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PROGRAMA DE SEGURIDAD

PROGRAMA DE SEGURIDAD. OBJETIVO. Promover el desarrollo de una cultura de seguridad en nuestras empresas, colaboradores y ambiente. Detectar las falencias más comunes y la verdadera causa de los incidentes y como lograr un eficiente control. ALCANCE.

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PROGRAMA DE SEGURIDAD

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Presentation Transcript


  1. PROGRAMA DE SEGURIDAD

  2. OBJETIVO Promover el desarrollo de una cultura de seguridad en nuestras empresas, colaboradores y ambiente. Detectar las falencias más comunes y la verdadera causa de los incidentes y como lograr un eficiente control.

  3. ALCANCE • Se aplica a todos los sectores económicos y comprende a todos los empleadores y los trabajadores, bajo el régimen laboral de la actividad pública y privada. • Establece normas mínimas, pudiendo establecerse mejores niveles de protección.

  4. MARCO NORMATIVO SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES • DS 005-2012-TR

  5. ESTRUCTURA Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, que consta de siete (7) títulos, quince (15) capítulos, ciento veintidós (122) artículos, una (01) Disposición Complementaria Final, catorce (14) Disposiciones Complementarias Transitorias, un (1) Glosario y dos (2) Anexos.

  6. SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO PRINCIPIOS Los empleadores que tienen implementados sistemas integrados de gestión ó cuentan con certificaciones internacionales en seguridad y salud en el trabajo. Deben verificar que éstas cumplan, como mínimo, con lo señalado en la Ley, el presente Reglamento y demás normas aplicables. El empleador debe implementar mecanismos adecuados, que permitan hacer efectiva la participación activa de los trabajadores y sus organizaciones.

  7. POLÍTICA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El empleador debe implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, regulado en la Ley y en el presente Reglamento, en función del tipo de empresa u organización, nivel de exposición a peligros, riesgos y la cantidad de trabajadores expuestos. Los empleadores pueden contratar procesos de acreditación de sus Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en forma voluntaria y bajo su responsabilidad. Este proceso de acreditación no impide el ejercicio de la facultad fiscalizadora a cargo de la Inspección del Trabajo respecto a las normas nacionales de seguridad y salud en el trabajo, así como las normas internacionales ratificadas y las disposiciones en la materia acordadas por negociación colectiva.

  8. En el caso de la micro y pequeña empresa, la Autoridad Administrativa de Trabajo establece medidas especiales de asesoría para la implementación de sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO • Garantizar que la seguridad y salud en el trabajo sea una responsabilidad conocida y aceptada en todos los niveles de la organización. • b) Definir y comunicar a todos los trabajadores, cuál es el departamento ó área que identifica, evalúa o controla los peligros y riesgos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo.

  9. c) Disponer de una supervisión efectiva, según sea necesario, para asegurar la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores. d) Promover la cooperación y la comunicación entre el personal, incluidos los trabajadores, sus representantes y las organizaciones sindicales, a fin de aplicar los elementos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en la organización en forma eficiente. e) Cumplir los principios de los Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo señalados en el artículo 18° de la Ley y en los programas voluntarios sobre seguridad y salud en el trabajo que adopte el empleador. f) Establecer, aplicar y evaluar una política y un programa en materia de seguridad y salud en el trabajo con objetivos medibles y trazables. g) Adoptar disposiciones efectivas para identificar y eliminar los peligros y los riesgos relacionados con el trabajo y promover la seguridad y salud en el trabajo.

  10. h) Establecer los programas de prevención y promoción de la salud y el sistema de monitoreo de su cumplimiento. i) Asegurar la adopción de medidas efectivas que garanticen la plena participación de los trabajadores y de sus representantes en la ejecución de la Política de Seguridad y Salud en el Trabajo y en los Comités de Seguridad y Salud en el Trabajo. j) Proporcionar los recursos adecuados para garantizar que las personas responsables de la seguridad y salud en el trabajo, incluido el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo ó el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, puedan cumplir los planes y programas preventivos establecidos.

