1 / 93

Derecho Tributario I

Derecho Tributario I. Msc. Pablo Emilio Hurtado Flores. Contenido. 1) Aspectos Generales del Derecho Financiero 2) Actividad Financiera del Estado 3) Ciencia de Finanzas Públicas y los Fines Públicos del Estado 4) Política Fiscal 5) Concepto de Derecho Financiero

peri
Download Presentation

Derecho Tributario I

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Derecho Tributario I Msc. Pablo Emilio Hurtado Flores

  2. Contenido • 1) Aspectos Generales del Derecho Financiero • 2) Actividad Financiera del Estado • 3) Ciencia de Finanzas Públicas y los Fines Públicos del Estado • 4) Política Fiscal • 5) Concepto de Derecho Financiero • 6) Relación del D. Financiero con otras ramas del Derecho • 7) Derecho Tributario • 8) Derecho Patrimonial • 9) Derecho Presupuestario • 10) Aspectos Generales del DT • 11) Obligación Tributaria • 12) Recargos Moratorios, Plazos y Número RUC • 13) Elementos de los Impuestos y Tipos • 14) Derecho de los Contribuyentes • 15) Declaraciones Sustitutivas • 16) Recursos del Contribuyente • 17) Infracciones • 18) Sanciones • 19) Plan de Arbitrios

  3. Objetivos • Objetivo General: Dotar a los estudiantes de los conocimientos sobre tributos y que puedan interpretar los conceptos técnicos y legales relacionados. • Objetivos Específicos: Al terminar el curso los estudiantes estarán en capacidad de: • 1) Conocer el significado de los diferentes aspectos del Derecho Financiero y específicamente del Derecho Tributario. • 2) Conocer el contenido del Código Tributario y su importancia y demás leyes relacionadas con los tributos.

  4. Aspectos generales sobre el Derecho Financiero. • Ubicación del Derecho Financiero • Privado • Derecho Penal • Derecho Público Derecho Procesal • Derecho Administrativo • Social

  5. Derecho Financiero Impuestos • Derecho Tributario Tasas • Contrib Espec • Derecho Financiero Derecho Patrimonial • Derecho Presupuestario

  6. Naturaleza Jurídica del Sistema Impositivo Nicaragüense El sistema impositivo en Nicaragua tiene su sustento legal en primer lugar en la Constitución Política y en segundo lugar a un cuerpo de leyes secundarias, reglamentos y acuerdos ministeriales emitidos por las entidades facultades para ello. Arto. 114 Cn: “Corresponde exclusivamente y de forma indelegable a la Asamblea Nacional la potestad para crear, aprobar, modificar o suprimir tributos. ......... Se prohiben los tributos de carácter confiscatorio. Estarán exentos de toda clase de impuestos los medicamentos, vacunas y sueros de consumo humano, órtesis y prótesis; lo mismo que los insumos y materia prima necesarios para la elaboración de esos productos....” Arto. 115 Cn: “Los impuestos deben ser creados por ley que establezca su incidencia, tipo impositivo y las garantías a los contribuyentes. El Estado no obligará a pagar impuestos que previamente no estén establecidos en una ley”

  7. Concepto de Actividad Financiera • “La actividad que desarrolla el Estado con el objeto de procurarse los medios necesarios para los gastos públicos destinados a la satisfacción de las necesidades públicas y en general en la realización de sus propios fines”

  8. Actividad financiera del Estado • Se da en tres momentos: • La obtención de ingresos provenientes de la explotación de su propio patrimonio, de los diversos tipos de tributos o de la contratación de empréstitos o emisión de bonos. • La gestión o manejo de los recursos obtenidos y la administración y explotación de sus propios bienes patrimoniales. • La realización de todas las erogaciones para el sostenimiento de las funciones públicas, la prestación de los servicios públicos y la realización de actividades y gestiones que el Estado Moderno está obligado a cumplir.

  9. Aspectos de la AF del Estado • Aspectos Políticos: Distribución del gasto • Aspectos Económicos: inversión pública y servicios públicos • Aspectos Técnicos: Elaboración del presupuesto y forma de rendir cuenta • Aspectos jurídicos: Normas que regulan la actividad financiera del Estado. • De los tres primeros se encarga las Finanzas y del último el Derecho Financiero.

