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LA CARTA DE CADIZ Y EL DERECHO A LA CIUDAD Quito, Ecuador Leonardo Moreno Julio 2009

LA CARTA DE CADIZ Y EL DERECHO A LA CIUDAD Quito, Ecuador Leonardo Moreno Julio 2009. Los Derechos Humanos como derechos fundamentales. Derechos sociales y las garantías asociadas a su cumplimiento.

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LA CARTA DE CADIZ Y EL DERECHO A LA CIUDAD Quito, Ecuador Leonardo Moreno Julio 2009

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  1. LA CARTA DE CADIZ Y EL DERECHO A LA CIUDADQuito, EcuadorLeonardo MorenoJulio 2009

  2. Los Derechos Humanos como derechos fundamentales. • Derechos sociales y las garantías asociadas a su cumplimiento. • El derecho a la ciudad en el marco de los derechos humanos y su operacionalización en garantías. • La Carta de Cádiz.

  3. 1. LOS DERECHOS HUMANOS COMO DERECHOS FUNDAMENTALES

  4. DERECHOS HUMANOS Son derechos fundamentales, es decir, que las normas del ordenamiento jurídico atribuyen/otorgan facultades de hacer y no hacer: “La sociedad contemporánea reconoce que todo ser humano, solo por el hecho de serlo, tiene derechos frente al Estado, derechos que éste, o bien tiene el deber respetar y garantizar, o bien está llamado a organizar a fin de satisfacer su plena realización. Estos derechos, son atributos de toda persona, inherentes a su dignidad” (Dr. Pedro Nikken). Universalmente a todos en tanto personas, ciudadanos. Poseen un estatuto de reglas generales y abstractas Son indisponibles e inalienables, incumben de forma igual a todos.

  5. LOS DERECHOS HUMANOS SON: Acuerdos de convivencia. Generan expectativas de comportamiento del entorno. Generan obligaciones sobre el propio comportamiento Obligación de asistir a la escuela Oportunidades para el desarrollo educativo Protección frente al Hambre Obligación de pagar los impuestos Resguardan valores y fines a través del ordenamiento jurídico.

  6. Históricamente, los derechos humanos son consecuencia de las luchas sociales reivindicatorias que han posibilitado un reconocimiento mundial de los mismos. De hecho, actualmente, se encuentran crecientemente consagrados en instrumentos jurídicos nacionales, regionales e internacionales y poco a poco, se han ido estableciendo mecanismos para su protección.

  7. Están destinados a la protección del ser humano individualmente considerado, contra cualquier agresión de algún órgano público. Habitualmente, imponen al Estado el deber de abstenerse. PRIMERA GENERACIÓN DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS A la vida. Al honor. A la seguridad e integridad personal. A la libertad de expresión y credo. A elegir y ser elegido. Al libre tránsito. Al asilo A una nacionalidad. A igual protección ante la ley. A la libertad de reunión. A la propiedad.

  8. Tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar social. Surgen en un contexto de grandes inequidades y desprotección. Habitualmente, exigen la actuación del Estado. DERECHOS ECONÓMICO SOCIALES Y CULTURALES SEGUNDAGENERACIÓN Al y en el trabajo. A un ingreso justo. A la educación A la salud. A la alimentación. Al agua. A la protección y asistencia a los menores y a la familia A la vivienda.

  9. Velan por dimensiones sociales que requieren de un contexto regional y global favorable para su efectiva realización. Exigen la actuación de LOS Estados, es decir, de la comunidad internacional. DERECHOS DE LOS PUEBLOS TERCERAGENERACIÓN Al desarrollo. A la libre determinación de los pueblos. Al medio ambiente sano y equilibrado. A la paz. A la propia cultura.

  10. Derecho a la Vivienda Derecho a la Educación LOS DERECHOS HUMANOS SON INTEGRALES Y MUTUAMENTE DEPENDIENTES Derecho a la Educación Derecho a la Protección e Integridad Personal Derecho a Formar Sindicatos Derecho a la Libertad de Reunión y Expresión Pacífica

  11. 2. DERECHOS SOCIALES Y GARANTÍAS ASOCIADAS A SU CUMPLIMIENTO.

