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Comprobantes y Registros Contables

Comprobantes y Registros Contables. - Comprobantes. FORMALIDADES PREIMPRESAS: Nombre o Razón Social de la empresa proveedora. Domicilio de la empresa proveedora. Número de Inscripción en el RUC. Tipo de comprobante (Factura o Boleta de Contado). Número de Comprobante.

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Presentation Transcript


  1. Comprobantes y Registros Contables - Comprobantes • FORMALIDADES PREIMPRESAS: • Nombre o Razón Social de la empresa proveedora. • Domicilio de la empresa proveedora. • Número de Inscripción en el RUC. • Tipo de comprobante (Factura o Boleta de Contado). • Número de Comprobante. • Recuadro de identificación del comprador: RUC - Consumo Final • Constancia de que la empresa proveedora se encuentra al día • con el IVA o constancia de exoneración. • Constancia de que el documento es original. • Pie de Imprenta y fecha del vencimiento del comprobante

  2. OTRAS FORMALIDADES: • Si están escriturados a mano, deben ser con letra clara y sin • enmendaduras, tachaduras y con una sola tinta. • Fecha de adquisición. • A la orden del Centro Docente. • Recuadro de identificación del comprador: RUC - Consumo Final • Normalmente se indica Consumo Final, pero puede que algunos proveedores • nos soliciten el No. de de la ANEP, en ese caso RUC 21 247210 0013. • Detalle de la mercadería comprada o del servicio prestado, con • cantidad de unidades físicas, precio unitario y precio total. • Deben discriminarse los impuestos: COFIS e IVA • Si la compra es a crédito, el comprobante será una Factura y • contra el pago, el comercio extenderá un Recibo Oficial, en el • que constará el No. de Factura al que corresponde ese pago. • Todo comprobante deberá ser conformado por el Director del • Centro Docente, que de conformidad al gasto efectuado.

  3. 4.- Comprobantes y Registros Contables 4.2 - Registros Contables Se registran las entradas y salidas de dinero, que se producen en el Centro Docente CAJA Se registran los depósitos y los retiros de la cuenta bancaria que el Centro Docente posee en el Banco. BANCO INVENTARIO Se registran las altas y bajas de los bienes, que posee el Centro Docente

  4. FORMALIDADES DE LOS REGISTROS: • Deberá escriturarse en forma cronológica. • Cada escrituración deberá tener un comprobante de respaldo. • Deberá escriturarse en forma prolija, respetando los espacios y • y columnas correspondientes. • No se podrá realizar enmiendas, tachaduras, raspaduras, • sobreborrados, interlineados, etc.. • Todo error deberá ser corregido con un contrasiento. • Al finalizar cada hoja deberá sacarse totales de cada columna • que serán transportados a la hoja siguiente.

  5. DEBE • El debe implica un ingreso de dinero o de bienes. • Si estamos registrando en el Libro de CAJA, será un ingreso de dinero al • Centro Docente, que tendrá como origen el cobro de una partida del • Consejo Correspondiente, una donación o un beneficio, rifa, etc.. • Si estamos registrando en el Libro de BANCO, será un depósito en la • cuenta bancaria del Centro Docente. • Si estamos registrando en el INVENTARIO, será un alta de un bien que • ha sido incorporado al Centro Docente

  6. HABER • El haber implica un egreso de dinero o de bienes. • Si estamos registrando en el Libro de CAJA, será un egreso de dinero del • Centro Docente, que tendrá como origen el pago realizado por la • compra de un bien o la contratación de un servicio. • Si estamos registrando en el Libro de BANCO, será un retiro de dinero de • la cuenta bancaria del Centro Docente. • Si estamos registrando en el INVENTARIO, será una baja de un bien que • ha sido desafectado del Centro Docente, debido a que ha sido transferido • a otra Oficina, se ha deteriorado que impide su uso, ha sido robado, etc..

  7. DEBE HABER SALDO Saldo de CAJA Es el dinero en efectivo que tenemos en el Centro Docente y deberá coincidir con el Libro de CAJA, si hacemos la suma del Debe y le restamos la columna del Haber. Saldo de BANCO Es el dinero que tenemos depositado en la cuenta bancaria del Centro Docente y deberá coincidir con el Libro de BANCO, si hacemos la suma del Debe y le restamos la columna del Haber.

  8. 5.- Rendiciones de Cuentas Todo funcionario o empleado, que perciba fondos en carácter de recaudador, depositario o pagador o que administre, utilice o custodie bienes o pertenencias del Estado, con o sin autorización legal, está obligado a rendir cuenta documentada de su utilización o gestión Las Rendiciones de Cuentas, deberán presentarse cualquiera sea su fuente de financiamiento Artículo 114 del TOCAF

  9. DINERO BIENES CENTRO DOCENTE • Ingreso en el • Libro de Caja • Rendir cuenta • documentada • del gasto • Alta en el • Inventario • Custodia

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