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EQUIDAD CONTABILIDAD & TRIBUTACIÓN

EQUIDAD CONTABILIDAD & TRIBUTACIÓN. information without deformation. Reconocimiento de Ingresos y Gastos JUNIO 20, 2013. RUBÉN DEL ROSARIO EXPOSITOR. Reconocimiento de Ingresos y Gastos AGENDA. El devengado contable Ingresos por la venta de bienes Ingresos por la prestación de servicios

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EQUIDAD CONTABILIDAD & TRIBUTACIÓN

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  1. EQUIDAD CONTABILIDAD & TRIBUTACIÓN informationwithoutdeformation

  2. Reconocimiento deIngresos y GastosJUNIO 20, 2013 RUBÉN DEL ROSARIO EXPOSITOR

  3. Reconocimiento de Ingresos y GastosAGENDA • El devengado contable • Ingresos por la venta de bienes • Ingresos por la prestación de servicios • Reglas tributarias de imputación: El devengo • Excepciones tributarias al devengo • Costo y/o gasto para fines tributarios • Aplicación tributaria de la normatividad contable • Referencias jurisprudenciales RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  4. 1. El devengo contable – Hipótesis fundamentalMC, p.22 (NIC 1, p.25) • Los efectos de las transacciones se reconocen cuando ocurren y no cuando se recibe o paga dinero u otro equivalente al efectivo. • Se registran en los libros y se informa sobre ellos en los EF de los periodos relacionados Dinámica del efectivo: Referente, pero no determinante de los efectos económicos RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  5. 1.1 Reconocimiento de los elementos de los estados financierosMC, p.82 • Proceso de incorporación de una partida en el ESF o en el ER • Partida: • Cumplimiento de la definición del elemento • ACTIVO, PASIVO y PATRIMONIO • IINGRESOS y GASTOS • Satisfacción de los criterios de reconocimiento • Implica: • Descripción de la partida • Nomenclatura • Cantidad monetaria RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  6. 1.2 Partida objeto de reconocimientoDefinición del elementoMC, p.83 MEDICIÓN CONFIABLE DEL COSTO O VALOR PROBABILIDAD DEL FLUJO DE LOS BEF RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  7. 1.3 Probabilidad de obtener BEFPronóstico del efectivo y equivalentesMC, p.85 • El concepto de probabilidad se utiliza, en las condiciones para su reconocimiento, con referencia al grado de incertidumbre con que los BEF asociados al mismo llegarán a, o saldrán, de la empresa. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  8. 1.4 Expectativa de realización“Más probable que improbable”MC, p.85 • Ejemplo • Cuando es probable que una partida por cobrar (CxC) vaya a ser cobrada, se justifica, reconocer tal partida como un activo. • No obstante, para buena parte de las CxC, se considera normalmente probable un cierto grado de impago; por tanto, se reconoce un gasto que representa la reducción esperada en los BEF. ACTIVO GASTO RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  9. 1.5 Reconocimiento de IngresosIncremento patrimonial irreversible e irrefutableMC, p.92 • Cuando: • Surge un incremento en los BEF, relacionado con un incremento en los activos o un decremento en los pasivos. • El importe del ingreso puede medirse con fiabilidad. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  10. 1.6 Reconocimiento de Gastos Incremento patrimonial irreversible e irrefutableMC, p.94 • Cuando: • Surge un decremento en los BEF, relacionado con un decremento en los activos o un incremento en los pasivos. • El importe puede medirse con fiabilidad. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  11. 2. Ingresos por la venta de bienesNIC 18, p.14 • Los IAO (Venta de bienes) deben reconocerse y registrarse en los EF cuando se cumplen todas y cada una de las siguientes condiciones: • Transferencia al comprador de riesgos y ventajas significativas, derivados de la propiedad de los bienes; • No se conserva gestión corriente de los bienes vendidos, (grado usualmente asociado con la propiedad), ni se retiene control efectivo sobre los mismos; • Medición confiable del importe; • Probable recepción de los BEF; y • Medición confiable de los costos incurridos o por incurrir, relacionados con la transacción. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  12. 3. Ingresos por la prestación de serviciosNIC 18, p.20 • Cuando el resultado pueda ser estimado con fiabilidad, los IAO se reconocerán, en base al grado de terminación de la prestación final del periodo sobre el que se informa. El resultado puede ser estimado confiablemente cuando se cumplen todas y cada una de las siguientes condiciones: • Medición confiable del importe (IAO); • Probable recepción de los BEF; • Medición confiable del grado de realización de la transacción, al final del periodo sobre el que se informa; y • Medición confiable de los costos ya incurridos, así como los que quedan por incurrir. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  13. 4. Reglas tributarias de imputación: El devengoLIR, 57°, a), 3p INGRESOS GASTOS “Esta norma será de aplicación para la imputación de los gastos.” Aplicación “analógica” DRAE: 4. f. Der. Método por el que una norma jurídica se extiende, por identidad de razón, a casos no comprendidos en ella. • Las R3 se considerarán producidas en el ejercicio comercial en que se devenguen. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  14. 4.1 Devengo¿Concepto tributario? • La LIR: • Reglas de imputación. • Ingresos y Gastos • R3: Devengo • No define el concepto • Excepciones a la regla general • Autonomía en el Derecho Tributario • TF: Devengo contable RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  15. 4.2 DevengoDRAE • Devengo (2) • Der. Momento en el que nace la obligación de pago de un tributo. • Devengar • (Dede-y el lat.vindicāre, atribuirse, apropiarse). • tr. Adquirir derecho a alguna percepción o retribución por razón de trabajo, servicio u otro título. Devengar salarios, costas, intereses. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  16. 4.3 Conformidad de pago: ¿Devengo?RTF 9586-9-2012 (15.06.2012) • La conformidad para el pago es una situación que forma parte del procedimiento pactado por las partes y no un elemento que influya en el devengado. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  17. 4.4 Servicio de auditoría: Criterio jurisprudencialRTF 9586-9-2012 (15.06.2012) - (Cf. RTF 11362-1-2011, 5276-5-2006, y 8534-5-2001) • El gasto incurrido por servicio de auditoría debe ser reconocido en el EG en el que el cliente tiene la posibilidad de emplearlo para los fines por lo cual fue solicitado, esto es con la presentación del informe o dictamen. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  18. 4.5 El Devengo: Criterio de la SUNATINFORME 182-2008-SUNAT/2B0000 2 de octubre de 2008 • La SUNAT indica que conforme a la doctrina en el sistema de los «devengado», también llamado «causado», se atiende únicamente al momento en que nace el derecho al cobro, aunque no se haya hecho efectivo. (…) RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  19. 4.6 El Devengo: Criterio de la SUNAT(Cont.)INFORME 182-2008-SUNAT/2B0000 2 de octubre de 2008 • (…) Dicho de otro modo, la sola existencia de un título o derecho a percibir la renta, independientemente, que sea exigible o no, lleva a considerarla como devengada y por ende imputable a ese EG. (…) RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  20. 4.7 El Devengo: Criterio de la SUNAT(Cont.)INFORME 182-2008-SUNAT/2B0000 2 de octubre de 2008 • (…) Así, para efecto del IRE, resulta irrelevante la fecha en la que se tomo conocimiento de un ingreso, debiéndose considerar la fecha en la que el mismo se devengó. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  21. 4.8 Correlación de ingresos y gastosRTF 4860-5-2009 (26.05.2009) • De la interpretación sistemática de los Arts. 20° y 57° de la LIR, se entiende que el costo vinculado a una R3 generado por una venta se aplicará a la determinación del IR del EG en que dicha operación se considera efectuada. • (…) RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  22. 