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RUTA DE VIVIENDA PARA LA POBLACIÓN EN SITUACIÓN DE DESPLAZAMIENTO (PSD)

Plan Integral Unico. Plan Integral Único Población Desplazada Área Metropolitana de Bucaramanga y Lebrija. RUTA DE VIVIENDA PARA LA POBLACIÓN EN SITUACIÓN DE DESPLAZAMIENTO (PSD). EL ABC DE ACCESO A VIVIENDA PARA PSD ¿TIENE LA POBLACIÓN DESPLAZADA DERECHO

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RUTA DE VIVIENDA PARA LA POBLACIÓN EN SITUACIÓN DE DESPLAZAMIENTO (PSD)

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Presentation Transcript


  1. Plan Integral Unico Plan Integral Único Población DesplazadaÁrea Metropolitana de Bucaramanga y Lebrija RUTA DE VIVIENDA PARA LA POBLACIÓN EN SITUACIÓN DE DESPLAZAMIENTO (PSD)

  2. EL ABC DE ACCESO A VIVIENDA PARA PSD ¿TIENE LA POBLACIÓN DESPLAZADA DERECHO A ALGÚN TIPO DE AYUDA POR PARTE DEL ESTADO PARA LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA? La población en situación de desplazamiento puede acceder a dos tipos de subsidios Subsidio de Vivienda Subsidio Familiar de para la población desplazada Vivienda de Interés Social SI

  3. ¿PUEDO ACCEDER AL SUBSIDIO DE VIVIENDA PARA PSD Y AL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL AL MISMO TIEMPO? No, porque estos dos subsidios son excluyentes; si se beneficia con uno de ellos ya no puede postularse al otro. Además el Estado sólo da estos subsidios por una sola vez. IMPORTANTE:La Población Desplazada por la violencia NO requiere de ahorro previo para la postulación ¿ESTOS SUBSIDIOS SON SOLAMENTE PARA COMPRAR VIVIENDA? No - Si usted cuenta con un terreno propio puede destinarlo a la construcción de su vivienda. - Puede también emplearlo para mejoramiento de la actual. - Puede destinarlo para el pago de arrendamiento (por un tiempo máximo de 2 años, válido únicamente para vivienda urbana) - Para el caso de la población desplazada, el subsidio de vivienda se podrá destinar a la adquisición de vivienda usada, siempre y cuando dicha solución no se encuentre localizada en zonas de riesgo, ni en áreas urbanas o rurales no legalizadas. NOTA:Esto debe indicarse al momento de solicitar el subsidio

  4. SUBSIDIO DE VIVIENDA PARA LA POBLACIÓN DESPLAZADA: Desplazamiento Asentamiento en el sitio de acogida Declaración ante el (Municipio Receptor) Ministerio Público Inclusión en el Sistema Único de No inclusión Registro de población desplazada SUR APERTURA DE CONVOCATORIAS POR PARTE DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA (FNV) PARA ACCEDER A SFV Urbano - Subsidio FamiliarSFR (Subsidio Familiar de Vivienda Rural)de Vivienda Urbana • Unidades Territoriales de Acción Social valoran y verifican información de las declaraciones y definen sobre inclusión de la persona en el SUR

  5. SFV Subsidio Familiar de Vivienda Urbana • Los hogares de familias desplazadas por la violencia podrán postularse ante las diferentes Cajas de Compensación Familiar localizadas en el territorio nacional para acceder al Subsidio Familiar de Vivienda Urbana a través del formulario diseñado para tal fin por el Fondo Nacional de Vivienda (FONVIVIENDA) Para la población desplazada, la postulación al subsidio de vivienda podrá ser individual o colectiva. • La asignación del subsidio de vivienda para la población desplazada se hace de acuerdo al Decreto 951 de 2001, el cual establece dos tipos de programas por los que puede optar la PSD:

  6. PROGRAMA DE RETORNO Se asignará en el siguiente orden de prioridades: - Mejoramiento de vivienda o construcción en sitio propio para hogares propietarios. - Arrendamiento de vivienda urbana hasta por 24 meses para hogares no propietarios - Adquisición de vivienda nueva o usada para hogares propietarios • PROGRAMA DE REUBICACIÓN Se asignará en el siguiente orden de prioridades: - Arrendamiento de vivienda urbana hasta por 24 meses para hogares propietarios y no propietarios - Mejoramiento de vivienda o construcción en sitio propio para hogares propietarios - Adquisición de vivienda nueva o usada para hogares propietarios.

  7. CRITERIOS DE CALIFICACIÓN a) Hogares que apliquen el subsidio para el retorno a su lugar de origen b) Hogares que apliquen a soluciones de arrendamiento c) Mayor número de miembros que conforman el hogar d) Hogares con mujeres cabeza de hogar e) Hogares con miembros pertenecientes a grupos vulnerables de indígenas y afro colombianos f) Tiempo de desplazamiento g) Vinculación a un Plan de Acción Zonal.