  10. Diferencias con la actividad financiera privada. • La actividad financiera estatal se lleva a cabo por el poder coactivo del Estado. • La actividad financiera privada procede por la vía del convenio y del acuerdo. • La actividad financiera estatal se realiza en forma de monopolio. • En los privados se realiza en base a la competencia (oferta y demanda). • La actividad financiera estatal no persigue lucro; en la empresa privada sí.

  11. Diferencias ……….. • En el Estado los ingresos están determinados para satisfacer las necesidades globales de la población (necesidad financiera estatal). • En la empresa privada el ingreso determina las necesidades a satisfacer. • En el Estado los ingresos provienen de la persona pública; en la empresa privada de las ventas, del trabajo de los indivíduos y de su capital. • El Estado no necesita ahorrar para hacer frente a situaciones imprevistas. Los privados sí.

  12. Características de la Actividad Financiera estatal • Es una actividad pública, tanto por el sujeto como por el objeto. • Es una actividad medial o instrumental • Es una actividad jurídica. Está sometida a normas y principios jurídicos, cuyo análisis constituye precisamente, el derecho financiero. • Abarca aspectos políticos, económicos, técnicos y jurídicos.

  13. Actividad Financiera del Estado Ingresos Administración de recursos Distribución de recursos Derecho Financiero Derecho Tributario Derecho Patrimonial Derecho Presupuestario • Actividad financiera del Estado vs Derecho Financiero. La principal característica de la gestión de los recursos que el Estado recauda o recibe es el carácter limitado de esos recursos públicos, por lo que el Estado debe ser un administrador eficiente y eficaz, además de transparente en el uso de esos recursos. El Estado debe distribuir los recursos en un sentido de racionalidad social, es decir, en función de los sectores más necesitados.

  14. Ingresos PúblicosDerechos Tributarios • Ingresos Tributarios • Ingresos por Créditos(deuda pública) • Ingresos Patrimoniales • Ingresos no tributarios (precios públicos) • Ingresos por categoría impropia(multas y sanciones)

  15. Finanzas Públicas • Estudia el fenómeno del cómo y para qué el Estado obtiene sus ingresos, el cómo los administra eficientemente y cómo debe efectuar sus gastos. Para esto identifica las necesidades más sentidas de la población y tiende a satisfacerlas redistribuyendo los recursos de manera racional. • El Estado moderno debe tender a dirigir el presupuesto en proyectos de inversión, más que en gastos corrientes y establecer una correcta política tributaria justa y equitativa. Del mismo modo, debe establecer un manejo transparente de los recursos públicos y evitar que estos recursos sean desviados hacia otros fines no públicos.

  16. Fines Públicos del Estado • Garantizar el orden y la seguridad nacional • Servicios Públicos • Necesidades sociales de la población • Infraestructuras • Desarrollo Económico: generación de empleos, aumento de la renta nacional, orientar la economía, favorecer la inversión pública y privada, etc. • Elevar el nivel de vida de los habitantes mediante una redistribución justa de la riqueza generada en el campo social y económico.

  17. Política fiscal • Es una política económica que usa el gasto público y los impuestos como variables de control para asegurar y mantener la estabilidad económica (y entrar en déficit o superávit según convenga). Por lo tanto, es una política en la que el Estado participa activamente, a diferencia de otras como la política monetaria.

  18. Objetivos finales de la política fiscal • 1) Plena ocupación (mayor nivel de empleo posible) • 2) Control de la demanda agregada mediante los impuestos y el gasto público • 3) Controlar un déficit o un superávit

  19. T: tasas (impuestos), dinero que pagan los ciudadanos G: gasto público, dinero que gasta el Estado para obras, etc. Eje de ordenadadas (vertical): mide dinero (recibido o gastado) Eje de abscisas (horizontal): producto nacional (PNB); producción P1: punto en el que hay plena ocupación; T=G Zona en rojo, P2: zona de déficit, porque el gasto es mayor que los ingresos Zona en verde, P3: zona de superávit, porque se ingresan más de lo que se gasta, mediante los impuestos

  20. Mecanismos • Los dos mecanismos de control sugeridos por los keynesianos (los seguidores de la política fiscal) son: • Variación del gasto público • Variación de los impuestos

  21. Variación del gasto público • Gasto público: (inversión pública) es cuánto dinero gasta el estado en pagar los proyectos públicos, como carreteras y otras construcciones. • La política fiscal dice que cuantas más obras haya en el país, mejor para la economía (ya que si las fábricas cierran, no hay empleo). En cambio, si contratan a trabajadores estarán disminuyendo el paro, y al necesitar más materias primas, los empresarios tendrán que aumentar la producción, o sea, que estará aumentando el producto interior bruto. • Por eso mantenerse siempre en estado de déficit (gastando más de lo que se gana con los impuestos) no es malo para un estado, sino que ayuda a la economía.

