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GRUPOS JUVENILES CREATIVOS Y JORNADAS ESCOLARES COMPLEMENTARIAS Contrato 860 de 2011

GRUPOS JUVENILES CREATIVOS Y JORNADAS ESCOLARES COMPLEMENTARIAS Contrato 860 de 2011 UT Merani Nous – Capacitación Equipos multiplicadores. Día 1. 1. Objeto del Contrato 860

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GRUPOS JUVENILES CREATIVOS Y JORNADAS ESCOLARES COMPLEMENTARIAS Contrato 860 de 2011

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Presentation Transcript


  1. GRUPOS JUVENILES CREATIVOS Y JORNADASESCOLARES COMPLEMENTARIAS Contrato 860 de 2011 UT Merani Nous – CapacitaciónEquiposmultiplicadores Día 1

  2. 1. Objeto del Contrato 860 Apoyar a las Secretarías de Educación e Instituciones Educativas en la atención educativa de niños, niñas y jóvenes en situación de desplazamiento y extrema vulnerabilidad con la implementación del modelo educativo Grupos Juveniles Creativos y Jornadas Escolares Complementarias. ZONA 1

  3. Propósito de la sesión Reconocer la importancia de la implementación del modelo GJC y JEC como estrategias para la inclusión social de NNJ en condiciones de vulnerabilidad.

  4. Los rostros de los NNJ excluidos de la escuela (Auto 251)

  5. Auto 251

  6. Croquis sociocultural de los NNJ que están excluidos del sistema educativo Objetivo del ejercicio: Hacer una representación gráfica de los cambios que han afectado la situación de los NNJ de su comunidad en los años recientes, en diferentes aspectos de su vida, teniendo presentes los aspectos fundamentales que han afectado la no inclusión de los NNJ en la escuela.

  7. Croquis sociocultural de los NNJ que están excluidos de la escuela Es importante que una comunidad se represente a sí misma y adquiera conciencia de lo que es y puede llegar a realizar. Haremos un croquis, es decir, una pequeña fotografía para representar la condición de los NNJ.

  8. Croquis sociocultural de los NNJ que están excluidos de la escuela Realización de la Guía 1 por grupos asignados. Pueden utilizarse diferentes formas de representar y convenciones que les permita identificar para nuestro caso las agrupaciones, combos, pandillas, jóvenes en desplazamiento,.. NNJ en condición de extrema vulnerabilidad,.. importante tener presentes los gustos, tendencias, barras, intereses, talentos de los NNJ.

  9. La escuela y la inclusión de los NNJ • Una vez hecho este recorrido de reconocimiento de los NNJ que se encuentran fuera del sistema educativo, es importante volver a la escuela y desde ella percibir sus dinámicas internas desde la perspectiva de la inclusión Índice de Inclusión educativa colombiana

  10. Guía de trabajo 2 Algunos Indicadores de inclusión presente en la IEM

  11. Modelos educativos flexibles

  12. Son modelos educativos diseñados con estrategias escolarizadas y semiescolarizadas que se implementan tanto en zonas rurales como urbanas. Estos procesos convencionales y no convencionales de aprendizaje cuentan con metodologías flexibles, diseño de módulos con intencionalidad didáctica y articulación de recursos pedagógicos que a través de la formación de docentes y el compromiso comunitario, fortalecen el ingreso y retención de la población en el sistema.

  13. Modelos Educativos Flexibles

  14. Algunos Modelos Educativos Flexibles

  15. Características de los Modelos Educativos Flexibles

  16. Finalidad de los Modelos Educativos Flexibles

  17. ¿En qué consiste que los NNJ son titulares de derechos?

  18. Los NNJ como titulares de derechos Los NNJ son sujetos de derecho y por tanto titulares de los mismos. Esta falta de reconocimiento, es una negación la condición constitucional de los NNJ

  19. Imaginarios que no garantizan que los NNJ sean considerados como sujetos de derecho • Los jóvenes tienen más deberes que derechos. • Los derechos se adquieren con la edad. • Los derechos son un premio, un privilegio y una condición especial por cumplir los deberes. • La responsabilidad se adquiere más cumpliendo deberes que ejerciendo derechos. Dicha visión distorsiona una auténtica comprensión de los NNJ como titulares de derechos

  20. ¿Qué hacer entonces? Superar la mirada estereotipada que existe sobre los jóvenes y los derechos humanos. Variar la interpretación que tenemos sobre las problemáticas socioculturales de los NNJ mediante el estudio a fondo de las mismas.

  21. NNJ como titulares de derechos No basta conocer los derechos de los NNJ, hay que permitir que se vivan desde la condición juvenil. Hay que avanzar sobre la base legal y legítima que sustenta nuestra nueva mirada sobre los jóvenes como personas, y ese es el marco de la normativa del Derecho Internacional de los Derechos Humanos: Los NNJ son sujetos de derechos

  22. NNJ como titulares de derechos Guía de trabajo 3 Derechos y Legislación sobre Niñez y Juventud • Se constituyen grupos para que cada uno aborde los Derechos de los NNJ y los derechos de los jóvenes, respectivamente. • En cada grupo se hará la lectura y como resultado se construirá el Decálogo fundamental de los Derehos los NNJ que han sido excluidos de la escuela.

