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Curso 2012/2013 rumbo hacia la excelencia en los Programas de Doctorado

Curso 2012/2013 rumbo hacia la excelencia en los Programas de Doctorado. Escuela de Doctorado. ESCUELA DOCTORADO. ED : órgano de coordinación, planificación y seguimiento de los programas de doctorado de la universidad.

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Curso 2012/2013 rumbo hacia la excelencia en los Programas de Doctorado

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  1. Curso 2012/2013 rumbo hacia la excelencia en los Programas de Doctorado

  2. Escuela de Doctorado ESCUELA DOCTORADO ED: órgano de coordinación, planificación y seguimiento de los programas de doctorado de la universidad. Los Centros seguirán siendo los responsables del desarrollo y organización de los programas de doctorado Organigrama: Presidente: VI Director Ejecutivo: Unai Zalba Subdirectores: Área de Humanidades, Ciencias Sociales y Jurídicas: Mercedes Montero Área de Ciencias Experimentales y de la Salud: Javier Burguete Área de Técnicas e Ingeniería: Javier Santos Comisiones Académicas de los Programas de Doctorado: -Director del Programa -Vicedecano/Subdirector de Investigación del Centro al que esté adscrito el PD -Subdirector de la ED del área correspondiente.

  3. Escuela de Doctorado • Ámbito de aplicación de la ED: estudios de Tercer Ciclo • Alumnos que inicien su doctorado en el curso 2012-2013: se matriculan en alguno de los 18 nuevos PD verificados por la ANECA y su doctorado se regulará por el RD 99/2011. • Doctorandos que iniciaron sus estudios antes de 12/13 seguirán en su Programa de Doctorado y se les aplicará la normativa anterior en su caso RD 778/1998, RD 56/2005, RD 1393/2007(salvo en lo relativo a evaluación y defensa de la tesis doctoral). • Todos los trámites de admisión, seguimiento (en su caso) y defensa de tesis de todos los doctorandos (antiguos y nuevos) los asume la ED.

  4. Escuela de Doctorado Estudios de Tercer Ciclo en la UN PD verificados por la ANECA según RD 99/2011 Fac. Medicina: PD en Investigación Médica Aplicada, PD en Neurociencia Fac. Ciencias: PD en Investigación Biomédica, PD en Biología y Medio Ambiente, PD en Sistemas Complejos, PD en Química Fac. Farmacia: PD en Medicamentos y Salud, PD en Alimentación y Salud Fac. Filosofía y Letras: PD en Filosofía, PD en Educación, PD en Artes y Humanidades Esc. Arquitectura: PD Historia de la Arquitectura española del S.XX Fac. Económicas: PD en Economía y Empresa Fac. Comunicación: PD en Comunicación Fac. Derecho: PD en Derecho de la Globalización y la Integración Social Esc. Ingenieros: PD en Ingeniería Aplicada IESE: PD en Dirección de Empresas Into. Empresa y Humanismo: PD en Gobierno y Cultura de las Organizaciones PD a verificar para 13/14 Fac. Enfermería: PD en Ciencias de la Enfermería

  5. Escuela de Doctorado ESCUELA DE DOCTORADO: Objetivo Obtención del 100 % de Menciones hacia la Excelencia en los nuevos Programas de Doctorado, en base a la calidad acreditada a tres niveles: 1. Grupos de investigación que soportan el programa: Historial investigador de los directores de tesis del grupo (valoración de sus contribuciones científicas y proyectos de investigación). 2. Doctorandos/tesis doctorales: a. ratio tesis/profesor, b. ratio estudiantes/tesis leídas, c. ratio estudiantes/becas, d. rendimiento científico de las tesis leídas, e. movilidad de los doctorandos. 3. Estructura de los estudios: Reglamentación, Sistema de garantía de calidad, accesibilidad de la información (web), Escuela de Doctorado, colaboración con otras instituciones.

