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GESTIÓN EMPRESARIAL EN EMPRESAS DE ECONOMÍA SOLIDARIA

GESTIÓN EMPRESARIAL EN EMPRESAS DE ECONOMÍA SOLIDARIA. Uno de los valores más importantes en la vida es el compromiso. Es tan valioso que sólo con él es posible triunfar. Es un valor que practicamos cuando nos entregamos con toda el alma a una misión. REFLEXIÓN.

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GESTIÓN EMPRESARIAL EN EMPRESAS DE ECONOMÍA SOLIDARIA

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Presentation Transcript


  1. GESTIÓN EMPRESARIAL EN EMPRESAS DE ECONOMÍA SOLIDARIA

  2. Uno de los valores más importantes en la vida es el compromiso. Es tan valioso que sólo con él es posible triunfar. Es un valor que practicamos cuando nos entregamos con toda el alma a una misión.

  3. REFLEXIÓN “ Cada mañana, en África, una Gacela se levanta. Sabe que debe correr más rápido que el león más veloz o perecerá. Cada mañana, en África, un león se levanta. Sabe que debe correr más rápido que la Gacela más lenta o morirá de hambre. No importa si eres león o gacela: Cuando sale el sol, es mejor que corras” Anónimo

  4. Sectores Económicos Empresariales Colombianos Sector Publico Sector Privado Sector Solidario - Fundaciones - Corporaciones - J. A.C.s. - Asociaciones . - Cooperativas - Precooperativas - Fds. de Empl/dos. - Asoc. mutuales. . Ad. Pub. Coop. - Entidades oficiales - Entes territoriales - Institutos descentralizados - Empresas sociales del estado - Etc. - Sociedades anónimas - Compañías ltda. - Empresas unipersonales - Emp. en comandita - Etc. Prestan servicios Bienes y Servicios Bienes y servicios Sin Animo de Lucro Con Animo de Lucro Sin Animo de Lucro

  5. Paralelo • Empresas de Economía Solidaria • Interesa la persona. • Propiedad asociativa. • Distribución de excedentes en proporción a servicios. • Una persona un voto. • Educación para elevación cultural. • Empresas Capitalistas • Interesa más el capital. • Propiedad individual. • Distribución de utilidades en proporción al capital. • Una persona tantos votos como partes de capital tenga. • Educación para la productividad.

  6. ORIGENES DEL COOPERATIVISMORochdale, Inglaterra (1.765)PERIODO CONOCIDO COMO LA REVOLUCION INDUSTRIAL. • ASPECTOS • ECONOMICOS: Concentración de K bajo un mismo techo. Nacen las Empresas (Textiles) • SOCIALES: Migración Campesina, Condiciones infrahumanas de Trabajo. • POLITICOS: Leyes Cartesianas • CULTURALES: Avances Tecnológicos, Ferrocarril y la Maquina de Vapor. • Robert Owen • John Becker: Precursor del Movimiento Sindical Obrero. • ¿EXISTEN DIFERENCIAS O SIMILITUDES A HOY?

  7. COOPERACIÓN • Ayuda mutua. • Solidaridad • Equidad • Justicia Social • Compromiso • Calidad de Procesos • Es Nuestra prioridad hoy y mañana.

  8. Empresas de Economía Solidaria • Cooperativas • Precooperativas • Empresas comunitarias • Empresas solidarias de salud • Empresas asociativas de trabajo • Fondos de empleados • Asociaciones mutuales • Cooperativas de administración pública • Las organizaciones de 2 y 3 grado de las mismas e instituciones auxiliares

  9. MARCO JURIDICO • CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA (Articulo 58º, Articulo 67º, Art 333º) • LEY No. 079 de 1988 (Articulo 88º, Articulo 89º, Articulo 90º) • LEY No. 454 de 1998 (Articulo 2º, Articulo 3º) • DIRECTIVA No. 031 DE 2001 – DANSOCIAL • RESOLUCIÓN No. 0194 DE 2001 – DANSOCIAL (Articulo 2º)

  10. NORMAS APLICABLES • Dto. 1480/89 Asociaciones Mutualistas • Dto. 1481/89. Fondos de empleados • Ley 1391/2010 • Dto. 1482/89. Administraciones Publicas Cooperativas • Dto. 1333/89 Precooperativas • Dto. 4588/06 Cooperativas de Trabajo Asociado.

