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Secretaría de Educación del Distrito Dirección Financiera Oficina de Presupuesto

Secretaría de Educación del Distrito Dirección Financiera Oficina de Presupuesto. Fondos de Servicios Educativos FSE Ley 715 de 2001 Decreto 4791 de 2008. QUE ES UN FSE. Decreto 4791/08 Artículo 2º

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Presentation Transcript


  1. Secretaría de Educación del Distrito Dirección Financiera Oficina de Presupuesto Fondos de Servicios Educativos FSE Ley 715 de 2001 Decreto 4791 de 2008

  2. QUE ES UN FSE • Decreto 4791/08 Artículo 2º • Son cuentas contables creadas por la Ley como un mecanismo de gestión presupuestal y de ejecución de los recursos de los establecimientos educativos estatales para la adecuada administración de sus ingresos y para atender sus gastos de funcionamiento e inversión distintos a los de personal.

  3. OPERACIONALES FSE INGRESOS EGRESOS G Funcionamiento. TRANSFERENCIA (Ordenador del Gasto y Auxiliar Administrativo con Funciones Financieras – Pagador) G de Inversión CAPITAL PRESUPUESTO DE LOS FSE

  4. FONDO DE SERVICIOS EDUCATIVOS - FSE • Decreto 4791/08 Artículo 4º • Ordenación del Gasto • Los FSE carecen de personería jurídica. • El Rector o Director es el ordenador del gasto del FSE y su ejercicio no implica representación legal.

  5. CONSEJO DIRECTIVO Colegio RECTOR O DIRECTOR Ordenador del gasto CONTADOR AUXILIAR ADTIVO Con funciones de Almacén AUXILIAR ADTIVO Con funciones financieras AUXILIAR ADTIVO Responsable de Caja Menor ESQUEMA GENERAL DE LA ORGANIZACIÓN DEL FSE El rector en coordinación con el Consejo Directivo administrará el FSE

  6. CONSEJO DIRECTIVO INTEGRANTES DEL CONSEJO DIRECTIVO Decreto 1860/1994 • Rector, quien lo convocará y presidirá • Dos Representantes de los Docentes • Dos Padres de Familia • Un Alumno (Ultimo grado) • Un Exalumno • Un Representante del Sector Productivo del área de influencia

  7. FUNCIONES DEL RECTOR O DIRECTOR

  8. FUNCIONES DEL RECTOR Decreto 4791/08, Artículo 6 • Elaborar el proyecto anual del presupuesto del FSE del colegio y presentarlo al CD para su aprobación. • Elaborar y hacer los ajustes del Flujo de Caja estimado mes a mes y presentar los informes de ejecución por lo menos cada tres meses al CD. • Elaborar con la justificación los proyectos de adición, reducción y traslados presupuestales para aprobación del CD. • Celebrar los contratos, suscribir los actos y ordenar los gastos, de acuerdo con el flujo de caja y el plan operativo, previa disponibilidad presupuestal y de tesorería.

  9. FUNCIONES DEL RECTOR • Presentar mensualmente el informe de ejecución de recursos del FSE. • Realizar los reportes de información financiera, económica, social y ambiental a los órganos de control y la CGN. • Efectuar la rendición de cuentas con la periodicidad establecida en las normas. • Suscribir junto con el contador los estados contables y la información financiera requerida, en formatos y fechas establecidas. • Presentar al final de cada vigencia a las autoridades educativas el informe de ejecución presupuestal incluyendo el excedente financiero.

  10. FUNCIONES DEL RECTOR Decreto 4791/08 Artículo 5º • Publicar en un lugar visible del colegio, el informe de ejecución de los recursos del FSE. Decreto 4791/08 Artículo 9º. Presupuesto de Gastos • Contiene la cantidad de erogaciones que requiere el colegio para su normal funcionamiento y para las inversiones que el PEI demande. Decreto 4791/08 Artículo 11 parágrafo 1º. • Aprobar el plan de compras

  11. PLAN DE COMPRAS • Es una relación detallada de todos los bienes y servicios que el Colegio requiere para su normal funcionamiento durante el año. • El plan de compras tendrá dos componentes: • Adquisición de bienes • Adquisición de servicios

  12. PLAN DE COMPRAS

  13. PRESUPUESTO

  14. FLUJO DE CAJA Es el instrumento mediante el cual se define mes a mes los recaudos y los gastos que se pueden pagar, clasificados de acuerdo con el presupuesto y con los requerimientos del plan operativo.

  15. FLUJO DE CAJA

  16. FLUJO DE CAJA

  17. Aprobar las modificaciones (adiciones, reducciones, traslados) presupuestales. • Todo nuevo ingresoque se perciba y que no esté previsto en el presupuesto del FSE, será adicionado mediante Acuerdo del Consejo Directivo, PREVIA aprobación de la SED, de conformidad con el reglamento que esta expida para tal efecto.

  18. Secretaría de Educación ART. 5° DEC 4791 / 08 FUNCIONES CONSEJO DIRECTIVO • Antes del inicio de cada vigencia fiscal, analizar, introducir ajustes, y aprobar mediante Acuerdo, el presupuesto de ingresos y gastos del proyecto presentado por el rector. El presupuesto de ingresos, se desagrega a nivel de grupos e ítems de ingresos, y el de gastos se desagrega en funcionamiento e inversión, el de funcionamiento por rubros y el de inversión por proyectos.

  19. UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS DEL FSE

  20. UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS • Decreto 4791/08 Artículo 11° • Boletines de rendimiento escolar, agenda ,manual de convivencia • Mantenimiento preventivo y predictivo de la planta física, mantenimiento de mobiliario y equipo, mantenimiento preventivo de maquinaria y equipos especializados de laboratorios, • Materiales y elementos de consumo para el funcionamiento administrativo del colegio, • Contratación de servicios técnicos profesionales, • Pago de servicios públicos exceptuando telefonía móvil e internet hasta tanto se fijen las condiciones, • Material didáctico, impresos y publicaciones, • Salidas pedagógicas, actividades científicas, deportivas y culturales, gastos de viaje de los educandos, • Proyectos de inversión que guarden relación con el PEI, todo en el marco del artículo 11 del decreto 4791 de 2008.

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