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La Universidad como órgano de formación en Derechos Humanos

Universidad Autónoma del Estado de Morelos Octubre de 2012. Seminario Internacional en Homenaje al Dr. Jorge Carpizo Mac Gregor : “LA VINCULACIÓN ENTRE LOS DERECHOS HUMANOS Y LOS DERECHOS UNIVERSITARIOS. La Universidad como órgano de formación en Derechos Humanos.

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La Universidad como órgano de formación en Derechos Humanos

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Presentation Transcript


  1. Universidad Autónoma del Estado de Morelos Octubrede 2012 Seminario Internacional en Homenaje al Dr. Jorge Carpizo Mac Gregor: “LA VINCULACIÓN ENTRE LOS DERECHOS HUMANOS Y LOS DERECHOS UNIVERSITARIOS La Universidad como órgano de formación en Derechos Humanos Prof.ª Cristina Ayoub Riche Ouvidora Geral da UFRJ

  2. Los derechos del hombre se aprenden en la cultura cotidiana y no como abstracta deducción teórica ¿Cuál es el papel de la universidad en la construcción delo presente y futuro? ¿Hablan las universidades suficientemente de los derechos humanos? ¿Forma parte de la cultura de éstas el profundo respeto por la persona humana y su dignidad o apenas cumplen con la corrección política de organizar reuniones académicas al respecto?

  3. La comunidad universitaria tiene una gran responsabilidad en trabajar de forma activa para hacer del cumplimiento de los derechos humanos una realidad, ya que es función esencial de las universidades no sólo formar diplomados sumamente calificados sino también utilizar su capacidad intelectual y prestigio moral para defender y difundir activamente la paz, la justicia, la libertad, la igualdad y la solidaridad y promover la defensa de la soberanía nacional y de la ciudadanía.

  4. “Las políticas públicas en educación, deben ser políticas de derechos humanos; esto implica diseñarse desde procesos participativos, con objetivos claros y precisos en pos del fortalecimiento de la democracia y del ejercicio de los derechos y libertades de mujeres y hombres en un pie de igualdad, y con características de integralidad; lo cual requiere la consonancia en los ministerios de educación tanto centrales como estaduales , provinciales, o locales, e igualmente de lasuniversidades a efectos de la educación superior: es obligación del Estado garantizar que ésta integralidad de su política educativa en derechos humanos, atraviese a todos los estamentos de la educación formal pública y privada” FabiánSalvioli

  5. Haydos tipos de instituciones que puedenllevaradelantetareasespecíficas y concretas de derechoshumanos enlauniversidad. Ambas presentan diferentes perfiles más no se excluyen y deben funcionar de manera complementaria. La primera de ellassondirecciones, centros académicos, departamentos o institutos, con una función de promoción, capacitación, educaciónextensión e investigaciónenlamateria, generan cursos, seminarios, espaciosde intercambio de experiencias, jornadas y congresos; enotros programas trabajancon entidades de lasociedad civil; se promuevenestudios, y se fomenta lacreación de redes intra e interuniversitarias para laeducaciónenderechos humanos

  6. La segunda es laexistencia de espacios de tramitación de quejasy denuncias de derechos humanos al interior de las universidades por fuera de losórganostradicionales Espacios de participaciónciudadana y de mediación de conflitos Las Defensorias ( Ouvidorias) de lacomunidaduniversitariaestándotados de competencia concreta para entender en cuestiones tales como decisiones y acciones de las autoridades, docentes o agentes universitarios que se produzcan en el ámbito de la universidad, siempre y cuando impliquen discriminación, acoso, o violación de algunos derechos básicos (como la libertadde expresión).

  7. El Núcleo de Estudosde Políticas Públicas emDireitosHumanos (NEPP-DH), un órgano complementar del Centro de Filosofía y Humanidades (CFCH), fue aprobado por la UniversidadeFederal de Rio de Janeiro (UFRJ), el 14 de septiembre de 2006, se convirtió en parte del Estatuto de la UFRJ (Art. 51, párrafo único), y se inauguró el 18 de diciembre de 2006. Este es el primer Núcleo de Políticas Públicas de Derechos Humanos, de carácter estatutario en la universidad pública brasileña www.nepp-dh.ufrj.br Misión Formar profesionales en y para los derechos humanos Promover los derechos humanos mediante la investigación, la docencia, la sensibilización y la intervención social

  8. El NEPP-DH reúne obras de gran relevancia académica y social, toda su estructura constituyente y los subproyectos se despliegan en la enseñanza, investigación y extensión, tales como: Grupo de Investigación del Trabajo Esclavo Contemporáneo (GPTEC), Centro de Referência de Mulheres da MaréCarminhaRosa (CRMM-CR), Observatorio de laicidad del Estado (OLE), Escuela de Teorías Sociales y Producción del Conocimiento (CTSPC) , Observatorio de las ouvidorias publicas y democracia participativa. También incluye el Centro de Referencia para la Mujer (CRM) e o Observatorio de la Ley Maria da Penha

  9. Los beneficiarios del NEPP-DH/ UFRJ Como una instancia académica de la UFRJ, el Núcleocuenta con sus profesores y alumnos como destinatarios inmediatos de su enseñanza, investigación y extensión. Para lograr mejor sus objetivos, amplia sus actividades a la sociedad en general, especialmente, a las víctimas de la discriminación y la violación de los derechos humanos.