4.9 Correlación de ingresos y gastos (Cont.)RTF 4860-5-2009 (26.05.2009): CAUSALIDAD TRIBUTARIA • (…) • Así, corresponde deducir el costo de ventas única y exclusivamente cuando el ingreso se reconoce, debiendo reconocerse en el mismo EG, el ingreso y el costo de ventas. • Es así, que si un ingreso no se ha imputado a un EG, su costo tampoco puede imputarse a éste. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  23. 4.10 Imputación tributaria = Devengo contable INGRESOS GASTOS Derecho irrefutable de cobranza Obligación ineludible de pago RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  24. 4.11 Devengo para fines tributarios La LIR no contiene definición El concepto Del devengo Sólo está referido Se presentan Determinadas Excepciones a La imputación RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  25. 5. Excepciones tributarias al devengoEn ejercicio de la autonomía del Derecho Tributario • Gastos de ejercicios anteriores • Ventas a plazos mayores a 12 meses • Gastos condicionados al pago • Amortización de intangibles • Depreciación de bienes leasing • Depreciaciones limitadas (RLIR) • Mermas y desmedros de existencias RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  26. 5.1 Excepciones tributarias al devengoLIR, 57°, 4p: GASTOS DE EJERCICIOS ANTERIORES • Excepción: Gastos de ejercicios anteriores • Circunstancias: • Casos en que debido a razones ajenas al contribuyente no hubiera sido posible conocer un gasto oportunamente y • Siempre que la SUNAT compruebe que su imputación en el ejercicio en que se conozca no implica la obtención de algún beneficio fiscal • Requisitos: • Gastos provisionados contablemente y • Pagados íntegramente antes del cierre. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  27. 5.2 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)LIR, 58°: INGRESOS POR VENTA DE BIENES A PLAZOS MAYORES A UN AÑO • Cómputo a partir de la fecha de la enajenación • Imputables a los EG en los que se hagan exigibles las cuotas convenidas para el pago.  • Determinación del monto del IR exigible en cada EG: • Dividir el IR calculado sobre el íntegro de la operación entre el ingreso total de la enajenación; y • El resultado se multiplica por los ingresos efectivamente percibidos en el ejercicio. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  28. 5.3 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)LIR, 37°, g): AMORTIZACIÓN DE INTANGIBLES (1) • Gastos comprendidos: • De organización • Pre-Operativos iniciales • Pre-Operativos por expansión de actividades • Intereses devengados – Pre-Operativo • Opción del contribuyente: • Deducción en el 1er. EG (100%): ó • Amortización proporcional en 10 años (Máximo). • 10% ó más  RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  29. 5.4 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)LIR, 44°, g): AMORTIZACIÓN DE INTANGIBLES (2) • Amortización no deducible: • Llaves, marcas, patentes, procedimientos de fabricación, juanillos y otros activos intangibles similares. • Intangibles aportados. • Amortización deducible: • Precio pagado por activos intangibles de duración limitada • Opción del contribuyente: • Gasto en un solo ejercicio (100%); o • Amortización proporcional en 10 años (10%). RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  30. 5.5 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)LIR, 39°: DEPRECIACION DE EDIFICIOS Y CONSTRUCCIONES • Tasa fija: 5% anual • Depreciación contable: • MAYOR • Adición tributaria al resultado contable • Activo tributario diferido • MENOR: • Deducción tributaria del resultado contable • Pasivo tributario diferido RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  31. 5.6 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)D.LEG. 299, 18°: DEPRECIACION DE BIENES (ARRENADMIENTO FINANCIERO) • Bienes objeto de arrendamiento financiero • Activo fijo del arrendatario • Registro contable según NIC • Depreciación: LIR • Excepción: % Máximo Anual • En función de años contractuales • Características del contrato: • Objeto exclusivo: Costo o gasto (LIR) • Exclusivo para la actividad empresarial • Duración mínima del contrato • 2 años: Muebles (50% Máximo) • 5 años: Inmuebles (20% Máximo) • Opción de compra: Sólo al final del contrato RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  32. 