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PLAN DE FOMENTO DEL PLURILINGÜISMO

PLAN DE FOMENTO DEL PLURILINGÜISMO. Una política lingüística para la sociedad andaluza. SEGUNDA MODERNIZACIÓN DE ANDALUCÍA. Nueva política lingüística para la sociedad andaluza ¿Por qué el Plan de fomento del plurilingüismo?

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PLAN DE FOMENTO DEL PLURILINGÜISMO

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  1. PLAN DE FOMENTO DEL PLURILINGÜISMO Una política lingüística para la sociedad andaluza

  2. SEGUNDA MODERNIZACIÓN DE ANDALUCÍA • Nueva política lingüística para la sociedad andaluza • ¿Por qué el Plan de fomento del plurilingüismo? • Adaptarse a las nuevas realidades sociales y a los cambios tecnológicos y económicos. • Desarrollar la sociedad del conocimiento. • Reforzar la eficiencia y la igualdad de los sistemas educativos.

  3. ¿Por qué se adopta el concepto de plurilingüismo? • El multilingüismo hace referencia al conocimiento o a la coexistencia de varias lenguas en una sociedad. • El plurilingüismo: • desarrolla competencias comunicativas a las que contribuyen todos los conocimientos y las experiencias lingüísticas y en las que las lenguas se relacionan entre sí e interactúan. • los conceptos y procedimientos del aprendizaje lingüístico se pueden transferir de una lengua a la otra. • esta transferencia será explotada pedagógicamente.

  4. Alcanzar el dominio de lenguas extranjeras por parte de la ciuda-danía andaluza con una clara fina-lidad comunicativa. Formar al alumnado andaluz, a través del plurilingüismo lingüís-tico y cultural, para integrarse en un contexto cada vez más mundia-lizado. Acercar a una Andalucía, multiét-nica, pluricultural y plurilingüe, a nuevas lenguas y culturas. Con carácter general: Ampliación del número de horas dedicadas al estudio de las len-guas en el currículo escolar. Establecimiento de 400 centros bilingües. Desarrollo de un currículo inte-grado de lenguas, incluida la materna y creación de una co-misión para su desarrollo. Elaboración de adaptaciones curriculares para el alumnado de n.e.e. Apertura de una línea de inves-tigación para implantar el Port-folio Europeo de las lenguas. OBJETIVOS DEL PLAN DE PLURILINGÜISMO

  5. MEDIDAS DEL PLAN DE FOMENTO DEL PLURILINGÜISMO • Anticipación de la 1ª Lengua extranjera en Educación Infantil y en el 1er. Ciclo de Educación Primaria. • Implantación progresiva de la flexibilización del horario escolar para posibi-litar una exposición del alumnado de Educación Secundaria a la lengua extranjera durante todos los días lectivos. • Reforma y ampliación de la Educación de Idiomas a Distancia. • Plan de Seguimiento y Evaluación. • Fomento de intercambios del alumnado y del profesorado. • Fomento de hermanamientos entre centros educativos de diversos países. • Participación de los centros en Proyectos Europeos. • Extensión progresiva del Programa “Idiomas y Juventud”. • Impulso a los programas de campamentos de verano de idiomas para el alumnado de enseñanzas obligatorias.

  6. PROGRAMAS DEL PLAN DE FOMENTO DEL PLURILINGÜISMO 1. CENTROS BILINGÜES 2. ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS 3. PLURILINGÜISMO Y PROFESORADO 4. PLURILINGÜISMO Y SOCIEDAD 5. PLURILINGÜISMO E INTERCULTURALIDAD

  7. 1. CENTROS BILINGÜES(en la actualidad)

  8. OBJETIVOS Usar las lenguas maternas y no maternas en la enseñanza de las materias del currículo. Ampliar el número de horas de-dicadas a los idiomas. Fomentar la pluralidad lingüís-tica y cultural en los centros. ACCESO AL PROGRAMA Mediante una convocatoria pú-blica para: Seleccionar Colegios e Institutos que participen en el programa. Establecer los requisitos mínimos de los centros. Determinar los medios con los que contarán. 1. CENTROS BILINGÜES

  9. 1. CENTROS BILINGÜES: Acciones (I) • Obligatoriedad de la 1ª lengua extranjera desde el Ciclo 1º de la Educación Primaria en los Centros Bilingües. • Incorporación progresiva de la 2ª lengua extranjera desde el Ciclo 3º de Educación Primaria en los Centros Bilingües. • Implantación progresiva del desdoble de grupos en las asignaturas de lenguas extranjeras en la Enseñanza Secundaria. • Reconocimiento de la escolarización bilingüe a través de una certificación en los documentos de evaluación. • Creación de la figura del Coordinador de la Sección Bilingüe. • Firma de convenios con instituciones extranjeras dedicadas a la difusión lingüística y cultural. • Apoyo a las acciones de inmersión lingüística en las actividades de la Comunidad Escolar. • Reconocimiento de horas de actividad docente no lectivas para los profe-sores que impartan áreas no lingüísticas en lenguas extranjeras.

