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PRESENTACIÓN DE LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA MAGISTRATURA

PRESENTACIÓN DE LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA MAGISTRATURA INTERBLOQUE FEDERAL HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN. LITIGIOSIDAD. Problema: Crecimiento desmedido de la litigiosidad. 1992. 2004. LITIGIOSIDAD. Ingresa 1 Pleito nuevo por año. x. 10 Habitantes. LITIGIOSIDAD.

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PRESENTACIÓN DE LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA MAGISTRATURA

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Presentation Transcript


  1. PRESENTACIÓN DE LA FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA MAGISTRATURA INTERBLOQUE FEDERAL HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN

  2. LITIGIOSIDAD Problema: Crecimiento desmedido de la litigiosidad. 1992 2004

  3. LITIGIOSIDAD Ingresa 1 Pleito nuevo por año x 10 Habitantes

  4. LITIGIOSIDAD El crecimiento de la litigiosidad supera ampliamente al crecimiento demográfico. Crecimiento % % Litigiosidad Habitantes

  5. LITIGIOSIDAD 916 Pleitos nuevos por año 1 Juez Promedio de Nuevas Causas ingresadas por año por juez.

  6. LITIGIOSIDAD 1er. Conclusión: Los tribunales argentinos están saturados de causas.

  7. LITIGIOSIDAD 2da. Conclusión: El crecimiento de la litigiosidad obra a modo de espejo en el que se refleja otra realidad: El escaso reconocimiento y respeto de las normas y del diálogo como factores de articulación de la convivencia social.

  8. LITIGIOSIDAD 1ra Opción: Correr desde atrás a los síntomas de la anomia, inflacionando la estructura legal y judicial, con las consecuencias de: • Hipertrofia del orden represivo y de las estructuras de control externo públicas y privadas • Producción de legislación simbólica y de coyuntura • Caos normativo y mayor degradación de la ley

  9. LITIGIOSIDAD • 2da Opción: Hacia el objetivo del preámbulo de la Constitución Nacional: “afianzar la justicia” y simultáneamente “asegurar los beneficios de la libertad”, mediante: • Construcción de civismo y ciudadanía. Plan Nacional de Alfabetización en Obligaciones y Derechos. • Democratización de la información de la anomia. • Exaltación del valor de las leyes. Pacto cívico-político.

  10. LITIGIOSIDAD e) El dialogo como herramienta de interactuación social. La mediación en todos los ámbitos y el protagonismo de las partes en la superación del conflicto. f) La seguridad como construcción colectiva y espacio de ensamble de esfuerzos públicos y privados g) Legislación estable y minimalista. La judicialización como respuesta subsidiaria.

  11. LITIGIOSIDAD Propuesta: Recolocar a los mecanismos de solución amigable como primer nivel de respuesta al conflicto. PLAN INTEGRAL NACIONAL DE ALFABETIZACIÓN EN DERECHOS Y OBLIGACIONES. PLAN INTEGRAL NACIONAL DE MEDIACIÓN.

  12. ACELERACIÓN DE LA REFORMA JUDICIAL HACIA UN SISTEMA DE TRES NIVELES • Primer nivel no jurisdiccional: Prevención y Mediación. • Segundo nivel jurisdiccional: Justicia Simplificada y de Proximidad. • Tercer nivel jurisdiccional: Justicia ortodoxa con mejoras en la gestión, modernización e incorporación tecnológica. Simplificación de los procedimientos y reducción de los plazos promedios. Definición y claridad en los roles procesales.

  13. INCUMBENCIA DEL CONGRESO NACIONAL La sustancialización de las garantías procesales-judiciales a partir de la incorporación de los cuerpos normativos internacionales en el nuevo bloque de constitucionalidad (Articulo 75 inc. 22 de la Constitución Nacional) La posición de garante asumida por el Estado Nacional respecto de las garantías judiciales. La jurisprudencia de la CSJN en los fallos CELS, Cárceles de Mendoza, Casal. La imposibilidad de invocar problemas del diseño federal en el incumplimiento de los estándares mínimos

  14. LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1994 • Art. 75, inc. 22 y el proceso de sustancialización del derecho procesal por vía de los siguientes tratados: • Convención Americana sobre Derechos Humanos (arts. 5, 7, 8, 11) • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (arts. 7, 9, 14, 17) • Declaración Universal de Derechos Humanos (arts. 8, 9, 10, 11, 12) El carácter analítico y preciso de las nuevas enunciaciones constitucionales relativas al proceso penal.

