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RECEPCIÓN Y AUDIENCIA

RECEPCIÓN Y AUDIENCIA. Legislación básica.

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RECEPCIÓN Y AUDIENCIA

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  1. RECEPCIÓN Y AUDIENCIA

  2. Legislación básica • Ley 25/1994, de 12 de julio, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la directiva 89/552/cee, sobre la coordinación de disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los estados miembros relativas al ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva. • La Directiva 97/36/CE, de 30 de junio, del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se modifica la Directiva 89/552/CEE • Ley 22/1999, de 7 de Junio por la que se modifica la Ley 25/1994 y aprovechar la aprobación de esta disposición para introducir adaptaciones en la vigente normativa.

  3. Artículo 1Objetode esta Ley • Establecer el régimen jurídico que garantice la libre difusión y recepción de las emisiones televisivas entre los Estados de la Unión Europea. • Fomentar el desarrollo de determinadas producciones televisivas. • Regular la publicidad televisiva, en todas sus formas. • Regular el patrocinio televisivo. • Defender los intereses legítimos de los usuarios y, en especial, de los menores para preservar su correcto desarrollo físico, mental y moral. • Lo previsto en esta Ley no impide la aplicación de la legislación específica en materia de sanidad, medicamentos y productos sanitarios, de protección de los consumidores y usuarios y de publicidad.

  4. Artículo 8. Publicidad y televenta ilícitas. • Son ilícitas la publicidad por televisión y la televenta que fomenten comportamientos perjudiciales para la salud o la seguridad humanas o para la protección del medio ambiente; atenten al debido respeto a la dignidad de las personas o a sus convicciones religiosas y políticas o las discriminen por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, nacionalidad, opinión, o cualquier otra circunstancia personal o social. • Igualmente, son ilícitas la publicidad y la televenta que inciten a la violencia o a comportamientos antisociales, que apelen al miedo o a la superstición o que puedan fomentar abusos, imprudencias, negligencias o conductas agresivas. • Tendrán la misma consideración la publicidad y la televenta que inciten a la crueldad o al maltrato a las personas o a los animales o a la destrucción de bienes de la naturaleza o culturales. • La publicidad y la televenta no deberán utilizar técnicas subliminales.

  5. Artículo 9. Publicidad y televenta prohibidas. • Cigarrillos y demás productos del tabaco. • Medicamentos y tratamientos médicos que sólo puedan obtenerse por prescripción facultativa • La publicidad y la televenta encubiertas.

  6. Artículo 10. Publicidad y televenta de bebidas alcohólicas. • Prohibida la publicidad y la televenta de bebidas con graduación alcohólica superior a veinte grados centesimales. • Las restantes bebidas alcohólicas no podrán estar dirigidas específicamente a las personas menores de edad ni, en particular, presentar a los menores consumiendo dichas bebidas. • No deberán asociar el consumo de alcohol a una mejora del rendimiento físico o de la conducción de vehículos ni dar impresión de que el consumo de alcohol contribuye al éxito social o sexual …

  7. Artículo 11. Identificación y colocación de la publicidad y los anuncios de televenta • La publicidad y la televenta deberán ser fácilmente identificables y diferenciarse claramente de los programas, a través de medios ópticos o acústicos.

  8. Artículo 16. Protección de los menores frente a la publicidad y la televenta. • En ningún caso, deberá explotar la especial confianza de los niños en sus padres, en profesores o en otras personas, tales como profesionales de programas infantiles o, eventualmente, en personajes de ficción. • En el caso de publicidad o de televenta de juguetes, éstas no deberán inducir a error sobre las características de los mismos, ni sobre su seguridad, ni tampoco sobre la capacidad y aptitudes necesarias en el niño para utilizar dichos juguetes sin producir daño para sí o a terceros.

  9. Artículo 17 . Protección de los menores frente a la programación. • La emisión de programas susceptibles de perjudicar el desarrollo físico, mental o moral de los menores sólo podrá realizarse entre las veintidós horas del día y las seis horas del día siguiente, y deberá ser objeto de advertencia sobre su con tenido por medios acústicos y ópticos. • Cuando tales programas se emitan sin codificar, deberán ser identificados mediante la presencia de un símbolo visual durante toda su duración.

  10. Artículo 18. Derecho a la información. • Constituye un derecho de los telespectadores el conocer, con antelación suficiente la programación de televisión. • Las Comunidades Autónomas ejercerán el control y la inspección para garantizar el cumplimiento de lo previsto en esta ley si el medio de transmisión empleado no sobrepasa sus respectivos límites territoriales. • Corresponden al Estado las competencias para garantizar el cumplimiento de las disposiciones de esta Ley, en los restantes servicios de televisión.

