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PROCEDIMIENTO PARA LA IMPORTACIÓN

PROCEDIMIENTO PARA LA IMPORTACIÓN DE SEMILLA BOTÁNICA PARA SIEMBRA CON FINES DE PRODUCCIÓN ORGÁNICA. Abril, 2014. I. GENERALIDADES.

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PROCEDIMIENTO PARA LA IMPORTACIÓN

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  1. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPORTACIÓN DE SEMILLA BOTÁNICA PARA SIEMBRA CON FINES DE PRODUCCIÓN ORGÁNICA Abril, 2014

  2. I. GENERALIDADES • Aplica solo para la importación de semillas botánicas para siembra de las especies y orígenes para las cuales ya existen requisitos fitosanitarios establecidos para su importación a México, con la variante de que éstas requieren ser importadas sin tratamiento químico, en virtud de que serán utilizadas para fines de producción orgánica. • Las empresasparticipantes en este procedimiento serán únicamente aquellas que acrediten, ante la Secretaría, sus actividades de producción orgánica. • No se permite la importación de semilla bajo este procedimiento para fines de comercialización y distribución regional, nacional o entre empresas.

  3. Solo podrán acceder a este procedimiento las empresas que directamente utilicen las semillas en sus unidades de producción. • La empresa deberá notificar a esta DGSV su intención de ingreso del material con fines de producción orgánica, especificando las especies (nombre común y nombre científico) de las semillas para siembra que desea importar, el país de origen y el país de procedencia. • La empresa deberá contratar los servicios de una Unidad de Verificación. • La empresa deberá destruir o retornar la semilla que no haya sido sembrada, lo cual se realizará bajo supervisión de la UV. • Los gastos que se generen por la aplicación del presente procedimiento serán cubiertos por el interesado.

  4. II. PROCESO DE IMPORTACIÓN • El material deberá cumplir con los requisitos fitosanitarios establecidos por la Secretaría. • Certificado Fitosanitario • Inspección • Toma de muestra por duplicado. • Sustituyendo el tratamiento químico por procedimiento • Ingreso bajo Guarda Custodia y Responsabilidad. • El interesado deberá informar a la Delegación de la SAGARPA de destino la fecha de arribo del embarque a las instalaciones de la empresa, así como el nombre y dirección de la UV que dará seguimiento al desarrollo del cultivo.

  5. La UV verificará la llegada del embarque y ubicarán el lugar de almacenaje del producto, y enviará a la DGSV el dictamen de verificación en el cual se especifiquen las condiciones de arribo del material. • La empresa proporcionará a la Delegación de la SAGARPA y a la UV los calendarios de siembra y la ubicación de los invernaderos o campos de producción. • La empresa y la UV identificarán los periodos críticos del cultivo en los cuales es más probable la presencia o manifestación de problemas fitosanitarios.

  6. Presentar a la DGSV programa de visitas para su validación, considerando por lo menos un mínimo de 6 visitas de inspección en el ciclo de cultivo. • (15 días después de la germinación, al mes de establecido el cultivo, durante el desarrollo vegetativo, floración, antes del inicio de cosecha y durante la cosecha). • La UV realizará visitas al campo de producción para inspeccionar las plantas, realizando una revisión minuciosa para determinar posibles síntomas de enfermedades en las plántulas, plantas y/o frutos, revisará el manejo fitosanitario del cultivo y verificará el seguimiento y mantenimiento del cultivo por parte de la empresa.

  7. Si durante las visitas se detecta la presencia de síntomas o plagas en el cultivo, se tomará muestras de tejido vegetal o insectos, según sea el caso, para análisis de un laboratorio aprobado. • En caso de que se detecte la presencia de plagas cuarentenarias durante el desarrollo del cultivo, la DGSV emitirá las medidas fitosanitarias correspondientes. • Al final de la cosecha o ciclo de cultivo, la UV en conjunto con la empresa, presentar un informe sobre las actividades desarrolladas y los resultados obtenidos, por evento de importación. Esté deberá ser entregado dentro de los 5 días naturales siguientes a la conclusión de actividades.

  8. La DGSV con base al informe emitido por la UV, podrá liberar el acto de GCyR, marcando copia de la liberación a la OISA de ingreso y a la Delegación de la SAGARPA en destino. • Personal de la Delegación de la SAGARPA y la DGSV tendrán libre acceso a las instalaciones en las cuales se encuentren sembrados los materiales importados, a efecto de llevar a cabo las verificaciones de fitosanidad.

  9. Ing. Vicente Rosas Medina Jefe del Departamento de Medidas Fitosanitarias (55) 5090 3000 Ext. 51344 vicente.rosas@senasica.gob.mx

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