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MARZO DEL 2011

MSc. Maribel Sequeira G . “ Los Gobiernos Locales: factor clave para el desarrollo y fomento de la vivienda segura ”. MARZO DEL 2011. 17 de marzo 2011. Vivienda Segura. Vulnerabilidad a deslizamientos. Afectación o protección de bosques. Manantial. Ladera.

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MARZO DEL 2011

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Presentation Transcript


  1. MSc. Maribel Sequeira G.“Los Gobiernos Locales: factor clave para el desarrolloy fomento de la vivienda segura” MARZO DEL 2011

  2. 17 de marzo 2011

  3. Vivienda Segura Vulnerabilidad a deslizamientos Afectación o protección de bosques Manantial Ladera Uso de suelo y recursos hídricos Casa Bosques Pozo RIO Riesgo de inundación o paso de avalanchas ACUIFERO MINIMOS EFECTOS DE LA VIVIENDA EN EL AMBIENTE MINIMOS EFECTOS DEL AMBIENTE EN LA VIVIENDA

  4. “Vivienda segura” • Es la vivienda que implique los mínimos efectos negativos en el ambiente (agua, suelo, acuíferos, bosques, aire, paisaje, recursos culturales, condiciones sociales) y además, • Que implique la menor vulnerabilidad posible de la vivienda y sus ocupantes a amenazas y peligros naturales (inundaciones, deslizamientos, avalanchas, licuefacción, fallas geológicas, vulcanismo, huracanes, tsunamis en áreas costeras). Para cada uno de esos temas, existe un marco jurídico y técnico que lo regula y que la Municipalidad al momento de otorgar usos del suelo y permisos de construcción tiene que velar porque se respeten.

  5. Gobiernos Locales y usos del suelo • Por mandato constitucional y legal, la Municipalidad es el ente responsable principal de establecer los usos del suelo (sostenibles) dentro del territorio bajo su jurisdicción. • El establecimiento del uso del suelo, no implica solamente disponer de un Plan Regulador, sino velar por el uso sostenible de los recursos naturales.

  6. La Constitución y la Ley de Planificación Urbana, le da RESPONSABILIDAD a la Municipalidad para regular los usos de los terrenos: Artículo 15.- (LEY DE PLANIFICACION URBANA) Conforme al precepto del artículo 169 de la Constitución Política, reconózcase la competencia y autoridad de los gobiernos municipales para planificar y controlar el desarrollo urbano, dentro de los límites de su territorio jurisdiccional. Consecuentemente, cada uno de ellos dispondrá lo que proceda para implantar un plan regulador, y los reglamentos de desarrollo urbano conexos, en las áreas donde deba regir, sin perjuicio de extender todos o algunos de sus efectos a otros sectores, en que priven razones calificadas para establecer un determinando régimen contralor.

  7. Gobiernos Locales y usos del suelo • En la actualidad, se le ha achacado a las municipalidades la responsabilidad de que muchas construcciones están en condición de riesgo, o bien afectan recursos naturales (agua, suelo, bosques, acuíferos) como producto de los incorrectos usos del suelo otorgados por las municipalidades.

  8. Responsabilidad de los Gobiernos Locales • Algunas municipalidades otorgan usos del suelo sin contar con Plan Regulador, y aceptando, la información general proveniente de las instituciones centralizadas, sin posibilidad de realizar verificación de dicha información; • Pese a esto, cuando surgen problemas vinculados al riesgo (desastres) o bien a situaciones de contaminación, se responsabiliza principalmente a la Municipalidad (ejemplo: casos de la Tormenta Tomas, en noviembre del 2010).

  9. Marco legal en uso del suelo y papel de los Gobiernos Locales • Desde el año 1995, cuando se aprobó la Ley Orgánica del Ambiente, se han aprobado una serie de leyes que tienen un efecto directo en el tema de usos del suelo. • Así, los planes reguladores han dejado de ser solamente un instrumento para definir usos del suelo, sino también para la protección integral de los recursos naturales y de disminución del riesgo de las poblaciones.

