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Formación dual EL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE

Formación dual EL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE. Toledo 11 de diciembre de 2013. Jesús Barroso Barrero Subdirector General de Políticas Activas de Empleo. El contrato para la formación y el aprendizaje Introducción.

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Formación dual EL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE

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  1. Formación dualEL CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE Toledo 11 de diciembre de 2013 Jesús Barroso Barrero Subdirector General de Políticas Activas de Empleo

  2. El contrato para la formación y el aprendizajeIntroducción • La Ley 3/2012 de la Reforma Laboral ha modificado el art. 11.2 del Estatuto de los Trabajadores con una nueva regulación del contrato para la formación y el aprendizaje (CFyA), con el fin de potenciar el empleo juvenil. • El Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, que desarrolla el citado contrato, sienta las bases para la implantación de la FP dual en dos ámbitos: • en el sistema educativo (sistema de becas); y • en el ámbito laboral, a través del CFyA. • En desarrollo del RD 1529/2012, próximamente se publicará la Orden por la que se regulan los aspectos formativos del CFyA. • Con la implantación de la FP dual se pretende, entre otros objetivos : • 1º Reducir la tasa de desempleo juvenil y garantizar a los jóvenes una cualificación profesional, objeto de acreditación, y mayor estabilidad laboral. • 2º Incrementar los niveles de participación en FP y corregir el desequilibrio existente en los niveles de cualificación de nuestra población trabajadora.

  3. Niveles y necesidades de cualificación Tenemos una estructura invertida en los niveles medios y bajos

  4. Estrategia para su implantación • El MEYSS -a través del SEPE- ha puesto en marcha una Estrategia para la implantación de la FP dual a través del CFyA, con la que pretende aunar los recursos y esfuerzos de todos los agentes implicados en el sistema de FP dual, con el fin de asegurar el éxito de su implantación en nuestro país. • La Estrategia contempla 13 actuaciones agrupadas en 4 líneas estratégicas: • Completar la arquitectura normativa y avanzar en el desarrollo de instrumentos compartidos de financiación, gestión y control del sistema, incluyendo la calidad y evaluación del aprendizaje. • Ordenar y mantener permanentemente actualizado un Mapa integral de la formación profesional para el empleo. • Difundir el sistema de formación profesional dual entre la ciudadanía y las empresas, especialmente entre los jóvenes y las Pymes. • Establecer un modelo de coordinación, cooperación y colaboración entre las Administraciones e Instituciones concernidas en la implantación del sistema de formación profesional dual.

  5. Evolución del CFyA • En los últimos 12 meses se han celebrado 95.579 contratos, lo que supone un incremento interanual cercano al 64%. • En los meses transcurridos de este año (enero a octubre 2013) se han firmado 84.789 contratos, lo que representa un incremento del 70,3% respecto al mismo período de 2012. Además, la contratación de mujeres supera, por primera vez, a la de hombres, con un 51,1% de los contratos. • Si se mantiene esta evolución, el año 2013 podría finalizar con una cifra aproximada a los 100.000 contratos para la formación y el aprendizaje, frente a los 60.584 contratos celebrados en 2012.

  6. Esquema de la FP dual a través del CFyA EN LA EMPRESA EN EL CENTRO Formación práctica Retribución igual al SMI en función del trabajo efectivo Formación teórica Mínimo 25% el 1er año y 15% el 2º y 3er año de contrato El JOVEN ADQUIERE UNA CUALIFICACIÓN PROFESIONAL ACREDITADA POR SISTEMA EDUCATIVO SISTEMA DE EMPLEO Título de FP o certificación académica Certificado de Profesionalidad o acreditación parcial acumulable FP Dual

  7. Aspectos laborales del CFyA

  8. Aspectos formativos del CFyA (I)

  9. Aspectos formativos del CFyA (II)

  10. Aspectos formativos del CFyA (III)

  11. Aspectos formativos del CFyA (IV)

  12. Financiación de la formación

  13. Ejemplo de los costes de un CFyA de 12 meses ENTRE 11.465 euros Si el 100% es teleformación Si el 100% es formación presencial AGE Empresa Empresa

  14. Sistema electrónico • A efectos del control de las bonificaciones, y en el marco del SNE, las solicitudes se presentarán a través del Registro electrónico del SEPE, que asignará un número de identificación a cada solicitud y dará traslado on-line de la misma al Servicio Público de Empleo competente para la autorización del inicio de la actividad formativa. • El sistema electrónico habilitado permitirá también: • Cumplimentar la solicitud y descargar el acuerdo. • Comunicar los costes facturados por los centros a las empresas. • Comunicar la finalización de la actividad formativa. • Cumplir con la obligación que tienen las CCAA de informar al SEPE. • En todo caso, el sistema electrónico se ha diseñado de forma que permita a los Servicios Públicos de Empleo el ejercicio de sus respectivas competencias de autorización y seguimiento de la actividad formativa, al tiempo que permite agilizar y simplificar los trámites y las comunicaciones entre las empresas o los centros y la Administración pública competente.

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