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La Experiencia Mexicana en Regulación de las OPAS 1 Abril 2008 C.P. Ricardo Piña Gutiérrez

La Experiencia Mexicana en Regulación de las OPAS 1 Abril 2008 C.P. Ricardo Piña Gutiérrez. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS. Agenda. Antecedentes Marco Normativo Aplicable Adquisiciones que deben revelarse Las Ofertas Públicas de Adquisición (OPA) forzosas y voluntarias

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La Experiencia Mexicana en Regulación de las OPAS 1 Abril 2008 C.P. Ricardo Piña Gutiérrez

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  1. La Experiencia Mexicana en Regulación de las OPAS 1 Abril 2008 C.P. Ricardo Piña Gutiérrez

  2. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Agenda • Antecedentes • Marco Normativo Aplicable • Adquisiciones que deben revelarse • Las Ofertas Públicas de Adquisición (OPA) forzosas y voluntarias • Responsabilidades de la Sociedad Anónima y subsidiarias frente a una OPA Forzosa • Cláusulas Estatutarias para evitar la toma de control • Régimen de excepciones a las OPAS Forzosas • Aspectos Fiscales Relevantes para OPAS • Cancelación Registral

  3. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Antecedentes • Operaciones que implicaban cambios de control o adquisiciones significativas pagaban un sobre precio a ciertos accionistas. • Trato preferencial a ciertos accionistas. • Sin acceso a los pequeños inversionistas. • En 2002, se atiende con las Reglas Generales aplicables a las adquisiciones de valores que deban ser reveladas y de ofertas públicas de compras de valores (Reglas de OPAS).

  4. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Antecedentes • Dificultad para cancelar la inscripción a emisoras que incumplían con requisitos de mantenimiento y entrega de información. • Afectación a la liquidez de los inversionistas. • En 2003, se genera la obligación en estatutos, que resulta insuficiente. • Dificultad para exigir el cumplimiento de llevar a cabo una OPA.

  5. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Marco Normativo Aplicable • Nueva Ley del Mercado de Valores (NLMV) • El concepto de oferta pública hace mención expresa a las relativas a adquisición de valores. • Se contemplan reglas de ofertas voluntarias y forzosas. • Se contemplan requisitos de manera expresa para OPAS y cancelación en el RNV que prevalecen sobre las circulares vigentes en aquellos apartados que contravengan la Ley. • Se establecen obligaciones que antes quedaban establecidas en estatutos. • Reglas de OPAS • Disposiciones de carácter general aplicables a las Emisoras y a otros participantes del mercado de valores (Circular de Emisoras).

  6. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Adquisiciones que deban revelarse Conforme a la NLMV, cuando se adquieran acciones de forma directa o indirecta, dentro o fuera de bolsa, en una o varias operaciones simultáneas o sucesivas en los siguientes supuestos: * Incluye valores convertibles en acciones, títulos de crédito que las representen, títulos que las tengan como activo subyacente.

  7. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Adquisiciones que deban revelarse

  8. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS OPAS Forzosas y Voluntarias • Términos y condiciones: • 20 días hábiles • Asignación a prorrata • Prórrogas por 5 días en caso de modificaciones relevantes y posibilidad de declinar sin penalización. • El oferente no podrá realizar operaciones con los valores desde que haya decidido la operación hasta su conclusión.

  9. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS OPAS Forzosas y Voluntarias • En el caso de ofertas forzosas, adicionalmente: • Extensiva a todas las series accionarias. • Contraprestación igual para todos: deberá declararse explícitamente la inexistencia de pagos distintos a dicha contraprestación. • Revelar cualquier convenio o acuerdo de hacer o no hacer.

  10. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS OPAS Forzosas y Voluntarias Ofertas forzosas: Directa o indirectamente se obtenga 30% de las acciones ordinarias. • Adquirir el porcentaje mayor entre el que se pretenda adquirir o el 10% • Por el 100% si se pretende obtener el control * Incluye valores convertibles en acciones, títulos de crédito que las representen, títulos que las tengan como activo subyacente. Por Reglas de OPAS se mantiene la obligación en el caso de a), si se queda menos del 15% en el público, hacer una 2ª OPA por el 100%.

  11. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Responsabilidades frente a una OPA Forzosa De la emisora, subsidiarias, consejo de administración (CA) y directivos relevantes: • Abstenerse de actos u operaciones que obstaculicen el desarrollo de la oferta desde que sea de su conocimiento y hasta su conclusión. • Los primeros 10 días hábiles posteriores a la oferta, los miembros del CA deberán: • Emitir opinión escuchando al comité de prácticas societarias • En su caso, revelar los conflictos de interés que se presenten • Junto con el Director General, revelar la decisión respecto a su propia tenencia La persona o grupo de personas que incumplan con la OPA forzosa no podrán ejercer los derechos societarios.