  11. NORMAS APLICABLES • Resolución 1515 de 2001 P.U.C. • Resolución 1507 de 2001 y 1152 de 2002 Evaluación , clasificación y calificación de Cartera • CIRCULAR BASICA JURÍDICA 007 Octubre 27/2008 • CIRCULAR BASICA CONTABLE 004 Agosto 28/2008 • CIRCULARES EXTERNAS • CIRCULARES EN GENERAL

  12. ¿Qué es Economía Solidaria?Art. 2 de la Ley 454/98 • Sistema Socioeconómico, • Cultural y ambiental con- • formado por el conjunto de fuerzas sociales organizadas en formas asociativas identificadas por practicas Autogestionarias Solidarias, Democráticas y Humanistas, sin animo de lucro para el desarrollo integral del SER HUMANO como sujeto, actor y fin de la economía.

  13. EJERCICIO DE LA SUPERVISIONArt. 35 Ley 454 de 1998 “Ejercer el vigilancia, inspección y controlsobre las entidades que cobija su acción para asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias y de las normas contenidas en sus propios estatutos”

  14. VIGILANCIA Acciones orientadas a observar la conducta de los administradores de los entes solidarios, sin significar ello ningún tipo de interferencia en las mismas. Comprende el análisis de los estados financieros, controles de legalidad, tramite de quejas y peticiones, entre otros.

  15. INSPECCIÓN Medidas de supervisión que representan una carga para el administrado en función de las facultades exorbitantes de Supersolidaria para representar el interés general que prevalece sobre el particular. Comprende el análisis extra situ, las visitas de inspección in situ, recepción de interrogatorios, despachos comisorios, autos de archivos, traslados, autos de investigaciones administrativas, etc.

  16. CONTROL Actuaciones de más alto nivel, al comprender los aspectos en los que la Superintendencia interfiere directamente sobre la autonomía de las entidades vigiladas. En este tópico se incluyen las autorizaciones previas, las investigaciones administrativas, la expedición de sanciones, remoción de directivos, las intervenciones forzosas, (Tomas de posesión), acuerdos de reestructuración, entres otros.

  17. NIVELES DE SUPERVISIÓN DECRETO 2159 DE 1999 • PRIMER NIVEL DE SUPERVISION • Se considera como el más alto y exigente de supervisión. Se aplica para todas las cooperativas que ejercen actividad financiera y otras a juicio de la Superintendencia. • La periodicidad de los reportes que deben enviar al ente de control será MENSUAL, sin perjuicio que Supersolidaria establezca periodos inferiores. • Tasa de Contribución 0.713X1000.

  18. SEGUNDO NIVEL DE SUPERVISIÓN • Se aplica a aquellas entidades de la Economía Solidaria que no adelantan la actividad de ahorro y crédito con sus asociados y posean activos superiores a >$3.116.939.012. • La periodicidad de los reportes que deben enviar al ente de control será TRIMESTRAL, sin perjuicio que Supersolidaria establezca periodos inferiores. • Tasa de contribución es 0.409 X 1000.

  19. TERCER NIVEL DE SUPERVISIÓN • Se aplica a aquellas entidades de la Economía Solidaria que no se encuentran dentro de los parámetros de los dos primeros niveles, y sus activos sean inferiores a $ 3.116.939.012. • Su supervisión se realiza selectivamente y la remisión de los reportes será SEMESTRAL. • Tasa de contribución 0.262 X 1000. • Entidades de activos < a $242.497.074, no pagan.

