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OBJETIVOS Y FUNCIONES

OBJETIVOS Y FUNCIONES. La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria es un organismo descentralizado creado en 1995 por la Ley 24.521 de Educación Superior. En cumplimiento de sus fines la CONEAU debe realizar: Evaluaciones externas , de las instituciones universitarias.

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OBJETIVOS Y FUNCIONES

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Presentation Transcript


  1. OBJETIVOS Y FUNCIONES • La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria es un organismo descentralizado creado en 1995 por la Ley 24.521 de Educación Superior. • En cumplimiento de sus fines la CONEAU debe realizar: • Evaluaciones externas, de las instituciones universitarias. • Acreditación periódica de carreras de grado, cuyos títulos correspondan a profesiones reguladas por el Estado. • Acreditación periódica de carreras de posgrado de especialización, maestría y doctorado. • Dictaminar enlo relativo a la puesta en marcha de nuevas instituciones universitarias nacionales. • Dictaminar enlo relativo al otorgamiento de la autorización provisoria y reconocimiento definitivo de las instituciones universitarias privadas. • Dictaminar sobre elreconocimiento de las entidades privadas que se constituyan con fines de evaluación y acreditación de instituciones universitarias.

  2. Dictaminar sobre el reconocimiento de las entidades privadas que se constituyen con fines de evaluación y acreditación de instituciones universitarias, de conformidad con la reglamentación fijada por el MCyE con respecto a la naturaleza y forma de constitución de dichas entidades.

  3. Dictaminar sobre la base de evaluaciones de los proyectos respectivos, en lo relativo a la puesta en marcha de nuevas instituciones universitarias nacionales y el reconocimiento de las provinciales.

  4. Dictaminar en lo relativo al otorgamiento de la autorización provisoria y reconocimiento definitivo de las instituciones universitarias privadas.

  5. Acreditación periódica de especializaciones, maestrías y doctorados, conforme con los estándares que establezca el MCyE en consulta con el Consejo de Universidades.

  6. Acreditación periódica de carreras de grado, cuyos títulos corresponden a profesiones reguladas por el Estado, tal como lo determine el MCyE en acuerdo con el Consejo de Universidades.

  7. Evaluaciones externas, que tendrán lugar cada seis años y se llevarán a cabo en el marco de los objetivos definidos por cada institución. Son complementarias de las autoevaluaciones que efectúen los establecimientos para analizar sus logros y dificultades y sugerir medidas orientadas al mejoramiento de la calidad. Tienen como principal objetivo asistir a las instituciones en sus propuestas de mejoramiento de la calidad.

  8. ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTOS La CONEAU está integrada por DOCE miembros de reconocida jerarquía académica y científica, con experiencia en la gestión universitaria. Ejercen sus funciones a título personal, con independencia de criterio y sin asumir la representación de ninguna institución. Los miembros de la CONEAU son designados por el PEN a propuesta de los siguientes organismos y en la cantidad que en cada caso se indica. Tres por el Consejo Interuniversitario Nacional Uno por el Consejo de Rectores de Universidades Privadas Uno por la Academia Nacional de Educación Tres por el Senado de la Nación Tres por la Cámara de Diputados de la Nación Uno por el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación Los miembros de la CONEAU son designados por cuatro años, con renovación parcial cada dos. Su Presidencia y Vicepresidencia son ejercidas por dos de sus miembros elegidos por mayoría durante un año, pudiendo ser reelecto. La CONEAU se reúne periódicamente y debe dar cumplimiento a los objetivos establecidos por ley, programando y supervisando las tareas de un equipo técnico permanente.

