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TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010

TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010. TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010. 1.-GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES. 2.-SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. 3.-NORMAS OFICIALES MEXICANAS (STPS). 4.-SEMARNAT. 5.-SINDICATOS. GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

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TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010

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Presentation Transcript


  1. TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010

  2. TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 1.-GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES 2.-SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL 3.-NORMAS OFICIALES MEXICANAS (STPS) 4.-SEMARNAT 5.-SINDICATOS

  3. GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES 1.- USO DE SUELO 2.- VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN 3.- DECLARACIÓN DE APERTURA 4.- DICTAMEN TÉCNICO PARA LA FIJACIÓN, INSTALACIÓN, DISTRIBUCIÓN, UBICACIÓN, MODIFICACIÓN O COLOCACIÓN DE ANUNCIOS 5.- AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA INTERNO DE PROTECCIÓN CIVIL 6.- ALGUNOS PUNTOS DE VERIFICACIÓN

  4. USO DE SUELO 1.- Uso de Suelo por Derechos Adquiridos 2.- Uso de Suelo Específico 3.- Uso de Suelo Permitido 4.- Uso de Suelo Específico y Factibilidades

  5. Uso de Suelo por Derechos Adquiridos Trámite que permite obtener el certificado en donde se reconocen los derechos adquiridos de uso de suelo que por el aprovechamiento de manera legítima y continua, tienen los propietarios o poseedores de un inmueble, edificación o instalación, con anterioridad a la entrada en vigor de los Planes o Programas de Desarrollo Urbano. * Los derechos adquiridos prescriben al aprovechar el inmueble o unidad identificable de este con un uso diferente al acreditado. * Cuando por así considerarlo conveniente, el Registro solicite opinión de la autoridad competente de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo, el tpermino para la expedición será de 21 días a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud. TIEMPO DE RESPUESTA: 20 días siguientes a la presentación de la solicitud.

  6. |REQUISITOS: • Formato DU-02; • Documento mediante el cual acredite el solicitante su carácter de propietario, poseedor o causahabiente, representante legal o apoderado; • Copia de identificación oficial; • Copia de boleta predial actualizada; • Comprobante de pago de derechos; • Los siguientes documentos en original o copia certificada de la autoridad que los expidió, acompañada de una copia simple a fin de que esta última se coteje con los primeros, los que se devolverán a los interesados: • I. Para acreditar el origen legítimo de su derecho, se deberá presentar cualesquiera de los siguientes documentos que señalen el uso y superficie a acreditar: Licencia de Construcción, Planos Arquitectónicos, Manifestación de Terminación de Obra, y Autorización de Uso y Ocupación; • Declaración de Apertura con sello de recepción de la autoridad Delegacional correspondiente; • Licencia de Funcionamiento debidamente revalidada; • Licencia o Constancia de Zonificación de Uso del Suelo, expedidas de conformidad a los Planes y Programas de Desarrollo Urbano vigentes al inicio de sus operaciones: • Cédula de Microindustria; • Escritura pública que ampare el uso y superficie por acreditar.

  7. II. Para acreditar la continuidad y aprovechamiento del uso, se deberá presentar cualesquiera de los siguientes documentos que señalen el uso y domicilio respecto a cuales se pretende acreditar: Contratos de arrendamiento debidamente registrados ante la Tesorería del Distrito Federal; Visto Bueno de Seguridad y Operación con sello de recepción de la autoridad Delegacional correspondiente; Formato de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes de la persona física interesada, sociedad mercantil, o asociación civil, acompañada de formatos de declaraciones anuales o pagos provisionales de impuestos federales, con sello de recepción y/o pago de la caja receptora o institución bancaria autorizada; Formatos de liquidaciones de cuotas obrero-patronales por concepto de IMSS-INFONAVIT; Declaraciones de Valor Catastral y de Pago de impuestos Predial manifestadas ante la Tesorería del Distrito Federal; Licencia Sanitaria; Visto Bueno de Prevención de Incendios.

