1 / 5

Lecturas recomendadas: -Javier Pérez De Cuellar: “Manual de Derecho Diplomático”

Tesis 3.- La nueva diplomacia a través de los organismos internacionales las Delegaciones Permanentes acreditadas ante los organismos internacionales. Su diferencia son  las misiones diplomáticas tradicionales. Problemas que plantea la nueva organización internacional. Lecturas recomendadas:

clio
Download Presentation

Lecturas recomendadas: -Javier Pérez De Cuellar: “Manual de Derecho Diplomático”

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Tesis 3.-La nueva diplomacia a través de los organismos internacionales las Delegaciones Permanentes acreditadas ante los organismos internacionales. Su diferencia son  las misiones diplomáticas tradicionales. Problemas que plantea la nueva organización internacional. Lecturas recomendadas: -Javier Pérez De Cuellar: “Manual de Derecho Diplomático” -PhilippeCahier: “Derecho Diplomático Contemporáneo”

  2. Concepto de Diplomacia según PhilippeCahier: “Es la manera de conducir los asuntos exteriores de un sujeto de Derecho Internacional utilizando medios pacíficos y principalmente la negociación” Relaciones diplomáticas tradicionales Estado u otro sujeto soberano Estado u otro sujeto soberano Las relaciones diplomáticas tradicionales están codificadas en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961

  3. LAS RELACIONES DIPLOMÁTICAS ENTRE ESTADOS MIEMBROS Y OIG Son más complejas y de carácter triangular, se dan entre tres sujetos (recordemos que las OIG son sujetos no estatales por lo que no poseen territorio ni gobierno ) Estado anfitrión Estado miembro de la OIG OIG

  4. En lo que respecta a la ONU, ha suscrito convenios de sede con los Estados Unidos de América (26 de junio de 1945); con Suiza (para su sede en Ginebra), con la República Federal Austriaca (para su sede de Viena) y con Kenia (para su sede en Nairobi) • La regulación de las misiones especiales está contenida en la Convención de Nueva York sobre las Misiones Especiales (1969) • Además se han suscrito varios tratados multilaterales para regular la diplomacia multilateral, en particular respecto de las organizaciones que integran el sistema de la ONU: • Las relaciones entre la OIG y el estado que le sirve de sede se regulan por un tratado internacional en el que ambos son partes y que se conoce como “Acuerdo de sede” o “Convenio de sede”. • Convenio de Viena del 14 de marzo de 1975 sobre la representación de los estados en sus relaciones con las organizaciones internacionales de carácter universal • Convención sobre prerrogativas e inmunidades de los organismos especializados, 1947 • Convención General sobre privilegios e inmunidades de las Naciones Unidas, 1946

  5. DIFERENCIAS ENTRE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS TRADICIONALES Y LAS MISIONES DE DIPLOMACIA MULTILATERAL

More Related