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2. Democracia. Contenidos e ideas resumen ( Hurtado Cruz, Virgilio. Materiales de estudio Academia de la Magistratura

ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA PROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA EL ASCENSO XIII CURSO DE PREPARACIÓN PARA EL ASCENSO Teoría constitucional y democracia Edwin Figueroa Gutarra Juez Superior Sala Constitucional de Lambayeque Chiclayo, 2011 estudiofg@yahoo.com http://edwinfigueroag.wordpress.com. 1.

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  1. ACADEMIA DE LA MAGISTRATURAPROGRAMA DE CAPACITACIÓN PARA EL ASCENSOXIII CURSO DE PREPARACIÓN PARA EL ASCENSO Teoría constitucional y democraciaEdwin Figueroa GutarraJuez Superior Sala Constitucional de Lambayeque Chiclayo, 2011estudiofg@yahoo.comhttp://edwinfigueroag.wordpress.com 1 Edwin Figueroa Gutarra

  2. 2. Democracia. Contenidos e ideas resumen ( Hurtado Cruz, Virgilio. Materiales de estudio Academia de la Magistratura) • 2.1: Elementos sustanciales de la democracia. • La libertad y sus manifestaciones en la democracia • La igualdad y sus manifestaciones (el sufragio) • Compatibilidad e incompatibilidad entre la libertad y la igualdad 2 Edwin Figueroa Gutarra

  3. 2.2. Modelos Democráticos • Democracia representativa: representación por mayoría o representación proporcional • Democracia participativa: ¿complemento de la democracia representativa?. • Democracia deliberativa: El poder de la opinión pública. • Democracia electoral: La fuerza de los votos. 3 Edwin Figueroa Gutarra

  4. 2.3 Configuración del modelo democrático en el Perú. • Principio de soberanía popular. • Principio de legitimación democrática. • Principio de representación proporcional. • El principio de participación política • Multidimensionalidad de la democracia. 4 Edwin Figueroa Gutarra

  5. Reflexiones previas • ¿En que consiste la democracia como principio? • ¿En qué medida son compatibles la libertad y la igualdad de las personas en una democracia? • ¿En qué consiste el principio de representación proporcional? • ¿El principio de legitimidad democrática? • ¿Por qué es multidimensional nuestra democracia? 5 Edwin Figueroa Gutarra

  6. “Aristóteles clasificó a la democracia entre las malas formas de gobierno y la palabra democracia se convirtió durante dos mil años en una palabra negativa, derogatoria. Durante milenios el régimen político óptimo se denominó “república” ( res pública, de todos) y no democracia.” SARTORI, Giovanni. Elementos de Teoría Política. Alianza Editorial. Madrid. 1992. p. 27 Edwin Figueroa Gutarra

  7. “Es útil encuadrar la democracia de los antiguos en la clásica tripartición aristotélica de las formas de gobierno: gobierno de uno, de pocos , de muchos. Para Aristóteles la democracia es la forma corrompida del gobierno de muchos, y ello porque en la democracia los pobres gobiernan en su propio interés( en lugar de gobernar en el interés general) “ SARTORI, Giovanni. Elementos de Teoría Política. Alianza Editorial. Madrid. 1992. p. 32 Edwin Figueroa Gutarra

  8. “Aristóteles construye su tipología global sobre dos criterios: el número de gobernantes más el interés al que sirven ( general o propio) . De este modo, el gobierno de uno se desdobla en monarquía ( buena) y tiranía (mala); el gobierno de pocos en aristocracia ( buena) y oligarquía ( mala porque es el gobierno de los ricos en su propio beneficio) , y el gobierno de muchos en politeia (buena) y democracia (mala). La de Aristóteles, pues, no es una definición económica de la democracia, sino uno de los tres posibles casos de mal gobierno, de gobierno en el interés propio.“ SARTORI, Giovanni. Elementos de Teoría Política. Alianza Editorial. Madrid. 1992. p. 33 Politeia: sociedad educada y participativa 8 8 Edwin Figueroa Gutarra

  9. 2. La Democracia en el Estado Constitucional • La democracia es un sistema político, así como una forma de gobierno que se inspira sobre la base del principio de que el poder emana del pueblo, y comprende, un conjunto de procedimientos para traducir la voluntad popular en elección de autoridades o decisión política concreta como ocurre en el caso de las consultas populares (revocatoria y referéndum) • Giovanni Sartori distingue entre democracia sustantiva que está referida a la forma de gobierno y democracia adjetiva que permite a la democracia constituirse en categoría para calificar de democrático o no democrático a los sistemas políticos. 9 Edwin Figueroa Gutarra