  11. Artículo 20. Infracciones y sanciones. • Se considerará infracción muy grave, la contravención de las obligaciones y prohibiciones impuestas en los apartados 1 y 4 del artículo 17 y en la disposición adicional segunda de esta Ley. • Igualmente, se considerará infracción muy grave la comisión, en el plazo de un año, de dos o más infracciones graves sancionadas con carácter definitivo. • 3. Las infracciones graves a lo previsto en la presente Ley serán sancionadas con multa de hasta 50.000.000 de pesetas y las muy graves con multa desde 50.000.001 pesetas hasta 100.000.000 de pesetas. • Las infracciones muy graves al apartado número 1 del artículo 17, en razón de sus circunstancias, podrán dar lugar a la suspensión de eficacia del título habilitante para la prestación del servicio de televisión y, en caso de reiteración, a la revocación del mismo.

  12. DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Medidas adicionales de protección a la juventud y a la infancia. • En la medida que el desarrollo tecnológico lo permita, el Gobierno, para la mejor protección de la juventud y de la infancia, podrá establecer la obligación de que los receptores incorporen mecanismos automáticos de desconexión y exigir a los servicios de televisión que incluyan en sus emisiones los códigos que permitan activar dichos mecanismos, a voluntad del receptor.

  13. Investigación:Televisión y los niños

  14. . Investigación:Televisión y los niños • http://www.campusred.net/telos/articuloexperiencia.asp?idarticulo=1&rev=66 a 2 enero 2009 • La audiencia infantil en España.Cómo ven los niños la televisiónJosé Ramón Pérez Ornia y Luis Núñez Ladevéze • Basada en la investigación realizada por José Ramón Pérez Ornia y Luis Núñez Ladevéze y completada con nuevos datos elaborados por José Ramón Pérez Ornia durante el año 2003 y en el proyecto titulado: «La televisión y la audiencia infantil en España. Criterios y contenidos de la programación y pautas de conducta» que abarca de 2003 a 2007 y está actualmente en ejecución. • Segmento de los telespectadores –los niños con edad comprendida entre 4 y 12 años, ambos inclusive

  15. Investigación:Televisión y los niños • Escasa preocupación de programadoresy de publicitarios por adaptarse a la población infantil: carencia de contenidos adecuados y falta de horarios razonables.

  16. Investigación:Televisión y los niños Durante los últimos años las televisiones españolas han emitido programas, a veces socialmente muy criticados, con un notable éxito de atención infantil.

  17. Investigación:Televisión y los niños Preocupación por la disminución del tiempo dedicado a la programación específicamente infantil, sobre todo en los horarios principales de programación En varias temporadas no ha habido prácticamente programas infantiles en el horario de la tarde, y actualmente su presencia es poco significativa, cuando antaño ocupaba un lugar preferente

  18. Iinvestigación:Televisión y los niños • Escasa preocupación de programadoresy de publicitarios por adaptarse a la población infantil: carencia de contenidos adecuados y falta de horarios razonables.

  19. Investigación:Televisión y los niños • Contenidos que les motivan: el humor, la fantasía, la aventura y el reconocimiento de personajes o situaciones que pueden tener algún punto de conexión con su mundo real o imaginario aparecen como los ejes de motivación infantil ante la televisión. Saben muy bien lo que les gusta o lo que no de la programación televisiva y parece que no perciben la televisión como algo diferente o necesariamente más interesante que las otras actividades que realizan en su tiempo libre.

  20. Investigación:Televisión y los niños • Que los niños están dominados por la televisión es verdad sólo en una minoría de casos. • si el niño hace un hueco para ver la televisión no lo hace porque reduzca proporcionalmente todas las actividades, sino por una reducción selectiva, de modo que algunas son reducidas drásticamente y otras no • otros investigadores, como Van der Voort, demuestran, según Del Río, que «ver la televisión induce a los niños a dedicar menos tiempo a la lectura en el hogar y obstruye el desarrollo de sus habilidades lectoras»

  21. Investigación:Televisión y los niños • Otros estudios correlacionan “cantidad de televisión vista por los niños” y “pérdida de creatividad” debido al llamado “efecto secante” que ejerce la televisión sobre las actividades infantiles (31), aunque también se han establecido correlaciones positivas entre determinados programas, como Barrio Sésamo, y la imaginación infantil.

