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Carla Villarreal López Comisionada Adjuntía para los Derechos de la Mujer

Los Espacios de Participación Ciudadana de las Mujeres Foro “ Balance y Perspectivas del Consenso de El Cairo ” , 14 de junio de 2013. Carla Villarreal López Comisionada Adjuntía para los Derechos de la Mujer. Competencia de la Defensoría del Pueblo. Art. 162° de la Constitución de 1993 :

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Carla Villarreal López Comisionada Adjuntía para los Derechos de la Mujer

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  1. Los Espacios de Participación Ciudadana de las MujeresForo “Balance y Perspectivas del Consenso de El Cairo”, 14 de junio de 2013 Carla Villarreal López Comisionada Adjuntía para los Derechos de la Mujer

  2. Competencia de la Defensoría del Pueblo Art. 162° de la Constitución de 1993: Defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad. Supervisar el cumplimiento de los deberes de la administración estatal y la prestación de los servicios públicos a la ciudadanía.

  3. Derecho a la Participación Ciudadana • Derecho mediante el cual lo/as ciudadano/as manifiestan sus intereses y demandas a través de actos, con la finalidad de influir en laformulación y toma de decisionesgubernamentales en los diferentes niveles: nacional, regional o local. • Fortalece la democracia y gobernabilidad.

  4. Marco Normativo Internacional • DUDH(art. 21.3): “derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes […]”. • PIDCP (art. 25°): “derecho a participar en la dirección de asuntos públicos, directamente o por medio de representantes […]”. • Conv. Americana (art. 23°): “a) de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes […]; b) de votar y ser elegidos […] c) acceso, en igualdad, a las funciones públicas […]”. • CEDAW (art. 7°): “[…] medidaspara eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política y pública del país […] derecho a: Votar […] y a ser elegibles […]”. • Conv. Belém Do Pará (art. 4°j): igualdad de acceso a funciones públicasy a participar en asuntos públicos, incluyendo la toma de decisiones. • Observaciones del Comité DDHH al Sexto Informe Periódico del Perú: “ […] si bien medidas para aumentar la participación política de la mujer, están infrarrepresentadas en otras instituciones como la administración pública y el poder judicial […]”.

  5. Marco Normativo Nacional Constitución Políticade 1993 (art. 31°): “derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. […] derecho de ser elegidos y de elegir libremente a sus representantes, […]. Es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. La ley norma y promueve los mecanismos directos e indirectos de su participación […] Otras normas • Ley de Participación Ciudadana - Ley Nº 26300. • Ley de Bases de la Descentralización. • Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. • Ley Orgánica de Municipalidades. • TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información (D.S. 043-2003-PCM), impulsada porla DP con la sociedad civil.

  6. Ámbitos de Participación Ciudadana

  7. Programa de Acción El Cairo Cap. IV Medidas para mejorar la condición de la mujer: • Mecanismos para su participación igual y representación equitativa en todos los niveles del procesopolítico y de la vida pública. • Salud y educación de calidad + acceso al empleo. • Eliminar la discriminación y la violencia hacia la mujer. Cap. VII Salud sexual y reproductiva: • Acceso a servicios de calidad, incluida la planificación familiar. Promover la libertad de elección. • Reducción de mortalidad materna y prevención de embarazos no deseados, especialmente entre adolescentes (acceso a información y servicios de salud reproductiva). • Prevención de ETS incluido el VIH SIDA. Cap. XV Colaboración con el sector no gubernamental : • Rol de organizaciones femeninas: Vigilancia ciudadana (investigaciones; capacitaciones y sensibilización; formulación, y evaluación de actividades sobre salud sexual y reproductiva).

  8. Participación Política de las Mujeres Componentes: a) Derecho a elegir. b) Derecho a ser elegidas. • Derecho a no ser discriminadas en el ejercicio del cargo. Base legal:Constitución (art. 2° inc. 2 y 17; art. 31; art. 191°) →Constitucionalización de las cuotas. • Cuotas en el Congreso: llegó casi al 30% en el 2006. Sin embargo, en el 2011 se redujo al 22% (28 mujeres), cifra insuficiente. • Participación en gobiernos regionales y locales:El porcentaje de mujeres electas como presidentas regionales y alcaldesas no superan el 4% a nivel nacional. 8

  9. Caso Yanet Espinoza Feria y otras Elecciones Generales 2001: incumplimiento de mínimo de 30% en 3 distritos electorales.- demanda ante la CIDH (Defensoría del Pueblo y Movimiento Manuela Ramos). Etapa de solución amistosa • Proyecto de Ley 268/2011-JNE.- Elaborado conjuntamente por la Defensoría del Pueblo, el JNE y el Movimiento Manuela Ramos. • Proyecto de Código Electoral del JNE 590/2011-JNE Plantean, entre otras medidas, la alternancia como medida afirmativa complementaria a la cuota de género para lograr una igualdad real en el ejercicio de este derecho. 9

  10. Quinto Reporte sobre el Cumplimiento de la Ley de Igualdad de Oportunidades Informe de Adjuntía Nº 004 -2012-DP/ADM Proyectos vinculados a derechos de las mujeres presentados y aprobados en el proceso de presupuesto participativo regional(Total:10) 10

