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AUTOR: Karina Rodríguez Moreno Lcda. :

MATERIA : CIVIL PERSONAS 1 FACULTAD DE JURISPRUDENCIA TRABAJO FINAL TEMA: Derechos y Obligaciones entre Padres e hijos TERCER TRIMESTRE 2012. AUTOR: Karina Rodríguez Moreno Lcda. :.

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  1. MATERIA : CIVIL PERSONAS 1 FACULTAD DE JURISPRUDENCIA TRABAJO FINAL TEMA: Derechos y Obligaciones entre Padres e hijos TERCER TRIMESTRE 2012 AUTOR: Karina Rodríguez Moreno Lcda. :

  2. Escogí este tema por que me interesa saber el trato y los deberes q debe de cumplir un padre con sus hijos además , La sociedad de los hijos demuestren que aunque papá y mamá estén poco y no tengan tiempo para escuchar y compartir experiencias profundas y fundacionales, no cabe duda de que “los quieren mucho” por el simple hecho de q los complacen en lo q los hijos deseen. Este tema me llamo mucho la tención porque me he dado cuenta que Ser papás no es sinónimo de sólo deberes. Ellos, por supuesto, son sujetos de derechos, lo que incluye realizarse como individuos. Se trata de lograr puntos comunes con los de sus hijos Los padres, como cualquier ser humano, son falibles y por lo tanto tienen derecho a equivocarse, no por el hecho de ser padres significa que tengan que ser perfectos y lo importante es saber reconocer los errores que se cometen, pedir perdón cuando sea necesario y aprender de ellos. Los padres tienen derecho a disfrutar de laRelación con sus hijos. La familia debe ser un espacio para la autorrealización de todos sus integrantes, Los padres deben estar dispuestos a disfrutar de sus hijos y buscar en su compañía la felicidad.

  3. El Código Civil establece como derechos y deberes entre relaciones de padres e hijos . La norma establece que aunque la emancipación dé al hijo la facultad de obrar independientemente, este queda siempre obligado a cuidar de los padres en su ancianidad, en su estado de discapacidad mental, y en todas las circunstancias de la vida en que necesiten sus auxilios, extendiéndose dicha obligación a los demás ascendientes legítimos es decir, abuelos, bisabuelos, tatarabuelos en los casos en que no tengan hijos o que existiendo no cuenten con la capacidad para socorrerlospero mientras tanto Los padres tienen la obligación de cuidar, alimentar, formar y educar a sus hijos e hijas hasta que son mayores de edad. Estas obligaciones no implican caprichos o privilegios especiales, estos son concesiones de los padres que deben estar en proporción con el comportamiento y la colaboración de los hijos e hijas en la vida familiar.

  4. Los padres no están obligados a dar a los hijos e hijas todo lo que piden, no serán mejores padres por ello. Ni es aconsejable que les regalen cosas superfluas que puedan justificar el tiempo que no pasan con ellos. No obstante sí deben darles lo esencial: cuidado, apoyo, afecto y normas que les conviertan en buenas personas, buenos ciudadanos y les posibilite un futuro. El deber de corregirlos, consiste en no dejar pasar inadvertidamente sus faltas, sino por el contrario, reprenderlos y si es necesario, castigarlos (como ya se ha mencionado en otros escritos, antes de corregir y disciplinar, es necesario dominarse así mismos y no dejándose llevar de la ira y el mal genio que los puede hacer perder el control de sí mismos, y ello los lleve a gritarles, y amenazarlos, con golpes y malas palabras); también deben estimularlos, haciendo intervenir siempre el elemento sobrenatural, a la corrección de sus defectos, y a la adquisición de buenos hábitos. Como lo dice en el siguiente articulo:

  5. Art. 265 del C.C : Los hijos deben respeto y obediencia al Padre y a la Madre Art. 276.- La obligación de alimentar y educar al hijo que carece de bienes pasa, por la falta o insuficiencia de los padres, a los abuelos por una y otra línea, conjuntamente. El juez reglará la contribución, considerando las facultades de los contribuyentes, y podrá, de tiempo en tiempo, modificarla, según las circunstancias que sobrevengan. Art. 280.- Los derechos concedidos a los padres en los artículos precedentes, no podrán reclamarse sobre el hijo que haya sido llevado por ellos a la casa de expósitos, o abandonado de otra manera. Art. 282.- Si el hijo abandonado por sus padres hubiere sido alimentado y criado por otra persona, y quisieren sus padres sacarlo del poder de ella, deberán acudir al juez competente, quien resolverá sobre la conveniencia de la devolución del hijo a los reclamantes. Si el juez competente acepta la devolución, de creerlo conveniente ordenará que los padres paguen las costas de crianza y educación que se hubieren efectuado.

  6. EXPLICACION DEL TEMA: Los hijos e hijas tienen el deber de obedecer y respetar siempre a sus padres. Esto lo deja claro el Código Civil como lo acabamos de leer anteriormente . Además tienen la obligación de contribuir y participar en las responsabilidades de la vida familiar. No les ayudamos a hacerse personas maduras si la educación que les damos permite la desobediencia, la ausencia de responsabilidades y la falta de respeto a los propios padres y, por extensión, a los demás. Las normas del hogar deben ser puestas por los padres. Deben ser razonables, explicables y justas. Deben ser consecuentes con los valores y las expectativas familiares y sociales.

  7. Esta es la responsabilidad de los padres y muchos tienen dudas sobre como desempeñar su papel. Se sienten coaccionados por sus hijos o hijas cuando intentan ponerles normas. Por un lado sienten perder la “amistad” y la confianza que tienen con ellos y, por otro, temen sus desproporcionadas reacciones. No es fácil esta tarea, pero no encontrarán a nadie que los sustituya. El conjunto de derechos y deberes entre padres e hijos conforman lo que se denomina el estatuto personal, el cual le impone a los hijos respetar y obedecer a sus padres, sin embargo, este deber se convierte en una obligación moral siempre y cuando no se trate circunstancias en las que se realicen actos de violencia intrafamiliar.

  8. En lo personal yo creo q los padres deberían darse un tiempo para estar con sus hijos y poder conocerlos como son por q no es lo mismo estar con ellos todo el día q estar un par de horas . Ya q desde mi punto de vista conocerán y adquirirán mas confianza mutuamente y los podrán corregir mientras vallan creciendo. Estoy de acuerdo en que los padres no son perfectos y que son seres humanos y también cometen errores de las cuales como personas deberían de aceptarlos y pedir perdón cuando lo hayan cometido . Con respecto a esto no me parece ,En que algunos casos que los padres son separados y no dejan q el padre o la madre visite a sus hijos por q en la ley dice q el padre esta en la disposición de ver a su hijo las horas q sea siempre y cuando este presente que el no haya cometido ninguna falta o daño contra el hijo .

  9. Bibliografías • La comunicación efectiva entre padres e hijos, Formación de 2010. • padres, disponible en línea [http://www.lafamilia.info/ • colegios/auladepadres/formaciondepadres/formacion14.php] • Se habla mucho en los tiempos actuales de los deberes que • tenemos como padres. A veces nos preguntamos también. • Disponible en línea [http://www.crianzaysalud.com.co/index.

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