  20. CIRCULAR EXTERNA No. 005 PARA: REPRESENTANTES LEGALES, MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN Y REVISORES FISCALES DE ORGANIZACIONES DE LA ECONOMIA SOLIDARIA ASUNTO: Modificación capítulos XII y XIV de la Circular Básica Contable y Financiera No. 004 de 2008 Bogotá D.C., 7 de septiembre de 2011 Ver Circular

  21. Promover el desarrollo integral del ser humano Generar prácticas que consoliden una corriente vivencial del pensamiento solidario, crítico y emprendedor como medio para alcanzar el desarrollo y la paz de los Pueblos. Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa. Participar en el diseño y ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo económico y social. Garantizar a sus miembros la participación y acceso a la formación, el trabajo, la propiedad, la información la gestión, y distribución sin discriminación alguna FINES DE LA ECONOMIA SOLIDARIA

  22. PRINCIPIOS DOCTRINALES • ADHESION VOLUNTARIA Y ABIERTA. • GESTION DEMOCRATICA (ASOCIADOS) • PARTICIPACION ECONOMICA • AUTONOMIA E INDEPENDENCIA.

  23. PRINCIPIOS DOCTRINALES • EDUCACIÓN, FORMACIÓN E INFORMACIÓN • INTEGRACIÓN SOLIDARIA • INTERÉS E IMPACTO COMUNITARIO

  24. VALORES COOPERATIVOS: • Autoayuda o esfuerzo propio • Responsabilidad Propia • Democracia • Igualdad • Equidad • Solidaridad • VALORES ÉTICOS • Honestidad y Transparencia • Responsabilidad y Vocación Social

  25. ACUERDO SOLIDARIO Requerimientos Legales: *DOS O MÁS PERSONAS: Persona Natural y Persona Jurídica * Manifestación expresa de voluntad al contratar * Derechos y Deberes ( reciprocidad ): Generalmente, Previamente Pactados. E S T A T U T O S LIBRE ADHESIÓN: Es un Derecho de la entidad y la persona que desea vincularse, más no obliga a ninguna de las partes actuantes. DEMOCRACIA: Elegir y Participar Activamente de los Procesos Institucionales. Es estar comprometido consigo mismo y compromiso significa : COM PRO MI SO Conjunto o Grupo En favor de mi La Sociedad R E F L E X I Ó N * Participa Usted de manera activa y consciente del alcance de sus acciones? * Cómo evaluaría Usted el grado de beneficio aportado? * Qué requerimos para ser más y mejores?

  26. AUSENCIA DE ANIMO DE LUCRO • Que establezca la irrepartibilidad de las reservas sociales y en caso de liquidación, la del remanente patrimonial. • Que destine sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos, y a reintegrar a sus asociados parte de los mismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo de la empresa, sin perjuicio de amortizar los aportes y conservarlos en su valor real.

  27. PROHIBICIONES A LAS COOPERATIVAS • Establecer restricciones o llevar a cabo prácticas que impliquen discriminaciones sociales, económicas, religiosas o políticas. • Conceder ventajas o privilegios a los promotores o fundadores, o preferencias a una porción cualquiera de los aportes sociales. • Conceder a sus administradores, en desarrollo de las funciones propias de sus cargos, porcentajes, comisiones, prebendas, ventajas, privilegios o similares que perjudiquen el cumplimiento de su objeto social o afecten a la entidad. • Desarrollar actividades distintas a las enumeradas en sus estatutos • Transformarse en sociedad comercial.