  22. Investigación:Televisión y los niños • Los niños de clase social alta dedican menos de dos horas diarias a ver la televisión frente a las tres horas de los pertenecientes a las clases menos favorecidas. • La importancia que tiene para el niño ver la televisión acompañado, en parte, por la necesidad que todo ser humano tiene de validar su percepción de la realidad pero también por la necesidad que tenemos de referentes a la hora de interpretar esa percepción. Los niños de 4 a 12 años ven la televisión acompañados, al menos por otra persona, la mayoría del tiempo. • Cuando los niños ven más televisión –en términos absolutos o miles de espectadores– no es en los horarios de programación infantil, sino en los horarios preferentes familiares o de adultos

  23. Investigación:Televisión y los niños • En el horario de la pre-sobremesa, en el preferencial (prime time) y el nocturno no hay programación específica para los niños. Bien es cierto que el horario “protegido” para los niños acaba, según las Directivas europeas, a las 22:00 horas. • El público infantil consume por igual los productos específicos destinados a él y los dirigidos a la audiencia en general. Entre los diez programas más vistos por los niños de 4 a 12 años en la temporada 2002/03 sólo hay tres programas propiamente infantiles.

  24. Televisión y los niños Opinión propia. • Los menores están expuestos a programas que transmiten violencia, sexismo, infidelidades, falta de respeto hacia iguales, falta de respeto hacia padres y educadores, visión superficial del sexo, morbosidad por la vida ajena o uso de un lenguaje soez. • Además, en los dibujos animados, junto a ejemplos de calidad, coexisten otros que emplean técnicas visuales agresivas para captar toda la atención del menor y que tienen contenidos violentos.

  25. Medición de Audiencias • El rating de un programa de televisión es la forma más simple y democrática de medir la audiencia: nos dice cuanta gente está viendo un programa de televisión o un spot publicitario en un momento dado. Los números que se publican representan el porcentaje medio de espectadores que están viendo algo en un periodo de tiempo establecido. • El dato es simplemente cuantitativo, no cualitativo: no sabemos si a la gente que está viendo un programa, la emisión le gusta o noles gusta; simplemente sabemos que lo está viendo. • El share, término ampliamente utilizado en la medición de audiencias de televisión, indica la preferencia relativa de los espectadores hacia un determinado espacio con respecto a otros que se emiten simultáneamente. • El share define la competencia frente a otros programas que se emiten simultáneamente en otras cadenas.

  26. Medición de Audiencias • Dos métodos fundamentales: • Audímetros. • Estudio general de medios.

  27. Medición de Audiencias ¿Qué es un audímetro?Es un dispositivo electrónico que se instala en cada uno de los hogares seleccionados como parte de la muestra que representa a la población de un país.Es un equipo de gran precisión que automática y permanentemente, durante las 24 horas del día, registra segundo a segundo el consumo individual de televisión. Una vez procesados estos datos, el audímetro los manda vía modem y vía telefónica a un gran ordenador central que los procesa y que obtiene las cifras de audiencia estimadas para el conjunto de la población de un país. El Panel de Audímetros actualmente vigente en España controla una muestra de 3105 hogares, elegidos aleatoriamente, en los cuales viven 10.029 personas. ¿Fiabilidad?: http://movidas-varias.blogspot.com/2008/02/audmetros-para-medir-audiencias-de-tv.html

  28. Medición de Audiencias • ¿Qué es el Estudio General de Medios?El Estudio General de Medios también mide quién ve televisión, cuándo o qué canales se ven, aunque el sistema de medición es distinto al de los audímetros, así como su oferta de información. El EGM se basa en encuestas callejeras y el método estadístico de recuerdo. Maneja un volumen mucho más amplio de información y permite complementar y contrastar los datos que ofrece el Panel de audímetros de Sofres.

  29. Medición de Audiencias Audiencia televisiva en internet. Recientemente la empresa Netvalue puede ofrecer los datos de audiencia de internet, utilizando un software especializado, denominado Netmeter, que se instala en el ordenador de los usuarios seleccionados.

  30. Denuncias en la publicidad infantil Proliferan los anuncios para público infantil que intentan evitar la normativa y vender un producto con recursos poco éticos aprovechándose de que el niño que mira la tele carece de la capacidad crítica necesaria para distinguir qué es verdad de lo que no.

  31. Denuncias en la publicidad infantil El mayor número de reclamaciones se lo llevan los anuncios que exhiben animaciones figuradas de juguetes estáticos y que fusionan imágenes reales o de ficción con el producto en sí. La mayoría de las reclamaciones se resuelven con modificaciones de los anuncios denunciados, que vuelven a emitirse pero sin los juguetes moviéndose solos,

  32. Denuncias en la publicidad infantil El seguimiento de este tipo de prácticas corre a cargo de la Comisión de Seguimiento del Código Deontológico de la Publicidad Infantil y su labor es apenas testimonial porque, siendo realistas, ¿qué gran corporación juguetera ignora que es un engaño un anuncio en el que un juguete se mueve solo? Sabiendo que las campañas publicitarias funcionan normalmente en dos tandas, la primera con un anuncio largo y la segunda con una versión breve para reforzar el efecto, no parece exagerado pensar que es efectivo hacer el primer anuncio vulnerando el código y, después del aviso, emitir el breve modificado. Así, la compañía se apunta el tanto de contentar al consumidor y emite la publicidad que le da la gana sin mayores consecuencias.

