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6.7 Defensa Jurídica De La producción nacional Frente a las prácticas Desleales deL

6.7 Defensa Jurídica De La producción nacional Frente a las prácticas Desleales deL Comercio Internacional. La legislación mexicana en materia de prácticas desleales de comercio internacional está integrada, principalmente, por los siguientes instrumentos jurídicos :

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6.7 Defensa Jurídica De La producción nacional Frente a las prácticas Desleales deL

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Presentation Transcript


  1. 6.7 Defensa Jurídica De La producción nacional Frente a las prácticas Desleales deL ComercioInternacional

  2. La legislación mexicana en materia de prácticas desleales de comercio internacional está integrada, principalmente, por los siguientes • instrumentos jurídicos: • Ley de Comercio Exterior • Reglamento de la Ley de Comercio Exterior • Los Acuerdos de la OMC

  3. ACUERDOS DE LA OMC: • Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y • Comercio de 1994 (GATT de 1994) • Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI • del GATT de 1994 (Acuerdo Antidumping) • Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas • Compensatorias • Acuerdo sobre Salvaguardias • Acuerdo sobre la Agricultura • Entendimiento relativo a las normas y • procedimientos por los que se rige la Solución de • Diferencias entre Tratados y Acuerdos • Comerciales Internacionales

  4. PRACTICA DESLEAL DE COMERCIO INTERNACIONAL Y SALVAGUARDA Existe una práctica desleal de comercio internacional cuando las importaciones de un producto en condiciones de dumping y/o subvención causan daño a una rama de producción nacional

  5. ¿Qué es el dumping? Es la práctica que consiste en la exportación de mercancías a un precio inferior a su valor normal. El valor normal se define como el precio de las ventas internas en el país exportador, el precio de exportación a un tercer país, o el valor reconstruído en el país exportador. Este último es un precio que se calcula a partir de la suma de los costos unitarios (fijos y variables), los gastos generales y un margen de utilidad razonable.

  6. ¿En qué consiste el procedimiento antidumping? El procedimiento administrativo consiste en una investigación para determinar si existen importaciones de mercancías en condiciones de discriminación de precios que causen daño, amenaza de daño o retraso a una rama de producción nacional en un periodo determinado. Si este es el caso, el procedimiento concluye con la aplicación de una cuota compensatoria definitiva.

  7. ¿ Qué es una subvención? Una subvención o subsidio es una contribución financiera de un gobierno a un particular, que le confiere a este último un beneficio para incrementar artificialmente la ventaja competitiva de sus exportadores. Dicha contribución puede otorgarse directamente por el gobierno o mediante algún organismo público o entidad privada.

  8. ¿En que consiste el procedimiento antisubvención? El procedimiento administrativo consiste en una investigación que tiene como objetivo determinar la existencia o no de las subvenciones, su cuantificación y determinación sobre si son compensables y si causaron daño a la rama de producción nacional. Si este es el caso, el procedimiento concluye con la aplicación de una cuota compensatoria definitiva.

  9. ¿Qué es una cuota compensatoria? Son medidas no arancelarias impuestas por el Estado como resultado de una investigación antidumping o antisubvención, y tienen por objeto eliminar los efectos negativos de las prácticas desleales de comercio internacional.

  10. Vigencia de las medidas compensatorias Las cuotas compensatorias estarán vigentes durante el tiempo y en la medida necesarios para contrarrestar el daño causado a la rama de producción nacional. Se eliminarán en un plazo de cinco años, contados a partir de su entrada en vigor, a menos de que antes de concluir dicho plazo la Secretaría haya iniciado un procedimiento de revisión o un examen quinquenal de vigencia de cuota compensatoria.

  11. ¿Qué son las medidas de salvaguarda? Las medidas de salvaguarda son aquéllas que regulan o restringen de manera temporal las importaciones de mercancías idénticas, similares o directamente competidoras a las de producción nacional, en la medida necesaria para remediar o prevenir el daño grave o la amenaza de daño grave a la rama de producción nacional de que se trate, y para facilitar el ajuste de los productores nacionales.

  12. ¿En qué consiste el procedimiento de salvaguarda? El procedimiento administrativo consiste en una investigación para determinar si las importaciones han causado o amenazan causar daño grave a la rama de producción nacional. Los productores nacionales deberán proponer y llevar a cabo un programa de ajuste competitivo en el sector, y el país extranjero afectado deberá ser compensado por la afectación en sus exportaciones.

  13. Medidas salvaguarda La determinación de las medidas de salvaguarda deberá hacerse por el Presidente de la República, y se sujetará a las disposiciones de los tratados y convenios internacionales de los que México sea Parte. La vigencia de las medidas de salvaguarda podrá ser hasta de cuatro años, prorrogable hasta por seis años más, siempre que se justifique la necesidad de la misma, tomando en consideración el cumplimiento del programa de ajuste de la producción nacional.

  14. MECANISMOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Con el fin de dirimir las disputas que surgen con motivo de la aplicación de las disposiciones referidas, dichos tratados y acuerdos prevén mecanismos de solución de controversias derivadas de la imposición de medidas antidumping, compensatorias y de salvaguarda.

  15. PROCEDIMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN EN MATERIA DE PRÁCTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL: • ANTIDUMPING Y ANTISUBVENCIÓN • Solicitud de inicio • Resolución de Inicio • Resolución preliminar • Visita de verificación • Compromisos de exportadores y gobiernos • Audiencia pública • Resolución final

  16. ASISTENCIA A EXPORTADORES La Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales de la Secretaría de Economía, tiene entre sus funciones el otorgar asistencia técnica y jurídica a los productores y/o exportadores mexicanos involucrados en investigaciones y procedimientos antidumping, antisubvención y sobre salvaguardas que se llevan a cabo en otros países en contra de México.

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