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REVISIÓN Y MODIFICACIÓN ACUERDO 20 DE 1995 “Código de Construcción de Bogotá, D.C.”

REVISIÓN Y MODIFICACIÓN ACUERDO 20 DE 1995 “Código de Construcción de Bogotá, D.C.”. AGOSTO 25 DE 2010. Esquema de trabajo. Se identificaron normas Nacionales o Internacionales que trataran temas similares y que sirvieran como referencia encontrando, entre otras: .

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REVISIÓN Y MODIFICACIÓN ACUERDO 20 DE 1995 “Código de Construcción de Bogotá, D.C.”

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Presentation Transcript


  1. REVISIÓN Y MODIFICACIÓN ACUERDO 20 DE 1995“Código de Construcción de Bogotá, D.C.” AGOSTO 25 DE 2010

  2. Esquema de trabajo • Se identificaron normas Nacionales o Internacionales que trataran temas similares y que sirvieran como referencia encontrando, entre otras: Acuerdo 20 de 1995. Título B. OTROS NFPA 101 NSR-2010 .Titulo J NSR-2010 .Titulo K Documento UNIANDES

  3. Cronograma de trabajo • De acuerdo a esta identificación se establecieron responsables y tiempos estimados

  4. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título J

  5. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título J

  6. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título J

  7. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título J

  8. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título J

  9. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título J

  10. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título J

  11. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título J

  12. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título J

  13. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título J

  14. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título J

  15. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título K • El alcance de la NSR se refiere a construcciones nuevas (15 de julio de 2010) • Incluye el término "anchura por persona“, modifica el término "factor de carga de ocupación por "índice de carga de ocupación" aunque definición es similar. Elimina el término "módulo de ancho de salida“ aunque lo utiliza en algunos ítems • Los ascensores, escaleras mecánicas y caminos móviles no deben ser usados como un componente de un medio de salida requerido desde ninguna otra parte de la edificación hasta el exterior. • Aclara que los planos que se solicitan se refieren a los planos que se presentan para la solicitud de la licencia de construcción. Agrega la obligatoriedad de estos planos para la clasificación "C"

  16. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título K • En el acuerdo 20 el primer y el segundo ítem están repetidos B.3.2.3.1 y B.3.2.3.2, en la NSR el primer ítem dice: "Las salidas deben localizarse y mantenerse en forma tal que provean fácil y rápida evacuación desde cualquier sitio y en todo momento en que se encuentre ocupada la edificación“ • En el punto de los sistemas de evacuación para personas con discapacidad, la NSR es mas exigente y refiere a normas NTC 4349 – 4143 – 4145 y 4140. Estas normas se refieren a la accesibilidad de las personas el medio físico, ascensores, rampas, escaleras y pasillos y corredores

  17. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título K • Para la capacidad de los medios de evacuación, aclara que cuando las salidas sirvan a varios pisos, en el cálculo de ocupación de cada uno apenas debe utilizarse la carga correspondiente a él solo; sin disminuir la capacidad de las salidas en la dirección del recorrido hacia el exterior de la edificación. • En el acuerdo 20 se utiliza el sistema de módulos de ancho de salida en donde cada módulo equivale a 60 cms, la NSR utiliza medidas en milímetros por persona. • En el acuerdo 20 no existe la tabla B.3-1. la NSR establece dicha tabla como la K.3.3-1 • En el Acuerdo 20 no existe la tabla B.3-2. la NSR establece dicha tabla como la K.3.3-2

  18. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título K • Amplía el ancho mínimo para las vías de acceso a las salidas a 90 cms que para el Ac. 20 era de 70 cms. • La tabla de distancias máximas de recorrido son mayores y contemplan un aumento en caso que la edificación cuente con rociadores en la NSR y corresponden a la tabla K.3.6-1. El Ac. 20 no contempla dicho aumento. • Para escaleras, se contempla la NTC 4145 y para su señalización la NTC 4144. Además incluye requisitos adicionales para la construcción de escaleras • En rampas, establece la NTC 4143

  19. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título K • Reduce el número de pisos a partir de los cuales debe contarse con una salida a prueba de humo. Ac. 20=8 NSR=6. • Las luces de emergencias no son obligatorias para grupos R-1 y R-2 en el Ac. 20. En la NSR solo se exime a R-1 y detalla algunas especificaciones de este tipo de iluminación. • La NSR obliga al cumplimiento de la NFPA 110 y certificación UL925 para sistemas de iluminación de emergencia • La señalización se debe realizar de acuerdo a la NTC 1461 • Se detalla la capacidad de los medios de evacuación para el grupo de almacenamiento (A)

  20. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NSR-10 Título K • Para lugares de reunión (L) amplia el número de sillas permitido de 14 y 7 a 100 y 50 según la disposición de corredores • El espacio entre filas se media entre espaldares en el Ac. 20. en la NSR se establece un corredor libre entre asientos. • En lugares de alta peligrosidad (P), la NSR reduce de 23 a 22 mts el recorrido máximo a una salida • Para edificios R-2, la NSR permite una sola salida en edificios de 15 mts de altura y un área por piso menor a 400 m2 para el Ac. 20 estaba en 18 mts de altura y menos de 200 m2 por piso • La NSR exige ventanas en todos los dormitorios ubicados a menos de 5 pisos para el Ac. 20 estaba en 4 pisos • En edificaciones multifamiliares, es indispensable que las puertas se abran en la misma dirección de evacuación. En el Ac. 20 no era indispensable

  21. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NFPA 101 • La NFPA 101 contempla una distribución diferente de las ocupaciones. • El ancho mínimo de cualquier corredor en NFPA 101 es de 91 cms, similar a la NSR 10 pero mayor a los 70 cms de la NSR 98 • Establece la “Autoridad Competente” como responsable de hacer cumplir los requerimientos de la Norma

  22. Resultados Acuerdo 20/95 Titulo B. Frente a NFPA 101

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