  6. Escuela de Doctorado INVESTIGACIÓN DE LOS CENTROS INVESTIGADORES / GRUPOS DE INVESTIGACIÓN • Investigación de excelencia que redunde en: • Doctorandos: competitivos, internacionales, con formación investigadora de excelencia. • Tesis de Calidad • Alta productividad científica • Líneas de investigación referentes/citables PROGRAMAS DE DOCTORADO DE EXCELENCIA ESCUELA DE DOCTORADO

  7. Escuela de Doctorado • Para la consecución de ese objetivo la Escuela de Doctorado • fija y reglamenta la estrategia general de la universidad • sirve de apoyo a los centros • y realiza un seguimiento anual de los Programas de Doctorado junto a la Comisión de Garantía de Calidad de cada centro (calidad científica de las Tesis y de la formación de nuestros doctorandos).

  8. Escuela de Doctorado Nueva Instrucción reguladora de los estudios de doctorado (Normativa de la Universidad para la aplicación del RD 99/2011, sólo aplicable a los alumnos que inician su doctorado a partir de 12/13) • Principales novedades: • Admisión (pág. 9 Guía de los estudios de doctorado) • Proyecto de tesis (pág. 12 Guía de los estudios de doctorado) • Actividades formativas (pág. 20 Guía de los estudios de doctorado) • Documento de actividades (pág. 20 Guía de los estudios de doctorado) • Seguimiento y evaluación anual (pág. 13 Guia de los estudios de doctorado) • Plazo para la elaboración de la tesis (pág. 14 Guía de los estudios de doctorado) • Director de tesis (pág. 11 Guía de los estudios de doctorado) • Revisor (pág. 12 Guía de los estudios de doctorado) • Doctorado Internacional (pág. 17 Guía de los estudios de doctorado)

  9. Escuela de Doctorado • Admisión • Vías de acceso (régimen de acceso para especialistas, para aspirantes con título de Doctor previo…). • Designación del director y tema de tesis en el momento de la admisión. • Asignación de complementos de formación. • Firma del compromiso documental de supervisión. • 2. Proyecto de tesis • Aprobación a los 8 meses. • Estructura definida. • Nombramiento del revisor.

  10. Escuela de Doctorado • 3. Actividades formativas • Previstas en la memoria de verificación • Pueden establecerse a 3 niveles: • por la Escuela de Doctorado con carácter general • “por y para” cada Programa de Doctorado, • o establecidas “ad-hoc” por el Director de tesis. • 4. Documento de actividades (REGISTRO DE ACTIVIDADES) • Registro individualizado de control de actividades formativas. Revisado regularmente el Director del Tesis y en su caso el Revisor. • Evaluado anualmente por la comisión académica en el mes de junio • Se materializa mediante la aplicación informática “port-folio”, a la que se accede desde ADI en el portal del alumno: http://www.unav.es/servicio/alumnos/

  11. Escuela de Doctorado 5. Seguimiento anual Comisión Académica del Programa: anualmente, en el mes de junio, evaluará el trabajo de investigación del doctorando y su documento de actividades junto con el informe que, en su caso, deberá emitir el revisor. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo plan de investigación. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.

  12. Escuela de Doctorado • 6. Plazo para la elaboración de la tesis doctoral • Doctorando a tiempo completo : máximo de 4 años para su defensa. • Prorrogable tan sólo 1 año mas (en este caso sin ayuda económica) sólo con el informe favorable de la Comisión académica y de la Junta Directiva del Centro al que esté adscrito el Programa • - Doctorando con dedicación parcial: plazo de 5 años, prorrogables año a año hasta tres más con el informe favorable de la Comisión académica y Junta directiva responsable. • El cómputo del plazo se inicia con la resolución de la admisión del alumno y finaliza en la fecha de la defensa de la tesis. • En todo caso se descontarán las bajas por enfermedad, embarazo o cualquier otra causa prevista por la normativa vigente.