  9. El Equipo Técnico permanente de la CONEAU está compuesto por profesionales universitarios, expertos en la elaboración de procedimientos y técnicas de evaluación, bajo la coordinación de tres Directores. • El Director de Administración tiene por responsabilidad primaria diseñar, programar y ejecutar las actividades vinculadas con la gestión económica, financiera y patrimonial del organismo, así como administrar las políticas y aplicación de normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y su desarrollo. • El Director de Evaluación debe instrumentar las medidas necesarias para la implementación de los procesos técnicos de evaluación de las instituciones universitarias. • El Director de Acreditación debe instrumentar las medidas necesarias para la implementación de los procesos técnicos de acreditación de las carreras de grado y posgrado. • Los cargos profesionales son cubiertos por concurso público, de acuerdo con las normas del SINAPA.

  10. La CONEAU elabora, difunde y pone en ejecución pautas y procedimientos de evaluación y acreditación coincidentes con sus objetivos y funciones. Sus decisiones y recomendaciones están fundadas en las opiniones y recomendaciones de expertos, comisiones asesoras y comités de pares.

  11. Las conclusiones son transmitidas a las diferentes instituciones analizadas para atender su punto de vista. Finalmente, los dictámenes y resoluciones de la CONEAU son dados a publicidad.

  12. Las diferentes instancias de evaluación se realizan con la participación de miembros destacados de la comunidad académica y universitaria, invitados especialmente a esos fines, con el apoyo del equipo permanente y utilizando los criterios y procedimientos aprobados por la CONEAU.

  13. La participación de la comunidad universitaria se asegura a través de la constitución de COMISIONES ASESORAS y COMITÉS DE PARES designados por la CONEAU. Los miembros de las comisiones y comités son escogidos a partir de consultas con universidades, asociaciones científicas y profesionales y otros organismos técnicos pertinentes, y se integran al Registro de Expertos, que se actualiza periódicamente.

  14. De acuerdo con el Código de Etica de la CONEAU, tanto sus integrantes como los miembros de comisiones asesoras y comités de pares deben actuar con independencia de criterio, sin asumir representación alguna y deben abstenerse de intervenir cuando exista la posibilidad de un conflicto de intereses.

  15. COMISION ERNESTO F. VILLANUEVA - Presidente ADOLFO STUBRIN- Vicepresidente JOSE LUIS CANTINI JUAN CARLOS DEL BELLO RICARDO GUTIERREZ JUAN CARLOS HIDALGO JORGE FEDERICO MIKKELSEN LÖTH VICTOR NICOLETTI CARLOS PEREZ RASETTI HECTOR SAURET FERNANDO STORNI S.J.

  16. PROYECTOS INSTITUCIONALES Reconocimiento de instituciones univ. PROVINCIALES Total de proyectos: 4 Culminados: 4 Puesta en marcha de nuevas instituciones univ. NACIONALES Total de proyectos: 4 Culminados: 4 • Autorización provisoria de nuevas instituciones univ. PRIVADAS • Total de proyectos: 69 • Culminados: 63 • Dictámenes Favorables: 8

  17. Dictámenes Desfavorables: 26 • Solicitudes retiradas por las entidades peticionantes: 26 • Solicitudes en Análisis: 6 INFORMES ANUALES de instituciones univ. privadas Total de informes: 70 Informes culminados: 65 Informes en Análisis: 5 RECONOCIMIENTO DEFINITIVO de instituciones univ. privadas Total de solicitudes: 4 Solicitud de Análisis: 4

  18. EVALUACION EXTERNA • TOTAL DE INSTITUCIONES UNIVERSITARIAS: 92 • Universidades Nacionales 36 • Institutos Universitarios Nacionales 5 • Universidades Privadas 44 • Institutos Universitarios Privados 7

  19. EVALUACION INSTITUCIONAL 1. Acuerdo - compromiso 2. Autoevaluación 3. Evaluación Externa 4. Informe Final

  20. Total de evaluaciones: 23 • Con visitas de Evaluación Externa culminada: 23 • con informe final culminado: 21 • con informe final por culminar: 2 • Instituciones Univ. con Acuerdo de Ev. Institucional firmado: 42

  21. INFORMES FINALES DE EVALUACIONES EXTERNAS

  22. ACREDITACION DE CARRERAS DE POSGRADOCARACTERISTICAS GENERALES DEFINIDAS POR LA LEY DE EDUCACION SUPERIOR 24.521 Y DECRETOS REGLAMENTARIOS • Carácter periódico del proceso de acreditación. • Evaluaciones por pares académicos y profesionales. • Evaluaciones de acuerdo con estándares fijados por el Ministerio de Educación en consulta con el Consejo de Universidades. • La CONEAU toma el dictamen de los comités de pares evaluadores como base para dictar resolución.