  10. STC 0030-2005-PI/TC Ley de Barrera Electoral 4. (…) Fue el propio Rousseau quien, en su Contrato Social, sostuvo —bajo la premisa de que la soberanía del pueblo no podía ser representada (convencido de que ello devendría en su pérdida y la consecuente sumisión popular a la voluntad de los representantes)— que, dada la diversidad de condiciones necesarias para conseguirla, jamás existiría una verdadera democracia. Edwin Figueroa Gutarra

  11. 2.1. Elementos sustanciales de la democracia. La democracia importa el principio de que el poder emana del pueblo y que el pueblo ejerce la soberanía. Para que ello sea factible es fundamental que los individuos integrantes de las comunidades políticas sean hombres o mujeres libres e iguales. Sin libertad, los ciudadanos no podrían expresar libremente sus posiciones políticas e ideas respecto de la marcha política de la sociedad y, en la práctica el pueblo no podría autogobernarse. Sin igualdad, existirían diferencias entre los ciudadanos. 11 11 Edwin Figueroa Gutarra

  12. a. La libertad y sus manifestaciones en la democracia. La libertad es un elemento sustantivo del Estado de Derecho como de la democracia, toda vez que ambas toman como presupuesto la libre participación de los individuos en la construcción del pacto social así como en la construcción de la sociedad y de las decisiones públicas vinculadas al gobierno de la ciudad. 12 12 Edwin Figueroa Gutarra

  13. b. La igualdad y sus manifestaciones (el sufragio). La igualdad puede manifestarse como un principio y a la vez como un derecho que sitúa a las personas en idéntica situación en condición de equivalencia. Es principio en tanto que permite que no toda diferenciación establecida por ley sea discriminación(…) La igualdad es también derecho subjetivo en tanto se reconoce a la persona la titularidad y disfrute igual de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico. 13 13 Edwin Figueroa Gutarra

  14. c. Compatibilidad e incompatibilidad entre la libertad y la igualdad. Norberto Bobbio (…) distingue la otra dimensión de la democracia: la igualdad. A partir que la democracia tiene una perspectiva tendiente a la libertad (liberalismo); existe otra manifestación tendiente a la igualdad (igualitarismo). Difícilmente ambas pueden concretizarse con plenitud, sin que existan matices que limiten a una para fortalecer a la otra(…) en la doctrina latinoamericana y, principalmente la española, se apuntala que la única forma en que se puede materializar la igualdad y la libertad entre todas las personas es, precisamente en el sufragio, a través del principio “un ciudadano un voto”. 14 14 Edwin Figueroa Gutarra

  15. 2.2. Modelos democráticos Los modelos que adopta la democracia en el Estado Constitucional son diversos. Frecuentemente suele mencionarse a la democracia directa que se configura a partir de que el pueblo como titular de la soberanía, hace ejercicio de ésta de manera directa sin intermediación política alguna, requiriendo para ello mecanismos participativos. Edwin Figueroa Gutarra

  16. a. Democracia representativa La importancia de la representación, como bien acotan Francisco Berlín Valenzuela[1] y Héctor González Uribe[2], se explica en la necesidad de llenar las lagunas que en el Estado moderno fueron formándose a medida que éste crecía territorial y poblacionalmente, evidenciando la insuficiencia de las formas de democracia directa que habían sido utilizadas con anterioridad, cuando el Estado era más pequeño(…) La representación nace con la finalidad de subsanar las deficiencias de la democracia directa, ante la imposibilidad de poder realizarlo frente al crecimiento masivo de las sociedades. [1] BERLIN VALENZUELA, Francisco. Derecho Parlamentario. Fondo de Cultura Económica. Ciudad de México 1994. Págs. 61-62 [2] GONZALEZ URIBE, Héctor. Teoría Política. Editorial Porrúa. México D. F. 1995. Pág. 382. 16 16 Edwin Figueroa Gutarra

  17. STC 5854-2005-PA Caso Lizana Puelles 3. (…) una vez expresada la voluntad del Poder Constituyente con la creación de la Constitución del Estado, en el orden formal y sustantivo presidido por ella, no existen soberanos, poderes absolutos o autarquías. Todo poder [deviene] en un poder constituido por la Constitución y, por consiguiente, limitado e informado, siempre y en todos los casos, por su contenido jurídico-normativo. Edwin Figueroa Gutarra