  12. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Régimen de Excepciones • En su caso, la CNBV autorizará adquirir un porcentaje menor al 100% en un cambio de control, cuando así se justifique. • Excepciones para realizar una OPA forzosa: • El concepto de oferta pública hace mención expresa a las relativas a adquisición de valores. • Como resultado de una OPA se adquiera más de 30% de una subsidiaria que no represente más del 50% de los activos consolidados.

  13. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Régimen de Excepciones • La comisión podrá exceptuar en los casos siguientes: • Redistribuciones entre grupo de personas que sean accionistas con participación relevante durante más de 5 años y a valor de mercado. • Reducciones de la persona o grupo de personas que al menos resulte en 30% su tenencia. • Riesgo de viabilidad de negocio en marcha y se adquieran por aumentos de capital o reestructuras societarias, con opinión del CA previo acuerdo del comité de practicas societarias . • Herencia, legado o donación a título gratuito por parentesco. • Consistente con la protección de accionistas minoritarios, en este caso, previo acuerdo de la junta de gobierno de la CNBV.

  14. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Aspectos Fiscales De conformidad con el artículo 109 de la LISR y con la Resolución Miscelánea Fiscal para 2007, los intermediarios financieros deberán efectuar la retención del ISR a partir de la operación en la que se enajene el 10% o más de las acciones pagadas de la sociedad emisora de que se trate, en una sola operación o de forma acumulada mediante operaciones realizadas dentro de un periodo de 24 meses, aún cuando el enajenante de dichas acciones esté obligado al pago de dicho impuesto por las enajenaciones efectuadas en fechas anteriores a la aplicación de la mencionada retención.

  15. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Cláusulas Estatutarias para evitar la toma de control (Poison Pill) Pueden estipularse cláusulas en estatutos sociales, que serán nulas si no cumplen con lo siguiente: • Aprobadas en Asamblea general extraordinaria de accionistas, sin llegar al 5% los votos en contra. • No excluyan accionistas distinto del adquirente de los beneficios económicos resultantes.

  16. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Cláusulas Estatutarias para evitar la toma de control (Poison Pill) • No restrinjan la toma de control de forma absoluta, en caso de requerir aprobación del consejo, considerar: • Establecer criterios • Establecer un plazo máximo de 3 meses • No contravenga lo previsto en la legislación y ni hagan nugatorio el ejercicio de derechos patrimoniales Nota: Ya no requieren autorización previa de la CNBV

  17. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Cancelación Registral • La CNBV podrá cancelar la inscripción en el RNV, si a su juicio están salvaguardados los intereses del público inversionista, cuando: • Se cometan infracciones graves o reiteradas a la NLMV. • No satisfagan los requisitos de mantenimiento en Bolsa. • En ambos casos, la emisora contará con 180 días naturales para realizar una OPA que deberá cumplir con: • Dirigirse a los tenedores que no formen parte del grupo de control.

  18. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Cancelación Registral • Al precio mayor entre valor de cotización y valor en libros. • Afectar en fideicomiso por seis meses a partir de la cancelación los recursos para quienes no acudieron. • Las personas que detenten el control serán subsidiariamente responsables de la OPA. • No podrán volver a colocar en el mercado durante 1 año. • La CNBV podrá solicitar opinión de un experto independiente respecto al precio.

  19. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Cancelación Registral • A solicitud de la emisora considerando: • Se cometan infracciones graves o reiteradas a la NLMV. • Acuerdo de la asamblea general extraordinaria de accionistas. • Voto favorable del 95% del capital social. • Oferta Pública de adquisición • Número de inversionistas que acudieron a la oferta • Porcentaje de capital propiedad de dichos accionistas • Características de los que no acudieron Al respecto la CNBV deberá considerar:

  20. La experiencia mexicana en regulación de las OPAS Nuevos Proyectos • Al terminar la presentación del Caso práctico (jueves), señalaré las medidas que está tomando la Comisión para emitir nueva regulación, en relación con ofertas competitivas. • Se está emitiendo nueva regulación sobre revelación de información de notas estructuradas. • Se está trabajando en la IPO de la Bolsa. • Analizando que está afectando la llegada de más emisoras de acciones al mercado GRACIAS!

  21. La Experiencia Mexicana en Regulación de las OPAS 1 Abril 2008 C.P. Ricardo Piña Gutiérrez

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