  8. 1 Reclama Formulario de postulación en el departamento de vivienda de las Cajas de Compensación Familiar (CCF) del departamento Las Cajas Orientan, (asesoran para diligenciar el formulario) recepcionan y revisan que los solicitantes cumplan los requisitos: Formulario diligenciado, Cédula ó Registro Civil, estar inscrito/a en el SUR, indicar a qué modalidad de vivienda aplica, tener conformado un hogar coincidente con los miembros inscritos en el SUR ¿DÓNDE ESTÁN UBICADAS LAS CAJAS? CAJASAN: Cra. 27 # 61 – 78 Puerta del Sol Tel: 6434444 COMFENALCO: Av. Gonzáles Valencia 52 – 69 Tel: 6577000 COMCAJA: Calle 42 # 29 – 58 Tels: 6452289 - 6320491

  9. ASIGNA • 2 FONVIVIENDA Revisa, califica (según condiciones del grupo familiar), ordena las postulaciones preselecciona y • 3 FONVIVIENDA Emite resolución de adjudicación de subsidios Dirigirse a la caja de comp. en que se postuló para recibir información de su postulación ò Consulte el sitio Web www.minambiente.gov.co en donde aparecen los nombres de las personas beneficiarias de los subsidios de vivienda • 4 Legalice Cuenta de Ahorro Programado (CAP) en BANAGRARIO

  10. 5 Gestionar la consecución del inmueble para hacer efectivo el subsidio ¿Qué condiciones debe cumplir el inmueble? - No estar ubicado en zonas de alto riesgo - Tener escritura pública - Tener servicios públicos (agua, luz, alcantarillado) • 6 Las CCF realizarán una visita de inspección para verificar que el inmueble efectivamente cumpla las condiciones estipuladas • 7 Solicitud de trámite de pago ante las CCF • 8 FONVIVIENDA adelanta proceso de pago a través del • BANCO AGRARIO

  11. ¿CÓMO TRAMITO EL DESEMBOLSO DEL SUBSIDIO? Si el subsidio es para Vivienda Nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento ¿qué tengo que hacer? Ponerse en contacto con la (s) persona (s) que le va a vender, construir o mejorar la vivienda y coordinar con ella la entrega de los siguientes documentos, los cuales serán presentados a la Caja de Compensación Familiar donde se postuló

  12. ¿Si el subsidio es para vivienda usada qué tengo que hacer? El 100% del subsidio le será desembolsado cuando usted presente los siguientes documentos en la CCF en donde se postuló: • Copia de la carta de asignación del subsidio. • Certificado de la Oficina de Planeación del ente territorial o quien haga sus veces donde conste que la vivienda está localizada en el área urbana, no se encuentra en zonas de riesgo, está localizada en un barrio legalizado y con disponibilidad real y efectiva de los servicios públicos básicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y energía eléctrica y que además cumple con los requisitos técnicos de construcción contemplados en la normatividad vigente. • Copia de la escritura debidamente registrada. • Certificado de Tradición y Libertad con no menos de 30 días de vigencia. • Certificado de existencia de la vivienda tramitado ante la CCF donde usted realizó la postulación al subsidio • Acta de recibo a satisfacción de la vivienda firmada por el beneficiario.

  13. ¿Si mi subsidio es para arrendamiento cuáles son los pasos a seguir? Los cánones se pagarán semestralmente de manera anticipada, directamente al propietario del inmueble, por parte de las entidades otorgantes del subsidio. Diríjase a la CCF donde se postuló para reclamar el primer pago semestral, y anexe los siguientes documentos: • Copia de la carta de asignación de subsidio familiar de vivienda. • Original del contrato en el que consten las condiciones señaladas en la Resolución 036 de 2005. • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del arrendador y del arrendatario. En el evento de ser persona jurídica el arrendador, copia del NIT y certificado de existencia y representación legal. • Certificado de tradición y libertad con máximo 30 días de expedición donde conste la propiedad del inmueble por parte del arrendador. Si quien actúa como arrendador no posee la propiedad del inmueble, debe anexar el documento que lo habilita para arrendar el inmueble por parte del propietario.

  14. Copia del avalúo catastral o impuesto predial vigente. • Matrícula de arrendadores en los casos en que esta se exija de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 820 de 2003. • Póliza que garantice la debida aplicación del subsidio familiar de vivienda. La prima por al expedición de la póliza será de cargo del arrendador. • Autorización del beneficiario para girar los recursos a nombre del arrendador

  15. ¿CUÁNTO PUEDE SER EL MONTO DE LOS SUBSIDIOS? El subsidio para Población Desplazada está regulado por el Decreto 951 de 2001, el cual establece un monto entre 18 y 21 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes para la adquisición de vivienda, dependiendo de si la propiedad que va a comprar está ubicada en zona Urbana o Rural.

  16. SOBRE LOS FORMULARIOS • Los formularios son GRATUITOS y pueden ser fotocopiados. • Antes de diligenciar los formularios, lea cuidadosamente las guías correspondientes • El Formulario puede llenarse a máquina o a mano en letra imprenta mayúscula dentro de cada una de las casillas correspondientes, no se aceptan tachaduras, enmendaduras o correcciones; en caso de detectarse alguna de estas situaciones el formulario será rechazado.