  23. ACREDITACION DE CARRERAS DE POSGRADOCRITERIOS Y ESTANDARES • Se definen los perfiles correspondientes a las especializaciones, maestrías y doctorados. • Se establecen aspectos centrales a tomar en cuenta en el proceso de acreditación de la carrera de posgrado: • Marco institucional • Plan de estudios y estructura general de la carrera • Cuerpo académico • Alumnos y graduados • Tesis, trabajo final • Actividades de investigación, desarrollo, pasantías y asistencia técnica • Infraestructura, equipamiento, biblioteca y centros de documentación • Autodiagnóstico y planes de mejoramiento

  24. CONVOCATORIA Y SOLICITUD MEDIDAS PREPARATORIAS ACTUACION DE COMITÉ DE PARES Análisis Técnico Conformación Comité de Pares (aprobación CONEAU) Recusación Visita de constatación ACREDITACION DE CARRERAS DE POSGRADO PROCEDIMIENTOS Resolución acreditación Reconsideración Resolución Final ANALISIS DE LA CONEAU Vista informes de no acreditación Respuesta a la vista Actuación CP/ Experto Consideración de la CONEAU Resolución Resolución Final Reconsideración

  25. ACREDITACION DE CARRERAS DE POSGRADOCOMITES DE PARES EVALUADORES • Constituidos por expertos que reflejan la diversidad regional, institucional y de orientaciones teóricas en cada disciplina. • Registro de expertos actualizado a partir de la consulta con universidades, asociaciones científicas y profesionales. Se incorporan progresivamente expertos extranjeros. • Se organizan por áreas disciplinarias o profesionales. • Como resultado de la tarea de evaluación recomiendan la acreditación explicitando las debilidades y fortalezas de las carreras de posgrado, proponen su categorización y formulan propuestas para el mejoramiento.

  26. Doctorados 16% Maestrías 38% Especializaciones 46% ACREDITACION DE CARRERAS DE POSGRADOPRIMERA CONVOCATORIA Total de solicitudes presentadas por tipo de carrera: 1358 Especializaciones Maestrías

  27. ACREDITACION DE CARRERAS DE POSGRADOPRIMERA CONVOCATORIA Total de solicitudes presentadas por área disciplinaria

  28. ACREDITACION DE CARRERAS DE POSGRADOPRIMERA CONVOCATORIA 1358 carreras presentadas

  29. ACREDITACION DE CARRERAS DE GRADO • La Ley de Educación Superior establece que corresponde al Ministerio de Educación en acuerdo con el Consejo de Universidades: • Determinar con criterio restrictivo la NOMINA de tales títulos así como las actividades profesionales reservadas exclusivamente a ellos (Art. 43 LES). • Aprobar los contenidos curriculares básicos, los criterios sobre la intensidad de la formación práctica y los estándares de acreditación para cada uno de esos títulos. • La CONEAU recibe la normativa e implementa el ciclo evaluativo de la acreditación.

  30. ACCIONES PREVIAS A LA APROBACION DE LOS ESTANDARES DE ACREDITACION DE CARRERAS DE MEDICINA • Declaración sobre la acreditación de carreras universitarias de grado. • Contactos con las distintas comunidades profesionales. • Constitución de comisiones asesoras. • Contacto con especialistas nacionales y extranjeros. • Organización de diversos seminarios-talleres. • Participación en jornadas y reuniones internacionales, especialmente MERCOSUR. • Preparación de documentos técnicos.