  10. 1. CENTROS BILINGÜES: Acciones (II) • Incremento del profesorado especializado en la enseñanza de idiomas. • Incorporación de auxiliares de conversación, mediante becas, a los Centros Bilingües. • Elaboración de un plan de formación específico para el profesorado de los Centros Bilingües que incluya estancias de inmersión lingüística. • Elaboración de un programa de apoyo para el profesorado que aborde la creación del currículo integrado de los materiales. • Elaboración de un currículo integrado de lenguas y áreas no lingüísticas. • Ayudas para la elaboración de materiales didácticos y curriculares especí-ficos. • Dotación de equipamiento tecnológico para digitalizar los Centros Bilin-gües. • Elaboración de un plan de formación para padres y madres.

  11. EL NUEVO MODELO METODOLÓGICO

  12. ORDEN DE 6 DE ABRIL DE 2005 CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE CENTROS BILINGÜES (BOJA nº 66, de 6 de abril de 2005)

  13. DEFINICIÓN DE CENTROS BILINGÜESY DE SECCIÓN BILINGÜE • Centros Bilingües: • Aquellos que promueven la lengua materna y, al menos, una lengua ex-tranjera como instrumentales para la enseñanza y el aprendizaje de de-terminadas áreas o materias. • Anticipan la enseñanza de la lengua extranjera a la Educación Infantil y al primer ciclo de Primaria. • Imparten una segunda lengua extranjera a partir del tercer ciclo de Pri-maria. • Cuentan con un nuevo modelo organizativo y curricular. • Adoptan un currículo integrado. • Sección Bilingüe: • Se llama así a la línea bilingüe que en el mismo centro coexiste con otras líneas que no son bilingües. (ESTA ES LA SITUACIÓN ACTUAL)

  14. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA • Presentar un proyecto educativo bilingüe. • Fichas individualizadas de datos de los profesores. • Aprobación del proyecto bilingüe por el profesorado y, en el caso de los institutos, por los departamentos implicados. • Colegios (Profesorado especialista y tutores) • Institutos (Departamentos de Lenguas y, al menos, dos áreas no lingüísticas • Compromiso de realizar los cursos de formación • Aprobación en Claustro por mayoría. • Aprobación del proyecto bilingüe en el Consejo Escolar, haciendo constar el compromiso de adecuar el modelo organizativo del centro al de los centros bilingües.

  15. PRESENTACIÓN Y PLAZOS • Presentación de la solicitud en la Delegación Provincial de Educación. • Plazo: 45 días naturales contados desde el 7 de abril. • Grabación de la solicitud y de los datos individualizados en el Programa Séneca.

  16. CONTENIDO DEL PROYECTO EDUCATIVO BILINGÜE (I) OBJETIVOS LINGÜÍSTICOS CULTURALES COGNITIVOS

  17. CONTENIDO DEL PROYECTO EDUCATIVO BILINGÜE (II) DE LAS ÁREAS LINGÜÍSTICAS (LENGUA CASTELLANA Y LENGUAS EXTRANJERAS) PROPUESTA DE SECUENCIACIÓN DE CONTENIDOS COORDINACIÓN DE ÁREAS NO LINGÜÍSTICAS IMPLICADAS

  18. CONTENIDO DEL PROYECTO EDUCATIVO BILINGÜE (III) • CRITERIOS: • Metodológicos para la acción docente y propues-ta razonada de cómo abor-dar su práctica. • De evaluación y procedi-miento para la evaluación conjunta por parte del profesorado de áreas lin-güísticas y no lingüísticas. • Compromiso de desar-rollo conjunto con centro de adscripción (Opcional). • JUSTIFICACIÓN DE LA VIABILIDAD DEL PROYECTO: • Informe del Director. • Relación detallada de recursos materiales dis-ponibles que aportará el centro y de las nece-sidades previstas. • Relación del profeso-rado que participará con indicación de quién ejercerá de coordina-dor. • OTROS: • Plan de Formación del Profesorado, que inclui-rá actividades de inter-cambio. • Participación en otros proyectos. • Calendario de aplica-ción, dentro de las posi-bilidades que ofrece el artículo 16 de la Orden. • Previsión de actuacio-nes futuras de amplia-ción del proyecto.