  11. El empleador, en cumplimiento del deber de prevención, garantiza que los trabajadores sean capacitados en materia de prevención. • La formación debe estar centrada: • En el puesto de trabajo específico ó en la función que cada trabajador desempeña, cualquiera que sea la naturaleza del vínculo, modalidad ó duración de su contrato. • b) En los cambios en las funciones que desempeñe, cuando éstos se produzcan. • c) En los cambios en las tecnologías ó en los equipos de trabajo, cuando éstos se produzcan. • d) En las medidas que permitan la adaptación a la evolución de los riesgos y la prevención de nuevos riesgos. • e) En la actualización periódica de los conocimientos Para la capacitación de los trabajadores de la micro y pequeña empresa, la Autoridad Administrativa de Trabajo brinda servicios gratuitos de formación en seguridad y salud en el trabajo.

  12. La capacitación, cualquiera que sea su modalidad, debe realizarse dentro de la jornada de trabajo. La capacitación puede ser impartida por el empleador, directamente o través de terceros. En ningún caso el costo de la formación recae sobre los trabajadores, debiendo ser asumido íntegramente por el empleador. Los programas de capacitación deben: a) Hacerse extensivos a todos los trabajadores, atendiendo de manera específica a los riesgos existentes en el trabajo. b) Ser impartidos por profesionales competentes y con experiencia en la materia. c) Ofrecer, cuando proceda, una formación inicial y cursos de actualización a intervalos adecuados. d) Ser evaluados por parte de los participantes en función a su grado de comprensión y su utilidad en la labor de prevención de riesgos.

  13. e) Ser revisados periódicamente, con la participación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo ó del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, y ser modificados, de ser necesario, para garantizar su pertinencia y eficacia. f) Contar con materiales y documentos idóneos. g) Adecuarse al tamaño de la organización y a la naturaleza de sus actividades y riesgos.

  14. La documentación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo que debe exhibir el empleador es la siguiente: a) La política y objetivos en materia de seguridad y salud en el trabajo. b) El Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. c) La identificación de peligros, evaluación de riesgos y sus medidas de control. d) El mapa de riesgo. e) La planificación de la actividad preventiva. f) El Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo. La documentación referida en los incisos a) y c) debe ser exhibida en un lugar visible dentro de centro de trabajo, sin perjuicio de aquella exigida en las normas sectoriales respectivas.

  15. Los registros obligatorios del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo son: a) Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes, en el que deben constar la investigación y las medidas correctivas. b) Registro de exámenes médicos ocupacionales. c) Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales y factores de riesgo Disergonómico. d) Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo. e) Registro de estadísticas de seguridad y salud. f) Registro de equipos de seguridad o emergencia. g) Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros de emergencia. h) Registro de auditorías. Los registros a que se refiere el párrafo anterior deberán contener la información mínima establecida en los formatos que aprueba el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo mediante Resolución Ministerial.

  16. El registro de enfermedades ocupacionales debe conservarse por un período de veinte(20) años; los registros de accidentes de trabajo e Incidentes peligrosos por un periodo de diez (10) años posteriores al suceso; y los demás registros por un periodo de cinco (5) años posteriores al suceso. Los trabajadores y los representantes de las organizaciones sindicales tienen el derecho de consultar los registros del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, con excepción de la información relativa a la salud del trabajador que sólo será accesible con su autorización escrita.

  17. COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL

  18. COMITÉ Ó SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene por objetivos promover la salud y seguridad en el trabajo, asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo y la normativa nacional, favoreciendo el bienestar laboral y apoyando el desarrollo del empleador. El empleador debe asegurar, cuando corresponda, el establecimiento y el funcionamiento efectivo de un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, el reconocimiento de los representantes de los trabajadores y facilitar su participación.

  19. Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo El número de personas que componen el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo es definido por acuerdo de partes no pudiendo ser menor de cuatro (4) ni mayor de doce (12) miembros. Entre otros criterios, se podrá considerar el nivel de riesgo y el número de trabajadores. A falta de acuerdo, el número de miembros del Comité no es menor de seis (6) en los empleadores con más de cien (100) trabajadores, agregándose al menos a dos (2) miembros por cada cien (100) trabajadores adicionales, hasta un máximo de doce (12) miembros. El empleador debe proporcionar al personal que conforma el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o al Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, una tarjeta de identificación o un distintivo especial visible, que acredite su condición.