  11. Mortali- dad materna Acceso de niño/as y adolescen-tes a Educ. Básica Analfa- betismo Acceso al ámbito laboral Violencia contra la mujer Sólo 7: Cajamarca Ucayali Callao Tacna Pasco Lima Piura Sólo 8: M. de Dios Ucayali Loreto Callao Tacna Cusco Lima Piura 23 gob. Reg. Todos excepto: M. de Dios Huánuco Arequipa Tumbes Cusco Pasco Sólo 7: La Libertad Cajamarca Ayacucho Arequipa Loreto Ucayali Ica (*) No se recibió información de la GPP del Gobierno Regional de Áncash. Quinto Reporte LIO: Gobiernos Regionales que asignaron recursos para combatir brechas de género durante el 2011 Recomendaciones a Gobiernos Regionales: • Incorporar el enfoque de género en su planificación estratégica; en todas las fases del ciclo presupuestal y en la rendición de cuentas. • Incorporar políticas sobre igualdad de oportunidades en los planes de desarrollo concertado, presupuesto participativo y planes operativos institucionales anuales.

  12. Atención de víctimas de violencia en establecimientos de salud Informe de Adjuntía N° 003-2012-DP/ADM: Recomendaciones al Minsa: • Único modelo de atención integral. • Garantizar que personal de salud registre atenciones y reconocer su gratuidad. • Enfoque médico legal. • Aprobar Plan sectorial de salud mental y Plan estratégico sectorial para atención de violencia contra la mujer.

  13. Balance sobre el cumplimiento del PNVM 2009-2015 • Supervisión a actores involucrados en el Plan en base a información provista por ellos mismos: 8 Ministerios. • Pese a los avances, las metas previstas en los tres primeros años no se han alcanzado. Es imprescindible incrementar el presupuesto. Balance sobre el cumplimiento del Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2009 - 2015

  14. Porcentaje de presupuesto asignado por los ministerios concernidos para implementar el Plan en los últimos tres años: La normativa vigente establece que la implementación del Plan se hará con cargo a los recursos presupuestales ya existentes y de acuerdo a las prioridades de cada sector. Balance sobre el cumplimiento del Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2009 - 2015

  15. Maternidad Segura y Saludable Informe de Adjuntía N° 001-2010-DP/ADM:Recomendaciones al Ministerio de Salud • Supervise que el personal de salud cumpla con informar a usuarias sobre: • Gratuidad del SIS y realización de pruebas de VIH, con consejerías pre y post test y, consentimiento de gestantes. • Signos de alarma durante el embarazo. • Métodos de planificación familiar. • Adecuación cultural de los servicios. • Garantice la realización de la pesquisa y el registro de la atención a las víctimas de violencia. • Promueva la ubicación de casas de espera materna cerca de establecimientos de salud con infraestructura, equipos y personal suficientes para atender partos y/o emergencias obstétricas. • Asegurela capacitación de los profesionales de la salud en la atención del parto vertical.

  16. Maternidad Segura y Saludable • Informe de Adjuntía N° 008-2010-DP/AAE: Reconocimiento de hora de lactancia y subsidio por maternidad (íntegro de remuneración) para CAS. • Informe de Adjuntía N° 001-2012-DP/AAE: Restricción del acceso de gestantes al sistema de salud por aplicación de periodos de espera. • Grupo de Salud Materno Neonatal de la MCLP:seguimiento del presupuesto por resultados del programa.

  17. Anticoncepción Oral de Emergencia (AOE) • Informe Defensorial N° 78 (2004): AOE como método anticonceptivo efectivo y seguro. • Amicus Curiae a propósito del proceso de amparo iniciado por ONG “Acción de lucha anticorrupción sin componenda” (15/11/2005). • Amicus Curiae a propósito del fallo del TC que prohíbe su distribución en establecimientos de salud(12/12/2006). Posición institucional sobre la restricción del acceso de la AOE en servicios públicos de salud: • Restricción a derechos reproductivos de las mujeres. • Afectación especial a mujeres en condición de pobreza o extrema pobreza: discriminación. • Incumplimiento del pronunciamiento del Comité CEDAW.

  18. Atención del aborto terapéutico • La Defensoría del Pueblo ha recomendado la aprobación de un protocolo para su atención desde 2006. • Especial relevancia por pronunciamientos del Comité de DDHH (caso K.L.) y Comité CEDAW (caso L.C.)

  19. Atención del aborto terapéutico Observaciones al proyecto “Guía Técnica para la atención integral de la interrupción voluntaria por indicación terapéutica del embarazo menor de 22 semanas con consentimiento informado” (Minsa): • Precisar ámbito de aplicación nacional (sector público y privado). • Analizar la incorporación del supuesto del embarazo de feto anencefálico. • Consentimiento informado de gestante, sin autorización previa de terceros. • Procedimiento (detalle de los miembros del Comité de Ética y plazo.

  20. Art. 27° – Predictamen del Nuevo Código de Niños y Adolescentes Reconocimiento al derecho de la salud sexual y reproductiva de adolescentes: • Parte del derecho a la salud y derecho implícito reconocido por TC e instrumentos internacionales. • Requisito de orientación de padres y madres para evitar embarazos adolescentes: vs. su calidad de sujetos de derecho. • Colisión con Código Civil “protección de los padres”.

  21. MUCHAS GRACIAS www.defensoria.gob.pe LÍNEA GRATUITA 0800-15-170 21

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