  28. NUESTRA ESTRUCTURA COOPERATIVA Toda estructura es eficiente y funcional la eficacia la determina la calidad de nuestros Asociados

  29. RAZON DE SER DE LAS ENTIDADES SOLIDARIAS OBJETO SOCIAL DE LA ENTIDAD SATISFACER LAS NECESIDADES DE SUS MIEMBROS DESARROLLO DE OBRAS DE SERVICIO A LA COMUNIDAD

  30. El Control Control operativo Control externo Revisor fiscal Auditoría Control de gestión Control social Comunidad y veeduría ciudadana Junta de vigilancia

  31. COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO • ESTATUTO • REGIMEN DE TRABAJO ASOCIADO • REGIMEN DE COMPENSACIONES • RESOLUCION MINISTERIO DEL TRABAJO • REGISTRO CAMARA DE COMERCIO • DIAN – RUT • HACIENDA DISTRITAL O MUNICIPAL - RIT

  32. ESTATUTO • ARTÍCULO 10. Calidad de Asociado • Las personas naturales que habiendo suscrito el Acta de Constitución, o las que posteriormente hayan sido admitidas como tales y se adhieran voluntariamente. • Se encuentren debidamente inscritas en el registro social y cumplan cabalmente con sus deberes. • Pueden aspirar a ser asociados de AGM SALUD C.T.A. las personas naturales que cumplan con las condiciones y requisitos que señalan el presente estatuto y el Régimen de Trabajo Asociado.

  33. ESTATUTO ARTÍCULO 11. Requisitos de Admisión. 1. Ser mayor de edad y legalmente capaz. 2. Ser profesional, técnico, experto o idóneo en cualquiera de las actividades o trabajos a que se refiere el objeto social de la Cooperativa. 3. Estar en condiciones y tener las actitudes para vincularse a un puesto de trabajo en desarrollo del objeto social de la Cooperativa. 4. Haber diligenciado el formulario de solicitud de asociación como trabajador asociado, proporcionando toda la información que requiera la Cooperativa, así como dar las referencias exigidas y aceptar que se efectúen las averiguaciones para la debida confirmación de los datos suministrados.

  34. ESTATUTO ARTÍCULO 11. Requisitos de Admisión. 5. Presentar las pruebas que permitan calificar sus conocimientos, aptitudes e idoneidad, así como comprometerse a asistir a los eventos de inducción previa a la vinculación que pueda establecer la Cooperativa tanto para el conocimiento de ella, su filosofía y regulación. 6. Acreditar curso básico de economía solidaria, con una intensidad no inferior a veinte (20) horas, mediante la presentación de certificado expedido por una entidad debidamente autorizada para impartirla con énfasis o aval en trabajo asociado, o comprometerse a adquirirlo por sus propios medios a más tardar en los tres (3) primeros meses posteriores a su ingreso, conforme a los programas, lineamientos y términos que establezca la Cooperativa.

  35. ESTATUTO ARTÍCULO 11. Requisitos de Admisión. 7. Comprometerse a cumplir las obligaciones estatutarias y reglamentarias de toda índole, especialmente las que surgen de su relación de trabajador asociado. 8. Comprometerse a pagar por una sola vez, al momento del ingreso, una contribución que se destinara a un fondo social específico el cual será reglamentado por el Consejo de Administración, cuyo monto será equivalente a tres (3) días de un smmlv, aproximado al mil más cercano y no será reembolsado al asociado. El tiempo máximo que tiene el trabajador asociado para pagar será hasta de 4 meses.

  36. ESTATUTO ARTÍCULO 11. Requisitos de Admisión. 9. Comprometerse a pagar un aporte mensual, que será una suma equivalente mínimo al dos (2%) por ciento de la compensación ordinaria. Para el caso de los asociados cesantes deberán comprometerse a pagar un aporte mensual mínimo de (2%) por ciento de un SMLMV que será reintegrado en el momento de la desvinculación como asociado a la cooperativa. 10. Los demás que exija y estipule el Régimen de Trabajo Asociado.

  37. ESTATUTO ARTÍCULO 12. Derechos de los Trabajadores Asociados. 1. Utilizar los servicios de AGM SALUD C.T.A. 2. Participar en las actividades generales de AGM SALUD C.T.A. y en su administración mediante el desempeño de cargos sociales, así como en la planeación, organización, control y evolución de su trabajo y su área de trabajo. 3. Ser informados de la gestión de AGM SALUD C.T.A., que implica la organización administrativa, sus desarrollos técnicos, avances y perspectivas de la actividad empresarial, la situación económica y financiera y sus resultados, así como cualquier proyecto o decisión de trascendencia para el futuro de la Cooperativa. 4. Ejercer actos de decisión y elección en las asambleas generales y en los demás eventos democráticos.