5.7 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)LIR, 20°, 7p: INTERESES NO CAPITALIZABLES • Costo computable de los bienes enajenados: • Adquisición • Producción o construcción • Valor de ingreso al patrimonio • Valor en el último inventario (conforme a ley) • Más: • Costos posteriores (Normas contables) • ACM tributario. • En ningún caso los intereses formarán parte del costo computable. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  33. 5.8 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)LIR, 61°, e): DIFERENCIAS DE CAMBIO CAPITALIZADAS - EXISTENCIAS • Las DC originadas por pasivos en ME relacionados y plenamente identificables • Inventarios a la fecha del BG: • En existencia, o • En tránsito • Deben afectar el VN de los inventarios correspondientes. • Imposibilidad de identificación • DC debe afectar los resultados del ejercicio.  RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  34. 5.9 Excepciones tributarias al devengo (Cont.)LIR, 61°, f): DIFERENCIAS DE CAMBIO CAPITALIZADAS - ACTIVOS FIJOS • Las DC originadas por pasivos en ME • Deben afectar el costo del activo • Relacionadas con AF u otros activos permanentes a la fecha del balance general: • Existentes, o • En tránsito • También aplicable cuando la DC esté relacionada con los pagos efectuados en el EG. • La depreciación de los activos así reajustados por DC, se hará en cuotas proporcionales al número de años que falten para depreciarlos totalmente.  RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  35. 6. Costo y gasto para fines tributarios Aplicabilidad INMEDIATA A Los resultados = COSTO GASTO OBTENCIÓN INMEDIATA DE B.E.F. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  36. 6.1 Costo • Inversión (desembolso o compromiso), acompañada de la expectativa y probabilidad de obtener BEF. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  37. 6.2 Gasto • Desembolso o compromiso, satisfactorios de una necesidad o beneficio inmediato. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  38. 6.3 “Costo” transformado en “Gasto” NIC 2, p.34 Reconocimiento como un gasto 34. Cuando las existencias sean enajenadas, el importe en libros de las mismas se reconocerá como un gasto del ejercicio en el que se reconozcan los correspondientes ingresos ordinarios. COSTO GASTO RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  39. 6.4 A igual efecto económico, igual tratamiento tributario • Ingreso Bruto (-) Descuentos … • Ingreso Neto (-) Costo Computable • Renta Bruta (-) Gastos Deducibles • Renta Neta IGUAL EFECTO ECONOMICO RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  40. 7. Aplicación tributaria de la normatividad contableRIR, 33° • La contabilización de operaciones bajo PCGA, puede determinar, por la aplicación de las normas contenidas en la Ley, diferencias temporales y permanentes en la determinación de la renta neta. (…) RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  41. 7.1 Aplicación tributaria de la normatividad contable Las formas no alteran la deducciónRLIR, 33º • (…) En consecuencia, salvo que la LIR o el RIR condicione la deducción al registro contable, la forma de contabilización de las operaciones no originará la pérdida de una deducción. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  42. 7.2 Aplicación tributaria de la normatividad contable Ajuste Extra-Contable: Vía DJRLIR, 33º • Las diferencias temporales y permanentes obligarán al ajuste del resultado según los registros contables, en la DJ. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  43. 7.3 Aplicación tributaria de la normatividad contable Autorización reglamentaria de la LIRRLIR, 11º, g) • Determinación del costo computable de los bienes o servicios • ACM • NIC • PCGA RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  44. 7.4 Aplicación tributaria de la normatividad contable Aplicación Supletoria de las Normas ContablesRLIR, 11º, g) • “… en tanto no se opongan a lo dispuesto en la Ley y en este Reglamento.” RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  45. 