  19. COORDINADORES Son los responsables de la ejecución del proyecto y de la interlocución con las autoridades educativas REQUISITOS: • Profesor con destino definitivo en el centro. • Preferentemente del área lingüística que se implante en la sección bilingüe. FUNCIONES: • Coordinar las actividades del profesorado y departamentos implicados. • Coordinar la elaboración del proyecto lingüístico y del currículo integrado. • Proponer actividades formativas del profesorado. • Coordinar las reuniones del equipo docente de la sección bilingüe para adoptar el currículo integrado. • Establecer el horario de los ayudante lingüísticos. • Participar en las reuniones del ETCP. • Ser interlocutor de los responsables del PFP y de los demás centros bilingües. • Coordinar las distintas acciones del centro relacionadas con su participación en el programa bilingüe. REDUCCIONES: Semanalmente tendrán una reducción del 25 % de la que corresponda al Equipo Directivo del centro.

  20. COMISIÓN PROVINCIAL DE VALORACIÓN JEFE DE ORDENACIÓN EDUCATIVA JEFE DE PROGRAMAS Y OBRAS UN INSPECTOR (Propuesto por el Jefe de Servicio) DOS DIRECTORES DE CENTROS (con sección bilingüe implantada) COORDINADOR PROVINCIAL DE FORMACIÓN DEL PROFESORADO RESPONSABLE PROVINCIAL DE COORDINACIÓN DEL PLURILINGÜISMO SECRETARIO

  21. COMISIÓN DE SELECCIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN JEFE DE SERVICIO DE LA D.G. DE ORDENACIÓN JEFE DE SERVICIO DE LA D.G. DE PLANIFICACIÓN INSPECTOR CENTRAL (Designado por la Viceconsejería) JEFE DE SERVICIO DE LA D.G. DE INNOVACIÓN EDUCATIVA JEFE DE SERVICIO DE LA D.G. DE INFRAESTRUCTURAS UN FUNCIONARIO DE LA D.G. DE ORDENACIÓN SECRETARIO

  22. CRITERIOS DE VALORACIÓN (Por orden preferente) • Adscripción de centros de manera que se garantice la continuidad del programa • Porcentaje de docentes de áreas no lingüísticas involucrados y su nivel de com-petencias en el idioma de la sección solicitada. • Número de líneas de la sección bilingüe. • Calendario de implantación. • Grado de implicación del centro. • Propuesta de currículo integrado. • Adecuación y viabilidad del plan de formación del profesorado. • Viabilidad del proyecto. • Participación en otros proyectos. • Previsión de actuaciones futuras de ampliación y mejora del proyecto.

  23. RECURSOS DESTINADOS A LOS CENTROS SELECCIONADOS • Asesoramiento al profesorado. • Reducción horaria para la coordinación del proyecto. • Reconocimiento de horas de actividad docente no lectiva para el profesora-do que imparta el currículo de áreas y materias no lingüísticas. • Incremento de horas de lenguas extranjeras. • Incorporación de ayudantes lingüísticos. • Dotación de equipamiento tecnológico. • Apoyo a las acciones de inmersión lingüística y prioridad del alumnado en los programas educativos del PFP. • Programa de formación de padres y madres. • Prioridad del profesorado en las acciones del PFP.

  24. COMPROMISOS DE LOS CENTROS SELECCIONADOS • Desarrollar el proyecto. • Evaluarlo. • Participar en las actividades de formación. • Presentar una Memoria al final del curso escolar. • Facilitar a la D.G. De Ordenación y Evaluación Educativa cuanta información y datos se les soliciten y las actuaciones de seguimiento.

  25. CENTROS QUE IMPLANTEN ENSEÑANZAS BILINGUES EN EL CURSO 2005/2006 Implantación Formación Currículo integrado Aplicación del Marco de Referen-cia Europeo Portfolio. CENTROS QUE IMPLANTEN ENSEÑANZAS BILINGUES EN EL CURSO 2006/2007 CALENDARIO DE APLICACIÓN (I) En ambos casos, en el curso 2005-06, anticipación de la lengua extranjera en Infantil y en Primaria.

  26. PRIMER AÑO DE IMPLANTACIÓN: Infantil: 5 años Primaria: Cursos 1º y 3º Secundaria: 1º de ESO SEGUNDO AÑO DE IMPLANTACIÓN Y CONSECUTIVOS: Progresivamente se extenderá al alumnado de menor edad. Los niveles siguientes. Los niveles siguientes CALENDARIO DE APLICACIÓN (II)

  27. CENTROS BILINGÜES ACTUALES • Quedan autorizados a impartir las secciones bilingües español-francés y español-alemán actualmente en funcionamiento. • Deberán modificar su Proyecto de Centro, con la aprobación del Claustro y el Consejo Escolar, para adecuarse a la Orden.

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