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ASPECTOS LEGALES SOBRE HIV/SIDA

ASPECTOS LEGALES SOBRE HIV/SIDA. CONSENTIMIENTO INFORMADO Y CONFIDENCIALIDAD Dra. María Eugenia Soza meugenia_soza@uolsinectis.com. LEY NACIONAL DEL SIDA N° 23.798. PRINCIPIOS RECTORES: CONSENTIMIENTO INFORMADO CONFIDENCIALIDAD VERACIDAD NO DISCRIMINACIÓN

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ASPECTOS LEGALES SOBRE HIV/SIDA

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Presentation Transcript


  1. ASPECTOS LEGALES SOBRE HIV/SIDA CONSENTIMIENTO INFORMADO Y CONFIDENCIALIDAD Dra. María Eugenia Soza meugenia_soza@uolsinectis.com

  2. LEY NACIONAL DEL SIDAN° 23.798 • PRINCIPIOS RECTORES: • CONSENTIMIENTO INFORMADO • CONFIDENCIALIDAD • VERACIDAD • NO DISCRIMINACIÓN • ACCESO A LA ATENCIÓN DE SALUD

  3. CONSENTIMIENTO INFORMADO LEY 23.798 – ART. 8 Los profesionales que detecten el virus (VIH) o posean presunción fundamentada de que un individuo es portador, deberán informarle sobre el carácter infectocontagioso del mismo y formas de transmitirlo y su derecho a recibir asistencia adecuada.

  4. Concepto: Proceso por el cual el médico brinda información al paciente sobre su diagnóstico, riesgos y beneficios que puede obtener, y que tratamiento o alternativa terapéutica existen. Información clara y suficiente basada en RESPETO MUTUO Y DIÁLOGO ABIERTO

  5. ¿Que información debe suministrarse? • Descripción del procedimiento • Riesgos • Beneficios • Procedimientos alternativos • Ampliación incondicionada de información • Revocación del consentimiento

  6. ¿A quien se suministra la Información? A la persona que debe someterse al procedimiento Es un acto lícito no negocial (no está sujeto a las normas cel Cod. Civ. acerca de la capacidad)

  7. ¿Los MENORES pueden participar en el proceso de C.I.? Principio básico: DEL MEJOR INTERÉS DEL NIÑO Legislación: C.I. Es un derecho personalisimo Decl. De los derechos del niño y el adolescente (art. 75 inc. 22 C.N.)

  8. ¿Quién es responsable de dar la información? El MEDICO TRATANTE El principal encargado de la atención del paciente. Ley del Sida: médico que detecta el virus = medico tratante Experiencia en precouseling y couseling: Puede solicitar asistencia de profesionales de la salud mental. PVVS con entrenamiento previo

  9. Excepciones al proceso de consentimiento informado • Pacientes en situación de emergencia • Pacientes graves en estado de inconciencia sin presencia de familiares o afines • Pacientes en intervención quirúrgica consentida

  10. Instrumentación del C.I. Nociones generales • Modelos básicos hechos por el equipo • Datos personales • Claridad y síntesis

  11. ¿Cuando es necesario? • Para realizar serologías hasta la confirmación de la infección • Notificación de infección por vih • Accidentes laborales • Tratamiento en embarazadas • Para ensayos clínicos y farmacológicos

  12. CONFIDENCIALIDAD Principio de Dignidad – intimidad personal (nuestra historia personal) DEBER DE SECRETO PROFESIONAL Regla ética que se fundamenta en la necesidad de prevenir daños por discriminación, aislamiento y exclusión de las personas que viven con el virus

  13. ¿Quién tiene derecho a ella? La persona que vive con el virus, sin distinción de su capacidad ¿Quién tiene el deber de cumplir? El profesional médico y todos los que intervienen en la actividad asistencial UN DERECHO Y UN DEBER

  14. EXCEPCIONES a la Confidencialidad • Revelación al afectado y su representante • a otro profesional médico • a los entes del Sistema Nacional de Sangre • a los Jueces • a futuros adoptantes • para prevenir un mal mayor

  15. ¿Cómo se protege la confidencialidad? Con la preservación, custodia y protección de los datos e información del paciente con vih/sida. La propiedad de los registros es de la institución pero la información es del paciente Sistema de codificación: iniciales del nombre y apellido, día y año de nacimiento (cdo. es de un solo dígito se antepone el cero) inc. E del art. 2 Decreto 1244/91 (reglamenta ley 23794) Jujuy: Const. prov. Art. 23 protección a la intimidad, honra y dignidad

  16. Otras leyes de Interés • Decreto reglamentario: 1244/91 • Ley Provincial de Sida N° 4792 • Ley 24193 De transplante de Órganos • Ley 25.673 Programa Nacional de Salud Sexual y proceración Responsable • Ley 25.543 Promocíón del testeo de VIH/SIDA en mujeres embarazadas

  17. “La medicina no es el arte de curar siempre, es intentar curar a veces, aliviar a menudo, y confortar siempre.”Epitafio del Dr. Truddeau – s. XI dC

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