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Régimen de Revisión, Regularización y Registración edilicia

Régimen de Revisión, Regularización y Registración edilicia. Ordenanzas 14.493-12 14.504-13 Decreto reglamentario 027/13. Unidad Ejecutora Integrada por: 3 miembros por la Secretaría de Planeamiento Urbano 1 miembro por la Secretaría de Obras Públicas

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Régimen de Revisión, Regularización y Registración edilicia

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  1. Régimen de Revisión, Regularización y Registración edilicia Ordenanzas 14.493-12 14.504-13 Decreto reglamentario 027/13

  2. Unidad Ejecutora Integrada por: • 3 miembros por la Secretaría de Planeamiento Urbano • 1 miembro por la Secretaría de Obras Públicas • 1 miembro por la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos • 1 asesor designado por la Procuración Autoridad de Aplicación

  3. 28 Julio 2013 Obras mayores a 100 m2 • 28 Julio 2014 Viviendas Unifamiliares Vencimiento:

  4. Obras ejecutadas • Obras en ejecución con avance mayor al 80% al 14/01/13. • Cálculo de avance de obra según cuadros Art. 5 del Decreto 27/13. Obras comprendidas

  5. A) Construcción hasta 100 m2. • B) Construcción más de 100 m2. Categorías

  6. Anexo 1: Declaración Jurada • Planos de relevamiento (arquitectura – electricidad y estructura) • Planos de seguridad visado por bomberos. • Informe de Auditoría Ambiental y Social. Documentación mínima necesaria

  7. Diferencias sustanciales entre planos presentados y la obra existente: • Implicará el desistimiento automático de la adhesión al Régimen. • Una multa de 10.000 U.T. • La reanudación de los procedimientos suspendidos. Efectos del incumplimiento

  8. Cargos Para obras mayores a 100 m2 (que no sean viviendas unifamiliares) se aplicarán los siguientes cargos: • FOS 700 U.T./ m2 en exceso • FOT 1.000 U.T./ m2 en exceso • Excesos en altura: - Se acepta hasta 1 piso más s/zonificación. • Recargo 10.000 U.T./m lineal de exceso • Exceso más de 1 piso: DEMOLICIÓN (no se registra). • Defecto de retiros: 500 U.T./m lineal en exceso. • Estacionamiento: 5.000 U.T./cochera faltante. • Otras infracciones: entre 500 y 10.000 U.T./ infracción según valoración de la U.E.

  9. Construcciones hasta 100 m2 • Reducción del 50% del recargo establecido en art. 74 Ord. 14271 (No se cobran otros cargos ni multas) • Viviendas unifamiliares mayores a 100 m2 • Reducción del 20% del total de los cargos liquidados según art. 9 de la Ordenanza (diapositiva anterior) Reducción de cargos

  10. Derechos pagados en su totalidad previo a la registración. • Visado de planos por Colegio o Consejo. • Anotación en planos (cuadro «Municipalidad») de los incumplimientos. • Se registra con sello que dirá: Plano Registrado Ordenanza 14493/14504 Derechos y visados

  11. Adhesión voluntaria, implica desistimiento de recursos. • Suspende los plazos de procesos administra-tivos o judiciales de cobro. • Si se cumple con el Régimen se condonan multas y recargos. • El incumplimiento al Régimen implica al desistimiento del acogimiento, la aplicación de una multa de 10.000 U.T. y la reanudación de los trámites suspendidos. Efectos de la adhesión al Régimen

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