casos el mínimo de relación laboral es dentro de los 24 meses anteriores

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