  12. EDUCACIÓN PARTICIPACIÓN TRABAJO SALUD HABITAT INGRESOS ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS Marco conceptual consensuado y aceptado por la comunidad nacional e internacional que orienta la: IMPLEMENTACIÓN FORMULACIÓN EVALUACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES EN

  13. Recursos Activos EDUCACIÓN ESTADO Humano SALUD TRABAJO Estructura de Oportunidades Sociales HABITAT PERSONAS FAMILIAS COMUNIDADES INGRESO Físicos PARTICIPAC JUSTICIA Monetario CONECTIVID Recursos Activos EMPRESA PRIVADA SOCIEDAD CIVIL UMBRALES GARANTIZADOS DE DERECHOS

  14. GARANTÍAS SOCIALES Aseguramientos que la sociedad compromete a todos sus miembros solo por el hecho de formar parte de ella y que resguardan el acceso al bienestar y las oportunidades. Aparece en la discusión como complemento a la noción de derechos, debido a la formulación básicamente declarativa de estos últimos. La garantía le otorga el contenido concreto y operacional de los derechos.

  15. GARANTÍAS SOCIALES DERECHOS SOCIALES Constituyen una técnica jurídico-institucional que permite intersectar los diversos enfoques de pobreza en un planteamiento común. Necesidades Capacidades Inclusión Protección Activos ¿Cual es el valor protegido? Valor protegido

  16. El Derecho Social expresa un valor protegido (que se abstrae de los vaivenes del mercado y las vicisitudes de la política) GARANTIA PRIMARIA La Garantía Social establece los mecanismos que permiten su realización y goce efectivo (tomando en cuenta los acuerdos políticos, la disponibilidad de recursos y el avance de la técnica) GARANTIA SECUNDARIA

  17. Poseer normas que establecen explícitamente: La obligación del Estado a desarrollar acciones positivas, es decir, autoejecutadas, delegadas o articuladas con otros sectores de la sociedad para proveer o articular la provisión público-privada de programas adecuados, (consagran derechos objetivos). en beneficio del titular del derecho. LA GARANTÍA SOCIAL DEBIERA: Las características del titular y las circunstancias que le permiten reclamar la acción positiva del Estado individual y/o colectivamente para permitir el acceso a una oportunidad/proceso/resultado.

  18. EN EL CASO DE LOS DERECHOS SOCIALES GARANTIA GARANTÍAS DE ACCESO (bienes y servicios sociales / procesos y resultados) Expectativas de prestación y prohibición PRIMARIA GARANTÍAS DE EXIGIBILIDAD (mecanismos administrativos, judiciales) GARANTIA Expectativas de protección y restauración SECUNDARIA

  19. Sector de Derecho Sub sector “garantizable” Subgarantías Técnicas Estimulación temprana Educación Inicial Educación primaria Educación secundaria Educación superior Acceso Educación Jurídica Protección financiera Promoción mental y fisiológica Prevención mental y fisiológica Recuperación en patologías priorizadas Rehabilitación en patologías priorizadas Paliación en patologías/ discap priorizad. Permanencia Salud Institucional Calidad Materialidad y espacialidad Servicios básicos de la vivienda Equipamiento barrial Localización, integración y conectividad Seguridad Oportunidad Hábitat Instrumental Participación Inserción laboral (al trabajo)? Condiciones laborales (en el trabajo) ? Previsión social (cuando no se trabaja)? Reclamo Trabajo Financiera Actualización Ingresos monetarios Ingreso familiar garantizado

  20. GARANTÍAS SOCIALES Así vistas, habitualmente las garantías de derechos sociales se encuentran asociadas a prestaciones que buscan asegurar procesos (Ej: integración social) o resultados (Ej: núcleos de equipamiento comuntario) que son fundamentales para la potenciación y autonomía de los seres humanos. En consecuencia, un punto extraordinariamente sensible guarda relación con las técnicas que se utilizarán para asegurar lo anterior:

  21. TECNOLOGÍA DE LAS GARANTÍAS SOCIALES + ESTABLE CONSTITUCIÓN Y PACTOS INTERNACIONALES RECONOCIMIENTO DE DERECHOS SOCIALES ESTIPULACIÓN DE LA ARQUITECTURA DE GARANTÍAS SOCIALES ASOCIADAS A Dº SOCIALES: CONCEPTOS, PRINCIPIOS, RESPOSABILIDADES, MECANISMOS PRINCIPALES. LEYES DE LA REPÚBLICA DEFINICIÓN DE ESPECIFIDADES TÉCNICAS: DIMENSIONES DE LAS SUBGARANTÍAS PROCEDIMIENTOS, MECANISMOS EXPLÍCITOS. DECRETOS, REGLAMENTOS, CIRCULARES + FLEXIBLE

  22. TECNOLOGÍA DE LAS GARANTÍAS SOCIALES

  23. TECNOLOGÍA DE LAS GARANTÍAS SOCIALES MARCO DE EJECUC I ÓN PÚBLICO PRIVADO

  24. TECNOLOGÍA DE LAS GARANTÍAS SOCIALES PRESTAMOS SOLICITADOS A LA BANCA MULTILATERAL COOPERACIÓN NORTE – SUR SUR – SUR APORTE PATRONAL OBLIGATORIO SISTEMAS DE ESTÍMULO A LAS DONACIONES PORCENTAJE DE LOS INGRESOS AUTÓNOMOS CAMBIO ESTRUCTURA TRIBUTARIA CONTROL DE LA EVASIÓN UTILIDADES DE EMPRESAS PÚBLICAS TITULAR PÚBLICO PRIVADO INTERNAC. FINANCIAMIENTO PACTADO

  25. DOS ASPECTOS ADICIONALES

  26. Como la Garantía Social tiene aspectos jurídicos-institucionales y programáticos-instrumentales es necesario empalmar jergas y formas en una matriz que establezca los vínculos entre ambas:

  27. ESTOS CONCEPTOS CONTRIBUYEN A LA DISCUSIÓN SOBRE LA TITULARIDAD ALUDE A LA TRAYECTORIA BIOPSICOSOCIAL (NECESIDADES, HABILIDADES, OPORTUNIDADES, RIESGOS). CICLO DE VIDA INDIVIDUO NICHOS SOCIOESPACIALES DONDE SE DESARROLLAN ESTRATEGIAS PARA RESOLVER NECESIDADES, CREAR CAPACIDADES, ENFRENTAR RIESGOS A LO LARGO DE LA VIDA. FAMILIA COMUNIDAD SUBSISTEMAS ECOSOCIALES

  28. 3. DERECHO A LA CIUDAD EN EL MARCO DE LOS DERECHOS HUMANOS

  29. Derecho a la libertad de tránsito El Derecho a la Vivienda y la Ciudad en el contexto de los Derechos Humanos Derecho a La Salud Derecho a la Vida Del Derecho a la Vivienda Al Derecho a la Ciudad Posee un estatus jurídico internacional y nacional. Se encuentra reconocido y tiene algún nivel de operacionalización. Aún no se considera un derecho fundamental, no se encuentra reconocido jurídicamente por la comunidad internacional. Es más reciente y su operacionalización es un desafío.

  30. CIUDAD Conjunto de edificios y calles, regidos por un ayuntamiento, cuya población densa y numerosa se dedica por lo común a actividades no agrícolas. (RAE) “…Reconocemos que las ciudades y los pueblos son centros de civilización y fuente de desarrollo económico y del progreso social, cultural, espiritual y científico”. (Estambul +5) DERECHO A VIVIR LA CIUDAD, EN DETERMINADA FORMA Y CONDICIONES “(…) usufructo equitativo de las ciudades dentro de los principios de sustentabilidad, democracia, equidad y justicia social. Es un derecho colectivo de los habitantes de las ciudades, en especial de los grupos vulnerables y desfavorecidos, que les confiere legitimidad de acción y de organización, basado en sus usos y costumbres, con el objetivo de alcanzar el pleno ejercicio del derecho a la libre autodeterminación y un nivel de vida adecuado. El Derecho a la Ciudad es interdependiente de todos los derechos humanos internacionalmente reconocidos, concebidos integralmente(…)” (Carta mundial del Derecho a la Ciudad 2004-2005)