  22. Variación de los impuestos • Si aumenta la renta de los consumidores (el dinero que la gente tiene disponible para gastar), entonces pueden gastar más, y es probable que lo hagan. Hay medidas para saber qué porcentaje de la renta se gasta; son la propensión marginal al consumo y la propensión marginal al ahorro. • El estímulo del consumo permite mejorar la economía gracias al efecto multiplicador, un punto importante de la teoría de Keynes. Dice que el dinero, al pasar de mano en mano, va generando incrementos en la producción (producto nacional). Veamos un ejemplo:

  23. Supongamos que la propensión marginal al consumo (PmaC) es del 0.8, o sea, que todos gastan el 80% de lo que ganan (ahorran poco). • Yo compro algo a alguien por 100 euros. Eso hace aumentar el producto nacional en 100 euros. • El vendedor, 100 euros más rico, es también un consumidor, y gastará el 80% de esos 100 euros comprando otra cosa. O sea, gasta 80 euros. El PIB sube 80 euros más. • Quien acaba de recibir los 80 euros, gasta un 80% de ello, o sea, 64 euros. El PIB sube 64 euros. • Quien recibe los 64, gasta el 80%; el PIB sube 51.2 más • El siguiente hace subir el PIB 40.96 • Etcétera: 32.77, 26.21, 20.97, 16.78, ... • ¿Cuánto ha aumentado el producto nacional, en total? Pues 100 + 80 + 64 + 51.2 + 40.96 + ... Esta serie equivale a 100/(1-0.8), que son 500 euros. • Por tanto, una inversión de 100 euros ha hecho aumentar el producto nacional en 500.

  24. Tipos de política fiscal • Puede ser expansiva o restrictiva: • Política fiscal expansiva: cuando el objetivo es estimular la demanda agregada, especialmente cuando la economía está atravesando un período de recesión y necesita un impulso para expandirse. Como resultado se tiende al déficit o incluso puede provocar inflación. • Política fiscal restrictiva: cuando el objetivo es frenar la demanda agregada, por ejemplo cuando la economía está en un período de excesiva expansión y tiene necesidad de frenarse por la excesiva inflación que está creando. Como resultado se tiende al superávit.

  25. Política fiscal expansiva • Los mecanismos a usar son: • Aumentar el gasto público, para aumentar la producción y reducir el paro. • Bajar los impuestos, para aumentar la renta disponible de las personas físicas, lo que provocará un mayor consumo y una mayor inversión de las empresas, en conclusión,un desplazamiento de la demanda agregada en sentido expansivo. • De esta forma, al haber mayor gasto público, y menores impuestos, el presupuesto del Estado, genera el déficit.

  26. Política fiscal restrictiva • Los mecanismos son los contrarios que en la expansiva, y más duros: • Reducir el gasto público, para bajar la producción. • Subir los impuestos, para que la gente no gaste tanto y las empresas puedan invertir menos, así la demanda agregada se desplaza hacia la izquierda. • De esta forma, al haber menor gasto público, y mayores impuestos, el presupuesto del Estado, genera un superávit.

  27. Derecho Financiero • Conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad financiera del Estado en sus tres momentos: el establecimiento de tributos y obtención de diversas clases de recursos; la gestión o manejo de sus bienes patrimoniales; y en la erogación de recursos para los gastos públicos; así como en las relaciones jurídicas que en el ejercicio de dicha actividad se establecen entre los diversos órganos del Estado o entre dichos órganos y los particulares, ya sean deudores o acreedores del Estado.

  28. Fuentes del Derecho Financiero • Constitución • La Ley • El Reglamento • La Jurisprudencia • Los Tratados Internacionales • Principios Generales del Derecho.