  38. ESTATUTO ARTÍCULO 12. Derechos de los Trabajadores Asociados. 5. Presentar proyectos y recomendaciones y demás iniciativas que tengan por objeto el mejoramiento de AGM SALUD C.T.A. y en especial de las actividades que se relacionen con su área de trabajo. 6. Inspeccionar la gestión de AGM SALUD C.T.A. en las condiciones, oportunidad y términos previstos por el presente estatuto y los reglamentos. 7. Presentar quejas fundamentadas o solicitudes de investigación o comprobación de hechos que puedan configurar infracciones o irregularidades en AGM SALUD C.T.A., ante las personas y organismos competentes. 8. Estar afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral y gozar de los servicios de bienestar social que a través de otras entidades o directamente tenga establecidos AGM SALUD C.T.A. para los trabajadores asociados.

  39. ESTATUTO ARTÍCULO 12. Derechos de los Trabajadores Asociados. 9. Tener acceso a la formación y capacitación que ofrezca AGM SALUD C.T.A., bajo los términos y condiciones que esta señale. 10. Recibir todos los beneficios que se derivan de la condición de trabajador asociado. 11. Retirarse voluntariamente de AGM SALUD C.T.A. 12. Los demás que resulten de la Ley, el estatuto, los regímenes de Trabajo Asociado y Compensaciones y demás reglamentos.

  40. ESTATUTO ARTÍCULO 13. Deberes de los asociados. 1. Adquirir conocimiento sobre los Principios Básicos del Cooperativismo, características del Acuerdo Cooperativo y el trabajo asociado, el presente estatuto, los regímenes de Trabajo Asociado y Compensaciones y demás reglamentos. 2. Cumplir las obligaciones derivadas del Acuerdo Cooperativo y los compromisos económicos, sociales y de toda índole para el desarrollo del objeto social de AGM SALUD C.T.A. 3. Comprometerse a pagar un aporte mensual, que será una suma equivalente mínimo al dos (2%) por ciento de la compensación ordinaria. Para el caso de los asociados cesantes deberán comprometerse a pagar un aporte mensual mínimo de (2%) por ciento de un SMLMV. El valor de este aporte será devuelto en el momento en que el asociado se retire o desvincule de la cooperativa.

  41. ESTATUTO ARTÍCULO 13. Deberes de los asociados. 4. Aceptar y cumplir las determinaciones que los órganos de administración y vigilancia que la Cooperativa adopte conforme al estatuto, los regímenes y demás reglamentos. 5. Comportarse solidariamente en sus relaciones con AGM SALUD C.T.A. y con los asociados de la misma. 6. Abstenerse de efectuar actos inapropiados o de incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica y financiera o el prestigio social de AGM SALUD C.T.A., sus asociados o directivos. 7. Ejecutar personalmente con oportunidad, pericia, interés, esfuerzo, eficiencia, honestidad, responsabilidad y lealtad la contribución personal de trabajo que se le asigne y someterse a las disposiciones reglamentarias del mismo.

  42. ESTATUTO ARTÍCULO 13. Deberes de los asociados. 8. Acatar la autoridad y dirección en las relaciones de la contribución personal de trabajo conforme a los órganos de administración establecidos en el Régimen de Trabajo Asociado. 9. Guardar prudencia y discreción en materias política, racial, religiosa o de género en sus relaciones internas con AGM SALUD C.T.A. y evitar actuaciones en estos temas que la afecten. 10. Suministrar los informes que AGM SALUD C.T.A. le solicite para el buen desarrollo de sus relaciones con ella e informar cualquier cambio de domicilio o de residencia. 11. Asistir a las reuniones, a las asambleas generales ordinarias y extraordinarias y demás eventos a los cuales sea convocado; desempeñar fielmente los cargos de dirección y control en AGM SALUD C.T.A. para los que sea elegido o nombrado.