  8. Ir a: USO DE SUELO GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES Uso de Suelo Específico

  9. Uso de Suelo Específico Trámite que permite obtener el documento que hace constar lo que los programas vigentes disponen en materia de uso del suelo y normas de ordenación para un predio determinado sobre si un uso del suelo esta permitido o prohibido; o para aquel predio al que se le haya autorizado cambio de uso del suelo, homologación, transferencia, polígono u otro instrumento de Desarrollo Urbano. TIEMPO DE RESPUESTA: 5 días siguientes a la presentación de la solicitud. VIGENCIA: 2 años

  10. REQUISITOS: • Los siguientes documentos en original o copia certificada que expidió, acompañados de una copia simple a fin de que esta última se coteje con los primeros, los que se devolverán al interesado. • Formato DU.03 debidamente requisitado en original • Boleta predial actualizada (no anterior a 12 meses) • Comprobante de pago de derechos • Identificación original vigente • Licencia de Subdivisión o Relotificación, si el predio fue sujeto a su trámite • Constancia de Alineamiento y Número Oficial vigente • Escrituras

  11. Ir a: USO DE SUELO GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES Uso de Suelo Permitidos

  12. Uso de Suelo Permitidos Trámite que permite obtener el certificado que hace constar lo que los programas vigentes disponen en materia de uso de suelo y Normas de Ordenación para un predio determinado en función de la zonificación correspondiente. TIEMPO DE RESPUESTA: 5 días siguientes a la presentación de la solicitud. VIGENCIA: 2 años

  13. REQUISITOS: • Los siguientes documentos en original o copia certificada que expidió, acompañados de una copia simple a fin de que esta última se coteje con los primeros, los que se devolverán al interesado. • Formato DU-01 debidamente requisitado en original • Boleta predial actualizada (no anterior a 12 meses) • Comprobante de pago de derechos • Identificación original vigente • Licencia de Subdivisión o Relotificación, si el predio fue sujeto a su trámite • Constancia de Alineamiento y Número Oficial vigente • Escrituras

  14. Ir a: USO DE SUELO GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES Uso de Suelo Específico y Factibilidades

  15. Uso de Suelo Específico y Factibilidades Trámite que permite obtener el certificado que hace constar las opiniones Técnicas de las Unidades Administrativas Competentes y en el que se indica la posibilidad de dotación de agua, servicios de drenaje y desagüe de agua pluvial, de impacto ambiental, vialidad y uso del suelo para la construcción de conjuntos habitacionales de hasta 200 viviendas o 10,000 m² de construcción para uso habitacional, y hasta 5,000 m² de construcción para uso comercial, industrial y de servicios, excepto para los proyectos que requieran estudio de impacto urbano o urbano ambiental. Observaciones: Una vez ejercido no será necesario obtener un nuevo certificado a menos que se modifique el uso. VIGENCIA: 1 año

  16. REQUISITOS: • Los siguientes documentos en original o copia certificada que expidió, acompañados de una copia simple a fin de que esta última se coteje con los primeros, los que se devolverán al interesado. • Formato DU-06 debidamente requisitado en original • Boleta predial actualizada (no anterior a 12 meses) • Comprobante de pago de derechos • Identificación original vigente • Licencia de Subdivisión o Relotificación, si el predio fue sujeto a su trámite • Constancia de Alineamiento y Número Oficial vigente

  17. Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN (SIGUIENTE PASO)

  18. VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN VISTO BUENO DE SEGURIDAD Y OPERACIÓN Este aviso debe contener la firma y copia del carnet de un Director Responsable de Obra y debe ser presentado ante la Delegación correspondiente. Trámite mediante el cual el Director Responsable de Obra manifiesta que las edificaciones e instalaciones correspondientes mantienen las condiciones de seguridad, para su operación y funcionamiento que deberá renovarse cada 3 años previo a su vencimiento.

  19. Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES DECLARACIÓN DE APERTURA (SIGUIENTE PASO)

  20. DECLARACIÓN DE APERTURA La Declaración de Apertura, es el acto por el cual un particular, ya sea persona física o moral, hace del conocimiento de la autoridad que va a iniciar actividades comerciales o de servicios en un establecimiento mercantil determinado. • Usted debe contar con el Certificado de Zonificación correspondiente que acredite el uso del suelo permitido para la actividad que va a desarrollar. • IMPORTANTE. No podrá realizar el Aviso de Declaración de Apertura si el certificado no está vigente, para lo cual deberá contar 2 años a partir de la fecha de expedición del mismo, excepto en el caso de Derechos Adquiridos , en los que la vigencia es indefinida. Revise toda la información que contiene dicho certificado para conocer las restricciones u obligaciones que este documento le indique debe de cumplir.

