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República de Colombia

República de Colombia. SITUACIÓN DEL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS EN COLOMBIA. Entidades Entidades encargadas de la fiscalización y/o control; en materia de procedimientos de almacenamiento, manipulación, manejo y transporte de mercancías peligrosas.

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Presentation Transcript


  1. República de Colombia

  2. SITUACIÓN DEL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS EN COLOMBIA

  3. Entidades Entidades encargadas de la fiscalización y/o control; en materia de procedimientos de almacenamiento, manipulación, manejo y transporte de mercancías peligrosas. Los Organismos que controlan y fiscalizan el almacenamiento, manipulación, manejo y transporte de mercancías Peligrosas en Colombia son: Las entidades que dentro de sus funciones tiene el control y la fiscalización de sustancias especificas son: •  CLASE 1 Explosivos, El Ministerio de Defensa Nacional reglamenta el transporte, manejo, uso y comercialización. •  CLASE 2 Gases Inflamables, El Ministerio de Minas y Energía, la Superintendencia de Servicios Públicos y la Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG reglamentan el transporte, manejo, uso y comercialización. •  CLASE 3 Líquidos Inflamables El Ministerio de Minas y Energía reglamentan el transporte, manejo, uso y comercialización. •  CLASE 6 Sustancias Tóxicas e Infecciosas El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y El Ministerio de Salud reglamentan el transporte, manejo, uso y comercialización. •  CLASE 7 Materiales Radiactivos, El Ministerio de Minas y Energía y el Instituto Colombiano de Geología y Minería INGEOMINAS reglamentan el transporte, manejo, uso y comercialización.

  4. Para todas las mercancías peligrosas en general, las entidades que tiene injerencia en el control y fiscalización, son: Importaciones y exportaciones •  Ministerio de Comercio Exterior - Dirección Nacional de Comercio Exterior •  Ministerio de Hacienda y Crédito Publico - Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Transporte en todos los modos •  Ministerio de Transporte - Policía de Carreteras •  Ministerio de Transporte - Policía Fluvial •  Ministerio de Transporte - Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - Policía Aeroportuaria. •  Ministerio de Transporte - Dirección General Marítima • • Ministerio de Defensa Nacional - DIMAR •  Ministerio de Transporte - Dirección General de Transporte Fluvial - Inspecciones Fluviales

  5. Precursores químicos y sustancias químicas de uso restringido • Ministerio de Justicia y del Derecho - Dirección Nacional de Estupefacientes •  Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional - Policía Antinarcoticos • Sustancias Químicas (Plaguicidas) y productos químicos farmacéuticos • Ministerio de Salud - Grupo Protección de la Salud •  Ministerio de Salud - Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y alimentos INVIMA. • Ministerio de Salud - Instituto Nacional de Salud INS. •  Secretarias Departamentales, Distritales y Municipales de Salud •  Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - Instituto Nacional Agropecuario ICA • Combustibles líquidos, gases y derivados del petróleo • Ministerio de Minas y Energía - Dirección General de Hidrocarburos •  Ministerio de Minas y Energía - INGEOMINAS, •  Superintendencia Nacional de Servicios Públicos •  Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG

  6. El Ministerio de Medio Ambiente tiene dentro de sus funciones el control sobre todos los materiales peligrosos que se manipulen y transporten dentro del territorio Nacional. Cada una de las entidades públicas relacionadas anteriormente, tienen unos criterios definidos y unos procedimientos implementados con el fin de establecer el control de las mercancías peligrosas que están dentro del ámbito de aplicación de su competencia, estos entes tienen programas de capacitación con el fin de entrenar sobre los procedimientos de control y fiscalización a sus funcionarios, de acuerdo con la mercancía establecida.

  7. PREMISAS BÁSICAS PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS Nadie puede presentar ni aceptar para transporte, mercancías peligrosas que no estén correctamente clasificadas, embaladas, envasadas, marcadas, etiquetadas, rotuladas, descritas y certificadas en un documento de transporte y que no se hallen en las condiciones de transporte prescritas en la reglamentación.