  31. Edificación construida para ser habitada por personas y/o familias, que debe ofrecer refugio, proporcionar un espacio seguro y confortable para que individuos y familias puedan resguardarse del medio social y ambiental, satisfacer sus necesidades de intimidad, protección, socialización, crecimiento, etc. Además, la localización de la vivienda debe permitir la adecuada inserción y conexión de los individuos y familias con su entorno y, ergo, determina la satisfacción de otras necesidad tales como la de participación, identidad.... VIVIENDA DERECHO A VIVIR TAL EXPERIENCIA El derecho a una “vivienda adecuada“ (PIDESC), significa disponer de: Un lugar donde poderse aislar si se desea, Un espacio adecuado, Seguridad adecuada, Iluminación, Ventilación adecuadas, Infraestructura básica adecuada, Una situación adecuada en relación con el trabajo y los servicios básicos A un costo razonable. (Observación General Nº4 de Comité de DESC, 1991-92)

  32. DERECHO A LA VIVIENDA EN EL PIDESC. “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento.” Pacto Internacional de Derechos Económico Sociales y Culturales, 1966. Parte III, artículo 11, pto.1. EL COMITÉ DESC HA REALIZADO OBSERVACIONES GENERALES QUE BUSCAN PRECISAR MÁS EL DERECHO A LA VIVIENDA

  33. OBSERVACIONES GENERALES Pobres, Adultos mayores Niños, Enfermos mentales Enfermos terminales Etnias discriminadas Víctimas de desastres. Personas que viven en zonas de desastres ASEQUIBILIDAD: Deben crearse mecanismos y programas para conceder a los grupos en desventaja un acceso pleno y sostenible a los recursos adecuados para conseguir una vivienda. Acceso Calidad SERVICIOS: La Viv. debe contar con servicios indispensables para la salud, la seguridad, la comodidad y la nutrición. Agua potable Energía para cocinar Calefacción Alumbrado Instalación sanitaria Instalación aseo Almacenamiento Alimenta Eliminación desechos Drenaje HABITABILIDAD: La Viv. debe ofrecer espacio adecuado a sus ocupantes, protegerlos del frío, la humedad, el calor, la lluvia, el viento u otras amenazas para la salud, de riesgos estructurales y de vectores de enfermedad. Aplicación de los Principios de Higiene de la Vivienda preparados por la OMS Cercanía a zonas con fue ntes de trabajo. Servicios de atención de Salud. Servicios educacionales. Transporte adecuado. LOCALIZACIÓN: La localización de la Viv. debe permitir la accesibilidad, la integración y no debe construirse próxima a fuentes de contaminación y riesgo ambiental.

  34. OBSERVACIONES GENERALES Subsidio a servicios básic. Protección al aumento des proporcionado del alquiler. GASTOS SOPORTABLES: Los gastos personales o del hogar que entraña la vivienda deberían ser de un nivel que no impidiera ni comprometiera el logro y la satisfacción de otras necesidades básicas. Protección financiera Alquiler (público y privado) vivienda cooperativa Arriendo Ocupación Vivienda de emergencia Asentamientos informales SEGURIDAD DE LA TENENCIA:Sea cual fuere el tipo de tenencia, todas las personas deben gozar de cierto grado de seguridad de tenencia (garantía de protección legal contra el desahucio, el hostigamiento u otras amenazas). Permanencia Oportunidad Entonces: los instrumentos de NNUU son un gran insumo para una discusión del derecho a la ciudad. Un ejemplo de ello es este ejercicio que utiliza las observaciones generales del Comité DESC en el esquema de garantías. En este sentido existe una reflexión profunda desde el derecho a la vivienda. Pero, resulta insuficiente … Participación Reclamo Actualización