8. Referencias jurisprudencialesAPLICACIÓN TRIBUTARIA DEL DEVENGO CONTABLERTF 17135-8-2010 (28.12.2010) - Cf. RTF 8534-5-2001 • Resulta apropiada la utilización de la definición contable del Principio del Devengado, a efecto de establecer la oportunidad en la que deben imputarse los ingresos y los gastos a un ejercicio determinado RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  46. 8.1 Referencias jurisprudenciales (Cont.)Gastos devengados por segurosRTF 7056-8-2012 (9.05.2012) • Los pagos por pólizas de seguro sólo podrán ser considerados como gasto en la parte correspondiente a la cobertura del periodo comprendido entre la vigencia del contrato y el 31 de diciembre. • RTF 13951-4-2009 y 5576-3-2009 RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  47. 8.2 Referencias jurisprudenciales (Cont.)Gastos devengados por segurosRTF 7056-8-2012 (9.05.2012) • De las propias facturas se aprecia que los servicios fueron prestados durante un ejercicio, pero registrados como ingresos del ejercicio posterior dado la fecha de emisión de tales comprobantes. RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  48. EQUIDAD CONTABILIDAD & TRIBUTACIÓN Gracias por su atención RUBÉN DEL ROSARIO

  49. ABREVIATURAS UTILIZADAS • ACM : Ajuste por Corrección Monetaria • AF : Activo Fijo • ARSP : Acta de Reunión de Sala Plena • AT : Administración Tributaria • ATD : Activo Tributario Diferido • BEF : Beneficios Económicos Futuros • BF : Base Fiscal • BG : Balance General • BV : Boleta de Venta • CC : Costo computable • CNC : Consejo Normativo de Contabilidad • CP : Comprobante de Pago • CT : Código Tributario • DA : Depreciación Acumulada • DC : Diferencia de Cambio • DJ : Declaración Jurada • DOEP : Diario Oficial “El Peruano” • DRAE : Diccionario de la Real Academia Española DS : Decreto Supremo • DT : Diferencia Temporal • DTD : DT Deducible • DTG : DT Gravable • EF : Estados Financieros • EG : Ejercicio Gravable • ER : Estado de Resultados • ESF : Estado de Situación Financiera • GB : Ganancia Bruta • GC : Gasto corriente • GD : Gasto Diferido • GEA : Gastos de ejercicios anteriores • IFD : Instrumentos Financieros Derivados • IG3 : Ingresos Gravables de la Tercera Categoría • IGV : Impuesto General a las Ventas • IM : Interés Moratorio • IME : Inmuebles, Maquinaria y Equipo • IN : Ingresos Netos • IAO : Ingresos por actividades ordinarias • IRE : Impuesto a la Renta Empresarial • JOO : Jurisprudencia de Observancia Obligatoria • LGS : Ley General de Sociedades RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

  50. ABREVIATURAS UTILIZADAS (Cont.) • LGSF : Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros Orgánica • LIR : Ley del Impuesto a la Renta • LP : Largo plazo • MC : Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de los EF • ME : Moneda Extranjera • MEF : Ministerio de Economía y Finanzas • MN : Moneda Nacional • NIC : Norma Internacional de Contabilidad • NIIF : Norma Internacional de Información Financiera • OT : Obligación tributaria • PC : Pagos a cuenta del IR • PCC : Procedimiento de Cobranza Coactiva • PCGE : Plan Contable General Empresarial • PDT : Programa de Declaración Telemática • PTD : Pasivo Tributario Diferido • PTU : Participación de los Trabajadores en las Utilidades • TUO : Texto Único Ordenado • R3 : Rentas de Tercera Categoría • RB : Renta Bruta • RLIR : Reglamento de la LIR • RM : Resolución Ministerial • RNI : Renta Neta Imponible • RS : Resolución de Superintendencia • RTF : Resolución del Tribunal Fiscal • RC : Registro de Compras • RV : Registro de Ventas • SBS : Superintendencia de Banca y Seguros • SF : Sistema Financiero • SUNAT : Superintendencia Nacional de Administración Tributaria • TC : Tasa o Tipo de Cambio • TF : Tribunal Fiscal • TUO : Texto Único Ordenado • USD : Dólares de los Estados Unidos de Norte América • VL : Valor en Libros o Importe en Libros • VM : Valor de Mercado • VN : Valor Neto • VNR : Valor Neto Realizable RECONOCIMIENTO DE INGRESOS Y GASTOS

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