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Carmen Fernández Rozado

Las Energías Renovables: El caso español. Potencialidad de la zona geográfica de Latinoamérica como país anfitrión de proyectos MDL e incentivo del MDL para los proyectos renovables. Seminario Internacional: El Futuro de las Energía Renovables en Perú. Lima, 3 o ctubre de 2011.

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  1. Las Energías Renovables:El caso español. Potencialidad de la zona geográfica de Latinoamérica como país anfitrión de proyectos MDL e incentivo del MDL para los proyectos renovables. Seminario Internacional: El Futuro de las Energía Renovables en Perú Lima, 3 octubre de 2011 Carmen Fernández Rozado

  2. Índice • Panorama Energético mundial • Energías Renovables: el caso español • Energías Renovables en Latinoamérica: proyectos MDL e incentivo del MDL para proyectos renovables • Conclusiones

  3. I. Panorama Energético mundial

  4. 1. Panorama energético mundial • Algunos aspectos clave: • Dependencia de los combustibles fósiles. • Los recursos energéticos proceden fundamentalmente de combustibles fósiles. El 80% de la demanda de energía global se abastece con combustibles fósiles. • Las perspectivas son de aumento de la dependencia total. • Disponibilidad limitada de los recursos energéticos. • Fin de la energía barata. Incremento y volatilidad de los precios. • La volatilidad del precio del petróleo y del gas natural ha sido muy alta en los últimos años. • Existe gran incertidumbre sobre la evolución futura de los precios.

  5. 1. Panorama energético mundial • Imparable crecimiento de la demanda de energía y de los servicios de transporte. • Más del 60% del crecimiento provendrá de países en desarrollo, especialmente Asia. Desequilibrios de consumo energético. • Deterioro del medio ambiente. • Las emisiones de CO2 aumentan desde 1990 a una tasa media anual cercana al 2% y se espera que continúe al mismo ritmo de crecimiento hasta 2030. • El consumo de combustibles fósiles supone aproximadamente el 74% de las emisiones y su contribución es creciente. • Es primordial conjugar la cobertura de la creciente demanda energética con una producción y utilización sostenible de los recursos escasos de los que disponemos, de forma eficiente y ganar la batalla al cambio climático.

  6. 1. Panorama energético mundial - Imparable crec. demanda energía - Demanda mundial de energía primaria Fuente: AIE, 2010

  7. 1. Panorama energético mundial - Imparable crec. demanda energía - Demanda mundial de energía por escenario Fuente: AIE, 2010

  8. 1. Panorama energético mundial - Deterioro del medio ambiente - Previsión de emisiones mundiales • Las emisiones de CO2 aumentarán un 57% entre 2005 y 2030 Fuente: AIE, 2010

  9. 1. Panorama energético mundial - Reducción de emisiones CO2 - Sector energético (450 ppm) Medidas Fuente: AIE, 2010

  10. 1. Panorama energético mundial - Deterioro del medio ambiente - Emisiones mundiales de CO2 por regiones • China pasará a ser el primer emisor mundial en 2030 6º 4º 6º 5º 5º 4º 1º 3º 3º 2º 2º 1º 2030 2005 Fuente: AIE, 2010

  11. 1. Panorama energético mundial - Deterioro del medio ambiente - Emisiones mundiales de CO2 por regiones • China acaparará el 41% del crecimiento de emisiones en 2005-2030 • En 2030 las emisiones de China representarán el 27% del mundo Fuente: AIE

  12. 1. Panorama energético mundial - Deterioro del medio ambiente - Emisiones históricas y per cápita en algunas regiones Fuente: AIE

  13. 1. Panorama energético mundial • El modelo energético actual no es sostenible porque: • Se agota. • Porque es imprescindible reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI). • Porque un tercio de la humanidad no tiene acceso a formas avanzadas de energía. • Sin energía y sin agua no existe posibilidad de desarrollo alguna. • Modelo energético sostenible: Aquel que permita el desarrollo económico, social y medioambiental de los países industrializados y de los países en vías de desarrollo, considerando sus características específicas.