  21. 2. Por favor tenga a la mano su Credencial de Elector. • 3. Si es persona moral, requiere los datos de su Escritura Constitutiva. • 4. En caso de ser extranjero, los datos de su FM2 o FM3 y su actividad autorizada. • 5. Una vez capturados todos los datos en el sistema, se le proporcionará de forma automática un NÚMERO DE FOLIO REGISTRADO. Le recomendamos tomar nota de este NÚMERO y conservarlo en un lugar seguro antes de imprimir su Aviso; con este NÚMERO usted podrá imprimir nuevamente su Declaración de Apertura en caso de que la haya extraviado. • La normatividad aplicable a la apertura de establecimientos mercantiles señala requisitos obligatorios a determinados giros, a los cuales se debe dar cumplimiento de manera previa a la Declaración de Apertura. Le solicitamos consultar los Anexos para determinar si debe o no cumplir con dichos requisitos. Anexos: • Cajones de estacionamiento. • Visto Bueno de Seguridad y Operación. • Autorización de Impacto Ambiental.

  22. Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES DICTAMEN TÉCNICO PARA LA FIJACIÓN, INSTALACIÓN, DISTRIBUCIÓN, UBICACIÓN, MODIFICACIÓN O COLOCACIÓN DE ANUNCIOS (SIGUIENTE PASO)

  23. DICTAMEN TÉCNICO PARA LA FIJACIÓN, INSTALACIÓN, DISTRIBUCIÓN, UBICACIÓN, MODIFICACIÓN O COLOCACIÓN DE ANUNCIOS TIEMPO DE RESPUESTA: Licencia: 10 días hábilesRevalidación: inmediata DOCUMENTACIÓN A OBTENER: Licencia o revalidación. FORMATO: DGAU-407 ÁREA DE PAGO: Administraciones Tributarias y Cajas Recaudadoras de la Tesorería del Distrito Federal. VIGENCIA: 1 año ÁREA DONDE SE GESTIONA: Ventanilla Única Delegacional en horario de 9:00 a 14:00 hrs. de lunes a viernes. COSTO: Estipulado en el Código Financiero del Distrito FederalArtículo 214 de acuerdo al tipo de anuncioPara su consulta, solicítelo en el área que gestione su trámite.

  24. Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA INTERNO DE PROTECCIÓN CIVIL (SIGUIENTE PASO)

  25. AUTORIZACIÓN DEL PROGRAMA INTERNO DE PROTECCIÓN CIVIL El trámite se realiza a fin de que los propietarios o poseedores de inmuebles destinados a comercios que realicen actividades de las enunciadas en el Art. 24 del Reglamento de la Ley de Protección Civil para el D.F., cuenten con un programa interno de protección civil que permita salvaguardar la integridad física de los empleados y las personas que concurren a los bienes inmuebles, así como la protección de las instalaciones, bienes e información vital, ante la ocurrencia de un riesgo, emergencia, siniestro o desastre.  VIGENCIA: Permanente TIEMPO DE RESPUESTA: 30 días naturales OBERVACIONES:El Programa Interno de Protección Civil deberá actualizarse cuando se modifique el giro o tecnología.

  26. ALGUNOS ELEMENTOS FUNDAMENTALES -Análisis de vulnerabilidad -Estudio de riegos internos y externos. -Nociones básicas de protección civil. -Integración de brigadas. -Cursos a Brigadistas: Evacuación.Comunicación. Primeros Auxilios.Prevención y combate de incendios. -Organización Formulación del programa internoAnálisis de riesgosDirectorios e inventariosSeñalizaciónPrograma de mantenimientoNormas de seguridadEquipo de seguridadCapacitaciónDifusión y concientizaciónEjercicios y simulacros -Subprograma de auxilio Alertamiento Plan de emergencia Evaluación de daños -Subprograma de recuperación Vuelta a la normalidad

  27. SEÑALIZACIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL

  28. REQUISITOS: 1.- Formato PC-02 debidamente requisitado con los siguientes documentos (original y copia simple).2.- Carta de responsabilidad formulada por la empresa y/o de corresponsabilidad expedida por Terceros Acreditados (empresas capacitadoras, de consultoría y estudio de riesgo vulnerabilidad e instructores profesionales independientes) que tengan registro ante la Dirección General de Protección Civil del D.F. El padrón de Terceros Acreditados puede ser consultado en la página Web del Gobierno del Distrito Federal: www.df.gob.mx , o gratuitamente en las instalaciones de la Dirección General de Protección Civil.3.- Presentar lineamientos de capacitación.Tratándose de empresas de mediano y alto riesgo deberán anexar además:4.- Póliza de seguro vigente de cobertura amplia de responsabilidad civil y daños a terceros.5.- Satisfacer los Términos de Referencia