  20. Atribuciones del Comité • Aprobar el RISST. • Aprobar el Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo. • Participar en las inspecciones periódicas de SSO. Se incluyen las visitas . • Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones relacionadas con la SSO, velar porque se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su eficiencia. • Vigilar el cumplimiento de los reglamentos, procedimientos, instrucciones, etc., relacionados con la SSO manejados por la empresa. • Asegurarse que todos los nuevos trabajadores, reciban la inducción adecuada sobre SSO. • Asegurarse que todos los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, avisos y demás material escrito ó gráfico relativo a la SSO.

  21. Obligaciones del Comité • Participar en la investigación de todos los accidentes laborales ocurridos en la empresa ó proyecto. • Hacer recomendaciones pertinentes y verificar que estas se implementen, para evitar la repetición de los accidentes. • Procurar la colaboración de todos los trabajadores en el fomento de la seguridad. • Estudiar las estadísticas de los accidentes y demás indicadores de SSO. • Evaluar y definir las sanciones por incumplir con lo descrito en el procedimiento de Comité de SST, RISST y con las reglas de SSO. • Llevar en el Libro de Actas el control del cumplimiento de los acuerdos y propuesta del Comité.

  22. Representantes de los Trabajadores • Recoger todas las inquietudes de los trabajadores antes de la reunión y las presentarán ante el Comité de SST / Seguridad en obra. • Comunicar al Comité de SST ó Seguridad en obra, los asuntos de seguridad que considere que no están siendo correctamente tratados en el(os) Proyecto (s). • Recoger y responder a las inquietudes sobre salud y seguridad de los trabajadores en forma constante durante el proyecto. • Recibir capacitación adecuada en temas de SSO a través del Programa de Capacitación de Seguridad Anual. • Participar en las Auditorias internas de SST.

  23. REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

  24. REGLAMENTO INTERNO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Los empleadores con veinte (20) ó más trabajadores deben elaborar su Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, el que debe contener la siguiente estructura mínima: a) Objetivos y alcances. b) Liderazgo, compromisos y la política de seguridad y salud. c) Atribuciones y obligaciones del empleador, de los supervisores, del comité de seguridad y salud, de los trabajadores y de los empleadores que les brindan servicios si las hubiera. d) Estándares de seguridad y salud en las operaciones. e) Estándares de seguridad y salud en los servicios y actividades conexas. f) Preparación y respuesta a emergencias.

  25. ¿CUÁLES SON LOS EXÁMENES MÉDICOS? • exámenes pre ocupacionales • exámenes periódicos ó anuales • exámenes de retiro Otros dependiendo de la necesidad de la empresa • exámenes para dependientes • exámenes especiales

  26. DESARROLLO DE PROGRAMA

  27. Que es el PSST ? El Programa anual de Seguridad es el conjunto de actividades de prevención en seguridad que establece la organización, servicio ó empresa para ejecutar a lo largo de un año.

  28. Beneficios de los programas efectivos de Salud y Seguridad Las investigaciones reflejan beneficios para aquellas compañias que establecen programas efectivos de seguridad y salud para proteger a sus empleados: • Reducen las lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo • Elevan la moral y la productividad • Reducen los costos de compensación para los trabajadores

  29. PLANEAMIENTO Y DESARROLLO DIAGNOSTICO SITUACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL PROGRAMAS A DESARROLLAR SEGÚN DIAGNOSTICO PROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD PROGRAMA DE MEDICINA DEL TRABAJO CONTROL - EVALUACION - RETROALIMENTACION

  30. PROGRAMA INTEGRAL DE SALUD OCUPACIONAL PROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD • Organización y Capacitación sostenida al Comité de SST • Formulación del Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el T. Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo • Inspecciones de Seguridad programadas • Señalizaciones de seguridad • Formación de Brigadas de Emergencia Plan de Contingencias • Charlas y/o Cursos de capacitación interna • Evaluaciones de Higiene Ocupacional • Reuniones mensuales del Comité de SST