  18. STC 0030-2005-PI/TC Ley de Barrera Electoral 4. (…) Es la teoría de la representación (ordinaria y extraordinaria) de Sieyés, expuesta en su obra ¿Qué es el Tercer Estado?, la que concede posibilidad de materialización práctica al principio democrático, bajo la figura de un concepto ideal de Nación, del sufragio (restringido) y de unos representantes que no son la traducción específica de la voluntad de los representados, sino que expresan la voluntad política ideal de la Nación. 18 18 Edwin Figueroa Gutarra

  19. b. Democracia participativa: ¿complemento de la democracia representativa? La democracia participativa se sustenta también en el principio de soberanía del pueblo, requiriéndose de ciertos procedimientos distintos a los de elección de autoridades para que el pueblo participe directamente en los asuntos públicos y en la marcha de la comunidad política. Como consecuencia de ello, el pueblo no sólo tiene un rol legitimador, sino que mediante instituciones como las iniciativas (peticiones e iniciativas legales) y las vinculadas al sufragio, cumple una función de gobierno[1] y colabora en la formación de la voluntad estatal. [1] CABALLERO SIERRA, Gaspar y ANZOLA GIL, Marcela. Teoría Constitucional. Ed. Temis S.A. Santa Fe de Bogotá, Colombia 1995. Pág. 134. 19 19 Edwin Figueroa Gutarra

  20. c. Democracia deliberativa: El poder de la opinión pública. La opinión pública tiene un rol muy importante en la construcción de una sociedad democrática, en la medida que democratiza el espacio deliberativo en el que se discuten los problemas de la comunidad política, así como las propuestas más idóneas para adoptar políticas publicas conducentes a su solución(…) El modelo de democracia deliberativa toma como presupuesto, el ejercicio de las libertades de información y expresión, opinión y difusión del pensamiento en condiciones de igualdad entre los ciudadanos para que puedan participar en la formación de la opinión pública que influye en la toma de las decisiones estatales. 20 20 Edwin Figueroa Gutarra

  21. d. Democracia electoral: La fuerza de los votos La democracia electoral pone énfasis en que la construcción de la democracia se efectúa a través de los mecanismos electorales que son instrumentos institucionales que traducen la voluntad popular convirtiéndola en representación o en decisión política. Aquí la construcción de la democracia depende de los votos en los procedimientos de elección, siendo que ésta técnica tiene por objeto constituir cuerpos representativos, delegar autoridad o determinar la decisión política del pueblo a través de las ánforas. 21 21 Edwin Figueroa Gutarra

  22. 2.3. Configuración del Modelo Democrático en el Perú. Principio de soberanía popular Los artículos 3° y 45° de la Constitución Política consagran el principio de soberanía popular, que se plantea sobre la base de que el pueblo es el titular del poder del Estado, por cuanto es su fuente y origen. El principio de soberanía popular en el Estado Constitucional no es absoluto, sino que está sujeto a la soberanía y primacía de la Constitución. Tradicionalmente, este principio suele plasmarse en dos planos claramente diferenciados en los sistemas políticos: el ejercicio de la soberanía a través de instituciones de la democracia participativa y; el ejercicio de la misma a través de mecanismos vinculados al gobierno representativo. 22 22 Edwin Figueroa Gutarra

  23. a.1. El proceso electoral como mecanismo de expresión de la soberanía popular • Los mecanismos de acceso al poder y de ejercicio de la soberanía, se traducen en las formas previstas por el ordenamiento jurídico para el desarrollo ordenado de los procesos de cambio político. Si el sistema se estructura sobre el principio de que el pueblo es la fuente de todo poder y por ello elige a sus gobernantes y representantes, entonces, debe haber medios capaces de traducir y determinar la voluntad popular. En este sentido, la elección o las votaciones se configuran como mecanismo que traduce la voluntad popular. Edwin Figueroa Gutarra

  24. b. Principio de legitimación democrática. • En virtud de este principio, el ejercicio del poder debe estar vinculado – sea mediante un mecanismo directo o indirecto – a la soberanía, la misma que encuentra en el sufragio su forma más importante de expresión. Pérez Royo distingue entre diversos niveles de gradación entre los órganos del Estado según la inmediatez mayor o menor de su legitimación democrática, es decir, de su proximidad a la voluntad popular de donde emana el poder público. Así el parlamento es el órgano estatal más próximo a la voluntad general y por lo tanto, el órgano más legitimado democráticamente, con un margen más amplio para la toma de decisiones, a favor de las cuales juega una muy fuerte presunción de legitimidad. • El parlamento casi siempre tiene legitimación democrática directa, en la medida que es elegido por sufragio directo. Edwin Figueroa Gutarra