  31. ACCIONES POSTERIORES A LA APROBACION DE LOS ESTANDARES DE ACREDITACION DE CARRERAS DE MEDICINA • Aprobación de los estándares de acreditación para las carreras de medicina el 10 de agosto de 1999 (Resolución Ministerial 535/99) • LA ORDENANZA Nº 005/99 DE LA CONEAUdispone procedimientos y pautas para la acreditación de carreras de grado. • TRES ETAPAS • a. Autoevaluación • b. Actuación de los Comités de Pares • c. Proceso de toma de decisiones por parte de la CONEAU • RESULTADOS DE LA ACREDITACIÓN: acreditación por 6 años, acreditación por 3 años y no acreditación.

  32. Doce carreras de medicina presentaron las solicitudes de acreditación en la convocatoria voluntaria: • 1) Instituto Universitario de Ciencias de la Salud (- Buenos Aires - La Rioja) • 2) Universidad Abierta Interamericana (- Buenos Aires - La Rioja) • 3) Universidad Austral • 4) Universidad Católica de Córdoba • 5) Universidad del Salvador • 6) Universidad Favaloro • 7) Universidad Nacional del Comahue • 8) Universidad Nacional de Córdoba • 9) Universidad Nacional de La Rioja • 10) Universidad Nacional de Tucumán • Todas estas carreras realizaron su autoevaluación según las pautas establecidas • por la Guía de Autoevaluación, elaborada por la CONEAU.

  33. Entre el 15/8 y el 29/9 actuaron los Comités de Pares. Los dictámenes ya han sido comunicados a las instituciones. • El resultado es el siguiente: • - Instituto Universitario Ciencias de la Salud – Bs. As: Acredita por 3 años • - Instituto Universitario Ciencias de la Salud – La Rioja: Acredita por 3 años • - Universidad Abierta Interamericana – Bs. As: Acredita por 3 años • - Universidad Abierta Interamericana – Rosario: No se hizo lugar • - Universidad Austral: Acredita por 3 años • - Universidad Católica de Córdoba: Acredita por 3 años • - Universidad del Salvador: Acredita por 3 años • - Universidad Favaloro: Acredita por 3 años • - Universidad Nacional del Comahue: Acredita por 3 años • - Universidad Nacional de Córdoba: Acredita por 3 años • - Universidad Nacional de La Rioja: No se hizo lugar • - Universidad Nacional de Tucumán: Acredita por 6 años

  34. Por Resolución 577-CONEAU- 00 se comunicó la Convocatoria Obligatoria, según los dispuesto por Resolución Ministerial 535/99. • Doce carreras de medicina presentaron las solicitudes de acreditación en la convocatoria obligatoria: • 1) Universidad de Morón • 2) Universidad Maimónides • 3) Universidad de Mendoza • 4) Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales (UCES) • 5) Universidad Nacional del Nordeste • 6) Universidad Adventista del Plata • 7) Universidad Nacional de Cuyo • 8) Universidad del Aconcagua • 9) Universidad Nacional de Rosario • 10) Universidad Católica de Cuyo • 11) Universidad Nacional de La Plata • 12) CEMIC

  35. Todas estas carreras realizaron su autoevaluación según las pautas establecidas • por la Guía de Autoevaluación, elaborada por la CONEAU. • En la actualidad están actuando los Comités de Pares Evaluadores.

  36. Informe de Autoevaluación de la carrera ACREDITACION DE CARRERAS DE GRADO PROCEDIMIENTOS CONVOCATORIA / INSCRIPCION MISIÓN TECNICA ANÁLISIS TECNICO CONVOCATORIA PARES EVALUADORES Recusación REUNION PREPARATORIA VISITAS

  37. PROYECTO DE DICTAMEN ANALISIS DE CONSISTENCIA DICTAMENES DEL COMITE DE PARES VISTA ANÁLISIS DE LA RESPUESTA A LA VISTA Informe a la Carrera Informe al CIN / CRUP Informe al Ministerio de Educación Ordenanza CONEAU Nº 005/99 RESOLUCIÓN DE ACREDITACION

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