  29. Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL Ó DELEGACIONES ALGUNOS PUNTOS DE VERIFICACION (SIGUIENTE PASO)

  30. ALGUNOS PUNTOS DE VERIFICACION • Destinar exclusivamente el local para el giro manifestado en la Declaración de Apertura; • Contar con certificado de zonificación para usos del suelo; • Tener a la vista del público en general, el original o copia certificada de la documentación vigente que acredite su legal funcionamiento, así como el nombre del titular y del dependiente del establecimiento; • Observar el horario general que fije la Ley y no permitir que los clientes permanezcan en su interior después del horario autorizado; • Evitar aglomeraciones en la entrada principal y salidas de emergencia del Establecimiento Mercantil que obstruyan la vialidad, paso peatonal o que pongan en riesgo la seguridad de los usuarios o peatones; • Prestar el servicio que se trate a toda persona que lo solicite, sin discriminación alguna, salvo los casos de personas en evidente estado de ebriedad, bajo el flujo de estupefacientes, o que porten armas, así como los menores de edad, en términos de artículo 89 fracción I en cuyos casos se deberán negar los servicios solicitados. Para cerciorarse de la mayoría de edad, el titular del Establecimiento Mercantil está obligado a pedir identificación oficial con fotografía que acredite la mayoría de edad de los concurrentes;

  31. Exhibir en un lugar visible al público y con caracteres legibles: • El horario en que se prestarán los servicios, • Un letrero visible que señale “En este establecimiento no se discrimina por motivo de raza, religión, orientación sexual, condición física o socioeconómica ni por ningún motivo” incluyendo para quejas, los teléfonos de emergencia y dirección de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, • Los establecimientos cuya superficie sea mayor a ochenta metros cuadrados deberán fijar un croquis que ubique claramente las rutas de evacuación, • En el caso de que para su funcionamiento necesite seguro de responsabilidad civil deberán informar con que compañía de seguros se encuentra asegurado el establecimiento mercantil, así como el número de póliza vigente, • La prohibición de fumar en el establecimiento mercantil así como las sanciones aplicables al infractor; • Contar con un botiquín equipado con medicinas, material e instrumentos de curación necesarias para brindar primeros auxilios. En caso de reunir a mas de 50 personas, entre clientes y empleados, contar con el personal capacitado para brindar dichos auxilios;

  32. Contar con un Seguro de Responsabilidad Civil para cubrir a los usuarios tanto en su persona como en sus bienes, en los casos en que así lo establezca la Ley de Protección Civil y sus disposiciones reglamentarias. En todo caso será responsable por negligencia o incumplimiento en la prestación del servicio, salvo causa de fuerza mayor o caso fortuito; • Colaborar dentro de sus establecimientos con campañas sanitarias institucionales dirigidas por las autoridades, principalmente aquellas destinadas a la prevención del SIDA, infecciones de transmisión sexual, prevención de consumo de alcohol y drogas, cultura de la no violencia, prevención y erradicación del abuso y la explotación sexual comercial infantil, así como aquellas enfocadas a prevenir y evitar el sobrepeso, la obesidad y cualquier otro trastorno alimenticio; • La utilización de la vía pública para la prestación de los servicios o realización de las actividades propias del giro mercantil de que se trate, salvo aquellos casos en que lo permita expresamente la Ley y se cuente con el Permiso correspondiente; • Contar con la cantidad de cajones de estacionamiento que requiere una edificación, y que estará en función al uso y destino del giro del rubro especificado; • Los extintores deberán estar colocados en lugares visibles, de fácil acceso y libres de obstáculos, de tal forma que el recorrido hacia el extintor más cercano no exceda de 15.00 metros desde cualquier lugar en un local, tomando en cuenta las vueltas y rodeos necesarios para llegar a uno de ellos. Se ubicarán y fijaran a una altura mínima del piso no menor a 0.10 metros a la parte mas baja del extintor, y

