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EL DELITO

EL DELITO. ESTRUCTURA DEL DELITO. TEORIA DE IMPUTACION OBJETIBA. DELITO AMBIENTAL. CODIGO PENAL PERUANO. Pena privativa de la libertad no menor de 4 años ni mayor de 6 años. Causar perjuicio ,alteración, o daño grave al ambiente o sus componentes. DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES.

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Presentation Transcript


  1. EL DELITO

  2. ESTRUCTURA DEL DELITO

  3. TEORIA DE IMPUTACION OBJETIBA

  4. DELITO AMBIENTAL

  5. CODIGO PENAL PERUANO

  6. Pena privativa de la libertad no menor de 4 años ni mayor de 6 años. Causar perjuicio ,alteración, o daño grave al ambiente o sus componentes

  7. DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES

  8. La evidencia demostró que el 23 de marzo de 1989, el buque salió del puerto de EE.UU., llevando 53 millones de galones de petróleo crudo desde el oleoducto Trans-Alaska. Su capitán, Joseph Hazelwood, acababa de terminar un programa de rehabilitación de alcohol. Sus superiores sabían sobre el problema de Hazelwood. Los testigos declararon que antes de salir del puerto ,Hazlewood había consumido cinco tragos de vodka doble, una cantidad que habría hecho inconsciente a cualquier alcohólico. Cuando se sometió a la Guardia Costera 11 horas después del accidente ,Hazlewoodtodavía tenía un nivel de alcohol en la sangre de 0,061, lo que significa que durante el accidente su nivel fue casi tres veces el límite legal para conducir un coche HECHOS

  9. Cuando el barco se acercó a un arrecife conocido, Hazlewood establece el piloto automático, el aumentó la velocidad y giró la nave a un subordinado sin licencia para realizar la maniobra necesaria para evitar encallaralgún iceberg o arrecife. El Exxon Valdez golpeó el arrecife y derramó petróleo crudo en Prince William Sound. Hazelwoodluego realizó un procedimiento defectuoso de emergencia que arrojó más petróleo y corrió el riesgo de matar a la tripulación. Accidente

  10. El resultado fue el mayor derrame de petróleo en la historia de EE.UU.: 11 millones de galones que cubre 11,000 millas cuadradas, incluyendo 1.300 kilómetros de costa virgen. El derrame devastó la economía local, así como el medio ambiente. Las pérdidas estimadas en la industria de la pesca deportiva solo eran casi $ 600 millones durante los dos años siguientes al accidente. A los pocos días se estima que 250.000 aves marinas perecieron, junto con miles de nutrias y focas. A pesar de miles de millones de dólares gastados en la limpieza, los efectos ambientales del derrame aún persisten.. Gran parte del aceite se filtraba por debajo de la superficie de las playas afectadas, decayendo a un ritmo de entre tres y cuatro por ciento anual. Los animales que se entierran en la arena de sus alimentos siguen siendo contaminados. RESULTADO

  11. La muerte inmediata de vida natural por el vertido petrolífero de Exxon Valdez incluyó al menos 250.000 pájaros, 2.800 nutrias marinas, 300 focas, 250 águilas calvas y miles de millones de larvas de salmones y arenques. Como comentó el pescador de salmón BuckMeloy en Córdova Times, "incluso ahora, 21 años después, uno sigue encontrando empalagoso, pegajoso, hediondo y tóxico crudo de petróleo sólo a escasas pulgadas de la superficie de algunas playas en la parte occidental altamente contaminada de petróleo de Sound". CONSECUENCIAS

  12. El petróleo vertido de Exxon Valdez dañó seriamente las economías de los municipios y su confianza secular en poderse proveer de comida y ropa del mar. El resultado: ecosistema dañado gravemente, incrementos de depresiones clínicas, violencia doméstica, intentos de suicidio, familias rotas. Los investigadores han mostrado que la zona de Alaska más expuesta al petróleo de Valdez es donde ha habido más problemas ambientales ,sociales y psicológicos". CONSECUENCIAS