  10. Los objetivos Proporcionar a la comunidad universitaria conocimientos básicos sobre derechos humanos Sensibilizar sobre la importancia del respeto a los derechos humanos en las distintas actuaciones profesionales Identificar situaciones de vulneración de derechos humanos y actuar para modificarla Comprender los derechos humanos como indicadores para valorar buenas prácticas políticas, culturales, sociales, jurídicas y económicas Hacer del aprendizaje de los derechos humanos una tarea constructiva y de permanente respeto a la dignidad humana

  11. Mecanismo de control e de participación ciudadana en la UFRJ Institución de la Ouvidoria-General em 2009 Art. 1º La Ouvidoria-General de la Universidade Federal do Rio de Janeiro es un órgano de promoción y defensa de los derechos de estudiantes, docentes, funcionarios técnicos y administrativos y comunidad extrauniversitaria en sus relaciones con la UFRJ, en sus diferentes instancias administrativas y académicas, así como en la prestación de servicios. Parágrafo Único. La Ouvidoria no tiene carácter administrativo, ejecutivo, judicativo o deliberativo, y ejerce papel mediador en las relaciones que envuelven instancias universitarias e integrantes de las comunidades interna y externa.

  12. Art. 2º Son objetivos de la Ouvidoriade la UFRJ: I – la defensa de los derechos de los estudiantes, profesores, funcionarios técnicos y administrativos e integrantes de la comunidad externa en sus relaciones con la Universidad; II – la promoción, junto a varias instancias académicas y administrativas, de los derechos de grupos vulnerables o discriminados; III – el desarrollo, junto a varias instancias académicas y administrativas, de medidas que favorezcan la participación de la comunidad interna y externa en la garantía de los derechos ciudadanos y en la promoción de la mejoría de las actividades desarrolladas por la Institución; y IV – el levantamiento, sistematización y divulgación de informaciones, incluso por medio de informes, que contribuyan para el control y perfeccionamiento de las reglas y procedimientos académicos, administrativos e institucionales

  13. CIUDADANÍA Elementos de la ciudadanía Derecho a conocer Derecho a ser informado Derecho a expresar el pensamiento

  14. DECLARACIÓN DE ATLANTA 2008 El derecho de acceso a la información es fundamental para la dignidad humana, la igualdad y la paz con justiciaPrincipios Todos los Estados deben promulgar leyes para garantizar el derecho de acceso a la información

  15. DECLARACIÓN DE ATLANTA 2008 ACCESO es REGRA SECRETO es EXCEPCIÓNEl derecho de acceso a la información debe aplicarse a todas las agencias gubernamentales a todos los niveles y todos los sectores de las organizaciones internacionalesEl derecho de acceso a la información comprende el derecho de solicitar y recibir información, así como una obligación positiva a las instituciones públicas para difundir información sobre sus áreas de especialización

  16. LEI DE ACESSO À INFORMAÇÃO 12.527/2011 Artigo 5° Es el deber del Estado de garantizar el derecho de acceso a la información que se concesionados por las medidas objetivas y ágil, transparente, claro y en lenguaje de fácil comprensión

  17. LEI DE ACESSO À INFORMAÇÃO 12.527/2011 ASPECTOS POSITIVOS DE LA LEY DE ACCESOEl acceso a la información facilita la participación ciudadana y contribuye para la construcción del bien común y la defensa del interés público.La participación ciudadana servirá para la presentación y ejecución de políticas públicas dirigidas a reducir las desigualdades socioeconómicas, resultando en una mejora en varias áreas como vivienda, seguridad, salud, educación, social, entre otros

  18. CIVILIDADE Informar para mitigar losdéficits AutoestimaComunicaciónConocimientoLiderazgoSabiduría

  19. “Laspalabras, tal como las letras que lascomponen, proporcionanal alma lafacultad de actuar sobre el mundo y, por lo tanto, de dejarhuellasen los seres que se crean." Ibn Khaldun

  20. ¡gracias cristinariche@ouvidoria.ufrj.br

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