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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LOS ANDES(UTEA)FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS, CONTABLES Y SOCIALESESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD TEMA: LOS DERECHOS HUMANOS. DOCENTE: ÑAHUI MEJIA, Leydi Elizabeth INTEGRANTES: - CONDOR CUSI, Nimber elvis - PEÑA HUARCA Gerson Joseph METODOLOGIA DEL ESTUDIO UNIVERSITARIO
LOS DERECHOS HUMANOS • Definición:Los derechos humanos pueden definirse como «aquellos atributos inherentes a todo ser humano, derivados de su propia naturaleza y de la necesidad de tener una existencia digna» • Los derechos humanos aparecen como un conjunto de facultades e instituciones que en cada momento histórico concretan las exigencias de la dignidad, la libertad y la igualdad humana, los cuales deben ser reconocidos positivamente por los ordenamientos jurídicos a nivel nacional e internacional. ¿Que es derecho? Se entiende por derecho al conjunto de normas de carácter general que se dictan para dirigir a la sociedad a fin de solventar cualquier conflicto de relevancia jurídica que se origine; estas normas son impuestas de manera obligatoria y su incumplimiento puede acarrear una sanción.
UNIVERSALES Se aplica para todos y rechaza toda discriminación. Por lo tanto es igualitario. PROGRESIVOS 1) El derecho es progresivo por que evoluciona con el tiempo y tiene mayor cobertura. OBLIGATORIOS 1) El derecho es una obligación amparado por la constitución a través de las leyes INALIENABLES 1) Es inalienable por que el derecho no es una mercancía 2) No se compra ni se vende 3) No es negociable CARACTERISTICAS DE LOS DERECHOS HUMANOS INVIOLABLES 1) Nadie puede vulnerar los derechos de las personas IMPRESCRIPTIBLES 1) El derecho con el tiempo no se pierde aun sin hacer uso de ellos INDIVISIBLES 1) El derecho no se puede dividir 2) El derecho es general
EVOLUCION DE LOS DERECHOS HUMANOS DERECHOS DE TERCERA GENERACION DERECHOS DE SEGUNDA GENERACION DERECHOS DE PRIMERA GENERACION DERECHOS CIVILES O INDIVIDUALES DERECHOS DE SOLIDARIDAD ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALES DERECHO A LA PAZ DERECHO AL PATRIMONIO COMÚN LIBERTAD INTIMIDAD VIVIENDA DIGNA, EDUCACION Y CULTURA TRABAJAR EN CONDICIONES DIGNAS DERECHO A LA VIDA HONOR DERECHO AL DESARROLLO DERECHO AL AMBIENTE SANO DERECHO A LA PROPIEDAD DESCANSO DIARIO, SEMANAL Y VACACIONES
CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS SEGUNDO MOMENTO (UNIVERSALIZACIÓN DE LOS DD.HH.) PIMER MOMENTO (JURIDIFICACIÓN DE LOS DD.HH.) -Existe desigualdad d de derechos -el derecho se logra a través de guerras, luchas, peleas, riñas, etc. • Los derechos se logran de manera pacifica • - se expande a nivel mundial por la organización de las naciones unidad (ONU)
SUJETO DE DERECHO CONCEBIDO - NO NATO (NO NACIDO). -DERECHO ALA VIDA.. PERSONA NATURAL -PERSONA COMUN Y CORRIENTE -DEPENDE DE UNA INSTITUCIÓN. -PERSONA QUE REPRESENTA A UNA INSTITUCION. EJEMPLO: GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA «CRUZ DEL SUR» PERSONA JURÍDICA ORGANIZACIÓN O AGRUPACIÓN (DERECHO COLECTIVO) -INSTITUCIONES FORMALES. EJEMPLO: COLEGIO DE ABOGADOS DEL CUSCO CONSTRUCCION CIVIL.
DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DRECHOS HUMANOS Fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de Diciembre de 1948, sobre la base del trabajo de la Comisión de Derecho Internacional integrada por un selecto grupo de intelectuales y juristas de distintas nacionalidades. DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 10-12-1948 (ONU) • ESTRUCTURA: • - 01 PREAMBULO • 30 ARTICULOS
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. Artículo 2. 1).Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. 2). Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción depende una persona, tanto si se trata de un país independiente como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía. Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad ya la seguridad de su persona. Artículo 4. Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos está prohibida en todas sus formas. Artículo 5. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Artículo 6. Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. Artículo 7. Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación. Artículo 8. Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución o por la ley. Artículo 9. Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado. Artículo 10. Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.