  14. 1. Panorama energético mundial • Por tanto, ante este realidad dominada por fuentes fósiles (petróleo y gas) como principales energías primarias, unas previsiones imparables de crecimiento de la demanda energética derivadas de un elevado crecimiento económico y un interés marcado en la lucha contra el Cambio Climático, se hace imprescindible trabajar en el uso eficiente de la energía y la diversificación de la oferta energética (fuentes renovables), entre otros asuntos. • La búsqueda de una matriz energética sostenible se ha constituido en los últimos años como una prioridad de política energética por su contribución a afrontar los retos de la seguridad energética, la mejora de la competitividad de la economía y el cambio climático. • Por tanto, en nuestros días para seguir siendo competitivos y para cumplir con las reglamentaciones medioambientales, la implementación de tecnologías basadas en fuentes de energías renovables ya no es una opción a valorar sino que es algo imprescindible y totalmente necesario.

  15. II. Energías Renovables: el caso español

  16. II. Energías renovables - Definición • Las energías renovables son aquellas que se renuevan constantemente, se producen continuamente y son inagotables. • ENERGÍAS RENOVABLES • Solar (térmica y fotovoltaica) • Hidráulica • Eólica • Biomasa • Mareomotriz • Geotérmica • ENERGÍAS NO RENOVABLES • Carbón • Petróleo • Gas Natural • Uranio

  17. II. Energías renovables - ¿Por qué son necesarias? • Las energías renovables suponen una alternativa al sistema energético actual basado fundamentalmente en combustibles fósiles porque implican: • Recursos distribuidos. • Tecnologías “rápidas” y sencillas. • Inagotables. • Grandes inversiones iniciales vs. bajos costes de operación. • Gran potencial de futuro. • Reducido impacto ambiental.

  18. II. Energías renovables - ¿Por qué son necesarias? • El desarrollo de las energías renovables van ganando progresivamente importancia en el mix energético debido a: • Contribución al medio ambiente. • El 80% de las emisiones de CO2 provienen de las actividades relacionadas con la energía. • Cobertura de la demanda energética. Creciente… • Seguridad de suministro. Evitar la dependencia del exterior. • Generación de empleo cualificado. • Objetivo: alcanzar un desarrollo sostenible. Utilización racional de los recursos naturales para satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer la satisfacción de las necesidades de las generaciones futuras.

  19. II. Energías renovables - Sistemas de apoyo • Existe un amplio abanico de instrumentos para la promoción de la generación de electricidad a partir de fuentes de energías renovables en los Estados miembros de la UE y en otros países. Destacan: • Económicos. • Primas en las tarifas. Sistema español, Alemania, Francia, Dinamarca Portugal, etc. • Instrumentos regulatorios de mercado • Certificados Verdes Negociables (porcentaje fijo según consumo/ producción total de electricidad). Reino Unido, Italia, Bélgica, etc. • Fiscales. • Incentivos fiscales y subvenciones a la inversión. Finlandia, Holanda, Reino Unido, etc. • Garantía de origen. • Con estos sistemas de apoyo se promociona la producción de energías renovables.

  20. II. Energías renovables – España Definición Régimen Especial (Sist. español) No es renovable pero sí régimen especial

  21. II. Energías renovables – España Principales factores que favorecen el crecimiento de las renovables • Las principales claves de éxito para la integración de las referidas fuentes de energía en la producción eléctrica son, entre otras, las siguientes: • Marco jurídico y económico eficiente, • Económico: • Sistema de primas y tarifas reguladas. Un marco estable que busca el ajuste adaptado a la realidad en función de la madurez que van alcanzando las tecnologías. • Técnico: • Derecho a vender la totalidad de su producción eléctrica. • Prioridad de acceso y conexión a la red. • Prioridad para entrar en el despacho. • Sector industrial que ha apostado por estas nuevas tecnologías. • I+D+i tecnológica (especialmente en energía eólica y energía termosolar).

  22. II. Energías renovables – España Principales factores que favorecen el crecimiento de las renovables • El mejor ejemplo de éxito es que a día de hoy España: • Es el primer país de Europa y el segundo en el mundo en potencia solar termoeléctrica instalada. • El segundo de Europa y el cuarto en el mundo en potencia eólica instalada. • El segundo en Europa y en el mundo en potencia fotovoltaica instalada. • Tercer país de Europa en energía minihidráulica. • Septiembre 2010, la potencia instalada del régimen especial en España alcanzó la cifra de 33.000 MW.

