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SEMINARIO: LA MINER A Y SUS ALTERNATIVAS FINANCIERAS

PROGRAMA. 15 hs. Apertura : Dip. Griselda Herrera. 15.15 hs. Dr. Mart

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SEMINARIO: LA MINER A Y SUS ALTERNATIVAS FINANCIERAS

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    1. SEMINARIO: “LA MINERÍA Y SUS ALTERNATIVAS FINANCIERAS” 17 de mayo 2007, 15 hs. Auditorio del Edificio Anexo, H. Cámara de Diputados de la Nación. Riobamba 25. Capital Federal. R.S.V.P.: 6310 7606/7584 6310 7396/7397

    3. Reseña de algunos temas La idea de realizar éste seminario surgió a partir del análisis de los proyectos presentados relativos a la minería en las respectivas comisiones que existen en las Cámaras del Congreso de la Nación.   Notamos que gran parte de la problemática sector se repite y prolonga en el tiempo, la diferencia es que hoy contamos con nuevas herramientas, las que (si son implementadas de modo correcto) serían una concreta solución a los viejos y aún presentes inconvenientes del sector minero.   En éste ámbito trataremos temas diversos, todos en su relación y aplicabilidad a la minería, por ej.:   FIDEICOMISO : Concepto: "Habrá fideicomiso cuando una persona (fiduciante) transmite a otra (fiduciario) bienes determinados en propiedad fiduciaria (patrimonio fideicomitido) y esta última se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designa el contrato (beneficiario) y a transmitirla al cumplimiento de un plazo o condición, al fiduciante, al beneficiario o al fideicomisario".  Versátil herramienta jurídica y económico–financiera  Permite aislar activos físicos, recursos financieros o flujos de fondos.Patrimonio de Especial. Intangible y diferenciado. Puede ser ordinario o financiero, ya sea para actividades de  aministración, inversión, garatía,etc. Mitiga riesgos (seguridad jurídica, transparencia, certidumbre). Mejora programación financiera en proyectos de inversión. Contrato efectuado sobre la base de la CONFIANZA. Todo fideicomiso constituye en sí mismo y por naturaleza una GARANTIA contra desvíos, para las partes involucradas.

    4. Reseña de algunos temas FONDOS DE INVERSIÓN DIRECTA: Determinan el crecimiento y desarrollo de las actividades productivas al otorgar a las inversiones, además de seguridad jurídica, mejor acceso a los avales y garantías, menores gastos notariales o administrativos y permitirán que los bienes que se incorporan al sistema fiduciario sean custodiados en su intangibilidad, contra los gravámenes provenientes de obligaciones asumidas por el inversor y/o el fiduciario en forma individual. El Título I de la ley 24.441 no prevé restricción alguna en cuanto al objeto de los dos tipos de fideicomisos antes aludidos, que contempla, razón que posibilita la organización de fondos de inversión directa, con base en cualquiera de ellos. Un fondo de inversión directa no es sino una universalidad jurídica patrimonial que, al tener causa en un contrato de fideicomiso, conforma un patrimonio separado, en los términos del artículo 14 de la ley 24.441, respecto del cual los beneficiarios o fideicomisarios tendrán los derechos que la citada norma reconoce y cuya participación podrá o no ser representada por títulos valores, de acuerdo con lo que prevea el contrato pertinente. En consecuencia, a través de esta clase de instrumentos se pueden desarrollar actividades productivas, propias de la economía real y con los resguardos que ofrece el mencionado título I de la ley 24.441

    5. Breve C.V. de los expositores Luis Lucero: Abogado. Postgrado en Derecho Empresarial. Cursos específicos: Program of Instruction for Lawyers organizado por Harvard Law School en 1993. Reconocido como referente internacional en materia de Derecho Minero por varias organizaciones, incluyendo Chambers Global, International Who's Who of Mining Lawyers , y Latin Lawyer . Asimismo es y ha sido miembro del directorio y síndico de varias compañías mineras, de distribución de gas, industriales y de servicios financieros. Néstor Jaime Clusa, Contador Público Nacional. Asesoramiento a empresas PYMES en Proyectos de Inversión, Alternativas de Financiamiento y Control de Gestión. Desde 1983 a la fecha. Accionista. Presidente. Desde 2002 de Neumateh S.A. Federico Godoy, centraliza su actividad en contratos comerciales internacionales, proyectos del sector energético, inversiones mineras y financiación de proyectos de infraestructura tecnológica y de telecomunicaciones. Ha actuado en arbitrajes conducidos bajo las reglas del CIADI, ICC y la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. Asimismo, ha representado a importantes empresas de esos sectores de negocios en complejos litigios comerciales. Alejandra Caballero, Al frente de su propia firma consultora, desarrolla proyectos de inversión y estructuras de financiamiento en las diferentes áreas de su especialidad en diversos sectores, para sector privado y público; asesora a cámaras empresarias, empresas, bancos y cías de seguros; Organismos de Crédito Internacional; y gobiernos de la región (nivel Nacional, Provincial y Municipal). Asesora - Referente de la Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña en temas de financiamiento de infraestructura y proyectos de inversión APP / PFI - Mar 2000 / continúa.

    6. Breve C.V. de los expositores Martín Dedeu, Abogado, especialista en Legislación comercial, derecho empresario y Minería. Fundador y socio principal del Estudio Dedeu-Ferrario. Vicepresidente de la Compañía Minera Aguilar S.A. presidente de la C.A.E.M. Miembro titular del Comité Ejecutivo de la U.I.A., Presidente del departamento de legales. Rufino Rojo Mateo: Licenciado en Cs. Geológicas y “Magíster en Ingeniería Gerencial”. Especializado en: Sedimentología, Fotointerpretación Geológica y Petrología. Postgrado en Geofísica Minera, Métodos Geoeléctricos. Director de Nación Leasing S.A. Responsable del área de riesgo y recupero. Presidente del “Comité de Auditoría”. Manuel Gómez de la Lastra: Abogado, Licenciado en Economía. Vocal de la Comisión Directiva de la Cámara Argentina de Fideicomisos y Fondos de Inversión Directa en Actividades Productivas (CAFIDAP). Director Ejecutivo de “Manuel Gómez de la Lastra y As.- Inversiones, Negocios Fiduciarios y Fondos de Inversión Directa – ExProfesor Adjunto de Derecho Económico en la Universidad del Salvador.Autor de:”La Inversión Fiduciaria de los Fondos de Pensión - Fondos de Inversión Directa -, Editorial AD-HOC” y de “Fondos de Inversión Directa y Fideicomiso, Una Vía Productiva para el Crecimiento”, Editorial "La Ley".

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