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Consulta Indígena.

Consulta Indígena. Proyectos de ley sobre institucionalidad. ¿POR QUÉ CAMBIAR LA INSTITUCIONALIDAD?.

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Presentation Transcript


  1. Consulta Indígena. Proyectos de ley sobre institucionalidad

  2. ¿POR QUÉ CAMBIAR LA INSTITUCIONALIDAD? CONADI nació producto del movimiento indígena chileno de principios de la década de los noventa, movimiento que, tras un arduo trabajo, preparó un proyecto de ley que finalmente se transformó en la Ley Indígena. Sin embargo, durante los últimos años ha quedado demostrado que este modelo institucional se encuentra agotado y no ha podido solucionar los problemas y necesidades de los pueblos indígenas de Chile de manera satisfactoria, razón por la cual ha sido necesario preparar un propuesta para modernizar este servicio público. Gobierno de Chile | Mideplan

  3. ORIGEN DEL PROBLEMA: CONCENTRACIÓN Y CONFUSIÓN DE TAREAS La pérdida de eficiencia de Conadi se debe principalmente a la concentración de tres grandes funciones: 1.- Diseño de política indígena (qué es lo que el Estado debe hacer para solucionar los problemas y satisfacer las necesidades de los pueblos indígenas); 2.- Implementación de esta política indígena (entrega de fondos, beneficios, subsidios, etc.); y 3.- Representación indígena a través de su Consejo Nacional.

  4. Roles en la actualidad Representación y participación de los pueblos indígenas CONSEJO DE CONADI Diseño y ejecución de política indígena CONADI Supervigilancia de CONADI MIDEPLAN Gobierno de Chile | Mideplan

  5. Institucionalidad vigente PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA LA LEY 19.300 ESTABLECE LO SIGUIENTE: MIDEPLAN Consejo Nacional Conadi Director Nacional Subdirección nacional Norte Subdirección nacional Sur 1 dirección regional y 2 Oficinas de Asuntos Indígenas 3 Oficinas de Asuntos Indígenas que dependen directamente del DN 3 direcciones regionales Gobierno de Chile | Mideplan

  6. Roles que se proponen Principales lineamientos política indígena CONSEJO DE MINISTROS Diseño de política MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Representación y participación de los pueblos indígenas CONSEJO DE PUEBLO Ejecución de política AGENCIA DE DESARROLLO

  7. Institucionalidad propuesta PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSEJO DE PUEBLOS INDÍGENAS (43 miembros independientes) CONSEJO DE MINISTROS (9 Ministros) MIDEPLAN AGENCIA DE DESARROLLO INDIGENA XV región I región III región (IV) V región VIII región IX región XIV región II región RM (VI y VII) X región XI región XII región ISLA DE PASCUA Gobierno de Chile | Mideplan

  8. LA AGENCIA DE DESARROLLO INDÍGENA • Características: Será un servicio público descentralizado: • Con personalidad jurídica y patrimonio propio; • Sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Planificación; • Regido por el Sistema de Alta Dirección Pública; • Tendrá su domicilio y sede principal en la ciudad de Santiago; y • Contará con 12 direcciones regionales y 1 oficina en Isla de Pascua.

  9. EL CONSEJO DE PUEBLOS • Composición: Estará compuesto por 43 miembros que representarán a los 9 pueblos indígenas reconocidos por el estado: • 2 elegidos por el Pueblo Quechua; • 2 elegidos por el Pueblo Colla; • 2 elegidos por el Pueblo Diaguita; • 1 elegidos por los Pueblos Kawésqar; • 1 elegidos por los Pueblos Yagán; • 3 elegidos por el Pueblo Rapa Nui; • 3 elegidos por el Pueblo Atacameño; • 4 elegidos por el Pueblo Aymara; • 6 elegidos por la población mapuche de la Región Metropolitana; • 3 elegidos por la población mapuche de la Región del BíoBío; • 8 elegidos por la población mapuche de la región de La Araucanía; • 2 elegidos por la población mapuche de la Región de Los Ríos; • 4 elegidos por la población mapuche de la Región de Los Lagos; • 2 elegidos por la población mapuche de otras regiones. • *La proporcionalidad por región se obtuvo del Censo 2002. Gobierno de Chile | Mideplan

  10. b) Administración: Estará a cargo del Secretario Ejecutivo, cargo que será designado por el Consejo de Pueblos y remunerado por Mideplan. • Acto eleccionario: Estará a cargo de la Agencia de desarrollo y los miembros elegidos durarán cuatro años en su cargo. Podrán votar todas aquellas personas que se encuentren inscritas en el Registro Especial Indígena, dicho registro estará compuesto por aquellas personas a las que la Agencia o la Conadi le hayan entregado el certificado de calidad indígena. • Funcionamiento: Podrá funcionar en sesiones ordinarias (3 veces al año) o en sesiones extraordinarias (máximo 3 veces al año). Los consejeros gozarán de una dieta de $230 mil aprox (6 UTM) por cada sesión a la que concurran. Y podrá ser convocado por 1/3 de los consejeros o por el Ministro de Planificación. • Financiamiento: Contará con financiamiento del erario público a través de Mideplan.

  11. Gracias.

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