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¿CÓMO ABRO UNA EMPRESA?

¿CÓMO ABRO UNA EMPRESA?. EL QU É , CÓMO, CUÁNDO Y DÓNDE. POR: ESTEFANIA CERVANTES JUAN SANTIAGO CALDERÓN JUAN JACOBO NÁJERA DAVID GARCÍA. ¿Qué es un empresa?. Una empresa es una organización o institución dedicada a actividades o persecución de fines económicos o comerciales.

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¿CÓMO ABRO UNA EMPRESA?

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Presentation Transcript


  1. ¿CÓMO ABRO UNA EMPRESA? • EL QUÉ, CÓMO, CUÁNDO Y DÓNDE. • POR: • ESTEFANIA CERVANTES • JUAN SANTIAGO CALDERÓN • JUAN JACOBO NÁJERA • DAVID GARCÍA

  2. ¿Qué es un empresa? • Una empresa es una organización o institución dedicada a actividades o persecución de fines económicos o comerciales. • “Una empresa es un sistema que interacciona con su entorno materializando una idea, de forma planificada, dando satisfacción a demandas y deseos de clientes, a través de una actividad económica".

  3. EMPRESA - EMPRESARIO - SIGNIFICADO • “Empresa”, tiene mucho que ver con la decisión de acometer, emprender alguna tarea difícil con el coraje, la valentía, la resolución y la obstinación de llevar a cabo tal propósito. • “Empresario”, es quien emprende con resolución acciones dificultosas” y Emprendimiento será la acción y efecto de emprender, por lo que la Empresa es el resultado de las acciones del emprendedor, lo que hace el emprendedor.

  4. EMPRESAS EN MÉXICO(REGISTRADAS EN EL SIEM) • SIEM: Sistema de Información Empresarial Mexicano. • El SIEM es el Sistema de Información Empresarial Mexicano el cual integra un registro completo de las empresas existentes desde una perspectiva pragmática y de promoción, accesible a confederaciones, autoridades, empresas y público en general, vía internet.

  5. OBJETIVOS DEL SIEM • Constituirse en la base común de información para los programas de promoción de la Secretaría de Economía. • Consolidarse como el sistema central de información empresarial de cobertura nacional, así como en un vinculo de información con sistemas externos, tanto nacionales como extranjeros. • Integrarse en una base de datos de cobertura nacional y de fácil acceso. • Propiciar la oportuna difusión e intercambio de la información contenida en el mismo. • Mantener al país dentro de los adelantos técnico-informático al servicio de los promotores de la actividad económica del país. • Apoyar la generación de estudios estadístico-económico. • Ser un sitio de consulta de información empresarial para promoción de negocios. • Constituirse como un centro virtual de negocios, en promoción de la micro, pequeñas y medianas empresas.

  6. ATENCIÓN: • Las siguiente tabla contiene datos que tal vez para toda aquella persona que piense en abrir una empresa pueden llegar a ser fuertes, ya que representan el panorama real de competitividad a la que se enfrentará, sea cual sea su campo.

  7. NÚMERO DE EMPRESAS EN MÉXICO

  8. TIPO DE EMPRESAS EN MÉXICO

  9. EMPRESAS EN EL D.F. TRAMITES PARA PODER ABRIR UNA EMPRESA EN MEXICO DISTRITO FEDERAL.

  10. Un negocio, para que exista como tal, realiza cotidianamente actos de comercio, entendiendo estos, no como la simple compra-venta, sino como una gama infinita de posibilidades, las cuales se encuentran establecidas en el Código de Comercio.

  11. DEFINIR EL GIRO O ACTIVIDAD • Lo primero de todo es definir el giro o actividad del negocio/empresa que deseamos iniciar, ya que de ello dependerán algunos de los trámites a realizar, y será fundamental para el momento en que nos registremos ante el Sistema de Administración Tributaria (SHCP), que será la base para nuestras obligaciones fiscales.

  12. ELEGIR EL NOMBRE Y EL LOGOTIPO • Esto será la identificación de la empresa, para el nombre es necesario tener 5 opciones ya que es lo que nos solicitan para constituir la sociedad, y deben revisar que no haya un nombre igual ya registrado. • El nombre de una empresa deberá tener al menos las siguientes características: • Deberá ser corto. Que sea representativo de nuestra actividad y/o productos. Fácil de pronunciar y recordar. Original (para evitar similitudes) con otros existentes

  13. UBICACIÓN DE LA EMPRESA • Es necesario contar ya con la dirección en donde vaya a estar la empresa para registrarla al hacer los trámites. El lugar dependerá según las necesidades de la futura clientela, un factor fundamental para el éxito de este.