  31. PROGRAMA DE MEDICINA DEL TRABAJO • Plan de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores - Implementación y manejo del Software de Salud Ocupacional - Seguimiento de casos agudos y crónicos: Plan A-B-C-D - Promoción de la Salud en el Lugar de Trabajo: desarrollo de Programas de Salud: de nutrición, de control de la PA, de control del estrés laboral, de actividad física, de control del tabaco, de círculos de salud, de proyección a los familiares, etc. - Exámenes periódicos a trabajadores de mayor riesgo • Exámenes médicos ocupacionales (de ingreso, anuales y retiro) • Plan de capacitación según Riesgos de Salud y necesidades • Investigación en Salud Ocupacional|

  32. DIAGNOSTICO SITUACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL Documentación requerida: • Política de la empresa en Seguridad y Salud en el Trabajo. Compromisos • Nro. de trabajadores según edad, sexo; por áreas y puestos de trabajo • Organigrama de la empresa • IPER y Panorama de riesgos. Mapa de riesgos • Exámenes médicos anteriores. Dos últimos años • Descansos médicos de los últimos 2 años • Accidentes de trabajo en los últimos 2 años • Vacunaciones realizadas en los últimos 2 años • Acciones de salud a los trabajadores en los 2 últimos años • Capacitación recibida a los integrantes del Comité de SST • Reglamento Interno de SST • Plan Anual de SST

  33. CARACTERISTICAS • Característicascomunes de programas efectivos de seguridad y salud: • Asignarresponsabilidades a los Gerentes, supervisores, y trabajadores • Regular lasinspecciones para controlar riesgos • Adiestramiento para empleados y orientaciones para el reconocimiento y comoevitar los riesgos

  34. GUÍAS PARA EL PROGRAMA DE SEGURIDAD & SALUD • Atender sistematicamente los riesgos: • Identificación • Evaluación • Control • Seguimiento

  35. GUÍAS PARA EL PROGRAMA DE SEGURIDAD & SALUD • Irmásallá de los requerimientosespecíficos de la Ley para enfocar en los riesgos

  36. GUÍAS PARA EL PROGRAMA DE SEGURIDAD & SALUD • En la medida que el negociocrece, tambiénaumenta la necesidad de formalizar un programa de seguridad. • No es tan solo tener un programaescrito, es que funcione y sea efectivo

  37. ELEMENTOS CLAVES • Puntos claves para un programaefectivo: • Compromiso de la Gerencia y participación de los empleados • Analisis de Trabajo • Prevención y Control de riesgos • Adiestramiento en Seguridad y Salud

  38. COMPROMISO DE LA GERENCIA • La GerenciaProvee: • Dirección y motivación • Recursos • Control de la Actividad

  39. COMPROMISO DE LA GERENCIA • UnaPolítica de Seguridad y Salud Ocupacional • Metas y objetivos del programaclaros • Participación visible de la Gerenciaalta en el programa • Liderazgo

  40. COMPROMISO DE LA GERENCIA • Asignar responsabilidades en cuanto a Seguridad y Salud • Comunicación clara de las metas del programa

  41. COMPROMISO DE LA GERENCIA • Proveerautoridadadecuada al personal responsable de hacercumplir el programa • Hacer a los gerentes, supervisores y empleados responsablesporcumplir con sus responsabilidades

  42. INCENTIVOS • En algunas empresas se ha venido implantando un número creciente de incentivos al comportamiento seguro. • Esta es la razón de la ineficacia de los programas de seguridad consistentes en remitir por correo una pequeña recompensa financiera a ciertos destinatarios.

  43. CERO ACCIDENTES TENEMOS UNA META DE CERO ACCIDENTES Y VAMOS A CUMPLIRLA. PORQUE MÁS ALLÁ DE LAS CIFRAS ESTADÍSTICAS, DETRÁS DE CADA UNO DE NOSOTROS, SIEMPRE “LA FAMILIANOS ESPERA” Y ESO ES LO MÁS IMPORTANTE. ¡NO LO OLVIDES NUNCA!

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