  8. Ministerio de Transporte República de Colombia POLITICA GENERAL PARA EL MANEJO Y TRANSPORTE SEGURO DE MERCANCIAS PELIGROSAS EN COLOMBIA MINISTERIOS DE TRANSPORTE Y AMVDT QUE SE PRETENDE ? Velar por la seguridad de la población y el medio ambiente frente a los riesgos derivados del transporte y manejo de materiales peligrosos en Colombia.

  9. REGLAMENTO INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS PELIGROSAS CONSEJO ECONOMICO Y SOCIAL DE LAS NU OIEA (Viena) UN Comité de Expertos de NU (Ginebra) ICAO IMO ECE UPU Reglamento para el Transporte Seguro de Materiales Radiactivos (Clase 7) Recomendaciones para el Transporte de Mercancías Peligrosas (Clases 1-6 & 8-9) Acuerdos Regionales/Europeos sobre el transporte por carretera, ferrocarril y por aguas interiores Ministerio de Transporte República de Colombia Ministerio de Transporte República de Colombia

  10. OBJETIVO Implementar un sistema que permita asegurar que el manejo y la movilización de materiales considerados internacionalmente como peligrosos, por el potencial daño que puede ocasionar a la población y al medio ambiente, se realice en condiciones tales que minimicen riesgos y contaminación.

  11. MERCANCIA PELIGROSA Elementos ya sean en estado líquido, sólido o gaseoso, cuya naturaleza y composición son nocivos y que durante su fabricación, manejo, transporte, almacenamiento o uso, pueden generar o desprender polvos, radiaciones ionizantes, humos, gases, líquidos, vapores o fibras infecciosas, irritantes, inflamables, explosivas, corrosivas, asfixiantes, tóxicas o de otra naturaleza peligrosa, que representan un peligro para la vida de las personas, animales y los recursos naturales.

  12. LEGISLACION COLOMBIANA EN MATERIA NUCLEAR

  13. ORDEN JERARQUICO LEY DECRETO RESOLUCION

  14. Resolución 18-0632 de junio 28/02 del MinMinas – Delegación de funciones al INGEOMINAS. Resolución 0189 De 1994 del Ministerio del Medio Ambiente - Regulaciones que Impiden Introducción al Territorio Nacional de Residuos Peligrosos. Resolución 18-1434 de 2002 del Minsiterio de Minas y Energía - Norma Básica de Protección Radiológica. Resolución 18 1682 de 2005 del MinMinas – Reglamento de transporte seguro de material radiactivo

  15. GARANTIZAR EL TRANSPORTE SEGURO DE MERCANCIAS PELIGROSAS NORMALIZACIÓN TÉCNICA REGLAMENTO DE TRANSPORTE INSPECCIÓN VIGILANCIA CONTROL CAPACITACIÓN DIVULGACIÓN SENSIBILIZACIÓN EMPRESAS DE TRANSPORTE CONDUCTORES DESTINATARIOS AUTORIDADES DE CONTROL SECTOR POBLACIÓN MEDIO AMBIENTE

  16. El Ministerio de Transporte mediante convenio con el ICONTEC elaboró veintidós (22) Normas Técnicas Colombianas: • Condiciones de transporte, requisitos generales y específicos. • Clasificación e identificación del vehículo y la carga. • Documentos para el transporte. • Envases/embalajes para cada clase. (Modos de Transporte).

  17. REGLAMENTO PARA EL MANEJO Y TRANSPORTE DE MERCANCIAS PELIGROSAS(DECRETO 1609 DE JULIO 31 DE 2002) • OBJETIVO: Establecer los requisitos técnicos y de seguridad para el manejo y transporte de M.P, con el fin de minimizar riesgos, garantizar seguridad. • ALCANCE: Transporte terrestre y las operaciones de preparación, envío, cargue, seguridad en envases y embalajes, segregación, transbordo, trasiego, almacenamiento, descarga y manipulación.