  10. Prohibición Cambio de uso Planes de Manejo Lineamientos urbanos Patrimonio Natural Plan Nacional de Desarrollo Urbano Áreas Protegidas Corredores Biológicos Ley de Biodiversidad Ley de Planificación Urbana Planes Reguladores urbanos GRUAS II AGUAS INVU Ley Forestal Plan de la GAM Ley Orgánica del Ambiente PRUGAM MIVAH MINAET Viabilidad Ambiental SINAC SETENA AyA Planes Reguladores de la ZMT TURISMO Protección de acuíferos Ley de la Zona Marítima Terrestre PLANIFICACION Planificación Plan Nacional de Desarrollo Turístico SENARA CIMAT MAG PRESIDENCIA Dictamen De fincas Planes Reguladores AMENAZAS CNE Ley de Emergencias Ley Uso, Manejo y Conservación de Suelos INTA MOPT Suelo y fertilidad Planes Nacionales Planificación y Desarrollo de Infraestructura Estratégica Zonas de Riesgo Mapas de amenazas Capacidad de uso Planes Nacionales

  11. Instituciones centralizadas y Gobiernos Locales • A nivel de instituciones del gobierno central: En el tema de usos del suelo, no existe un marco ordenado y un norte claro; se presentan contradicciones en casi todos los temas, que derivan en problemas serios de gobernanza, incluyendo problemas de exceso de trámites. • Efecto en los Gobiernos Locales: un serio problema, respecto a su papel en el tema del uso del suelo, que se mueve en dos extremos: aceptar los resultados o realizar una acción más proactiva en el otorgamiento eficiente de los permisos de uso del suelo.

  12. Situación y Perspectivas • El resultado final de la actual situación: Problemas significativos de corresponsabilidad a las municipalidades, en particular, respecto al otorgamiento de usos del suelo que producen problemas de riesgo o de daños al ambiente, lo cual se agrava por cuando no se dispone de planes reguladores. • Ante esto, se hace urgente: que en el marco de promover el desarrollo de viviendas seguras, los Gobiernos Locales realicen un procedimiento más efectivo y seguro sobre los permisos de usos del suelo y los permisos de construcción.

  13. Con o sin Plan Regulador, el uso del suelo que se otorgue, debe cumplir los PRINCIPIOS de la Ley de Planificación Urbana, establecidos en el artículo 20: Artículo 20. De consiguiente, esos reglamentos contendrán normas y condiciones para promover: a ) Protección de la propiedad contra la proximidad de usos prediales molestos o peligrosos; b ) Una relación armónica entre los diversos usos de la tierra; c ) Conveniente acceso de las propiedades a las vías públicas; d ) División adecuada de los terrenos; e ) Facilidadescomunales y serviciospúblicossatisfactorios; f ) Reserva de suficientesespaciosparausospúblicos; g ) Rehabilitación de áreas y prevención de su deterioro; h ) Seguridad, salubridad, comodidad y ornato de las construcciones; i ) En general, cualquier otro interés comunitario que convenga al buen éxito del plan regulador.

  14. Conclusiones • Jurídicamente no existe contradicción con la Ley de Planificación Urbana, si las municipalidades para certificar el uso del suelo, toman en cuenta la información ambiental aprobada por la SETENA y establecen lineamientos sobre ese uso. • El no hacerlo, por el contrario, en caso de existir la información, puede tener consecuencias negativas para la Municipalidad debido a que esa es su responsabilidad principal.

  15. Recomendaciones • Que las municipalidades investiguen donde se encuentra la información y que una vez que la obtengan, establezcan un procedimiento para que el proceso de certificación de uso del suelo pueda utilizar esa información técnica existente. • Es muy importante que la municipalidad capacite al personal sobre esa información técnica y su uso.

  16. Recomendaciones • Las municipalidades y las instituciones del Estado deben de dar un paso adicional. No solo deben de velar por la seguridad de los habitantes y los recursos naturales, sino que también deben de velar por la calidad espacial de estas obras. No se ha mencionado en los reglamentos los peligros que conlleva el hacinamiento. • Se debe de evaluar lo que realmente implica someter a grupos de personas a las condiciones reales que les brindan viviendas de 38,0 m2.

  17. Recomendaciones • Se debe de evaluar la pérdida de calidad de vida que implica el desarraigo de desplazar comunidades. • Una vivienda es realmente digna cuando sus habitantes pueden vivir en un ambiente seguro desde todos los puntos de vista. • El riesgo social es un factor determinante en el desarrollo de una comunidad. La causa del incremento en índices de asaltos, violencia doméstica, violencia infantil, deserción escolar, etc. no solo está en la pobreza económica, sino que está en la pobreza de la calidad del espacio en que vivimos y que estamos construyendo.

  18. Recomendaciones • Para lograr esto debemos de mejorar el diseño de los equipamientos urbanos, de la infraestructura destinada al deporte, a la educación, a la salud, debemos de diseñar los parques, calles y aceras pensando en los peatones y su seguridad, no solo en el tránsito vehicular. • Para darle un nuevo rumbo al desarrollo de la vivienda en Costa Rica debemos de hacer una revisión estructural en los criterios de diseño y aprobación de proyectos, tomando en cuenta todos los factores que son en realidad una bomba de tiempo en el futuro del desarrollo social de las comunidades.

  19. MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN!!

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