  25. c. Principio de representación proporcional. Principio de representación mayoritario • La obtención de la representación política – en aplicación de un modelo de democracia representativa puede obtenerse a través de los principios de representación por mayoría (o mayoritario) o representación proporcional. Edwin Figueroa Gutarra

  26. c.1. Representación proporcional • En un sistema de representación proporcional la intención básica es lograr una adecuada representación de las mayorías y minorías, y traducir proporcionalmente votos en escaños, en lugar de que recaiga sobre un partido una representación exigua o excesiva ( )[1] ( ) [2]. Como afirma Sartori, la representación conlleva y destaca un interés principal: “la asignación equitativa de escaños en proporción a los votos”. • [1] LIJPHART, Arend. “Las Democracias Contemporáneas”. Ariel 1991. Pág. 165. • [2] DAHL, Robert. “La Democracia. Una Guía para los ciudadanos”. Editorial Taurus. Bs. As. 1999. Pág. 152. Afirma Dahl que el sistema proporcional está diseñado para producir una correspondencia fiel entre la proporción del número total de votos atribuidos a un partido en las elecciones y la proporción de escaños que obtiene el partido en la legislatura. Edwin Figueroa Gutarra

  27. c.2. Representación por mayoría En el sistema electoral mayoritario, analizado desde sus efectos, gana el candidato elegido por el mayor número de votantes, quedándose el resto del electorado sin representación. Aquí, el sistema electoral tiene una clara tendencia a sobrerrepresentar o súper – representar a las fuerzas políticas que alcanzaron la mayoría de votos e infrarrepresentar a aquellas fuerzas políticas que alcanzaron menor votación, con el objeto de “fabricar mayorías políticas”. 27 27 Edwin Figueroa Gutarra

  28. d. El principio de participación política La dimensión participativa de la democracia refiere en stricto sensu, mecanismos directos como el sufragio, el referéndum, el plebiscito, la revocatoria, el mandato de rendición de cuentas, entre otros; a diferencia de la democracia representativa que se sustenta en los derechos de elegir y ser elegido[1]. [1] RUBIO CORREA, Marcial. Comentarios a la Constitución de 1993. Fondo Editorial de la Pontificia Universidad Católica del Perú. T. I. Pág. 336. “La democracia consiste, esencialmente aunque no únicamente, en elegir y ser elegido. Sin estos derechos ella no existe.” 28 28 Edwin Figueroa Gutarra

  29. El artículo 6º de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789 ad literem contemplaba: “La Ley es la expresión de la voluntad general. Todos los ciudadanos tienen el derecho de participar personalmente o por medio de sus representantes en su formación” 29 29 Edwin Figueroa Gutarra

  30. STC 0030-2005-PI/TC Ley de Barrera Electoral 13.  Los partidos políticos, tienen por función, entre otras, evitar que la legitima pero atomizada existencia de intereses, al interior de la sociedad, se proyecte en igual grado de fragmentación al interior Congreso de la República, pues, si ello ocurre, resultará minada la capacidad deliberativa y, con ella, la posibilidad de adoptar oportuna y consensuadamente decisiones para afrontar los distintos problemas políticos, sociales y económicos del país. Edwin Figueroa Gutarra

  31. e. Multidimensionalidad de la democracia. La democracia no sólo se reduce a un “proceso electoral”, sino que comprende diversos espacios que requieren de la transformación del simple individuo en un hombre politico o cívico[1]. [1] MIRÓ QUESADA RADA, Francisco. Introducción a la Ciencia Política. Primera Parte. Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Cultural Cuzco, Lima, 1994. Pág. 16. El autor anota lo siguiente: “Aristóteles nos dice que el hombre es un zoon politikón, concepto que se ha traducido como animal social; pero que debería traducirse con mayor corrección como hombre político u hombre cívico, porque el animal es también social, pero no puede ser político, pues la política es una creación, atribución y característica humana.” Edwin Figueroa Gutarra

  32. La democracia actual es multidimensional, por cuanto exige un conjunto de requisitos que garanticen el ejercicio de la libertad y la igualdad. Es decir, la democracia no se reduce sólo al ejercicio del derecho de elegir y ser elegido, sino que también exige otros derechos conducentes a garantizar los elementos de la democracia. Así tenemos que exige instituciones jurídicas como la participación, las libertades de opinión, básicas para la construcción de la opinión pública, entre otras. Ello hace que en la democracia peruana concurran diversos tipos de democracia (representativa, participativa, electoral, deliberativa, entre otras). He aquí algunas que han sido indicadas por Robert Dahl. Edwin Figueroa Gutarra

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