  23. ¿Cuáles son las libertades y derechos propiosde los jóvenes?

  24. Actividad Construcción del Decálogo fundamental de los Derechos los NNJ que han sido excluidos de la escuela

  25. Política Nacional de Juventud

  26. Finalidad de la Política Nacional de Juventud La finalidad de esta ley es promover la formación integral de la juventud, su vinculación y participación activa en la vida económica, política y social, y el ejercicio pleno y solidario de la ciudadanía.

  27. Los jóvenes como sujetos de derechos son titulares de derecho

  28. ¿Qué estrategias se pueden implementar para garantizar el reconocimiento de los NNJ como titulares de derecho? • Hay que dejar atrás las acciones - soluciones con carácter de compasión, represión, caridad, asistencia, marginalidad o exclusión. • Garantizar el derecho a la educación de todos los NNJ. • Construir acuerdos de ciudadanía, conformar redes y coordinar programas. • Utilizar medios y recursos comunitarios. • Pensar que la democracia tiene diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia, y hacer uso de ellas.

  29. Incrementar el gasto social en la población juvenil. • Apurar desarrollos legislativos que exijan de la sociedad, la protección, difusión y educación en los derechos de los jóvenes. • Capacitar a los servidores públicos entorno a los derechos de los jóvenes, en especial a aquellos encargados de hacer cumplir la ley y administrar justicia. • Permitir que la escuela desarrolle acciones incluyentes para reconocer los derechos de los NNJ.

  30. Modelo GJC y las JEC acciones afirmativas de la inclusión de NNJ en la Escuela

  31. ¿Cómo se materializa la PNJ en el programa GJC?

  32. Fundamentos legales del modelo deGJC • Ley 115 de 1994. Normas sobre educación formal • Decreto 3011 del 1997. Plan de estudios, educación por ciclos. • Decreto 1860 de 1994. Proyecto educativo institucional (PEI). • Decreto 1290 de 2009. Evaluación y promoción. • Ley 387 de 1997. Atención a población desplazada • Auto 251 del 2008

  33. Evaluemos ¿Instituciones Educativas Incluyentes o excluyentes? ¿Qué debemos hacer para incorporar nuevas acciones que favorezcan la inclusión de los NNJ en nuestra IEM?

  34. Reflexionemos Las dinámicas de inclusión en las IEM (Diálogo en torno a las acciones de inclusión que están presentes en el modelo de GJC y las JEC)

  35. Misión Cada IEM escribe el compromiso frente al proceso de capacitación del equipo multiplicador del modelo de GJC y JEC.

  36. GRACIAS

  37. DIAPOSITIVAS COMPLEMENTARIAS

  38. Componentes del modelo de GJC

  39. Componentes del modelo de GJC

  40. Componentes del modelo de GJC

  41. Jornadas Escolares Complementarias DECRETO 1729 DE 2008 POR EL CUAL SE REGLAMENTA PARCIALMENTE EL ARTÍCULO 16 DE LA LEY 789 DE 2002. Decreto reglamentario del FONIÑEZ para la atención integral a la niñez y las Jornadas Escolares Complementarias en cuanto a: Beneficiarios, Objetivo general Del programa del FONIÑEZ, Objetivos específicos de las jornadas escolares complementarias, congruencia entre la Jornada Escolar Complementaria y el Plan de Desarrollo de la Secretaría de Educación Certificada.

  42. Jornadas Escolares Complementarias DECRETO 1729 DE 2008 POR EL CUAL SE REGLAMENTA PARCIALMENTE EL ARTÍCULO 1 6 DE LA LEY 789 DE 2002. • Los programas deberán priorizar la atención a los niños, niñas y jóvenes de los niveles I y II del SISBÉN o en situación de exclusión social o vulnerabilidad, haciendo especial énfasis en aquellos que se encuentran en condición de discapacidad o desplazamiento. • Por tratarse de población pobre y vulnerable, en estos programas no deberá cobrarse ninguna cuota a los beneficiarios. • Para determinar las áreas que refuerzan aprendizajes alternos a los contenidos curriculares en los estudiantes es importante citar el Decreto Reglamentario 1860 del 3 de agosto de 1994, expedido por el Ministerio de Educación Nacional. Dicho Decreto menciona la importancia de contar con “un proyecto dedicado a actividades lúdicas, culturales, deportiva y sociales de contenido educativo, orientado por pautas curriculares, según el interés del estudiante,…

  43. Jornadas Escolares Complementarias CIRCULAR EXTERNA DEL MEN DE MAYO 11 DE 2009 LINEAMIENTOS PARA LA FORMULACIÓN DE LAS JORNADAS ESCOLARES COMPLEMENTARIAS Las Secretarías de Educación de las Entidades Territoriales certificadas priorizarán la implementación de las Jornadas para los estudiantes de aquellas instituciones educativas que por sus características así lo requieran, de acuerdo a los lineamientos de esta comunicación.”

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