  14. PERMISO Y CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD • Esto es necesario en el caso de Personas Morales (empresas) y lo primero que deberá hacerse es obtener el Permiso para la Constitución de Sociedades, en la Secretaria de Relaciones Exteriores, utilizando el formato “Solicitud de permiso de Constitución de Sociedad” • La sociedad se deberá tramitar mediante un Notario Público, para que elabore el acta constitutiva y ya que esté debidamente requisitada, esto es que cumpla con todos los requerimientos necesarios, finalmente deberá obtenerse el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.

  15. La duración de este trámite, dependerá de la fecha en que se haga y de la notaria seleccionada, pero puede variar entre 15 y 25 días en promedio.

  16. Todas las sociedades a que hace mención dicho cuadro tienen como requisitos generales para su constitución los siguientes puntos: • Las sociedades se constituyen ante notario y en la misma forma se hacen constar sus modificaciones. La escritura constitutiva de una sociedad debe contener: • Los nombres, nacionalidades y domicilio de las personas físicas o morales que constituyan la sociedad. • El objeto de la sociedad. • Su razón social o denominación. • Su duración. • El importe del capital social.

  17. La expresión de lo que cada socio aporte en dinero o en otros bienes; el valor atribuido a éstos y el criterio seguido para su valorización. Cuando el capital sea variable, así se expresará, indicándose el mínimo que se fije. • El domicilio de la sociedad. • La manera conforme a la cual ha de administrar la sociedad y las facultades de los administradores. • El nombramiento de los administradores y la designación de los que han de llevar la firma social. • La manera de ejercer la distribución de las utilidades y pérdidas entre los miembros de la sociedad. • El importe del fondo de reserva. • Los casos en que la sociedad ha de disolverse con anticipación. • Las bases para practicar la liquidación de la sociedad y el modo de proceder a la elección de los liquidadores, cuando no han sido designados con anticipación.

  18. INSCRIPCIÓN AL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES • Uno debe inscribirse en el régimen que mas convenga, según las actividades que va a realizar nuestra empresa.

  19. REGISTRO EMPRESARIAL ANTE EL IMSS Y EL INFONAVIT • En el caso de que se contraten trabajadores se debe registrar como patrón ante el IMSS y el INFONAVIT y este trámite lo tenemos que hacer en la delegación del IMSS que nos corresponda, en donde nos informarán de la documentación y requisitos necesarios para nuestro registro. • La inscripción debe hacerse dentro de un plazo no mayor de cinco días de iniciadas las actividades. Al patrón se le clasificará de acuerdo con el Reglamento de Clasificación de Empresas y denominación del Grado de Riesgo del Seguro del Trabajo, base para fijar las cuotas que deberá cubrir.

  20. ALTA EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN EMPRESARIAL MEXICANO • Este trámite es obligatorio y lo deberemos hacer ante la Cámara de Comercio a la cual pertenezca nuestro negocio.

  21. REQUISITOS EN DISTRITO FEDERAL En el caso del Distrito Federal, la Cámara Nacional de la Industria de la Transformación (Canacintra), Canaco y Canirac cuentan con ventanillas únicas de gestión, las que pueden actuar como auxiliar a la hora de realizar un papeleo ante las instancias correspondientes.

  22. PERMISO DEL USO DEL SUELO • Se debe tener es un certificado de zonificación. Este documento se obtiene en la ventanilla única de cada Delegación, o bien directamente en la Secretaría de Desarrollo Urbano; el costo de este certificado es de $630 pesos. • Para obtener el certificado se debe entregar copia de una identificación oficial y copia de la última boleta predial. • El tiempo de entrega del certificado es aproximadamente de cinco días hábiles.  • El interesado cuenta con dos años para concluir con el proceso para abrir su establecimiento.

  23. AVISO DE DECLARACIÓN DE APERTURA • La Declaración de Apertura no tiene vigencia. Mientras el establecimiento no cambie de giro no es necesario renovar este documento. Sin embargo, cuando se va a cerrar se tiene que dar aviso de que se cierra o de que se traspasa. • Para realizar su Declaración de Apertura de Establecimientos Mercantiles vía Internet puede ingresar a http://www.apertura.df.gob.mx/. El trámite es gratuito y una vez que ha llenado la forma en internet y ésta le ha sido autorizada (con un sello digital) deberá firmarla y ponerla a la vista en su establecimiento. • En caso de que decida cerrar el establecimiento, deberá hacer un aviso de traspaso en el que conste el acuerdo de voluntades y presentar los nuevos datos del titular. El uso de suelo se mantiene vigente.