  35. Para llevar adelante esta perspectiva: - Es preciso definir umbrales de vivienda, habitabilidad y ciudad en aquellas dimensiones más relevantes, sinérgicas, consistentes con propósitos de bienestar, desarrollo e integración. • Debe estimarse cuán lejos o cerca estamos como país para dar pleno cumplimiento a dichos umbrales (brechas entre lo declarado y lo efectivo). Esto determinará las prioridades de acción. • Es insoslayable crear mecanismos normativos, institucionales, programáticos y presupuestarios que aseguren el cumplimiento de dichos umbrales (garantías), a través de medios de producción costo/efectivos, oportunos, evaluables. UMBRALES SOCIALES

  36. CRITERIO NORMATIVO DECLARADO LO EFECTIVO BRECHA Es muy difícil eliminar todas las “brechas”… pero el propósito es crear, redefinir y mejorar los instrumentos legales, institucionales, presupuestarios y programáticos para que el sector público y privado puedan cumplir con estos umbrales y proveer los servicios que se requieren.

  37. 4.LA CARTA DE CÁDIZ

  38. Carta de Cádiz ante los derechos Se inscribe en un movimiento sociopolítico que reivindica el Derecho a experimentar (la vida en) la ciudad en determinada forma y condiciones, las cuales deben ser congruentes con las necesidades de desarrollo humano y sociocultural de la comunidad que la habita. Así, la Carta se articula bajo un conjunto de valores, principios y aspiraciones que dan el soporte ético y político a tal reivindicación. Cabe recordar que la PROMESA detrás de la Carta es la concreción de un nuevo Acuerdo de Convivencia entre los ciudadanos.

  39. La Carta de Cádiz ante los derechos En la actualidad, cualquier nuevo derecho fundamental que se promulgue debe responder a ciertos desafíos, como por ejemplo: • Definirsu contenido de modo genérico e imputable a todos los miembros de la sociedad. • Establecer con claridad su diferencial respecto a los derechos ya consagrados.

  40. En esa dirección podemos señalar algunas claridades: El Derecho a la Ciudad que propone la Carta de Cádiz se funda en el derecho a la vecindad o la residencia que permite el ejercicio de ciertos derechos tanto civiles/políticos como socioeconómicos y culturales en un contexto urbano compacto, integrado y sostenible.

  41. En esa dirección podemos señalar que: Este derecho se diferencia de los anteriores, puesto que los subsume bajo: • Enfoque sistémico, articulador (y georreferenciado). • Se desarrolla en un marco físico, arquitectónico, socio-cultural y económico de carácter urbano. • Que ofrece a los ciudadanos oportunidades de realización personal y colectiva.

  42. Carta de Cádiz ante los derechos Es necesario que la Carta no pierda de vista al titular de este derecho. • Los valores y finalidades que resguarda el derecho deben estar al servicio de las personas. Así el titular debe ostentar un papel central en la construcción conceptual de este derecho (fuese éste un sujeto individual o colectivo). • Es fundamental clarificar quién o quienes son los titulares ya que de esto se deriva un aspecto en extremo relevante del derecho: el reclamo o ejercicio del derecho subjetivo.

  43. Carta de Cádiz ante los derechos Para resguardar la legitimidad de las políticas, programas y acciones que se derivan de la Carta es necesario que se adapte a las situación de cada país y sea aceptable tal adecuación por parte de su ciudadanía. • Esto implica abrir espacios de discusión de diverso tipo y carácter. • Es insoslayable que dichos espacios cuenten con una adecuada contención y orientación técnica que evite que se constituyan en meros espacios retóricos. Por el contrario, debe favorecer un diálogo social que permita ir “concretizando” el Derecho a la Ciudad.