  33. Ejemplos de denuncias sobre la publicidad como vías posibles de denuncia. • La OCU denuncia. Diversos aspectos. • Denuncia la emisión de publicidad indirecta del whisky a través de Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía. • Comisión europea denuncia a España por el bombardeo de publicidad en TV. • Observatorio de Televisión infantil denuncia el daño que la programación provoca en los niños.

  34. La OCU denuncia • Los niños ven a diario alrededor de 100 anuncios, de los cuales el 48% son productos de alimentación, responsables en gran medida de los desequilibrios dietéticos de los niños. • Todas las cadenas introducen más publicidad durante la programación infantil que durante el resto. • De esta forma los menores, más vulnerables y necesitados de una especial protección son con diferencia quienes más publicidad reciben.

  35. La OCU denuncia • El daño que los productos anunciados pueden ocasionar en la dieta de los niños. • La mayoría de productos que proponen la publicidad emitida durante al programación infantil son ricos en grasa, azúcar o sal • Esta propuesta alimentaria es claramente contraria a las necesidades nutricionales de nuestros menores. • En España, más del 26% de la población infantil presenta problemas relacionados con el peso y estas cifras se han duplicado en apenas una década.

  36. La OCU denuncia La OCU denuncia la inversión de la pirámide nutricional que propone la publicidad:

  37. La OCU denuncia • Anuncios peligrosos: Algunos recurren a la figura de padres y profesores, otros a juguetes a los que se atribuyen propiedades que no tienen, algunos son de vino y alcohol. Pero, sobre todo, destaca la cantidad de anuncios de un tipo de alimentación desequilibrada y poco sana. • La OCU quiere recordar que son los padres los que deben educar y orientar a sus hijos. En este sentido, son los padres quienes deben determinar tanto el tipo de programa que ven los menores como el tiempo que dedican a la televisión. • La OCU ha remitido los resultados de este estudio a la Vicepresidenta del Gobierno, a las autoridades sanitarias, a las competentes en materia audiovisual, al Defensor del Menor, solicitando la adopción de una serie de medidas (ver Anexo). Igualmente se ha dirigido a la industria alimentaria y a los anunciantes, principales responsables de los contenidos publicitarios.

  38. La OCU denuncia Algunas medidas propuestas de protección de la infancia frente a la publicidad. Prohibición de la publicidad televisiva antes, durante y después de los programas dirigidos a los niños menores de 12 años. Desarrollo de una normativa más sencilla y eficaz, que permita un control efectivo tanto de los tiempos máximos como del contenido de los anuncios. Limitación general de la publicidad de alimentos muy ricos en grasas, sal o azucares, por su relación directa con el sobrepeso en los menores. Eliminación de la publicidad que se confunde con el programa, impidiendo que sea percibida como tal por los menores. Restricción del uso de niños, personajes famosos y dibujos animados, en el desarrollo del anuncio. Regulación de la utilización de regalos como señuelo o excusa para anunciar el producto.

  39. La Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía (ASGECO-FACUA) ha denunciado ante la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información la emisión por televisión de un spot de un producto denominado J&B Twist, mediante el que se promociona de forma indirecta el whisky J&B, El producto se anuncia como una "refrescante mezcla de whisky escocés y cítricos", supone para FACUA un fraude de ley que intenta esquivar la prohibición establecida en la Ley 25/1994 y su modificación aprobada en 1999, que prohíben la publicidad televisiva de bebidas alcohólicas con más de 20º, de forma tanto directa como indirecta. , FACUA ha denunciado nueve casos de publicidad de bebidas alcohólicas de alta graduación a través de televisión mediante técnicas de publicidad indirecta Denuncia la emisión de publicidad indirecta del whisky J&B a través de la televisión

  40. Denuncia publicidad indirecta de bebidas alcohólicas a través de la televisión

  41. Comisión europea denuncia a España por el bombardeo de publicidad en TV . • Noviembre-2008. • La Comisión Europea acaba de anunciar su decisión de denunciar al Estado español ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. • En España no son respetados los límites que la Directiva sobre Televisión Sin Fronteras impone a la emisión de anuncios y debido a que la Comisión Europea carece de poder para multar a través de esta denuncia se buscarán responsabilidades ante las autoridades públicas del propio estado Español.

  42. Observatorio Europeo de Televisión infantil denuncia el daño que la programación provoca en los niños • OETI entidad sin animo de lucro para conseguir que los contenidos televisivos sean educativos, formativos y entretenidos. • Denuncia el daño que los contenidos televisivos están produciendo en menores.No se respeta el código de autoregulación de horario reforzado y esto hace mucho daño a niños y jóvenes. El mundo 11 diciembre 2007.

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