  18. CONTENIDO DEL DECRETO 1609

  19. CLASIFICACIÓN DE MP • Clase 1: Explosivos (NTC 3966) • Clase 2: Gases (NTC 2880) • Clase 3: Líquidos inflamables (NTC 2801) • Clase 4: Sólidos inflamables (NTC 3967) • Clase 5: Sustancias comburentes y Peróxidos orgánicos (NTC 3968) • Clase 6: Sustancias tóxicas e infecciosas (NTC 3969) • Clase 7: Sustancias radiactivas (NTC 3970) • Clase 8: Sustancias corrosivas (NTC 3971) • Clase 9: Sustancias peligrosas varias (NTC 3972)

  20. CLASIFICACIÓN DE MP

  21. 8 ROTULADO Y ETIQUETADO DE EMBALAJES Y ENVASESNTC 1692. • Identificación del vehículo y la carga • Rótulos fijos para tanques y removibles • Ubicados en la parte lateral a 2m de distancia y altura media

  22. SEÑALIZACION DE VEHÍCULOS 1402 1402 1402

  23. REQUISITOS GENERALES PARA EL TRANSPORTE • Elementos básicos para atención de emergencias: • Extintor de incendios • Ropa protectora • Linterna • Botiquín • Equipo para recolección • Material absorbente

  24. REQUISITOS GENERALES PARA EL TRANSPORTE • Disposición de la carga en el vehículo y dispositivos. • Sistema eléctrico • Dos extintores • Dispositivo sonoro • Cargue y descargue para cilindros • No circular con mas de un remolque o semiremolque • No estacionar en zonas residenciales

  25. ASPECTOS POR REGLAMENTAR • Curso básico obligatorio de capacitación para conductores de vehículos. • Tarjeta de registro nacional para el transporte de m.p. • Procedimientos para la evaluación de la conformidad, las pruebas de ensayo y marcado de los envases/embalajes.

  26. EMPRESA DE TRANSPORTE PROPIETARIO VEHÍCULO CONDUCTOR CADENA PRODUCTIVA DEL TRANSPORTE Ministerio de Transporte República de Colombia MOVILIZACIÓN DE MERCANCÍAS ORIGEN DESTINO REMITENTE DE LA CARGA DESTINATARIO DE LA CARGA USUARIO DEL SERVICIO USUARIO DEL SERVICIO EQUIPO PRESTADOR DEL SERVICIO

  27. REMITENTE • Poseer un programa de capacitación • No despachar en la misma unidad de transporte personas, animales, alimentos • Elaborar y entregar al conductor la T.E • Entregar al transportador la carga etiquetada • Implementar el Plan de Contingencia • Programa de seguridad y plan de contingencia para la disposición final de residuos y desechos peligrosos.

  28. EMPRESA TRANSPORTADORA • Exigir al remitente la carga etiquetada, rotulada, embalada y envasada • Garantizar la identificación de las unidades de transporte • Garantizar la Dotación de los vehículos propios y vinculados del equipo de protección para atención de emergencias • Elaborar o contratar el curso de capacitación para conductores • Sistema de información estadístico • Exigir al remitente la T.E

  29. CONDUCTOR • Debe poseer el certificado del curso básico obligatorio de capacitación. • Debe inspeccionar el vehículo y la unidad que este en perfectas condiciones. • Leer y colocar en un lugar visible de la cabina del vehículo las T.E. • No transportar en la misma unidad personas, animales, medicamentos. • Por ningún motivo el conductor y auxiliar deberán abrir un embalaje/envase.

  30. SISTEMA DE CONTROL

  31. PROCESO DE CONTROL Y VERIFICACIÓN Ministerio de Transporte República de Colombia Ministerio de Transporte República de Colombia Control Administrativo Generación de Políticas Ministerio de Transporte Superintendencia de Puertos y Transporte Policía de Carreteras Control Operativo

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