  44. PROCESO DE PRODUCCIÓN DE DERECHOS GARANTIZADOS A´DHESIÓN A LA CARTA Comisiones de trabajo por eje CREACIÓN DE COMISIÓN ASESORA DE LA PRESIDENCIA/ALCALDÍA Gestionan proceso de discusión interno y externo Elaboración de un Informe Técnico de Propuestas Aprobación y entrega de propuestas al ejecutivo Sesiones con actores públicos y privados Consultas (Cuest/focus) a sectores sociales vulnerables y desorg Traducción en Proyectos de Ley/Ordenanzas. EJECUTIVO ESTUDIA LA PROPUESTA Y ELABORA PROYECTOS DE LEY/ORDENANZAS Envío al poder Legislativo. Proceso de revisión de las propuestas por los Ministerios y org. responsables Traducción en diseños programáticos e institucionales. Estimación de Costos por la Autoridad PODER LEGISLATIVO NACIONAL/LOCAL RECEPCIONA, ANALIZA, DISCUTE Y APRUEBA LOS MARCOS NORMATIVOS Y PACTA SU FINANCIAMIENTO Audiencias con Actores Políticos y Sociales. Proceso de discusión y tramitación parlamentaria. Proceso de Aprobación de la Ley. Promulgación y entrada en vigencia. Sesiones de Comisiones y Plenarias

  45. PROCESO DE PRODUCCIÓN DE DERECHOS GARANTIZADOS A´DHESIÓN A LA CARTA Creación de Institucionalidad y reglamentos específicos EJECUTIVO IMPLEMENTA LOS CAMBIOS INSTITUCIONALES, PROGRAMÁTICOS Y PRESUPUESTARIOS ASOCIADOS AL NUEVO MARCO Proceso de traducción específica de los marcos legales y presupuestarios aprobados Marcha blanca Situación en régimen Asignación presupuestaria Diseño de programas de acceso, dispositivos de supervisión, etc. Instancia Técnica: Observatorio Social INSTALACIÓN DE LOS DISPOSITIVOS DE OBSERVACIÓN DE POLÍTICAS Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Participación en las instancias de Gestión y toma de decisiones del Sistema de Garantías del Derecho a la Ciudad Conformación de instancias ciudadanas Actualización del Sistema de Garantías del Derecho a la Ciudad Instancia Social: Comité de Titulares del Derecho a la Ciudad

  46. En esa dirección podemos señalar avances de la Carta: Se identifica que los titulares son sujetos individuales y colectivos. Falta precisar más. Es clave que podamos acordar cómo se distribuirá la titularidad de este “Derecho a la ciudad” y las garantías que estén asociados. Esto es un conditio sine qua non para ejercer el derecho sujetivo y las garantías secundarias de exigibilidad.

  47. Carta de Cádiz ante los derechos Junto con definir al titular, es necesario que la Carta haga una referencia explícita al (o los) organismo público que debe responsabilizarse de crear/coordinar las condiciones para el adecuado ejercicio del Derecho a la Ciudad y la vecindad: • Determinar funciones básicas para el ejercicio objetivo y subjetivo del derecho a la ciudad, las cuales puedan ser adaptables a diversos contextos institucionales.

  48. Carta de Cádiz ante los derechos La Carta de Cádiz debe señalar con mucha fuerza que adherir a la formulación de un nuevo derecho provoca diversos compromisos de acción por parte de la institucionalidad pública responsable: • Acciones positivas: Donde el Estado actúa a través de medidas programáticas que ofrecen bienes y servicios para asegurar que las garantías de Derecho a la Ciudad operen. • Acciones negativas: Donde el Estado se abstiene de actuar o prohíbe ciertas acciones que pueden ir en contra de los valores o principios del Derecho a la Ciudad.

  49. En esa dirección hay mucho que madurar y reflexionar:

  50. Carta de Cádiz ante los derechos Luego, es necesario que la Carta sugiera una estrategia deoperacionalización del Derecho a la Ciudad, para ello es necesario: • Determinar qué se entiende por este Derecho, qué dimensiones del bienestar y del desarrollo la componen. • Establecer una arquitectura de operacionalización para cada dimensión según los estándares que el Sistema de Naciones Unidas ha ido impulsando para los derechos que ya están consagrados (declarativamente al menos).

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