  13. L

  14. Condenó a Exxon a indemnizar en concepto de "daños punitivos" por importe de 5 billones de dólares EEUU por concepto de Daños ocasionados al Medio Ambiente e Implicancias graves al ecosistema y acciones de daños por responsabilidad civil extracontractual. Luego, la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito, redujo ese importe a la cantidad de 2,5 billones de dólares EEUU. Posteriormente, el pleito acabaría en manos del Tribunal Supremo, que aceptó conocer del asunto ("grantedcertiorari") para dar respuesta a una serie de cuestiones planteadas por la recurrente ("petitioner"), Exxon. De estas cuestiones, dos tienen una particular relevancia desde la perspectiva de la proyección e interés global de la decisión norteamericana, si bien una más que la otra. EN PRIMERA INSTANCIA, LA CORTE DEL DISTRITO DE ALASKA

  15. Abordó la cuestión de si el Derecho marítimo norteamericano contempla que una sociedad, en este caso Exxon, pueda ser condenada a indemnizar en concepto de daños punitivos como consecuencia de actos gravemente negligentes perpetrados por sus empleados, cuando éstos actúan con capacidad gerencial y dentro del ejercicio de sus funciones La cuestión se resolvió con un empate de los ocho Juecesel Tribunal Supremo que participaron en el caso (aunque, en realidad, los Jueces son nueve, aquí no intervino el Juez Alito por ser accionista de Exxon), lo que, en consecuencia, supuso confirmar la decisión de la Corte de Apelaciones, que se había pronunciado a favor de dar una respuesta positiva a esa pregunta. TRIBUNAL SUPREMO

  16. Pero de mayor trascendencia fue la pregunta dirigida al Tribunal Supremo acerca de si los daños punitivos, a cuyo pago había sido condenado Exxon, eran excesivos a la luz del Derecho marítimo angloamericano ("maritimecommonlaw"). La mayoría del Tribunal (5), cuyo ponente fue el Juez Souter, decidió que, en efecto, esos daños eran excesivos y propuso una regla general ("standard") de aplicación a estos casos, y con valor de precedente, en cuya virtud, la determinación de los daños punitivos debería hacerse conforme a un ratio de 1:1 respecto de los daños compensatorios. En el caso de autos, en resumidas cuentas, esto significaba que los daños punitivos de 2,5 billones de dólares EUU decretados por la Corte de Apelaciones debían reducirse a la cantidad de 507,5 millones de dólares EEUU, por ser éste el importe al que Exxon había sido condenada, en concepto de daños compensatorios por la Corte de Distrito de Alaska. TRIBUNAL SUPREMO

  17. La audiencia oral se celebró el 27 de febrero. La defensa de Exxon sostuvo que en el ámbito del Derecho marítimo, a diferencia de otras áreas, no se condena a los wrong-doers a pagar daños punitivos. Además, alegó que la empresa no puede responder por los actos culposos del capitán del barco. El procurador de la petrolera basaba su argumentación en un precedente judicial de 1818, la sentencia The Amiable Nancy. Dicha decisión señala que una vez que el barco zarpa, la empresa propietaria no tiene el control de los actos de la tripulación y, por tanto, no puede ser considerada responsable. El magistrado David Souter respondió tajantemente que esa decisión no corresponde con la realidad actual, que obedece más bien a un tiempo en que no existía una tecnología de telecomunicaciones tan avanzada como ahora. Los demás magistrados también mostraron recelo con los argumentos de la petrolera. Argumentos de Petrolera Exxon

  18. Exxon Mobil Corporation pagó más de $ 1 mil millones para resolver las demandas estatales y federales por los daños ambientales. La empresa fue a juicio en 1994, sin embargo, en contra de una demanda colectiva por más de 32.000 individuos y pequeñas empresas devastadas por el accidente, los pescadores predominantemente comerciales, los nativos de Alaska y los terratenientes locales, que afirmaba que la conducta imprudente de la empresa Exxon causó el accidente. Exxon Mobil Corporation

  19. SI SUPIERA QUE EL MUNDO SE HA DE ACABAR MAÑANA YO AUN HOY PLANTARIA UN ARBOL. Martin Luther King

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