  23. II. Energías renovables – España Evolución regulatoria • RD 2366/1994 Venta a tarifa Retribución = Tarifa regulada + Complementos • RD 2818/1998 Venta a tarifa Retribución = Precio mercado + Prima • RD 481/2002 Venta mercado Retribución = Precio mercado + Prima + Incentivo • RD 436/2004 Venta a tarifa Retribución = Tarifa Venta mercado Retribución = Precio mercado + Prima + Incentivo • RD 661/2007 Venta a tarifa Retribución = Tarifa Venta mercado Retribución = Precio mercado + Prima Cap&Floor

  24. II. Energías renovables – España Evolución regulatoria • RD 1578/2008 Retribución tecnología solar fotovoltaica con posterioridad al 29 de septiembre de 2008. Registro pre-asignación de retribución fotovoltaicas • RDL 6-2009Registro pre-asignación de retribución todo tipo menos fotovoltaicas. • Resolución Acuerdo Consejo de Ministros 19/11/2009 por el que se procede a la ordenación de los proyectos o instalaciones presentados al registro de preasignación de retribución • Eólicas y termoeléctricas. Se establecen 4 fases con cupos de potencia. • RD 1565/2010, de 19 de noviembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producción de energía eléctrica en régimen especial. • RD 1614/2010, de 7 de diciembre, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producción de energía eléctrica a partir de tecnologías solar termoeléctrica y eólica. • RD-L 14/2010, de 23 de diciembre, por el que se establecen medidas urgentes para la corrección del déficit tarifario del sector eléctrico.

  25. II. Energías renovables – España RD 661/2007: Criterios básicos de regulación • Alcanzar los objetivos de planificación (29% de la demanda en 2010). • Los incentivos económicos constituyen un instrumento de política energética y ambiental (calculados a partir de costes reales, deben ser suficientes para obtener una rentabilidad razonable) • Estabilidad regulatoria. • Predictibilidad y seguridad en los incentivos económicos durante toda la vida de la instalación (animar a los inversores y menor coste financiero): • Actualización anual. • Revisión para nueva capacidad (cada 4 años o cuando se cumple la planificación). • Facilitar la operación del sistema • Regulación complementaria para mejorar la calidad de la energía producida (mayor seguridad en el sistema). • Incentivar la integración voluntaria en el mercado. • Régimen cada vez menos especial (incrementa el número de agentes en el mercado).

  26. II. Energías renovables – España RD 661/2007: Régimen económico • RD 661/2007. • Todo tipo de instalaciones acogidas al régimen especial. • Inscripción definitiva. • Art. 36. Establece las tarifas y primas para instalaciones de la categoría b). • Art. 44. Establece la actualización anual de tarifas y primas de las instalaciones de la categoría b. En la actualidad, vigente la Orden ITC/3353/2010. • Dos opciones de venta de energía eléctrica. Periodo mínimo 1 año: • A tarifa regulada. • Precio de venta = Tarifa. • En el mercado • Precio de venta = Precio mercado + Prima

  27. II. Energías renovables – España Orden ITC/3353/2010: Régimen económico * • b.1 Solar, b.2 eólica, b.3 Mares, geotermia, otras, b.4 minihidraúlica, b.5 minihidraúlica.. • RD-L 14/2010, de 23 de diciembre. Se amplía a 28 años para las instalaciones de tipo b.1.1 por el plazo de 25 años que tenían.

  28. II. Energías renovables – España Orden ITC/3353/2010: Régimen económico • b.6 Biomasa primaria, b.7 Biogás

  29. II. Energías renovables – España Orden ITC/3353/2010: Régimen económico • b.8 Biomasa residual

  30. II. Energías renovables – España RD 1578/2008: Registro de pre-asignación fotovoltaicas • RD 1578/2008, de retribución de la actividad de producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica para instalaciones posteriores a la fecha límite de mantenimiento de la retribución del RD 661/2007 para dicha tecnología. • Ámbito de aplicación: Instalaciones de tecnología fotovoltaica que obtengan su inscripción definitiva en el Registro Administrativo de instalaciones de producción en régimen especial con posterioridad al 29 de septiembre de 2008. • Tipología de instalaciones. Este RD clasifica las nuevas instalaciones en dos tipologías según estén ubicadas en cubiertas (tipo I) o en el suelo (tipo II).