  29. Relación del Derecho Financiero con otras disciplinas • A- Con la Economía • B- Con el Derecho Administrativo • C- Con el Derecho Fiscal • D- Con el Derecho Presupuestario • E- Con el Derecho Patrimonial

  30. Derecho Tributario • Rama del derecho financiero que regula la obtención de los tributos en un país determinado y que se dividen en Impuestos, Tasas y Contribuciones especiales. • “Tributos” : son las prestaciones pecuniarias que el Estado, o ente público autorizado al efecto por aquel, en virtud de su soberanía territorial, exige de sujetos económicos sometidos a la misma. (Blumenstein)

  31. TRIBUTOS • Son las prestaciones en dinero que el Estado exige con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines. Los tributos se clasifican en Impuestos, Tasas y Contribuciones Especiales. • Impuesto: Es el tributo cuya obligación se genera al producirse el presupuesto de hecho contemplado en la Ley y obliga al pago de una prestación a favor del Estado, sin contraprestación individualizada en el contribuyente. • Tasa: Es el tributo cuya obligación se genera al obtenerse el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público, o de un servicio público individualizado en el contribuyente. • Contribuciones Especiales: Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de determinadas obras públicas o de actividades estatales y cuyo producto no debe tener un destino ajeno a la financiación de dichas obras o a las actividades que constituyen el presupuesto de la obligación.

  32. Derecho Patrimonial • Conjunto de normas jurídicas que regulan la forma en que el Estado, por medio de sus instituciones delegadas, debe administrar los recursos públicos. • El patrimonio del Estado lo conforman todos los bienes, derechos y recursos en poder del Estado, obtenidos a través de diferentes fuentes y medios regulados por las leyes del país. • Los bienes del Estado son administrados por el MHCP, quien cuenta con la estructura organizacional adecuada, como Tesorería General de la República, Dirección General de Contabilidad, Dirección General de Deuda Pública, Dirección General de Bienes del Estado, Dirección General de presupuesto, etc. Y que además cuenta con los instrumentos jurídicos y normativos relacionados, como la Ley de Administración Financiera y de Régimen Presupuestario, Ley de Deuda Pública, Normas de Contabilidad Gubernamental, etc.

  33. Principios Rectores del Sistema de Administración Financiera • Eficiencia y Eficacia Operativa • Gestión integrada de todso los componentes • Centralización Normativa y Descentralización Operativa. • Transparencia y acceso de la ciudadanía • Profesionalismo e independencia en el ejercicio de la auditoria. • Legalidad de los actos administrativos. • Responsabilidad y respondabilidad de los servidores públicos.

  34. Los Gastos Públicos: Derecho Presupuestario. • Gasto Público: es la transformación de los ingresos del Estado en renta o en patrimonio de quienes producen los bienes materiales y brindan los servicios personales requeridos por la sociedad. • Derecho Presupuestario: cuerpo normativo jurídico regulador del proceso de elaboración, aprobación, ejecución y control del presupuesto de ingresos y egresos de la nación.

  35. Derecho Presupuestario • El Presupuesto: de presuponer, es decir, estimar lo que se podrá gastar en el período determinado. • El presupuesto puede ser anual, quinquenal, mensual, semanal, etc esto es de acuerdo al tiempo que cubre; pero de acuerdo a los plazos pueden ser a largo, mediano o corto plazo. • Puede ser también por programa, por objetivo o por resultados. • Sus pasos son: Elaboración, Discusión, aprobación, sanción, ejecución y evaluación o control.

  36. Principios del Derecho Presupuestario • Principio de Unidad • Principio de Integralidad o Universalidad • Principio de No Afectación de Recursos • Principio de Especificación de Gastos • Principio de Exclusividad • Principio de Publicidad y Claridad • Principio de Equilibrio Presupuestario • Principio de Carácter Sustancial • Principio de Anualidad • principio de Programación • Principio de Coherencia Macroeconómica • Principio de Responsabilidad

  37. Base legal del presupuesto • Arto. 112 Cn: La Ley de Presupuesto General de la República tiene vigencia anual y su objetivo es regular los ingresos y egresos ordinarios y extraordinarios de la Administración Pública…….. La AN podrá modificar el proyecto de presupuesto enviado por el Presidente …. • Arto. 113 Cn: Corresponde al Presidente de la República la formulación del proyecto de Ley Anual del Presupuesto….. • Arto. 155 numeral 2 Cn: Corresponde a la CGR el control de la ejecución del Presupuesto General de la R. • Ley 550: del Art. 11 al 91.