  43. ESTATUTO ARTÍCULO 13. Deberes de los asociados. 12. Participar en los programas de educación cooperativa, capacitación general y de trabajo. 13. Abstenerse de utilizar o hacer uso de los bienes materiales o económicos de AGM SALUD C.T.A. o de los que estén a cargo de ésta, para beneficio personal o a favor de terceros. 14. Responder económicamente por las pérdidas de dineros y demás bienes de AGM SALUD C.T.A. y los que estén bajo su manejo y responsabilidad. 15. Prestar la colaboración y solidaridad posible en casos de siniestro o riesgo inminente que afecten o amenacen a las personas o los bienes de AGM SALUD C.T.A. así como en emergencias de trabajo, siempre que exista conocimiento previo de tales situaciones.

  44. ESTATUTO ARTÍCULO 13. Deberes de los asociados. 16. Utilizar en todas sus relaciones con AGM SALUD C.T.A. el conducto regular, entendiéndose por éste las competencias, órganos de administración y procedimientos que para cada caso se hayan señalado. 17. Mantener buena relaciones interpersonales basadas en cordialidad, respeto calidez con compañeros y/o superiores y personal externo. 18. Mantener la adecuada presentación personal, porte y actitud para brindar un excelente servicio 19. Las demás que se deriven de la relación cooperativa-asociado.

  45. ESTATUTO ARTÍCULO 14. Pérdida de la calidad de asociado La calidad del asociado de AGM SALUD C.T.A. se pierde por: 1. Retirovoluntario. 2. Muerte. 3. Exclusión.

  46. REGIMEN DE TRABAJO ASOCIADO • DISPOSICIONES GENERALES • CONDICIONES O REQUISITOS PARTICULARES PARA LA ASOCIACION DEL TRABAJADOR ASOCIADO • JORNADAS Y HORARIOS DE TRABAJO ASOCIADO DESCANSOS, PERMISOS Y DEMÁS AUSENCIAS • PERMISOS Y LICENCIAS • DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES • FALTAS Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS • PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES

  47. REGIMEN DE TRABAJO ASOCIADO • PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES • TERMINACION DEL VÍNCULO DEL TRABAJO ASOCIADO • DERECHOS ECONÓMICOS • DISPOSICIONES EN SALUD OCUPACIONAL, RIESGOS PROFESIONALES, MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PRIMEROS AUXILIOS EN CASO DE ACCIDENTES DE TRABAJO • SOLUCION DE CONFLICTOS

  48. REGIMEN DE COMPENSACIONES • DISPOSICIONES GENERALES • Tipos de Ingresos de los Trabajadores Asociados • Compensaciones • Ingresos que no constituyen compensación • Libertad de acuerdo • Forma de Pago • Entrega del pago a terceras personas y por fallecimiento del asociado • JornadaOrdinaria • Trabajo Ordinario Diurno y Nocturno

  49. REGIMEN DE COMPENSACIONES • MODALIDADES DE COMPENSACIONES • CompensacionOrdinaria • Compensación de descanso dominical y de días de descanso obligatorio. • CompensacionesExtraordinarias • Fija • Variable • Periodicidad • Tiempo suplementario en día ordinario • Trabajo en días de descanso obligatorio - Dominicales y Festivos • Descansoanualcompensado • RecargoNocturno

  50. REGIMEN DE COMPENSACIONES • BENEFICIOS, AUXILIOS Y OTROS PAGOS QUE NO CONSTITUYEN COMPENSACIÓN • AuxilioSemestral • AuxilioAnual • Beneficiode Transporte • Beneficiode Alimentación • Beneficiode Educación • Beneficiode Vivienda • Beneficiode Salud • Beneficiode Bienestar • ELEMENTOS DE TRABAJO Y UNIFORMES • DEDUCCIONES Y RETENCIONES • DISPOSICIONES FINALES

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