LEGISLACIÓN NACIONAL SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS El Artículo 43° de la Constitución, señala y afirma que la República del Perú es democrática, social, independiente y soberana, como tal debe entenderse a la persona en su más amplio sentido; por tal razón, en el Perú de acuerdo al precitado marco constitucional prima la persona humana sobre todo orden de cosas, ideas, gobiernos, instituciones, intereses, etc. En el Artículo 44° se establece como uno de los deberes primordiales del Estado garantizar la plena vigencia de los DDHH, protegiendo a la población de las amenazas contra su seguridad, promoviendo el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la nación, es decir eliminando toda forma de explotación del hombre por el hombre y del hombre por el Estado; vale decir, al Estado soberano, le corresponde, por encima de todo, la defensa de los DDHH. LA CONSTITUCIÓN POLITICA DEL PERU • La Constitución Política del Perú es la ley fundamental del Estado, que sirve de fundamento a todas las demás. Se le designa con diversos nombres tales como Carta Magna, Carta Fundamental y Ley de Leyes.
ARTICULO 1. LA DEFENSA DE LA PERSONA HUMANA. LA DEFENSA DE LA PERSONA HUMANA Y EL RESPETO DE SU DIGNIDAD SON EL FIN SUPREMO DE LA SOCIEDAD Y EL ESTADO ART. 1 DERECHOS FUNDAMENTALES ARTICULO 2. DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA HUMANA. ART. 2
ARTICULO 2°.- DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA HUMANATODA PERSONA TIENE DERECHO A: 1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece. 2. A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole. 3. A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. No hay delito de opinión. El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público. 4. A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley. Los delitos cometidos por medio del libro, la prensa y demás medios de comunicación social se tipifican en el Código Penal y se juzgan en el fuero común. Es delito toda acción que suspende o clausura algún órgano de expresión o le impide circular libremente. Los derechos de informar y opinar comprenden los de fundar medios de comunicación.
ARTICULO 2°.- DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA HUMANATODA PERSONA TIENE DERECHO A: 6. A que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar. 7. Al honor y a la buena reputación, a la intimidad personal y familiar así como a la voz y a la imagen propias. Toda persona afectada por afirmaciones inexactas o agraviadas en cualquier medio de comunicación social tiene derecho a que éste se rectifique en forma gratuita, inmediata y proporcional, sin perjuicio de las responsabilidades de ley. 8. A la libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica, así como a la propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el acceso a la cultura y fomenta su desarrollo y difusión. 9. A la inviolabilidad del domicilio. Nadie puede ingresar en él ni efectuar investigaciones o registros sin autorización de la persona que lo habita o sin mandato judicial, salvo flagrante delito o muy grave peligro de su perpetración. Las excepciones por motivos de sanidad o de grave riesgo son reguladas por la ley. 10. Al secreto y a la inviolabilidad de sus comunicaciones y documentos privados. Las comunicaciones, telecomunicaciones o sus instrumentos sólo pueden ser abiertos, incautados, interceptados o intervenidos por mandamiento motivado del juez, con las garantías previstas en la ley.
ARTICULO 4° La Comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protege a la familia y promueve el matrimonio. ARTICULO 7° Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar ya la de la comunidad. ARTICULO 200° GARANTIAS CONSTITUCIONALES - ACCION DE HABEAS CORPUS -ACCION DE AMPARO -ACCION DE HABEAS DATA -ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD -ACCION DE CUMPLIMIENTO
CONCLUSIONES • Se concluye que los derechos humanos son aquellos de todas las personas por el solo hecho de ser humanos; sin distinción de sexo, raza, edad, religión, partido político o condición social, cultural o económica. Son universales, innatos, inviolables, intransferibles, complementarios, imprescriptibles y no jerarquizables. • Los derechos humanos tienen con fin garantizar a cada persona el respeto en tiempo de paz, de sus derechos y libertades civiles, políticas y económicas, sociales y culturales. Es decir garantizar el pleno desarrollo en la sociedad y protegerlo si es necesario contra el abuso de las autoridades. • Los derechos humanos son una cultura, los derechos humanos son el reconocimiento práctico y eficaz de la dignidad de cada ser humano. El irrespeto a esta dignidad es una acción violenta que inicia en un espiral que nos conduce a la destrucción del otro.