  24. LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO • Hay algunos comercios para los que no basta la Declaración de Apertura, sino que requieren una licencia de funcionamiento, principalmente aquellos que tienen venta de bebidas alcohólicas. • La licencia de funcionamiento tiene vigencia de tres años pero se revalida.

  25. ANUNCIO EXTERIOR • Una vez que ya se han realizado todos los trámites anteriores se debe solicitar el permiso o licencia de anuncio. Este trámite se lleva acabo en la ventanilla única de cada delegación. • El costo y tiempo para autorizar el anuncio depende de sus dimensiones y el tipo de anuncio; puede ser adherido, soportado, luminoso, etc.El tipo de anuncio depende de la particularidad de cada zona y de las necesidades de cada negocio.  

  26. ANTES DE INICIAR OPERACIONES 1) Alta en el Censo mediante declaración censal. • Se declara la Administración Tributaria el inicio de la actividad. • Para el alta censal hay que acudir a la delegación de la Agencia Tributaria del domicilio fiscal. Modelo 036 o 037 y fotocopia del DNI.

  27. 2) Afiliación y alta de los trabajadores a la Seguridad social (antes de iniciar la prestación servicios). • Los empresarios están obligados a solicitar la afiliación de aquellos trabajadores que no estuvieran afiliados previamente. También están obligados a comunicar el alta del trabajador motivada por el inicio de la prestación de servicios. • Se tramita en la Tesorería Territorial de la Seguridad Social. Hay que presentar el modelo TA-1, modelo TA-2/5 y documentación identificativa del trabajador y del empresario.

  28. 3) Legalización del libro de visitas (Antes del inicio de la actividad y de la contratación de los trabajadores). • Es obligatorio que todas las empresas tengan sellado un libro de visitas por cada centro de trabajo a disposición de los funcionarios de la Inspección de Trabajo. Este libro debe conservarse durante cinco años. Puede ser electrónico. • Se tramita en la Inspección provincial de Trabajo y de Seguridad Social. Hay que cumplir lo establecido en la resolución de la Inspección de Trabajo y de Seguridad Social de 11 abril de 2006.

  29. 4) Alta del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). • Es el impuesto que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local. SE exime de este impuesto a las personas físicas y a las sociedades cuyo importe neto de cifra de negocios sea inferior a un millón de euros. • Se tramita en la delegación de la agencia Estatal de la Administración Tributaria. Hay que presentar el modelo oficial y el DNI O NIF.

  30. 5) Alta del empresario o profesional den el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). • El trabajador es responsable directo de solicitar su alta. Quedan exceptuados de esa obligación los colegiados que opten por incorporarse a la Mutualidad de previsión social que pudiera tener establecida en su Colegio Profesional. • Se tramita en la Tesorería Territorial de la Seguridad Social. Hay que presentar el modelo TA-1 o la tarjeta de la Seguridad Social, modelo TA 0521, DNI, NIF y declaración censal del inicio de la actividad.

  31. 6) Comunicación de apertura del centro de trabajo. • Debe ser presentada al inicio de la actividad o con su reanudación tras efectuar alteraciones, ampliaciones o modificaciones, cualquiera que sea la actividad que realice y con independencia de las comunicaciones que deban efectuarse. • Se tramita en la conserjería correspondiente. Hay que presentar el impreso oficial por cuadriplicado con los datos de la empresa, el centro de trabajo, la plantilla y la actividad que se desarrolle y plan de prevención de riesgos.

  32. 7)Formalizaciónción de los contratos de trabajo. • Los empresarios están obligados a comunicar al Servicio Público de Empleo el contenido de los contratos de trabajo que celebren o las prórrogas de los mismos, deban o no formalizarse por escrito. • Se tramita en las oficinas del Instituto Nacional de Empleo.

  33. 8)Inscripción en el padrón de Impuesto Sobre Nóminas. • Otra obligación al contratar trabajadores, será el de contar con el registro ante el padrón de Impuesto Sobre Nóminas y lo deberemos realizar ante la Secretaria de Finanzas de nuestra localidad .

  34. EMPRESAS DE LA COMUNICACIÓN • MARCAS

  35. MARCA 1.- Definición de conceptos • -Derechos autor • -Patente • -Marca • 2.- Marca Una marca es todo signo visible que se utiliza para distinguir e individualizar un producto o un servicio de otros de su misma clase o especie.

  36. 3.- Pasos para registrar una marca • -Llenar solicitud del IMPI • -Realizar deposito bancario • -Presentar la solicitud del IMPI y el comprobante de pago en el IMPI 4.- Derecho de autor El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores. • -Derechos patrimoniales • -Derechos conexos • -Derecho morales La legislación mexicana indica la protección de 100 años

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