  38. Obligaciones del Estado • El Arto. 98 Cn expresa: “La función principal del Estado en la economía es desarrollar materialmente el país; suprimir el atraso y la dependencia heredados; mejorar las condiciones de vida del pueblo y realizar una distribución cada vez más justa de la riqueza”. • Arto. 105 Cn: “Es obligación del Estado promover, facilitar y regular la prestación de los servicios públicos básicos de energía, comunicación, agua, transporte, infraestructura, puertos y aeropuertos a la población y es derecho inaleniable de la misma el acceso a ellos. Los servicios de salud y seguridad social son deberes indeclinables del Estado, que está obligado a prestarlos sin exclusiones, a mejorarlos y ampliarlos....”.

  39. Características de los tributos • Es una prestación de valores pecuniarios. • La prestación del indivíduo no siempre es seguida por una contraprestación del Estado. • Es coactivo: el tributo es forzoso pero legal. • Se destina a gastos de interés general. • Base legal: existe si está soportado por una ley. • El fin último es la satisfacción de las necesidades de la población.

  40. Fuentes del DT • 1. La Constitución Política de Nicaragua; • 2. Las leyes, inclusive el presente Código Tributario; • 3. Los Tratados, Convenios o Acuerdos Internacionales vigentes; • 4. Los reglamentos y disposiciones que dicte el Poder Ejecutivo en el ámbito de su competencia; • 5. La Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia; y, • 6. Las disposiciones de carácter general que emita el Titular de la Administración Tributaria con fundamento en las leyes respectivas y en estricto marco de su competencia.

  41. Ramas del Derecho Tributario • Derecho Tributario Sustantivo • Regula lo relacionado a la existencia y cuantía de la obligación tributaria. • Derecho tributario formal • Estudia las facultades y deberes de la administración tributaria, al igual que los derechos y obligaciones de los sujetos pasivos y de terceros • Derecho tributario procesal • Conjunto de normas y principios que gobiernan el ámbito contencioso de la tributación • Derecho tributario penal • Estudio de las infracciones y sanciones en materia tributaria

  42. Principios Generales de la Tributación • El efecto social de los impuestos se determina por dos principios generales de la tributación: • 1- PRINCIPIO DEL BENEFICIO: un sistema tributario con equidad se refleja en la retribución que tiene el contribuyente por sus aportaciones. Retribución que se refleja en la parte que el recibe de los programas públicos. El ciudadano está dispuesto a contribuir a la satisfacción de las necesidades de la población en cuanto él vea que se está dando buen uso a sus recursos aportados. • 2- PRINCIPIO DE LA CAPACIDAD DE PAGO: Los impuestos que le ciudadano paga deben estar en relación con su renta o riqueza, de modo que cada quien aporta según su capacidad económica. La combinación de diferentes factores relacionados da origen que el impuesto sea progresivo, horizontal o regresivo. También este principio se expresa en la correlación de los impuestos directos, y los indirectos.

  43. Atributos del sistema impositivo • JUSTICIA: el objetivo esencial de un sistema impositivo es lograr la equidad social y el bienestar ciudadano. Se espera que el Estado retribuya los ingresos percibidos de forma justa. • EFICIENCIA ECONÓMICA: los tributos deben ser un instrumento para el desarrollo sostenido de la nación, no un factor de discordia o de aprovechamiento ilícito. • SENCILLEZ ADMINISTRATIVA: el sistema tributario debe ser de fácil manejo y bajo costo. No deben existir procedimientos muy burocráticos ni muy complejos, de modo que sea de fácil interpretación • RESPONSABILIDAD POLÍTICA: el diseño del sistema es responsabilidad del Estado, por medio de sus instituciones encargadas. Así mismo debe dejar claramente definido el cómo, quienes, dónde y cuánto se debe pagar. • FLEXIBILIDAD: la rigidez de un sistema tributario entorpece la buena gestión de los recursos. Debe estar anuente a los cambios, a las adecuaciones y transformaciones socioeconómicas que vive el mundo