  17. MODELO DEL FORMULARIO

  18. SUBSIDIO FAMILAR DE VIVIENDA RURAL (SFR) ¿QUÉ ES? Es un aporte estatal en dinero o en especie, otorgado por una sola vez al beneficiario, con el objeto de facilitarle una vivienda de interés social rural, sin cargo de restitución. ¿QUIÉNES PUEDEN SER BENEFICIARIOS? Los hogares que cumplan con los requisitos del decreto 973 de 2005 y sus modificatorios decreto 2675 de 2005, decreto 4427 de 2005 y el decreto 2299 de 2006: Se entiende por hogar el conformado por los cónyuges, los compañeros permanentes, las uniones maritales de hecho y al grupo de personas unidas por vínculos de parentesco hasta tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, que compartan un mismo espacio habitacional. El concepto de hogar en los resguardos indígenas y los territorios colectivos de las comunidades afro colombianas legalmente establecidos, se ajustará a sus usos y costumbres.

  19. 1. ¿CÓMO PUEDO SOLICITAR EL SUBSIDIO? Para solicitar el Subsidio de Vivienda de Interés Social Rural, el hogar aspirante se debe presentar en una postulación colectiva.  La postulación colectiva se realiza a través de los departamentos, los municipios, los distritos o las dependencias que dentro de su estructura municipal, cumplan funciones de Vivienda de Interés Social. Igualmente las entidades privadas (ONG) que comprendan en su objeto social, la promoción y el desarrollo de programas de vivienda de interés social y que cumplan con los requisitos determinados por le Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, y los Cabildos Gobernadores de los Resguardos Indígenas legalmente constituidos y los consejos comunitarios de las comunidades negras. ¿QUÉ ES UNA POSTULACIÓN COLECTIVA? - Es un proyecto que debe ser elaborado y presentado por las mencionadas entidades al Banco Agrario en las fechas que determine en la respectiva convocatoria. - Debe agrupar por lo menos 5 hogares postulantes y, como máximo, 60. - El monto del subsidio no podrá ser superior al 70% del valor de la solución de mejoramiento y saneamiento básico, construcción en sitio propio o adquisición de vivienda nueva, en la fecha de asignación del subsidio. - La vivienda resultante, descontando el valor del lote, no podrá superar los cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes, (SMLMV).

  20. El aporte de los hogares postulantes deberá ser como mínimo igual al 10% del valor de la solución de vivienda a la que se aplicará el subsidio. Tales aportes deberán ser en mano de obra. El aporte de las Entidades Oferentes será mínimo del 20% del costo total del proyecto. Los hogares postulantes deberán corresponder a los niveles 1 ó 2 del Sisbén. (La población indígena se asimila al nivel 1 del Sisbén). Así mismo es requisito que se demuestre la existencia de terreno o lote para construir.

  21. 2. MINISTERIO DE AGRICULTURA Y BANCO AGRARIO REALIZAN CONVOCATORIA • ¿Cómo se obtiene el subsidio? La asignación del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Rural se hace con base en los puntajes obtenidos, de acuerdo con los criterios definidos en los Artículos 29 y 30 del Decreto 973 de 2005 y sus posteriores modificatorios. El subsidio se asigna a los proyectos que obtengan el mayor puntaje, y cuyo valor del subsidio solicitado esté dentro del techo presupuestal asignado al departamento al que corresponde el proyecto. 3. MUNICIPIO REALIZA SELECCIÓN BENEFICIARIOS Y LOS OFERENTES FORMULAN PROYECTOS

  22. 4. BANCO AGRARIO Orienta Recepciona Revisa Califica Asigna Supervisa el proceso hasta Liquidación 5. OFERENTE CONSIGNA, LEGALIZA, SOLICITA SUBSIDIO, CONTRATA O EJECUTA

  23. 7. LIQUIDACIÓN – ENTREGA A SATISFACIÓN

  24. EL SUBSIDIO PUEDE SER UTILIZADO PARA: • Mejoramiento de Vivienda y Saneamiento Básico Cuando la vivienda necesite mejorar las siguientes deficiencias: a) Carencia de alcantarillado o sistema para la disposición final de aguas servidas; b) Pisos en tierra o en materiales inapropiados; c) Carencia de baños y/o cocina; d) Deficiencias en la estructura principal, cimientos, muros o cubierta; e) Construcción en materiales provisionales; f) Hacinamiento. Para las soluciones de mejoramiento de vivienda y saneamiento básico, el monto del Subsidio será entre diez (10) y doce (12) salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv), presentando Escritura o Certificado de sana posesión • Construcción de Vivienda en Sitio Propio; monto del subsidio: de12 – 18 SMMLV, (es necesario también presentar Escritura o Certificado de Sana posesión). • Adquisición de vivienda nueva. 12-18 SMMLV (presentar escritura)

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