  33. en caso de encontrarse colgados, de 1.50 metros medidos desde el piso a la parte mas alta del extintor; • Colocar en el inmueble instructivos oficiales de conductas a seguir en caso de sismo o incendio, en lugares visibles y de alto tránsito de personas, tales como accesos, estancias y pasillos de circulación; • Los trayectos de las rutas de evacuación contarán con una señalización visible con letrero a cada 20 metros o en cada cambio de dirección de la ruta con cada leyenda escrita: “RUTA DE EVACIACIÓN”, acompañada de una flecha en el sentido de la circulación del desalojo. Estos letreros se ubicarán a una altura mínima de 2.20 metros. El tamaño y estilo de los caracteres permitirán su lectura hasta una distancia de 20 metros. • Contar con Salida de Emergencia, misma que no deberá estar obstaculizada, distinta a la de entrada y salida de clientes, los pisos de los pasillos deben ser de materiales antiderrapantes. • Deben contar con letreros, con la leyenda; “SALIDA DE EMERGENCIA”. Estos letreros estarán a una altura mínima de 2.20 metros o sobre el dintel de la puerta o fijada al techo en caso de que este no exista. El tamaño y estilo de los caracteres permitirán su lectura a una distancia de 20.00 metros;

  34. Los recipientes de gas deben colocarse a la intemperie en lugares ventilados, tales como: patios, jardines o azoteas y protegidos del acceso de personas y vehículos; • Los recipientes se colocarán sobre un piso firme y consolidado, donde no existan flamas o materiales inflamables, pasto o hierba; • En ambos casos las tuberías deben estar pintadas con esmalte color amarillo o contar con señalamientos con esmalte color amarillo a cada 3.00 metros y en las conexiones; • Dar mantenimiento a las instalaciones eléctricas e hidráulicas.

  35. Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 FIN DE TRÁMITES PARA EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

  36. SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL • COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO • COMISIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE • PLANES Y PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO • REGLAMENTO INTERIOR DE TRABAJO • INSPECCIONES

  37. COMISIÓN MIXTA DE CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO La Comisión Mixta de Capacitación y adiestramiento (artículo 153 y J de la Ley Federal del Trabajo), tiene como finalidad coordinar la impartición de la Capacitación y el Adiestramiento a los trabajadores de la empresa. Esta se integra por personal tanto de la parte patronal, como de la parte trabajadora, de manera equitativa. La ley federal del trabajo, establece como obligación patronal la impartición de esta capacitación, y en caso de negativa, se impondrán multas como una medida de coerción y aún a pesar de tener que pagar dichas multas, no le exime al patrón de las consecuencias y repercusiones que esto lleva implícito. La Secretaría del Trabajo publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se fijan los criterios generales y se establecen los formatos para la realización de trámites administrativos en materia de capacitación y adiestramiento de los trabajadores, en los mismos se establecen como obligatorios los formatos DC-1, DC-2, DC-3, DC-4, que competen a todos los patrones y otros para los instructores externos de capacitación y adiestramiento. En esta publicación se establecen además los lineamientos para tener un control de la comisión y de los planes y programas.

  38. Es sumamente importante contar con una comisión bien constituida, para delegar en ella toda la responsabilidad de controlar la misma, la programación, el control de asistencia, la emisión de constancias de capacitación y adiestramiento, realización de los respectivos trámites ante la delegación correspondiente, lista de asistencias, horas de capacitación por trabajador, y otros detalles propios de esta área tan importante desde el punto de vista técnico, de seguridad y legal. Si en una empresa se establece un buen control, entonces acarreará al empresario los siguientes beneficios: • Disminución de accidentes. • Incremento en la productividad. • Reducción de tiempos muertos. • Disminución de gastos indirectos. • Contará con toda la documentación que se requiere durante un visita de inspección, como Constancias de habilidades, Lista de constancias. • Integración de la comisión. • Presentación de los planes y programas, los 9 cursos básicos de seguridad que debe impartir. • Contará con pruebas para acreditar ante cualquier junta de conciliación que usted como patrón impartió la respectiva capacitación al trabajador que lo está demandando. • Y como consecuencia lógica no tendrá que dar "mordidas", y por ende NO TENDRÁ SANCIÓN ADMINISTRATIVA ALGUNA.

  39. Ir a: TALLER DE OBLIGACIONES PATRONALES 2010 SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL COMISIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE (SIGUIENTE PASO)

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