  15. LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO ARGENTINO El art. 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos: “Deber de adoptar disposiciones de derecho interno: Los estados partes en esta convención se comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su pleno y libre ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción…”

  16. LA RESPONSABILIDAD DEL ESTADO ARGENTINO El art. 28 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos: 1.“Cuando se trate de un estado parte constituido como estado federal, el gobierno nacional de dicho estado cumplirá todas las disposiciones de la presente convención relacionadas con las materias sobre las que ejerce la jurisdicción legislativa y judicial. 2. Con respecto a las disposiciones que relativas a las materias que corresponden a la jurisdicción de las entidades componentes de la federación, el gobierno nacional debe tomar de inmediato las medidas pertinentes … a fin de que las autoridades competentes de dichas entidades pueden adoptar las disposiciones del caso para el cumplimiento de la convención”.

  17. LOS PROBLEMAS DE FINANCIAMIENTO EN LA ACELERACIÓN DE LA REFORMA JUDICIAL ASIMETRÍAS DE INVERSIÓN ANUAL EN JUSTICIA POR HABITANTE

  18. LOS PROBLEMAS DE FINANCIAMIENTO EN LA ACELERACIÓN DE LA REFORMA JUDICIAL Rigidez presupuestaria (implicancia de los sueldos, insumos y servicios) Insumos Servicios Otros Sueldos

  19. LOS PROBLEMAS DE FINANCIAMIENTO EN LA ACELERACIÓN DE LA REFORMA JUDICIAL Problema: Insuficiencia presupuestaria. Gestión no autónoma de los fondos. Afectación de la independencia judicial por la precaria posición de este poder del estado al momento de definir la aplicación de los recursos.

  20. LOS PROBLEMAS DE FINANCIAMIENTO EN LA ACELERACIÓN DE LA REFORMA JUDICIAL OBJETIVO ABORDADO: NECESIDAD DE CONTAR CON PREVISIONES PRESUPUESTARIAS MÍNIMAS EN CADA SUBSISTEMA JUDICIAL.

  21. LOS PROBLEMAS DE FINANCIAMIENTO EN LA ACELERACIÓN DE LA REFORMA JUDICIAL PROPUESTA DE FAM: IMPULSAR LA CREACIÓN DE UN FONDO ESTRUCTURAL PARA EL DESARROLLO DE LA JUSTICIA ARGENTINA.

  22. LOS PROBLEMAS DE FINANCIAMIENTO EN LA ACELERACIÓN DE LA REFORMA JUDICIAL Propuesta: impulsar la creación de un fondo nacional que permita que los subsistemas judiciales provinciales puedan desarrollar proyectos de reformas y mejoras en: DERECHO AL JUZGAMIENTO EN PLAZO RAZANOBLE: DISMINUCIÓN DE LA MORA JUDICIAL.

  23. MEJORAMIENTO DE LA GESTIÓN JUDICIAL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA: MEJORAS DE ACCESO A LA JURISDICCIÓN. DERECHO AL JUEZ IMPARCIAL: REFORMAS PROCESALES QUE SEPAREN LAS FUNCIONES DE INVESTIGACIÓN DE LAS DE JUZGAMIENTO.

  24. LOS PROBLEMAS DE FINANCIAMIENTO EN LA ACELERACIÓN DE LA REFORMA JUDICIAL Necesidad de financiamiento adicional para superación de asimetrías por $ 2.586.569.176,26 PERMITIR EL DESARROLLO DE PROYECTOS CON UN TOPE DE INVERSIÓN EN JUSTICIA POR HABITANTE DE $ 200

  25. MEJORAMIENTO DE LA GESTIÓN JUDICIAL PROPUESTA DE FAM: INSTALACIÓN DE UN SISTEMA DE JUSTICIA SIMPLIFICADA Y DE PROXIMIDAD.

  26. MEJORAMIENTO DE LA GESTIÓN JUDICIAL Problema: Necesidad de acercar las respuestas de justicia a la gente, descongestionando los juzgados de primera instancia. Proyecto: Implementación de un sistema de justicia de procedimientos simplificados y de proximidad geográfica.

  27. MEJORAMIENTO DE LA GESTIÓN JUDICIAL • Instalar el principio de Oportunidad (reforma del Artículo 71 del Código Penal) que permita a los fiscales priorizar casos, diseñándose una política de persecución penal más razonable. • Procedimientos diferenciados para los casos de simple comprobación. • Reducción de los aportes de litigiosidad provenientes del propio Estado.

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