  31. II. Energías renovables – España RD 1578/2008: Registro de pre-asignación fotovoltaicas • El art. 4 establece un procedimiento de asignación de retribución a través de un mecanismo de concurrencia (Registro de preasignación de retribución) por convocatorias, en el que, en cada una de ellas, se fija un cupo máximo de potencia y una retribución asociada a dicho periodo temporal. • El procedimiento de asignación de retribución se basa en la ordenación cronológica de las solicitudes dentro de cada uno de los tipos y subtipos previstos, considerando para cada uno de ellos, la última fecha de los documentos exigidos. • Una vez ordenadas, se procederá a la asignación de retribución empezando, por las fechas más antiguas y hasta que sea cubierto el cupo de potencia previsto para esa convocatoria en cada tecnología.

  32. II. Energías renovables – España RD-Ley 6/2009: Registro de pre-asignación todo tipo exc. fotovoltaicas • El Art. 4 RD-Ley 6/2009 establece, por tanto, el mecanismo de registro de pre-asignación de retribución para las nuevas instalaciones de régimen especial que deseen acogerse al régimen económico establecido en el Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo. • Por tanto, la inscripción en el Registro de pre-asignación de retribución será condición necesaria para el otorgamiento del derecho al régimen económico establecido en el RD 661/2007. • Para inscribirse en el Registro de pre-asignación de retribución, es necesario acreditar el cumplimiento de los requisitos que se recogen en el apartado 3 del artículo 4 del Real Decreto-Ley 6/2009, de 30 de abril.

  33. II. Energías renovables – España RD-Ley 6/2009: Registro de pre-asignación todo tipo exc. fotovoltaicas • Concesión de punto de acceso y conexión firme . • Autorización administrativa (no necesaria en caso de instalaciones de potencia no superior a 100 KW). • Licencia de obras. • Aval necesario para solicitar el acceso a la red de transporte y distribución • Recursos económicos propios o financiación suficiente para acometer el 50% de la inversión de la instalación. • Acuerdo de compra por importe equivalente del 50% del valor de los equipos. • Punto de suministro de gas natural (si se utiliza dicho combustible como principal) • Informe favorable de aprovechamiento de aguas (cuando sea necesario). • Aval suplementario depositado en la Caja General de Depósitos. • Las instalaciones serán inscritas en el Registro administrativo de pre-asignación de retribución, cronológicamente, empezando por las fechas más antiguas y teniendo en cuenta la última fecha de los documentos justificativos de los requisitos anteriores. • Lo anterior no será aplicable a la tecnología solar fotovoltaica que se regirá por lo previsto en el RD 1578/2008.

  34. II. Energías renovables – España RD-Ley 6/2009: Registro de pre-asignación todo tipo exc. fotovoltaicas • Cuando la potencia inscrita sea inferior al objetivo previsto en el Real Decreto 661/2007, el régimen económico previsto en el mismo se extenderá hasta su cumplimiento. Pero si la potencia inscrita es mayor al objetivo previsto, el régimen económico se aplicará y se agotará con dichas instalaciones inscritas. En este caso se podrán establecer restricciones anuales a la ejecución y entrada en operación de las instalaciones inscritas y la priorización de las mismas para no comprometer la sostenibilidad técnica y económica del sistema. • Los límites de potencia fijados para poder acceder a la retribución prevista en el Real Decreto 661/2007 son los siguientes:

  35. II. Energías renovables – España Resolución Acuerdo Consejo Ministros 19 de noviembre de 2009 • La nueva condición tuvo un efecto llamada que condujo a la inscripción de un elevado volumen de instalaciones eólicas y termosolares. • Como consecuencia de lo anterior, la potencia solicitada para las tecnologías solar termoeléctrica y eólica excedió los objetivos fijados en el RD 661/2007. • Con el fin de no comprometer el sistema , preservar la continuidad y equilibro del desarrollo del sector, en noviembre de 2009 se aprobó la Resolución de 19 de noviembre de 2009 sobre la ordenación de los proyectos o instalaciones presentados al registro de preasignación por la que se establece un calendario para la instalación escalonada en los próximos 3 años de cómo máximo 3.100 MW de nueva potencia renovable al año hasta 2014. Por tanto, se trata de diferir en el tiempo la entrada en funcionamiento de las referidas instalaciones. • Así, se acuerda ordenar los proyectos atendiendo a un criterio cronológico, y se dispone la puesta en marcha de las instalaciones en fases sucesivas de acuerdo al siguiente ritmo acumulado de implantación:

  36. II. Energías renovables – España Resolución Acuerdo Consejo Ministros 19 de noviembre de 2009 • Fase 1: • Solar termoeléctrica: 850 MW • Eólica: 3.719 MW. • Fase 2: • Sola termoeléctrica: 1.350 MW. • Eólica: 5.419 MW. • Fase 3: • Solar termoeléctrica: 1.850 MW. • Eólica: resto de potencia inscrita al amparo de DT 5ª RDL 6/2009. • Fase 4: • Solar termoeléctrica: resto de potencia inscrita al amparo de DT 5ª RDL 6/2009 • El régimen económico del RD 661/2007 se agotará cuando el objetivo de potencia sea alcanzado, y se aprobará, mediante RD, un nuevo marco jurídico económico.

  37. II. Energías renovables – España RD 1565/2010, de 19 de noviembre • La aprobación de esta norma trae causa de la experiencia en la gestión acumulada como consecuencia de la aplicación del régimen jurídico y económico del régimen especial, que aconseja la redefinición de determinados conceptos y la adaptación de los procedimientos a la evolución de estos sectores. • Las principales novedades introducidas por este RD son las siguientes: • Modificaciones relativas a la retribución de determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables • Se reduce la retribución para las plantas fotovoltaicas en techo entre un 5% (pequeñas) y un 25% (grandes), en tanto que las instalaciones en suelo ven reducida su tarifa un 45%. • Las rebajas se aplicarán ya en la primera convocatoria trimestral para la inscripción en el pre-registro de asignación de primas que se celebre tras la entrada en vigor del real decreto.

  38. II. Energías renovables – España RD 1565/2010, de 19 de noviembre • Además, se limita el derecho a la percepción de prima equivalente para las instalaciones fotovoltaicas a 25 años, plazo que hasta ahora no existía. • Se suprime el derecho a la percepción de prima para las instalaciones de tecnología eólica y solar termoeléctrica de potencia superior a los 50 megavatios (MW). • Mejoras técnicas en las instalaciones fotovoltaicas para que el operador del sistema pueda gestionarlas. • Mejoras para posibilitar el plan renove de la cogeneración (modificación sustancial). • Modificaciones relativas a la tramitación administrativa de las instalaciones.

  39. II. Energías renovables – España RD 1614/2010, de 7 de diciembre • El RD 1614/2010 completa la regulación y modificación del régimen especial iniciada por el RD 1565/2010. • La norma supone, asimismo, el refuerzo de la visibilidad y estabilidad de la regulación de estas tecnologías a futuro, garantizándose las primas y tarifas actuales del RD 661/2007 a partir de 2013 para las instalaciones en operación y para las incluidas en el pre-registro. • Eólicas • Este RD recoge el recorte de primas al sector eólico como camino para contribuir a la sostenibilidad económica del sistema. • Para las instalaciones de tecnología eólica acogidas al Real Decreto 661/2007, y aquéllas de potencia superior a 50 MW vinculadas a las de régimen especial, para el periodo comprendido entre la fecha de entrada en vigor del presente real decreto y el 31 de diciembre de 2012, se reducen las primas en un 35%.

  40. II. Energías renovables – España RD 1614/2010, de 7 de diciembre • Desde el 1 de enero de 2013, estas instalaciones volverán a percibir los niveles actuales de retribución a partir de 2013 y que las revisiones futuras de las tarifas no afectarán en ningún caso a las instalaciones en funcionamiento. Esta medida elimina el riesgo de una revisión retroactiva de las primas. • Termosolar • Se estipula la obligatoriedad de funcionamiento de las instalaciones de tecnología solar termoeléctrica en la opción de tarifa regulada durante su primer año de funcionamiento (es decir, se las excluye de la opción de someterse al régimen de prima) • Reducción de horas • El nuevo real decreto también limita a 2.589 horas al año el pago de la prima, pero sólo en los años en que la media nacional supere las 2.350 horas.

  41. II. Energías renovables – España RD-L 14/2010, de 23 de diciembre • Con objeto de que las instalaciones fotovoltaicas realicen también una contribución para mitigar los sobrecostes del sistema y asegurar la razonabilidad de la retribución, el RD-L 14/2010 establece con carácter general: • La limitación de las horas equivalentes de funcionamiento de las instalaciones de tecnología solar fotovoltaica con derecho al régimen económico primado que tengan reconocido. • La ampliación a 28 años para las instalaciones de tipo b.1.1 por el plazo de 25 años que tenían.