  13. Escuela de Doctorado • 7. Director de tesis • La Comisión académica asignará al doctorando un director de tesis en el momento de su admisión, quien asumirá las funciones de tutor previstas en la normativa. La tesis podrá ser codirigida por otro o excepcionalmente más doctores. • El codirector, salvo excepción debidamente justificada, deberá reunir los siguientes requisitos: - al menos un año de experiencia postdoctoral - haber participado en al menos un proyecto o contrato de investigación - poder aportar cuatro contribuciones científicas en los 5 últimos años. • El director, salvo excepción debidamente justificada, deberá reunir además de los requisitos anteriores, los siguientes: - haber codirigido al menos una tesis • un sexenio de investigación o equivalente.(*) • (*)El visto bueno a la excepcionalidad lo otorgará la ED. • En ningún caso un profesor podrá dirigir simultáneamente más de tres tesis doctorales (las codirigidas, a estos efectos, computarán como media).

  14. Escuela de Doctorado • 8. Revisor (opcional) • En el plazo de 8 meses desde la admisión del doctorando, si la Comisión académica lo estima oportuno, designará un revisor encargado del seguimiento y evaluación del trabajo de investigación y registro de actividades de cada alumno. El revisor será un experto de reconocido prestigio que reúna los requisitos para ser director de tesis

  15. Escuela de Doctorado • 9. Doctorado Internacional • El título de Doctor o Doctora podrá incluir en su anverso la mención «Doctor internacional», siempre que concurran las siguientes circunstancias: • a) Estancia mínima de tres meses fuera de España en una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio, cursando estudios o realizando trabajos de investigación. La estancia y las actividades han de ser avaladas por el director y autorizadas por la Comisión académica, y se incorporarán al documento de actividades del doctorando. • b) Al menos el resumen y las conclusiones, se haya redactado y sea presentado en una de las lenguas habituales para la comunicación científica en su campo de conocimiento, distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, informes y expertos procedan de un país de habla hispana. • c) Que la tesis haya sido informada por un mínimo de dos expertos doctores pertenecientes a alguna institución de educación superior o instituto de investigación no española. • d) Que al menos un experto perteneciente a alguna institución de educación superior o centro de investigación no española, con el título de doctor, y distinto del responsable de la estancia mencionada en el apartado a), haya formado parte del tribunal evaluador de la tesis.

  16. Escuela de Doctorado • COMPROMISO DOCUMENTAL (obligatorio por RD 99/2011) • Firman: • Doctorando • Director (y Co-Director) • Presidente de la ED • Contenidos: • Obligaciones del Doctorando: • 1. Realizar las actividades formativas establecidas • 2. Informar regularmente al Director (Co-Director) • 3. Seguir las indicaciones de Director (Co-Director) • 4. Utilizar adecuadamente los recursos • 5. Dedicarse a tiempo completo (parcial) a la tesis • 6. Someterse a las evaluaciones previstas • Obligaciones del Director (Co-Director): • 1. Supervisar y realizar un seguimiento de la actividad investigadora • 2. Proporcionar la orientación y asesoramiento necesarios • Clausula de Confidencialidad • Propiedad intelectual e industrial • Procedimiento y resolución de conflictos ( la ED capacidad decisoria) • Vigencia: hasta defensa de la tesis.

  17. Escuela de Doctorado • Régimen de transición para los antiguos alumnos • Los alumnos que iniciaron sus estudios de doctorado antes del curso académico 2012/2013 deben defender su tesis doctoral antes del 12 febrero de 2016; si no lo hacen, deberán solicitar la admisión en uno de los nuevos PD verificados en los que podrán ser admitidos automáticamente si acreditan un máster oficial o el DEA (suficiencia investigadora).

  18. Escuela de Doctorado • Documentación relevante • Real Decreto 99/2011 publicado en el BOE de 10/02/2011 • Nueva Instrucción reguladora de los estudios de Doctorado de octubre de 2011 • Guía de los estudios de doctorado • Normativa de permanencia en los Programas de Doctorado • Compromiso documental de seguimiento • Régimen de transición y extinción de los PD antiguos. La Escuela de Doctorado contará con una web que recogerá toda la información relevante sobre los estudios de doctorado: http://www.unav.es/servicio/oogg/matricula_doctorado

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