  44. Principios constitucionales de la tributación • PRINCIPIO DE LEGALIDAD( nullum tributum sine lege) El Arto. 115 Cn define claramente este principio. • PRINCIPIO DE IGUALDAD(principio de Isonomía). Ver Arto. 27 Cn. • PRINCIPIO DE GENERALIDAD: Arto 24 Cn • CAPACIDAD CONTRIBUTIVA: (proporcionalidad y equidad). Arto. 114 Cn • PRINCIPIO DE TUTELA JURISDICCIONAL: no se establece expresamente, pero si tácitamente en Art. 34 y 160 Cn. • PRINCIPIO DE NO CONFISCACIÓN: Arto. 114 Cn

  45. Principio de legalidad en el Código Tributario. • Artículo 3.- Sólo mediante ley se podrá: • 1. Crear, aprobar, modificar o derogar tributos; • 2. Otorgar, modificar, ampliar o eliminar exenciones, exoneraciones, condonaciones y demás beneficios tributarios; • 3. Definir el hecho generador de la obligación tributaria; establecer el sujeto pasivo del tributo como contribuyente o responsable; la responsabilidad solidaria; así como fijar la base imponible y de la alícuota aplicable; • 4. Establecer y modificar las preferencias y garantías para las obligaciones tributarias y derechos del Contribuyente; y • 5. Definir las infracciones, los delitos y las respectivas sanciones.

  46. Obligación tributaria • Es el vínculo jurídico por el cual un sujeto(deudor) debe dar a otro que actúa ejerciendo el poder tributario(acreedor), sumas de dinero o cantidades de cosas determinadas por la ley. • Constituyen la obligación tributaria los siguientes elementos: • Sujeto: activo(acreedor) y pasivo(deudor) • Objeto: prestación que deriva del impuesto. • Causa: ratio legis(presupuesto de hecho del gravamen) • La obligación tributaria se extingue por: • El pago (art. 32-38) la compensación la confusión • La prescripción la condonación y fallecimiento.

  47. Compensación. • Arto. 39. Cuando el contribuyente o responsable no ejerza el derecho de Devolución o Reembolso, se compensarán de oficio o a petición de parte las obligaciones o deudas tributarias firmes, líquidas y exigibles del contribuyente o responsable con sus créditos o saldos a favor, aceptadas y liquidadas por la Administración Tributaria, referente a períodos no prescritos, empezando por los más antiguos y aunque provengan de distintos tributos.

  48. Confusión. • Arto. 40. Habrá extinción por confusión si a causa de la transmisión de bienes o derechos afectos al tributo, el sujeto activo de la obligación tributaria quedare en la situación del deudor. • Condonación . • Arto. 41. La obligación de pago de los tributos sólo puede ser condonada o redimida por Ley.

  49. Prescripción • Arto. 42. La prescripción es un medio de adquirir un derecho o de liberarse de una carga u obligación, por el lapso y bajo las condiciones determinadas por este Código. Arto. 43. Toda obligación tributaria prescribe a los cuatro años, contados a partir de la fecha en que comenzare a ser exigible. La prescripción que extingue la obligación tributaria no pueden decretarla de oficio las autoridades fiscales, pero pueden invocarla los contribuyentes o responsables cuando se les pretenda hacer efectiva una obligación tributaria prescrita.

  50. Obligación tributaria en el CT • Artículo 12.- La Obligación Tributaria es la relación jurídica que emana de la ley y nace al producirse el hecho generador, conforme lo establecido en el presente Código, según el cual un sujeto pasivo se obliga a la prestación de una obligación pecuniaria a favor del Estado, quien tiene a su vez la facultad, obligación y responsabilidad de exigir el cumplimiento de la obligación tributaria. • La obligación tributaria constituye un vínculo de carácter personal aunque su cumplimiento se asegure con garantías reales y las establecidas en este Código para respaldo de la deuda tributaria, entendiéndose ésta como el monto total del tributo no pagado, más los recargos moratorios y multas cuando corresponda. La Obligación Tributaria es personal e intransferible, excepto en el caso de sucesiones, fusiones, absorciones, liquidaciones de sociedades y de solidaridad tributaria y aquellas retenciones y percepciones pendientes de ser enteradas al Fisco, como casos enunciativos pero no limitativos.

More Related