  42. II. Energías renovables – España Potencia instalada total • POTENCIA INSTALADA RE( Sept 2010): 33.266 MWR.E. Fuente: CNE

  43. II. Energías renovables – España Potencia instalada Reg. Especial Fuente: CNE

  44. II. Energías renovables – España Participación energías renovables sobre la demanda (Datos ene-sept 2010) Fuente: CNE - Información estadística sobre las ventas de energía de régimen especial, sept 10

  45. III. Energías Renovables en Latinoamérica: proyectos MDL e incentivo del MDL para proyectos renovables

  46. III. Proyectos MDL • Las empresas europeas que desarrollan actividades energéticas están afectadas de forma más o menos significativa por el control de emisiones de GEI y la necesidad de reducir las emisiones de sus instalaciones de combustión para cumplir con las limitaciones globales, sectoriales y especificas por el PK, la Directiva 2003/87/CE y la Directiva 2009/29/CE y su transposición al ordenamiento jurídico de cada país. • Una forma de contrarrestar los excesos de emisión de sus instalaciones ubicadas en territorio europeo es comprometer proyectos de inversión en los denominados Mecanismo de Desarrollo Limpio.

  47. III. Proyectos MDL • El MDL habilita a un país Anexo I de la Convención a desarrollar proyectos que eviten un determinado nivel de emisiones en países No - Anexo I, recibiendo a cambio Certificados de Reducción de Emisiones (CERs) con objeto de alcanzar sus compromisos de reducción de emisiones. • En la actualidad, hay más de 2.700 proyectos MDL registrados en 66 países y otros 3.000 proyectos en la etapa de validación o registro. • Basándonos en estimaciones del “pipeline”, el MDL generará aproximadamente 1.8 mil millones de reducciones certificadas de emisiones hasta el final del primer periodo de compromiso del PK en 2012.

  48. III. Proyectos MDL • El ámbito Latinoamericano es centro de recepción de proyectos MDL de empresas a nivel mundial y, en concreto, es el escenario natural donde las empresas españolas, y especialmente las energéticas, han realizado en el pasado cuantiosas inversiones. • A este respecto, cabe destacar el alto potencial que tienen estos países para desarrollar proyectos MDL, especialmente energéticos, debido fundamentalmente a la gran disponibilidad de recursos renovables (eólica, solar, hidroeléctrica, biomasa, geotérmico, etc.). • Las posibilidades de inversión en Latinoamérica son numerosas y conocidas, debido al amplio abanico de proyectos. • Por tanto, los países latinoamericanos cuentan con una magnifica oportunidad de negocio importante como anfitriones en el desarrollo de actividades de proyectos MDL. • El abanico de futuros inversores es muy amplio no limitándose únicamente a Europa y al sector energético.

  49. III. Proyectos MDL • Actualmente todos los países Latinoamericanos, que no están incluidos en el Anexo I de la CMNUCC, han ratificado el PK y, en la mayoría de los casos, han realizado y realizan una gran labor en aras a implementar tanto el marco normativo como institucional indispensable para poder ejecutar proyectos de actividades MDL, tal como designar las correspondientes AND. • No obstante, debe ponerse de manifiesto que la mayoría de los países que integran Latinoamérica presentan situaciones dispares en relación al desarrollo institucional y organizativo de proyectos MDL. • En resumen, cabe señalar que todo lo anteriormente expuesto ha impulsado a que los países de América Latina, en los inicios, fuesen los más activos en identificar, definir y formular nuevos proyectos MDL, liderando el ranking en número de proyectos a nivel mundial.

  50. III. Evolución proyectos MDL – Los comienzos • En los inicios de esta andadura, los países de América Latina fueron los más activos en identificar, definir y formular nuevos proyectos MDL, liderando el ranking en número de proyectos a nivel mundial. • Algunos datos Los países Latinoamericanos fueron de los primeros en: • Establecer ANDs y programas de capacitación y apoyo. Entre 1999 y 2002 fue la región con mayor número de ANDs. • Desarrollar proyectos: • Primer proyecto validado. Chile. • Primer proyecto registrado: Brasil. (Nov, 2004) • Primeros CERs emitidos. Honduras (2005). • Apoyar la creación de DOEs de la región: ICONTEC, Colombia.

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